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Judiciales ⚖️

Injusticia de género: tribunal de Chubut criticó a víctima de abuso y sus letradas en la sentencia

Si bien la absolución fue el 19 de marzo, el fallo con los fundamentos que recién se conoció ayer y tienen como principal cuestionamiento la negativa de declaración de la denunciante ante el tribunal compuesto por María Laura Martini, Marcela Pérez y Ana Karina Breckle.

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La Justicia de Chubut difundió los fundamentos del fallo que absolvió a los tres acusados de una violación grupal ocurrida en 2012 en la ciudad chubutense de Puerto Madryn, del que se desprenden críticas al fiscal, a las abogadas querellantes, pero también a la denunciante por no haber querido declarar ante el tribunal.

Si bien la absolución fue el 19 de marzo, el fallo con los fundamentos que recién se conoció ayer y tienen como principal cuestionamiento la negativa de declaración de la denunciante ante el tribunal compuesto por María Laura Martini, Marcela Pérez y Ana Karina Breckle.

Las tres juezas penales de Chubut fueron quienes consideraron que los testimonios de la denunciante era imprecisos y mencionaron la falta de certeza sobre el estado de salud de la presunta víctima.

Por esa razón, decidieron absolver a Luciano Mallemaci, Leandro Del Villar y Ezequiel Marcelo Quintana, acusados de abuso sexual grupal.

Los hechos llevados a juicio se remontan a septiembre del 2012, en la previa al día de la primavera, oportunidad en que jóvenes de entre 16 y 23 años protagonizaron una «juntada» en el balneario de Playa Unión, en la que presuntamente cinco de ellos abusaron sexualmente de una adolescente, quien realizó formalmente la denuncia en 2019.

De los cinco señalados originalmente, tres llegaron al juicio oral que terminó hace dos semanas.

El primer voto que se consignó (el orden fue por sorteo) correspondió a la jueza María Laura Martini, quien cuestionó a la acusación ejercida en el juicio por el fiscal Fernando Rivarola, cuya actuación «es reprochable porque sin elementos de prueba» pide «un fallo condenatorio».

«Son las pruebas, no los jueces, las que condenan; ésta es la garantía. La prueba, por ser insustituible como fundamento de una condena, es la mayor garantía frente a la arbitrariedad punitiva», fundamentó la magistrada, tomando una cita del manual de derecho suscrito por José Cafferata Nores.

También cuestionó la falta de declaración testimonial de la joven, que «resulta una de las pruebas fundamentales de un juicio oral en un modelo acusatorio como el que nos rige».

«En ese testimonio, las reglas del proceso indican que el testigo debe declarar directamente ante el juez o jueces, mientras que las partes interrogarán de modo directo quien propuso el testigo y contrainterrogando la contraparte», afirmó.

«En el caso, se le admitió a la testigo, pese a que no se trataba de una testigo menor de edad, la posibilidad de declarar mediante el formato conocido como Cámara Gesell, dada la afectación psicológica y de conformidad con lo establecido en la ley, pero las partes acusadoras desistieron de esta posibilidad» sostuvo la magistrada.

Remarca que «la declaración de la presunta víctima en casos donde se investigan delitos de índole sexual, resulta sustancial» porque «el rol de un tribunal en un proceso acusatorio es el de determinar los hechos históricos comprobados en base a las pruebas que arrimaron las partes».

El sistema penal de Chubut, una vez arribado a juicio oral, implica que los magistrados no tuvieron contacto con la causa y es más, les está prohibido acceder a ella.

Los episodios denunciados ubicaron a la escena del abuso en una sala ubicada en los fondos de una vivienda ubicada en Playa Unión, el balneario de la capital del Chubut.

Sobre el particular se indica que «ni la fiscalía ni la querella pudieron aportar certeza alguna sobre el hecho de que momentos previos a salir de aquella habitación (la adolescente) hubiera estado en un estado de inconsciencia que le impidiera prestar un libre consentimiento».

Los peritos escuchados arribaron a conclusiones opuestas en sus informes respectivos, orientándose la perito oficial y la de la fiscalía a ubicar la causa de la amnesia de la joven en una intoxicación alcohólica de un grado que tampoco se determinó.

