Conectate con El Argentino

DDHH

Juan Marino: “Orgullo de este pueblo que sigue en pie de lucha”

El Argentino en Perú: Entrevista a Juan Marino, diputado nacional e integrante de la Misión de Solidaridad Internacional y Derechos Humanos

Publicado hace

#

El diputado nacional hace un balance de la Misión de Solidaridad Internacional y Derechos Humanos en Lima, Perú en medio de la crisis política e institucional que viven tras el derrocamiento de Pedro Castillo y el gobierno de transición encabezado por Dina Boluarte.

Por Ramiro Geber 

-¿Cómo se desarrolla la Misión?

-Dos días de actividad de la Misión, una actividad muy importante, reuniones con congresistas que pusieron de manifiesto sus testimonios sobre detenciones arbitrarias a manifestantes, amenazas contra ellas mismas, denuncias incluso en el seno del Congreso para inhabilitarlas por el solo hecho de formar parte de las movilizaciones. Luego también participamos de la marcha al Palacio Legislativo como Misión de Derechos Humanos, formamos un cordón humanitario cuando los miles de efectivos de la policía empezaron a avanzar para obligar a los manifestantes a retroceder. En distintos puntos recogimos numerosos testimonios. En el día número tres  de la actividad vamos a estar en Lima recogiendo denuncias de distintas personas y vamos a comenzar los viajes a las regiones de Puno y la ciudad de Juliaca en las que hubo represión y 23 heridos hasta el momento, vamos a trasladarnos hasta allá a verificar la situación.

-¿Cuáles son tus conclusiones preliminares acerca de la situación que se vive en Perú?

-Las conclusiones oficiales de la Misión las vamos a informar el lunes en una conferencia de prensa, por lo pronto los testimonios que hemos recogido ponen de manifiesto situaciones gravísimas, denuncias acerca de asesinatos con disparos en la frente, a golpes por parte de efectivos de la policía nacional del Perú, ningún tipo de respeto al debido proceso en las detenciones, sin orden judicial, persecución a dirigentes y dirigentas, a personas que se manifiestan en las redes sociales, a congresistas por reclamar el respeto a los derechos humanos.

-¿Cómo viviste vos estos dos días en Perú?

-Por un lado, dolor y tristeza por los testimonios muy fuertes, en la movilización muchas mujeres llorando, pidiéndonos que nos quedemos, que colaboremos, que ayudemos porque la situación es desesperante, porque están matando a la gente que se moviliza, porque no hay ninguna investigación posterior que permita que haya justicia para encontrar a los responsables. Pero también orgullo de este pueblo que sigue en pie de lucha aún en esta situación y de esta Misión que espera poner el cuerpo para frenar esta masacre. Es muy correcto lo que estamos haciendo y esto tiene que continuar cuando volvamos a Argentina. 

Recuadro: 

Testimonio de Teri Mattson periodista de Estados Unidos integrante de la Misión Internacional de Derechos Humanos en Perú

Vine a Perú para observar la situación con los pobladores en el sur, donde hay muchos recursos naturales. Soy una observadora de elecciones en América Latina y la situación aquí en Perú es muy grave, es necesario que personas del exterior vengan para registrar y resguardar los derechos de quienes viven aquí. Mi primer trabajo es mostrar en redes sociales la situación. 

Participar de la marcha fue emocionante, muy pacífica y muy masiva, a medida que iba creciendo la policía avanzó parecido a lo que sucedió en Chile, Ecuador y Colombia durante el paro nacional en 2021. Llegaron a mí muchas historias de personas que viven en el sur y particularmente de la opresión contra  estudiantes y jóvenes. 

DDHH

Casación absolvió a cinco mujeres mapuches por Villa Mascardi y fijó doctrina sobre derechos indígenas

La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal revocó por unanimidad la condena dictada contra las cinco imputadas en la causa por el conflicto territorial en Villa Mascardi, Río Negro, al detectar deficiencias graves en la valoración de la prueba y una aplicación incorrecta del derecho constitucional e internacional que protege a los pueblos originarios.

Publicado hace

#

Absueltas las cinco mapuches de Villa Mascardi: Casación frenó la criminalización y fijó doctrina histórica sobre derechos indígenas.

La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Guillermo J. Yacobucci, Ángela E. Ledesma y Alejandro W. Slokar, hizo lugar por unanimidad a los recursos presentados por las defensas de las cinco mujeres mapuches imputadas en la causa vinculada al conflicto territorial de Villa Mascardi, en la provincia de Río Negro, y dispuso su absolución. El tribunal concluyó que la sentencia recurrida presentaba deficiencias centrales en la valoración del caso y que el derecho constitucional e internacional aplicable a los pueblos indígenas no había sido correctamente considerado.

