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Judiciales ⚖️

GestapoGate: Villegas declarará el miércoles ante la Bicameral

El exministro fue citado en la investigación por la reunión celebrada en la sede porteña del Banco Provincia, en la que el funcionario de Vidal y otros miembros del gabinete bonaerense, junto a agentes de inteligencia y empresarios, analizaron la conformación de una mesa judicial para impulsar causas contra organizaciones sindicales.

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Por Silvina Angiono.

El exministro de Trabajo bonaerense Marcelo Villegas, funcionario de la gestión que encabezó como gobernadora María Eugenia Vidal, deberá comparecer el miércoles ante los miembros de la subcomisión de espionaje de la Bicameral de Inteligencia del Congreso para explicar el alcance de sus dichos registrados en un video de 2017, en el cual expresaba sus deseos de contar con una «Gestapo» para accionar contra los gremios.

Villegas fue citado por ese cuerpo parlamentario que investiga una reunión celebrada en la sede porteña del Banco Provincia, en la que el ministro de Vidal y otros miembros del gabinete bonaerense, junto a agentes de inteligencia y empresarios, analizaron la conformación de una mesa judicial para impulsar causas contra organizaciones sindicales.

El exfuncionario les daba a los empresarios instrucciones sobre la forma en la cual debían actuar para el armado de causas contra los dirigentes sindicales y les confiaba que la Procuración estaba al tanto sobre cómo debían ejecutarse estas maniobras, según lo que pudieron reconstruir los legisladores a partir de testimonios que se aprecian en ese registro audiovisual.

La citación a Villegas se resolvió luego de que el jueves último los legisladores escucharan el testimonio del procurador bonaerense, Julio Conte Grand, quien intentó desvincularse de la mesa judicial contra sindicalistas con argumentos «poco convincentes», según confiaron los parlamentarios oficialistas que componen la Bicameral.

De hecho, según afirmó el presidente de la Bicameral, Leopoldo Moreau, «pudimos corroborar que en esa reunión en el Banco Provincia el ministro Villegas efectivamente involucró de manera directa a la Procuración y al Procurador en particular».

Conte Grand negó ante los legisladores el involucramiento y aseguró que no se hacía cargo de los dichos de Villegas» y que «había actuado irresponsablemente», según relató Moreau.

«A raíz de los dichos de Conte Grand se confirma que fiscales del Ministerio Público han tenido vínculo con los servicios de inteligencia para el armado de causas y queda pendiente dirimir lo que dijo el exministro por un lado y lo que dijo el procurador por el otro. Porque, insisto, uno de los dos falta a la verdad», afirmó el diputado del Frente de Todos (FdT).

Por ese motivo, Moreau confirmó que «vamos a citar al exministro Marcelo Villegas para el miércoles próximo». Los legisladores investigan los alcances de la reunión realizada en la sede porteña del Banco Provincia, donde el entonces ministro de Trabajo le manifestó a los presentes sus deseos de contar con «una Gestapo» -la policía política del régimen nazi- para perseguir a los gremios.

El audio de ese video -que constituyó el inicio de la investigación judicial y parlamentaria- reveló que algunos de los asistentes aludían a la colaboración asegurada de una fiscal y de la Procuración General en el objetivo de perjudicar a sindicalistas.

Además del testimonio de Conte Grand, esta semana los legisladores recibieron a la exfuncionaria del Banco Provincia (Bapro) Emilia Jaime, quien admitió que ella misma pidió reserva de la sala donde se realizó la reunión, a pedido del extitular de esa entidad Juan Curuchet. Ante los legisladores, Jaime dijo que se dedicaba, entre otras funciones como secretaria de Curuchet, a «mandar los mails para reservar los lugares para determinadas reuniones».

De esta forma, Jaime confirmó la información que surgió de los mails en los cuales se pide por tres días la sala de multiuso en la cual se grabó esa reunión. La empleada pidió la sala de reuniones como figura en los mails que tiene la subcomisión y que fueron entregados por las actuales autoridades del Banco Provincia.

En el marco de la investigación parlamentaria, los miembros del cuerpo se reunieron además días atrás con el exjefe de seguridad del edificio Mariano Albito, quien aseguró a los legisladores que históricamente «nunca hubo cámaras» en el lugar.

De acuerdo con la investigación que llevan adelante, los legisladores pudieron acreditar que la sala del Banco Provincia fue reservada por la Gobernación de Vidal por un lapso de tres días y que las cámaras fueron instaladas y desmontadas un día antes y otro posterior a cuando ocurrió el encuentro.

En tanto y en el marco de la causa judicial, el juez federal de La Plata Ernesto Kreplak pidió a la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) que informe si la exgobernadora Vidal recibió un teléfono encriptado o satelital y, en caso de ser así, si lo devolvió a ese organismo, informaron fuentes tribunalicias.

Además, el magistrado citó como testigos a exfuncionarios del Banco Provincia, algunos de ellos ya declararon ante la subcomisión, y que participaron de la reunión realizada en la sede porteña de esa entidad.

Género 🟣

Debiaggi condenado por abuso sexual: fundamentos de la sentencia de ex funcionario del INAES

El Tribunal Oral Federal 8 publicó los fundamentos de la condena a tres años de prisión en suspenso para Carlos Alberto Debiaggi, ex director de Asuntos Jurídicos del organismo. Los jueces destacaron la asimetría jerárquica como factor determinante que imposibilitó a la víctima reaccionar ante la agresión.