En el mismo sentido votó la camarista penal Ana Karina Breckle, quien cuestionó la falta del testimonio de la denunciante, la que -a su entender- no declaró porque «así lo decidieron (la fiscalía y la querella) privando al Tribunal de escuchar de su propia voz lo que le pasó, lo que vivió, y lo que sintió».

Para Breckle «ni la fiscalía ni la querella intentaron ingresar a juicio, como prueba a valorar, la declaración ante el fiscal, realizada en la ciudad de La Plata, ni ingresaron siquiera como prueba documental el mensaje en Facebook, el ‘escracho’ del que hablaron todos, el que tenía seis fotos, y que por los dichos de los testigos diera inicio a la causa».

Tampoco para las juezas quedó acreditado que a la víctima le hayan suministrado droga para provocarle un grado de inconciencia o semi inconciencia como se dijo.

Investigación 🔎

Un juez apartado, un recurso abandonado y un cierre formal: así se desarmó la causa por lavado contra el entorno de Toviggino

El juez federal de Campana, Adrián González Charvay, sobreseyó a 13 familiares y allegados del tesorero de la AFA y a seis empresas por falta de impulso fiscal, sin analizar una acusación por lavado que había detectado 35 inmuebles y sociedades con patrimonios multiplicados miles de veces.

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El Argentino Diario-AFA-Toviggino.
Nadie juzgó las cifras: el clan Toviggino quedó libre de cargos porque la acusación se quedó sin fiscal.

Una empresa de venta de combustible con un solo empleado registrado, creada en 2016 con un patrimonio neto de $17.390, cerró 2024 con más de $2.026 millones. Ese fue uno de los datos que el fiscal federal de Santiago del Estero puso sobre la mesa para sostener una acusación por lavado de dinero contra el entorno del tesorero de la AFA. Ese expediente acaba de quedar vacío para buena parte de los imputados, sin que ningún juez discutiera esas cifras.

El juez federal de Campana, Adrián González Charvay, que concentra la mayoría de las causas que involucran a la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), sobreseyó a 13 familiares y socios de Pablo Toviggino, tesorero de la entidad: Darío Fabián Toviggino, Máximo Augusto Toviggino, María Valentina Toviggino, María Julia del Castillo Orellana, Julia Argentina Orellana, Manuel Hernán del Castillo Orellana, Rosalía Argañaraz, Guillermo Luis Santillán, Gladys Mirta Aranda, Gabriela Verónica Coronel Peña, Gabriel Leonardo Gorosito, Rosa Elizabeth del Valle Cianferoni y María Florencia Sartirana. La medida alcanzó también a las empresas HT S.R.L., Barwa S.R.L., Bori S.R.L., DCT S.R.L., WICCA SAS y VANDAP SA.

Entre los beneficiados figuran el hermano del dirigente, Darío Fabián; su ex esposa, María Julia del Castillo Orellana, y su actual pareja, María Florencia Sartirana. En la resolución, firmada el miércoles, el magistrado fundamentó la decisión en que fueron sobreseídos «por no existir acción penal legalmente promovida a su respecto». El fallo no alcanza a Toviggino ni al presidente de la AFA, Claudio «Chiqui» Tapia.

Un cierre por falta de impulso, no por falta de pruebas

El sobreseimiento no declara inocentes a los imputados ni evalúa la prueba reunida; se limita a constatar que no quedó ningún fiscal sosteniendo la acusación. Para entender cómo se llegó a ese punto hay que reconstruir el recorrido del expediente, que tuvo más vueltas que avances.

En abril, el juez federal de Santiago del Estero Sebastián Argibay desestimó el requerimiento del fiscal el mismo día en que regresó de sus vacaciones. Poco después fue apartado de la causa, cuando se detectó que su hija le había vendido una propiedad al hermano de Toviggino en julio de 2024. Según reconstruyó el diario La Nación, cuando la Cámara Federal de Tucumán podía revocar aquella desestimación, el fiscal general Rafael Vehils Ruiz desistió del recurso que había planteado su colega de primera instancia, y la Cámara Federal terminó enviando el expediente al juzgado de Campana, que ya acumulaba otras causas ligadas a la AFA.

Un juez apartado por un negocio inmobiliario con la familia investigada, un fiscal superior que abandonó el recurso y un tercer magistrado que cerró la causa por una cuestión formal: ese fue el destino de la acusación.

