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Asociación Americana de Juristas expresó preocupación por el juicio a Cristina

La entidad destacó en su crítica que a la vicepresidenta le ha sido negado un «derecho básico, directamente derivado del artículo 18 de la Constitución Nacional».

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La Asociación Americana de Juristas (AAJ) manifestó críticas al trámite procesal y su «profunda preocupación» por los «sucesos de pública difusión, emergentes del proceso penal ventilado ante el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Federal N°2, en el que se imputa a Cristina Fernández de Kirchner, Vicepresidenta de la Nación, la hipotética comisión del delito de administración fraudulenta, agravada por haber sido cometida en perjuicio de la administración pública, y la supuesta existencia de una asociación ilícita compuesta a tales fines».

En rigor, la AAJ hizo suyo el pronunciamiento que hizo al respecto la Asociación Argentina de Juristas, y al advertir sobre irregularidades puntualizó que «corresponde destacar la negativa, por parte del tribunal a cargo del juicio oral, respecto del pedido de ampliación de declaración indagatoria formulado por la imputada con anterioridad a la expresa formulación de acusación concretada por el fiscal federal Diego Luciani el pasado 22 de agosto«.

Al respecto, la entidad advirtió que el artículo 380 del Código Procesal Penal de la Nación establece que «el imputado podrá efectuar todas las declaraciones que considere oportunas, siempre que se refieran a su defensa». «Ese derecho básico, directamente derivado del artículo 18 de la Constitución Nacional y reforzado por los tratados componentes del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, provistos de jerarquía constitucional por decisión del Constituyente de 1994, puede, pues, ser ejercido hasta el cierre del debate, previsto en el artículo 393 del mismo ordenamiento», recordó la AAJ.

Añadió que «otro motivo de alarma es el de la inclusión de la figura de asociación ilícita en la calificación legal pergeñada por el titular de la acción penal pública», señala el pronunciamiento firmado por la portorriqueña Vanessa Ramos, presidenta de la AAJ Continental; el brasileño Luis Carlos Moro, secretario general, y el argentino Beinusz Szmukler, presidente del Consejo Consultivo de la AAJ.

La entidad expresó que «tal construcción legal fue fraguada en miras a la persecución del sindicalismo. Pero, además, su propia factura revela que con él se procura penar presuntos actos preparatorios, anteriores a todo comienzo de ejecución; y -por añadidura- con penas más elevadas que los reservados a la propia consumación de buena parte de los delitos tipificados en la Parte Especial del código, echando por tierra, simultáneamente, el principio de lesividad, al sancionar lo que no alcanza a configurar más que un acto preparatorio«.

«También es causa de alerta la difundida cuestión relativa a los vínculos de amistad entre un juez y una de las partes», sostuvo la AAJ respecto de las vinculaciones con expresidente Mauricio Macri. Y recordó que las reglas de conducta judicial aprobadas por las Naciones Unidas dicen que un juez «no sólo estará libre de conexiones inapropiadas con los poderes ejecutivo y legislativo y de influencias inapropiadas de esos poderes, sino que también deberá tener apariencia de ser libre de las anteriores a los ojos de un observador razonable«.

Y que el Código Iberoamericano de Ética Judicial «estatuye la obligación del juez de abstenerse de intervenir ‘en aquellas causas en las que se vea comprometida su imparcialidad o en las que un observador razonable pueda entender que hay motivo para pensar así'».

La AAJ sostuvo que «las violaciones a las garantías constitucionales y reglas del debido proceso descriptas se enmarcan en una nueva escalada del denominado lawfare, que venimos denunciando desde el año 2018. Esta guerra judicial se implementa en Chile, Perú, Paraguay, Ecuador, Bolivia y Brasil, y en la Argentina, mediante la judicialización selectiva contra líderes y movimientos progresistas, combinada con desestabilización política».

«La arbitrariedad judicial manifestada en los procedimientos seguidos contra la Vicepresidenta, observa los mismos patrones persecutorios que las proscripciones políticas de los demás líderes latinoamericanos», añadió, tras describir los procesos en esas naciones.

«Cuando los operadores de justicia tienen como objetivo la verdad material, no precisan recurrir a la violación de las reglas del debido proceso, acompañada de una feroz campaña mediática, tal como se ha verificado en todos los casos citados«, sostuvo la AAJ, replicando el pronunciamiento de la filial argentina.

Añadió que «hemos sostenido que el lawfare es el uso anómalo del poder judicial con fines políticos de persecución. Geopolíticamente, resulta una nueva forma de intervenir en la política interna de los países para garantizar gobiernos afines con los intereses económicos y estratégicos de Estados Unidos, generando un deterioro de los derechos económicos sociales y culturales, y el desarrollo sustentable de nuestros pueblos«.

