Impuestos
La AFIP embargó billeteras virtuales por más de $ 800 millones
El ente recaudador incorporó a las billeteras virtuales al listado de activos sobre los cuales puede solicitarse la traba de embargos con el objetivo de asegurar el cobro de obligaciones a deudores relevantes.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) avanzó en el recupero de más de $ 800 millones en deudas acumuladas por contribuyentes morosos, a través de embargos sobre billeteras virtuales.
Según informó este miércoles el organismo que conduce Mercedes Marcó del Pont, la justicia ya habilitó 1.269 medidas sobre activos digitales de personas que acumulaban pasivos impagos.
La AFIP incorporó en febrero último a las billeteras virtuales al listado de activos sobre los cuales puede solicitar la traba de embargos con el objetivo de asegurar el cobro de obligaciones impagas acumuladas.
La decisión le permitió al organismo ampliar su capacidad para garantizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y a lo largo de los últimos cuatro meses, juzgados de todo el país autorizaron los 1.269 embargos por más de $ 800 millones sobre billeteras virtuales.
Magistrados de las provincias de Tucumán, Catamarca, Santa Fe, San Juan, Salta, Jujuy, Chaco, Formosa, Misiones, Entre Ríos, ciudad de Buenos Aires, Neuquén, Córdoba, Santa Cruz, Chubut y distintos distritos de la provincia de Buenos Aires, entre otros, aprobaron las solicitudes realizadas por funcionarios y funcionarias de la AFIP con el objetivo de recuperar los montos adeudados a través de embargos a activos digitales.
Los embargos sobre contribuyentes morosos que la Administración Federal requiere a la Justicia se concretaban sobre cuentas bancarias, bienes muebles, inmuebles y créditos, entre otros.
El desarrollo de los medios electrónicos de pago y su extendido uso llevó a la AFIP a incluir a las cuentas digitales en el listado de activos pasibles de ser embargados para cobrar deudas.
Para determinar sobre qué cuentas solicitar la traba de embargos, el organismo se abastece del régimen informativo que, como sucede con las entidades financieras, obliga a las empresas del sector a reportar información referida a las cuentas de sus clientes.
La normativa no establece un orden de prelación sobre qué activos se debe avanzar primero a la hora de solicitar la traba de un embargo para cobrar deudas. No obstante, la práctica muestra que las medidas comienzan con los activos más líquidos, como las cuentas bancarias.
Cuando el saldo disponible es insuficiente o los contribuyentes no poseen ese tipo de colocaciones se procede a solicitar embargos sobre otros activos.
Las ejecuciones de las deudas fiscales con la AFIP, el paso posterior a la traba de embargos, estuvieron suspendidas durante 19 meses como parte de las herramientas implementadas para amortiguar los efectos económicos de la pandemia de Covid-19.
A lo largo de ese período, el organismo puso a disposición de los contribuyentes distintas herramientas que permitieron avanzar en la regularización de pasivos acumulados como consecuencia de la crisis del gobierno anterior, así como resultado de la irrupción de la pandemia.
En línea con el proceso de recuperación económica y con el objetivo de proteger el interés fiscal, el organismo retomó en febrero las ejecuciones fiscales de contribuyentes morosos.
La AFIP inició las ejecuciones fiscales a los contribuyentes más riesgosos y con mayores montos de deuda.
El proceso que se está realizando en forma gradual sumó la posibilidad de solicitar embargos sobre activos digitales.
Combustibles ⛽
Milei congela el impuesto a los combustibles para maquillar la inflación
El gobierno volvió a diferir la actualización del Impuesto a los Combustibles Líquidos mediante el decreto 217/2026, publicado en el Boletín Oficial. La medida, que ya tiene antecedentes desde mediados de 2024, apunta a evitar que el ajuste impositivo se traslade a los surtidores y presione sobre el Índice de Precios al Consumidor.
★ El gobierno de Javier Milei recurrió una vez más a una de sus herramientas predilectas para amortiguar el dato de inflación: postergar la actualización del Impuesto a los Combustibles Líquidos (ICL). La medida, formalizada a través del decreto 217/2026 publicado en el Boletín Oficial, desplazó hasta mayo el incremento que estaba previsto para el corriente mes de abril.
