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Calu Rivero declaró más de cuatro horas en el juicio contra Darthés

El actor está acusado de abuso sexual por la actriz Thelma Fardin que lo denunció hace casi tres años por un hecho ocurrido en Nicaragua cuando ella tenía 16 años y él 45.

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El-Argentino-Calu-Rivero declaró desde Roma en el juicio que se le sigue a Darthés en Brasil por abuso sexual

La actriz y modelo Calu «Dignity» Rivero declaró este miércoles en la capital italiana, Roma, en el juicio que se le sigue a Juan Darthés en Brasil, acusado de abuso sexual por la actriz Thelma Fardin que lo denunció hace casi tres años por un hecho ocurrido en Nicaragua cuando ella tenía 16 años y él 45.

De forma virtual, brindó testimonio durante cuatro horas desde el Consulado argentino en Roma donde se encuentra trabajando, según informó a Télam su abogada, Raquel Hermida Leyenda.

Rivero, quien denunció públicamente a Darthés por abuso sexual, contó su caso ante la justicia de Brasil. A raíz de la acusación, el actor le inició en 2018 una causa por «daños y perjuicios». La actriz se había referido públicamente por primera vez de su repentina salida de la novela «Dulce Amor», en 2012, en la que ella era protagonista junto al actor.

Juan Darthés está acusado de abuso sexual por la actriz Thelma Fardin.

En tanto, se esperaba esta tarde la declaración de la actriz Anita Co, quien en 2018 relató en sus redes sociales un abuso que sufrió de parte del actor cuando, en 1999, grababan la tira «Gasoleros».

Rivero y Anita Co son parte de los once testigos que declararán de manera virtual. Durante la primera jornada del juicio por estupro agravado, que es el delito por el que está acusado Darthés en Brasil, Fardin declaró de manera virtual ante la Justicia de Brasil durante cuatro horas, hasta las 20.30, por la denuncia de violación que realizó contra el actor en 2018.

«Estoy muy cansada, muy contenta y orgullosa de que hayamos podido, no solo yo sino todas, llegar hasta acá y agradecida de haber sido escuchada en la justicia», dijo Fardin a la salida de la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM).

Y concluyó: «Ya pasó. Todo lo que yo tenía en mis manos, todo lo que yo podía hacer, lo hice. Hoy vine y me saqué esta mochila que se la dejo a la Justicia; quiero tener confianza en la Justicia».

Judiciales ⚖️

La Corte le pone un freno al Estado: declara inconstitucional el uso de datos personales

El máximo tribunal resolvió un caso que redefine los límites del manejo de información por organismos públicos. La decisión surge tras una demanda individual y cuestiona mecanismos de intercambio de información entre dependencias estatales.

Publicado hace

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Lo que tenés que saber

  • La Corte declaró inconstitucional el uso de datos sin consentimiento
  • Anuló artículos de la Ley de Protección de Datos Personales
  • El fallo surge por una acción de habeas data
  • Cuestiona el intercambio de información entre organismos estatales
  • Señala vulneración del derecho a la privacidad
  • Hubo votos en disidencia dentro del tribunal

Fallo de la Corte sobre datos personales

La Corte Suprema resolvió que el Estado no puede utilizar datos personales sin consentimiento de sus titulares y declaró inconstitucionales artículos de la Ley de Protección de Datos Personales.

El tribunal sostuvo que estas prácticas vulneran derechos fundamentales vinculados a la privacidad y a la autodeterminación informativa.

El origen del caso

La decisión se tomó al hacer lugar a una acción de habeas data presentada por una jubilada contra el Estado Nacional. La demanda surgió luego de que información personal fuera utilizada en el marco de un convenio entre organismos públicos.

Según el caso, la ANSES había cedido datos a la Secretaría de Comunicación Pública para la difusión de contenidos oficiales.

Argumentos del tribunal

El fallo, firmado por Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Daniel Bejas, señaló que no existe un interés legítimo que justifique la utilización de datos sin conocimiento de sus titulares.

Además, se indicó que las excepciones previstas en la normativa resultaban “excesivas e injustificadas” y afectaban garantías constitucionales.

En ese sentido, el tribunal advirtió que la amplitud de la ley permitía al Estado evitar la exigencia de consentimiento, lo que debilitaba la protección de la información personal.

Artículos anulados y alcance

La Corte invalidó disposiciones de la ley 25.326 que habilitaban el intercambio de datos entre organismos estatales sin autorización previa.

El fallo pone límites al uso y circulación de información personal dentro del ámbito público.

Posturas en disidencia

La resolución no fue unánime. El ministro Carlos Rosenkrantz y la conjueza Beatriz Aranguren votaron en disidencia.

Ambos propusieron rechazar el recurso del Estado y mantener la sentencia previa sin pronunciarse sobre la constitucionalidad de la norma.

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