Lo que había reunido el fiscal Simón

La causa se inició en diciembre del año pasado a partir de una denuncia de Aldo Sergio Parodi por la presunta sustracción de fondos del patrimonio de la AFA. El fiscal federal Pedro Simón acusó a los jerarcas de la entidad de liderar una asociación ilícita y una maniobra de lavado que habría comenzado en 2018, y pidió la indagatoria y la detención de Tapia y Toviggino, además de imputar a más de dos decenas de personas.

Según su dictamen, el dinero tendría tres orígenes: una defraudación en perjuicio de la AFA; la omisión de ingresar a ARCA los impuestos correspondientes mediante facturas que se presumen falsas, y la omisión de liquidar divisas junto con la compra de moneda extranjera en el mercado informal.

En casi cuatro meses, el fiscal obtuvo informes de la Anses, el Renaper, la Dirección de Migraciones, los registros de la Propiedad Inmueble y del Automotor y ARCA, entre otros organismos. Solo en Santiago del Estero se individualizaron 35 inmuebles vinculados al entramado. La firma HT S.R.L., una de las sobreseídas, multiplicó su patrimonio neto unas 116.552 veces entre su creación y 2024.

El dictamen también describió otras sociedades del grupo. Carbello S.R.L. registró compras de bienes por más de 2 millones de dólares, y SOMA S.R.L., donde aparece la pareja de Toviggino, tenía a su nombre una docena de vehículos, varios de alta gama, y un avión privado. Sus acreditaciones bancarias pasaron de $1.831 millones en 2022 a $7.048 millones en 2023 y a $32.634 millones en 2024, para caer a $5.043 millones en 2025.

La versión de las defensas

El sobreseimiento fue solicitado por el abogado Álvaro Aitor Irazusta, defensor de la mayoría de los imputados, quien sostuvo que el fiscal, «sin ningún elemento más que un informe periodístico, formuló hipótesis extremadamente graves» contra sus representados. También afirmó que, tras una amplia investigación, no surgió ningún elemento que permitiera vincular las operaciones del Grupo HT con activos de origen delictivo.

La defensa habló de una acusación basada en un artículo de prensa, pero el expediente acumuló reportes de organismos oficiales del propio Estado. Esa contradicción nunca llegó a ser evaluada por un tribunal, porque la causa se cerró antes de discutir el fondo.

Por su parte, los abogados Lucas Occhiuzzi y Agostina Orozco, defensores de Sartirana, pidieron su sobreseimiento con el argumento de que las empresas VANDAP y WICCA, de las que forma parte, «no aparecen como receptoras directas de fondos de AFA por servicios inexistentes».

Un cerco judicial que sigue abierto

El alivio para el entorno familiar no despeja la situación de la cúpula de la AFA. El juez Diego Amarante procesó a Tapia y a Toviggino en otro expediente, la Cámara de Apelaciones confirmó esos procesamientos y la causa quedó encaminada a juicio oral. A eso se suma la disputa de competencia que debe resolver la Corte Suprema en la investigación por la mansión de Villa Rosa, en Pilar, atribuida al tesorero.

En paralelo, ARCA denunció a la conducción de la entidad por el uso de facturas apócrifas por más de 916 millones de pesos, y en Estados Unidos un Gran Jurado en Miami avanza sobre los flujos de dinero canalizados a través de TourProdEnter LLC, la firma que administró contratos comerciales internacionales de la AFA. Mientras los expedientes se multiplican, ninguno llegó todavía a una instancia en la que se discutan los números que muestran cómo creció el patrimonio de las empresas del grupo.

Lo que tenés que saber:

  • El juez federal de Campana, Adrián González Charvay, sobreseyó a 13 familiares y allegados de Pablo Toviggino y a seis empresas vinculadas.
  • La decisión se fundó en que no existía acción penal legalmente promovida, no en un análisis de la prueba.
  • El fiscal Pedro Simón había pedido la detención de Tapia y Toviggino y detectado 35 inmuebles en Santiago del Estero.
  • El primer juez de la causa fue apartado porque su hija le vendió una propiedad al hermano de Toviggino.
  • El sobreseimiento no incluye a Toviggino ni a Tapia, que enfrentan otras causas abiertas en el país y en Estados Unidos.
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