«Las recientes declaraciones del embajador norteamericano (Marc) Stanley -incompatibles con la función diplomática- dan cuenta de ello. En el marco del Consejo de las Américas, -violando el principio de no injerencia en asuntos internos- indicó a los dirigentes políticos que debían formar una coalición política inmediatamente, para luego dejar claro que van a requerir nuestros recursos naturales y estratégicos», dijo.

«Para ello, es menester que nuestro país carezca de una representación política que defienda los intereses nacionales, para ésta y las futuras generaciones. He ahí, la necesidad de proscribir selectivamente a figuras como la de la vicepresidenta de la Nación. Por ello, convocamos a todos los sectores de nuestra sociedad a repudiar la persecución judicial con fines políticos, pues ello pone en crisis el sistema democrático y la soberanía de nuestro pueblo«, concluyó.

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Caso Nisman: procesaron a la ex fiscal Viviana Fein por presunto encubrimiento agravado

Once años después de la muerte del fiscal Alberto Nisman, la Justicia federal avanza sobre quienes manejaron el inicio de la investigación. El juez Julián Ercolini dictó el procesamiento de Viviana Fein por no haber preservado la escena del crimen en el departamento de Puerto Madero.

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El Argentino Diario-Ex fiscal Viviana Fein.

Escena alterada y justicia tardía: procesaron a Fein por el encubrimiento de la muerte de Nisman

★ El juez federal Julián Ercolini dictó este martes el procesamiento de la ex fiscal Viviana Fein, señalándola como presunta responsable del delito de «encubrimiento agravado», en razón de la gravedad del hecho precedente y de su condición de funcionaria pública al momento de los hechos. La medida incluye un embargo preventivo de 15 millones de pesos sobre los bienes de la ex funcionaria, ya jubilada.

En los fundamentos del fallo, Ercolini sostuvo que Fein «no preservó debidamente la escena del hecho ni recolectó todos los elementos probatorios que allí se encontraban» durante las primeras horas del hallazgo del cuerpo en el complejo Le Parc, en el barrio de Puerto Madero. Para el magistrado, las conductas de la entonces fiscal permitieron la alteración del departamento, ya sea por acción propia o de quienes actuaban bajo su órbita en el lugar.

La resolución establece que las omisiones de Fein «generaron un grave perjuicio para el curso de la investigación del homicidio, dado que provocaron la pérdida y/o alteración de evidencias e impidieron reunir elementos que debían resguardarse en un momento trascendental para la recolección de pruebas», según el texto judicial.

Once años de impunidad en la escena del crimen

Natalio Alberto Nisman fue hallado con un disparo en la cabeza en el baño de su vivienda el fin de semana del 17 y 18 de enero de 2015, apenas días después de haber presentado una denuncia de alto voltaje político contra la entonces presidenta Cristina Fernández de Kirchner, a quien acusó de encubrimiento del atentado a la AMIA mediante la firma del Memorándum con Irán.

Desde el inicio, la investigación quedó marcada por controversias. La hipótesis inicial del suicidio, sostenida durante meses, fue descartada progresivamente por la Justicia federal, que hoy considera probado que el titular de la UFI AMIA fue víctima de un homicidio. El procesamiento de Fein es, en ese contexto, un reconocimiento explícito de que los primeros pasos de la pesquisa no solo fueron deficientes, sino potencialmente funcionales al encubrimiento de los responsables del crimen.

El rol del fiscal Taiano y el estado actual de la causa

El procesamiento se alinea con el pedido del fiscal del caso, Eduardo Taiano, quien tras la declaración indagatoria de Fein reclamó la imputación por la figura de encubrimiento. La decisión del juez Ercolini indica que, para la Justicia federal, la negligencia en el manejo del lugar del hecho no fue un error involuntario, sino una cadena de omisiones que afectaron el desarrollo de la investigación desde su origen.

La causa por la muerte de Nisman, una de las más complejas y políticamente sensibles de la historia judicial argentina, acumula más de una década sin condenas firmes por el crimen en sí. El procesamiento de quien condujo la instrucción inicial abre una nueva etapa, aunque también reaviva preguntas sin respuesta sobre quién ordenó, ejecutó y encubrió el asesinato del fiscal.

Puntos clave

  • El juez federal Julián Ercolini procesó a la ex fiscal Viviana Fein por «encubrimiento agravado» en la causa por la muerte de Alberto Nisman.
  • La resolución incluye un embargo preventivo de 15 millones de pesos sobre los bienes de la ex funcionaria.
  • Ercolini determinó que Fein no preservó la escena del crimen ni recolectó pruebas clave en el complejo Le Parc en enero de 2015.
  • La Justicia federal considera probado que Nisman fue víctima de un homicidio.
  • El procesamiento se produce once años después del hallazgo del cuerpo y sin condenas firmes por el crimen.
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