Impuestos
La AFIP embargó billeteras virtuales por más de $ 800 millones
El ente recaudador incorporó a las billeteras virtuales al listado de activos sobre los cuales puede solicitarse la traba de embargos con el objetivo de asegurar el cobro de obligaciones a deudores relevantes.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) avanzó en el recupero de más de $ 800 millones en deudas acumuladas por contribuyentes morosos, a través de embargos sobre billeteras virtuales.
Según informó este miércoles el organismo que conduce Mercedes Marcó del Pont, la justicia ya habilitó 1.269 medidas sobre activos digitales de personas que acumulaban pasivos impagos.
La AFIP incorporó en febrero último a las billeteras virtuales al listado de activos sobre los cuales puede solicitar la traba de embargos con el objetivo de asegurar el cobro de obligaciones impagas acumuladas.
La decisión le permitió al organismo ampliar su capacidad para garantizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y a lo largo de los últimos cuatro meses, juzgados de todo el país autorizaron los 1.269 embargos por más de $ 800 millones sobre billeteras virtuales.
Magistrados de las provincias de Tucumán, Catamarca, Santa Fe, San Juan, Salta, Jujuy, Chaco, Formosa, Misiones, Entre Ríos, ciudad de Buenos Aires, Neuquén, Córdoba, Santa Cruz, Chubut y distintos distritos de la provincia de Buenos Aires, entre otros, aprobaron las solicitudes realizadas por funcionarios y funcionarias de la AFIP con el objetivo de recuperar los montos adeudados a través de embargos a activos digitales.
Los embargos sobre contribuyentes morosos que la Administración Federal requiere a la Justicia se concretaban sobre cuentas bancarias, bienes muebles, inmuebles y créditos, entre otros.
El desarrollo de los medios electrónicos de pago y su extendido uso llevó a la AFIP a incluir a las cuentas digitales en el listado de activos pasibles de ser embargados para cobrar deudas.
Para determinar sobre qué cuentas solicitar la traba de embargos, el organismo se abastece del régimen informativo que, como sucede con las entidades financieras, obliga a las empresas del sector a reportar información referida a las cuentas de sus clientes.
La normativa no establece un orden de prelación sobre qué activos se debe avanzar primero a la hora de solicitar la traba de un embargo para cobrar deudas. No obstante, la práctica muestra que las medidas comienzan con los activos más líquidos, como las cuentas bancarias.
Cuando el saldo disponible es insuficiente o los contribuyentes no poseen ese tipo de colocaciones se procede a solicitar embargos sobre otros activos.
Las ejecuciones de las deudas fiscales con la AFIP, el paso posterior a la traba de embargos, estuvieron suspendidas durante 19 meses como parte de las herramientas implementadas para amortiguar los efectos económicos de la pandemia de Covid-19.
A lo largo de ese período, el organismo puso a disposición de los contribuyentes distintas herramientas que permitieron avanzar en la regularización de pasivos acumulados como consecuencia de la crisis del gobierno anterior, así como resultado de la irrupción de la pandemia.
En línea con el proceso de recuperación económica y con el objetivo de proteger el interés fiscal, el organismo retomó en febrero las ejecuciones fiscales de contribuyentes morosos.
La AFIP inició las ejecuciones fiscales a los contribuyentes más riesgosos y con mayores montos de deuda.
El proceso que se está realizando en forma gradual sumó la posibilidad de solicitar embargos sobre activos digitales.
Economía 💲
Inocencia Fiscal II: media sanción con votos opositores y críticas que desnudan sus contradicciones
Con 139 votos a favor, la Cámara de Diputados aprobó la expansión del régimen simplificado de Ganancias, que elimina los topes de ingresos y patrimonio para adherirse. La oposición denunció que la norma protege evasores, debilita al fisco y beneficia, entre otros, al propio Jefe de Gabinete, Manuel Adorni.
La Cámara de Diputados otorgó media sanción a la nueva versión de la Ley de Inocencia Fiscal con 139 votos afirmativos, 110 en contra y dos abstenciones. El proyecto, que modifica la ley 27.799, recibió el apoyo de La Libertad Avanza junto a sus aliados habituales: el PRO, la UCR, Argentina Federal, Elijo Catamarca, Independencia, el MID y Producción y Trabajo. Votaron en contra Unión por la Patria, la izquierda, un sector de Provincias Unidas, la Coalición Cívica y Encuentro Federal.
El debate que antecedió a la votación expuso las tensiones de fondo de una iniciativa que el oficialismo presentó como una reforma a favor del contribuyente honesto, pero que sus críticos caracterizaron como un blindaje legal para evasores y una herramienta de vaciamiento del control fiscal del Estado.
Qué cambia la nueva norma
La reforma permite que todas las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país puedan optar por el régimen simplificado del Impuesto a las Ganancias, sin límites de ingresos ni de patrimonio. Hasta ahora, el acceso estaba restringido a quienes tuvieran un ingreso anual de hasta $1.000 millones y un patrimonio de hasta $10.000 millones. La nueva norma además extiende el plazo de adhesión hasta el 31 de diciembre de 2027 y reduce en un 25% las multas por infracciones formales para las pequeñas y medianas empresas.