El voto del juez Yacobucci identificó en la fundamentación del tribunal de juicio una «contradicción interna insalvable»: la solución adoptada por esa instancia no resultaba compatible con la propia caracterización del delito que el pronunciamiento reconocía. En términos jurídicos, el razonamiento condenatorio se desmoronaba sobre sus propias bases.

La Constitución y el derecho internacional, en el centro del debate

El voto del juez Slokar, al que adhirió la jueza Ledesma, fue más explícito en el anclaje normativo. Recordó que el artículo 75, inciso 17 de la Constitución Nacional, el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) establecen criterios de observancia obligatoria para resolver conflictos que involucren a integrantes de comunidades indígenas. Esos criterios, señaló el fallo, debieron haber guiado el análisis desde el principio y no fueron tenidos en cuenta.

El tribunal también destacó que la CIDH ya había advertido al Estado argentino sobre la insuficiencia de la normativa vigente en materia de procedimientos de reclamación de la propiedad indígena, y cuestionó que esas consideraciones, junto con los acuerdos alcanzados entre la comunidad y distintos poderes del Estado, hubieran sido descartadas por el tribunal de juicio sin mayor fundamentación.

El operativo de desalojo, bajo la lupa

La sentencia de Casación incluyó una referencia explícita al contexto del desalojo que precedió a las imputaciones. Los jueces calificaron ese escenario como uno atravesado por hechos de represión y violencia contra mujeres y niños de la comunidad, entre los cuales figuran menores que permanecieron perdidos en el bosque durante el operativo policial y una de las imputadas que dio a luz mientras permanecía detenida. En ese marco, el tribunal entendió que el conflicto excedía con creces una controversia patrimonial ordinaria y respondía a una problemática estructural vinculada con reclamos territoriales e identidad cultural.

Ese encuadre no es menor. Significa que Casación rechazó la reducción del caso a un simple delito contra la propiedad y exigió que la conflictividad territorial mapuche sea leída desde el prisma de los derechos colectivos y la historia de despojo que lo precede.

Un límite también establecido: la protección no ampara la violencia

El mismo fallo se encargó de trazar un límite que el tribunal consideró necesario explicitar. En referencia a otra causa vinculada con una comunidad mapuche en el Parque Nacional Los Alerces, en la provincia de Chubut, Casación ratificó parcialmente por unanimidad condenas por incendio y vandalismo, al señalar que el marco constitucional de protección de los pueblos indígenas no ampara actos de violencia ni daños a la propiedad. La distinción es relevante: el reconocimiento de derechos colectivos no opera como una inmunidad genérica, sino como un parámetro de análisis que exige considerar el contexto histórico y estructural de cada conflicto.

Antecedentes: Villa Mascardi y la criminalización de la protesta indígena

El conflicto de Villa Mascardi tiene una larga historia de tensión entre el Estado y la Comunidad Lafken Winkul Mapu, que reclama territorios en las inmediaciones del Parque Nacional Nahuel Huapi. Los desalojos ejecutados en 2022, con fuerte despliegue de fuerzas federales durante la gestión de Patricia Bullrich como ministra de Seguridad, desembocaron en la detención y posterior procesamiento de varias integrantes de la comunidad, incluyendo a mujeres que se encontraban con sus hijos durante los operativos. El caso concentró la atención de organizaciones de derechos humanos y especialistas en derecho indígena, que cuestionaron desde el inicio la proporcionalidad del accionar estatal y la pertinencia del encuadre penal elegido por la acusación.

El fallo de Casación representa ahora un punto de inflexión: no solo absuelve a las cinco mujeres, sino que fija criterios doctrinarios que deberán ser aplicados en futuros conflictos de similar naturaleza. La señal institucional es clara: el sistema judicial no puede ignorar el bloque de constitucionalidad y convencionalidad que protege a los pueblos originarios cuando se trata de enjuiciar a sus integrantes por disputas que tienen raíz territorial y cultural.

Puntos clave

  • La Sala II de Casación absolvió por unanimidad a las cinco mujeres mapuches imputadas en la causa Villa Mascardi, Río Negro.
  • El tribunal detectó una «contradicción interna insalvable» en la sentencia del juicio y deficiencias graves en la valoración de la prueba.
  • El fallo ordenó aplicar el artículo 75 inc. 17 de la Constitución Nacional, el Convenio 169 de la OIT y la jurisprudencia de la CIDH como parámetros obligatorios.
  • Casación encuadró el desalojo de 2022 como un escenario de represión y violencia contra mujeres, niños y niñas de la comunidad.
  • En paralelo, el tribunal ratificó condenas por incendio en otra causa mapuche en Chubut, dejando en claro que la protección constitucional no ampara actos de violencia.
Seguir leyendo
El Argentino

El Argentino
El Argentino

Las más leídas

Descubre más desde El Argentino Diario

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Seguir leyendo