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Judiciales ⚖️

Incidentes en el noveno día de juicio por el caso Belsunce: echaron a una testigo

El enojo del juez porque filmó la audiencia de debate.

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Mientras la testigo Débora Lauces brindaba su declaración, el juez Esteban Andrejin levantó su mirada hacia dónde se encontraban los pocos periodistas que siguen cada una de las audiencias del debate junto a algunas personas que ya declararon en el juicio.

En ese momento, y sin mediar palabra, le pidió a una mujer que se retirara de la sala al observar que filmaba la audiencia con su celular escondido en una cartera. El integrante del tribunal solicitó que se tomaran los datos de la mujer para que no vuelva a ingresar al debate.

Esta mujer estaba junto a la testigo María José Díaz Herrera, quien asistió a varias audiencias y acompañó a declarar a su marido, Nicolás González del Cerro.

Dada la cantidad de testimonios ofrecidos, el presidente del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 4 de San Isidro, Federico Ecke, solicitó a la fiscalía que en las próximas audiencias «haya entre cinco y seis testigos» por día, para «no llegar a diciembre».

De esta manera, los fiscales encabezados por Patricio Ferrari acordaron presentar una mayor cantidad de testigos por día, en las audiencias que comenzarán a las 10.30 y finalizarán a las 17.

La «camaradería» de Pachelo con una testigo

La testigo María Jimena González Jausoro ingresó vestida de jeans y zapatillas, y se sentó frente al tribunal. Dijo que su hijo mayor fue compañero de colegio del primogénito de la pareja entre Pachelo e Inés Dávalos, por lo que «pegó buena onda» con ellos.

En un momento de su declaración dijo que Dávalos «era una rebuena mamá pero de otro estilo…quizás era media boluda en algunas cosas, decía muchas boludeces y Nico le decía ‘no digas más boludeces'».

Antes de retirarse de la sala, saludó a todas las partes y miró a Pachelo, quien estaba sentado detrás de sus abogados, y con un gesto con su mano izquierda lo saludó para despedirse.

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La Corte le pone un freno al Estado: declara inconstitucional el uso de datos personales

El máximo tribunal resolvió un caso que redefine los límites del manejo de información por organismos públicos. La decisión surge tras una demanda individual y cuestiona mecanismos de intercambio de información entre dependencias estatales.

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Lo que tenés que saber

  • La Corte declaró inconstitucional el uso de datos sin consentimiento
  • Anuló artículos de la Ley de Protección de Datos Personales
  • El fallo surge por una acción de habeas data
  • Cuestiona el intercambio de información entre organismos estatales
  • Señala vulneración del derecho a la privacidad
  • Hubo votos en disidencia dentro del tribunal

Fallo de la Corte sobre datos personales

La Corte Suprema resolvió que el Estado no puede utilizar datos personales sin consentimiento de sus titulares y declaró inconstitucionales artículos de la Ley de Protección de Datos Personales.

El tribunal sostuvo que estas prácticas vulneran derechos fundamentales vinculados a la privacidad y a la autodeterminación informativa.

El origen del caso

La decisión se tomó al hacer lugar a una acción de habeas data presentada por una jubilada contra el Estado Nacional. La demanda surgió luego de que información personal fuera utilizada en el marco de un convenio entre organismos públicos.

Según el caso, la ANSES había cedido datos a la Secretaría de Comunicación Pública para la difusión de contenidos oficiales.

Argumentos del tribunal

El fallo, firmado por Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Daniel Bejas, señaló que no existe un interés legítimo que justifique la utilización de datos sin conocimiento de sus titulares.

Además, se indicó que las excepciones previstas en la normativa resultaban “excesivas e injustificadas” y afectaban garantías constitucionales.

En ese sentido, el tribunal advirtió que la amplitud de la ley permitía al Estado evitar la exigencia de consentimiento, lo que debilitaba la protección de la información personal.

Artículos anulados y alcance

La Corte invalidó disposiciones de la ley 25.326 que habilitaban el intercambio de datos entre organismos estatales sin autorización previa.

El fallo pone límites al uso y circulación de información personal dentro del ámbito público.

Posturas en disidencia

La resolución no fue unánime. El ministro Carlos Rosenkrantz y la conjueza Beatriz Aranguren votaron en disidencia.

Ambos propusieron rechazar el recurso del Estado y mantener la sentencia previa sin pronunciarse sobre la constitucionalidad de la norma.

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