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Ex funcionario del INAES condenado: la Justicia marcó un precedente en violencia de género

El Tribunal Oral Federal 8 (TOF 8) difundió este miércoles los fundamentos del fallo que condenó a Carlos Alberto Debiaggi, ex director de Asuntos Jurídicos del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES), a tres años de prisión de ejecución condicional por ser autor penalmente responsable del delito de abuso sexual.

La sentencia, dictada por los jueces Sabrina Namer, María Gabriela López Iñiguez y Nicolás Tosselli, establece un precedente relevante en materia de violencia laboral e integridad sexual en el ámbito laboral de trabajadores y trabajadoras del Estado, al reconocer el peso de la asimetría de poder como condición que habilita y perpetúa el abuso.

Marcelo Collomb, Presidente del INAES junto a Carlos Debiaggi, Ex Director de Asuntos Jurídicos

Un patrón sistemático, no un hecho aislado

Los magistrados fueron categóricos en su diagnóstico: el episodio del 12 de agosto de 2019, cuando Debiaggi se dirigió a la oficina de la víctima, identificada como C.C.A., la tomó del hombro izquierdo, la atrajo hacia su cuerpo y comenzó a tocarla en sus zonas íntimas mientras intentaba besarla, no fue un acto impulsivo ni aislado. El fallo lo caracterizó como «la culminación de una escalada de conductas que Debiaggi desplegó sistemáticamente» a lo largo del tiempo compartido en el organismo.

Los jueces comprobaron que el acusado realizaba con habitualidad comentarios de connotación sexual hacia la trabajadora, incluyendo referencias directas a su cuerpo e insinuaciones reiteradas al saludarla. En una ocasión, le recitó una poesía de García Lorca sobre besos y senos. La víctima llegó a usar auriculares para evitar el contacto y pedía a sus compañeras que la alertaran ante su presencia para poder huir por las escaleras del edificio donde trabajaba.

La conducta de Debiaggi cesó únicamente cuando una tercera persona ingresó a la oficina el día del abuso. La víctima permaneció inmóvil, en estado de shock, girando la cara para evitar los besos. El tribunal subrayó que esa reacción de inmovilidad no debía interpretarse como consentimiento, sino como respuesta típica de una persona sorprendida en su entorno laboral por quien ejercía autoridad sobre ella.

La asimetría jerárquica, en el centro del debate

Uno de los aspectos más relevantes del fallo fue el tratamiento de la relación de poder entre el abusador y la víctima. El INAES había elaborado un sumario administrativo en el que dejó asentado que «no existe una relación jerárquica directa entre denunciante y denunciado, dado que ambos revisten en diferentes Direcciones«. El TOF 8 desestimó esa lectura.

Los jueces priorizaron la palabra de la propia damnificada, quien describió a Debiaggi como «un jerárquico» con quien debía interactuar funcionalmente, en particular en el tratamiento de expedientes. La sentencia fue contundente: «lo que importa destacar a los fines de la mensura es que esa asimetría no fue simplemente el telón de fondo del hecho; fue una condición que lo posibilitó».

El tribunal señaló además como «llamativo» que precisamente las dos testigos que aún trabajaban en el INAES al momento del juicio fueran también las que menos precisiones pudieron o quisieron brindar sobre las conductas que el resto de los declarantes describió con notable detalle y coincidencia. Varios trabajadores y trabajadoras del área habían dejado sus puestos para dejar de sufrir el acoso o los malos tratos del acusado, un dato que el tribunal consideró elocuente.

El daño prolongado y los agravantes de la condena

Para determinar la pena, los magistrados tuvieron en cuenta el daño concreto y prolongado que el accionar de Debiaggi ocasionó sobre C.C.A. La mujer estuvo aproximadamente cuatro meses con licencia médica bajo diagnóstico de estrés laboral y atravesó un tratamiento psicológico y psiquiátrico que continuaba vigente al momento del debate, más de seis años después del hecho.

Como agravante central, los jueces destacaron que Debiaggi acumulaba 44 años dedicados al Derecho y al servicio del Estado, lo que le confería una comprensión precisa de los límites que el ordenamiento jurídico impone a la conducta personal. Esa misma trayectoria que le permitió construir una carrera dentro del Estado le exigía, según el fallo, un estándar ético más alto.

El carácter repentino y la modalidad abarcadora del acto también pesaron como agravante: «el hecho fue sorpresivo, intempestivo y abarcó simultáneamente distintas zonas corporales, aprovechando el momento de soledad de la víctima y produciendo una intensa afectación sobre su integridad sexual».

Como atenuantes, el tribunal valoró que Debiaggi no registra antecedentes penales, que cumplió 78 años y dijo padecer afecciones de salud que requieren seguimiento médico. Sin embargo, los magistrados advirtieron que la edad no neutraliza la responsabilidad penal.

Las condiciones de la condena

El TOF 8 estableció un conjunto de condiciones que Debiaggi deberá cumplir para evitar el efectivo cumplimiento de prisión. Quedará bajo el control de la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal (DCAEP) y deberá abstenerse de todo contacto con C.C.A., sea personal, telefónico, por redes sociales o correo electrónico.

Además, deberá realizar el Taller de integridad sexual de la Fundación Fepais, medida que los jueces explicaron como necesaria para abordar el avasallamiento de la integridad sexual, dado que el episodio investigado «representó la expresión final de un patrón de conducta sostenido en el tiempo y naturalizado en un entorno institucional sin límites claros».

El tribunal también le impuso la obligación de abonar a la víctima una indemnización de $3.000.000, pagaderos en el plazo de diez días.


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