En materia de fiscalización, el texto mantiene las facultades de ARCA sobre los contribuyentes de mayor capacidad económica o relevancia recaudatoria, pero redefine el concepto de «discrepancia significativa», que es el criterio que habilita al organismo a impugnar una declaración jurada simplificada. Esa discrepancia solo se configurará cuando la revisión arroje un incremento del impuesto determinado no inferior al 15% respecto de lo declarado por el contribuyente, un umbral que, según los críticos, eleva sustancialmente la vara para auditar.
El argumento oficialista: confianza en el contribuyente
La miembro informante del bloque oficialista, la legisladora Laura Rodríguez Machado, defendió el proyecto como una medida «sencilla pero revolucionaria» que apunta a «confiar más en el contribuyente que trabaja y paga sus impuestos». La cordobesa encuadró la norma en el contexto de décadas de inflación que obligaron a los argentinos a ahorrar en dólares fuera del sistema, y sostuvo que criminalizar esa práctica implica tratar a los ciudadanos como sospechosos.
El cierre del bloque libertario estuvo a cargo del diputado Nicolás Mayoraz, quien rechazó las críticas de la oposición y cuestionó que se equipare a las personas con ahorros fuera del sistema formal con «delincuentes». Mayoraz aseguró que la ley «va a impulsar el crédito en la Argentina» y que generará «actividad económica».
La oposición: una ley para la evasión, no para el ahorro
Las voces críticas más contundentes llegaron desde Unión por la Patria y el bloque radical. El diputado Juan Grabois rechazó la norma con una síntesis que apuntó al corazón del debate: la ley, según su lectura, «convierte en culpables a los inocentes e inocentes a los culpables», porque legaliza la evasión mientras profundiza el ajuste sobre trabajadores, jubilados y pequeños empresarios.
«Llega esta ley y son todas las leyes igual. Todas para los de arriba. Todo para el 1% más rico. Mientras al 99% restante todos los días le rompen el culo», reprochó Grabois en el recinto, señalando además la responsabilidad del presidente Milei en la habilitación de estas medidas.
La legisladora de Provincias Unidas Mariela Coletta fue todavía más directa: calificó la iniciativa de «obscenidad fiscal» y acusó al Poder Ejecutivo de negarse a informar cuántos funcionarios públicos adhirieron al régimen de Inocencia Fiscal desde su sanción original.
Lousteau: «El presidente dice que los que evaden son héroes»
La intervención del diputado nacional Martín Lousteau fue una de las más precisas en términos técnicos y políticos. El ex ministro de Economía advirtió que «detrás de la supuesta intención de simplificar la vida y la declaración jurada para los buenos contribuyentes, se esconde la degradación de la capacidad de ARCA para perseguir y detectar evasores seriales, narcos y corruptos».
Lousteau no dejó pasar la oportunidad de conectar la ley con la situación personal del Jefe de Gabinete: «Adorni, para defenderse de que no era ladrón, dijo que había evadido. De hecho, Adorni fue uno de los primeros que adhirió a esta ley. Adorni y la mujer», señaló, en referencia a las declaraciones públicas del funcionario en el marco de la causa judicial que lo investiga por enriquecimiento ilícito. El legislador radical también recordó que el propio presidente Milei llamó «héroes» a los que evaden y que el ex titular de la Comisión de Presupuesto José Luis Espert promovió una «rebelión fiscal» en la provincia de Buenos Aires.
Esa conexión entre la norma y el caso Adorni no es menor. La justicia federal investiga al Jefe de Gabinete por un patrimonio bajo sospecha que supera los 840.000 dólares, con refacciones pagadas en efectivo, viajes de lujo y triangulaciones con empresas del Estado. Que uno de los principales sospechosos de esa causa haya sido de los primeros en acogerse al régimen que ahora se amplía constituye, para los críticos, una contradicción que el oficialismo no logró responder en el debate.
El fondo del problema: quién fiscaliza a quién
El Foro Economía y Trabajo, en su documento de reforma tributaria publicado en mayo de 2026, ya había advertido sobre esta tendencia al señalar que las modificaciones incorporadas en la primera Ley de Inocencia Fiscal «vaciaron de datos al fisco» y facilitaron la evasión y la fuga de capitales. La nueva versión aprobada en Diputados profundiza esa lógica al eliminar los topes de adhesión y elevar el umbral para las auditorías de ARCA.
En ese marco, la discusión sobre la Inocencia Fiscal II no es solo tributaria: es también una disputa sobre qué tipo de Estado supervisa a qué tipo de contribuyentes y, sobre todo, si ese Estado tiene o no la voluntad de avanzar sobre los sectores de mayor concentración patrimonial. El texto aprobado en Diputados responde esa pregunta con claridad. Resta esperar qué hace el Senado con esa respuesta.
Puntos clave
- La Cámara de Diputados aprobó la Ley de Inocencia Fiscal II con 139 votos a favor y 110 en contra.
- La norma elimina los topes de ingresos y patrimonio para adherirse al régimen simplificado de Ganancias.
- ARCA solo podrá impugnar declaraciones simplificadas cuando la diferencia supere el 15% de lo declarado.
- El diputado Lousteau denunció que el Jefe de Gabinete, Manuel Adorni, fue uno de los primeros en adherirse al régimen original junto a su esposa.
- La oposición calificó la iniciativa de «obscenidad fiscal» y denunció que debilita la capacidad del Estado de perseguir la evasión.
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