La decisión no es nueva ni aislada. La administración libertaria recurre a esta maniobra de manera sistemática desde mediados de 2024, cuando comenzó a desdoblar y diferir los ajustes sobre los impuestos fijados a los combustibles para evitar que se trasladen a los precios finales al consumidor. Lo que cambia esta vez es el escenario internacional: la guerra que protagonizan Estados Unidos e Israel contra Irán mantiene bajo presión al precio del petróleo y agrega incertidumbre sobre la evolución futura de los valores en los surtidores.
El decreto y sus fundamentos oficiales
El texto del decreto 217/2026 establece que el Ejecutivo definió «volver a diferir los incrementos remanentes en los montos de los Impuestos sobre los Combustibles y al Dióxido de Carbono», derivados de las actualizaciones correspondientes a los años calendario 2024 y 2025. Los productos alcanzados por la postergación son la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil.
El documento oficial justifica la medida con el argumento de que fue tomada «con el propósito de continuar estimulando el crecimiento de la economía a través de un sendero fiscal sostenible» y agrega que consideró «necesario, para los productos en cuestión, volver a diferir los incrementos remanentes originados en las referidas actualizaciones».
La retórica oficial choca con la realidad fiscal: según la estimación de la consultora Economía y Energía, las postergaciones de los aumentos impositivos a los combustibles dispuestas a lo largo de 2025 implicaron una resignación de ingresos fiscales por un total de 2.326 millones de dólares. Una cifra que desmiente la narrativa del «sendero fiscal sostenible» y revela el costo concreto de sostener artificialmente el índice de precios.
Combustibles e inflación: una relación estructural
El precio de los combustibles no es un dato menor dentro del esquema de medición de precios del INDEC. Su impacto se extiende a lo largo de toda la cadena productiva a través del transporte, lo que lo convierte en un factor con capacidad de arrastre sobre prácticamente todos los sectores de la economía. No actualizar el impuesto es, en los hechos, una forma de atenuar artificialmente la medición de inflación sin atacar sus causas estructurales.
Desde septiembre del año pasado, el gobierno estableció que las actualizaciones del ICL se calculen en base a la variación de la inflación y se apliquen de forma trimestral. Al mismo tiempo, fijó un monto diferencial para el gasoil destinado a las provincias patagónicas, el Partido de Patagones en la provincia de Buenos Aires y el Departamento de Malargüe en Mendoza.
Una estrategia de cosmética fiscal
La postergación del impuesto a los combustibles se inscribe en un patrón más amplio del gobierno de Milei: la administración del dato de inflación como objetivo político antes que como resultado de una política económica consistente. La aceleración inflacionaria registrada en los últimos meses hace más urgente la necesidad oficial de evitar cualquier componente adicional que presione los precios, aunque eso implique resignar ingresos fiscales por miles de millones de dólares.
La situación en Oriente Medio suma una variable de incertidumbre que el gobierno no puede controlar desde Buenos Aires. El conflicto bélico que involucra a potencias con peso determinante en el mercado energético global mantiene los precios del crudo en un estado de volatilidad que el Ejecutivo prefiere esperar que se estabilice antes de aplicar los incrementos pendientes.
Lo que queda claro, sin embargo, es que cada postergación profundiza el rezago acumulado del impuesto; un rezago que más temprano que tarde deberá actualizarse, con el consiguiente impacto sobre los precios que el gobierno intenta hoy evitar a cualquier costo.
Puntos clave:
- El gobierno oficializó la postergación del aumento del ICL mediante el decreto 217/2026, publicado en el Boletín Oficial.
- Los productos alcanzados son nafta sin plomo, nafta virgen y gasoil.
- La medida se aplaza para mayo; el ajuste corresponde a actualizaciones pendientes de 2024 y 2025.
- Las postergaciones de 2025 implicaron una resignación de ingresos fiscales por 2.326 millones de dólares, según la consultora Economía y Energía.
- El conflicto bélico en Oriente Medio y su efecto sobre el precio del petróleo opera como factor adicional en la decisión oficial.
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