Conectate con El Argentino

Judiciales ⚖️

Crimen de Diego Fernández Lima: cómo sigue la situación procesal de Graf

El juez entendió que no hay pruebas suficientes para sostener la acusación por encubrimiento.

Publicado hace

#

El Argentino Diario-Diego Fernández, Cristian Graf, sobreseimiento, crimen, Coghlan, Javier Fernández.

El juez Alejandro Litvack sobreseyó a Cristian Graf, imputado en la causa por la desaparición y muerte de Diego Fernández Lima, el adolescente de 16 años que fue visto por última vez en 1984 y cuyos restos aparecieron en mayo pasado en una casa del barrio porteño de Coghlan.

Graf, de 57 años, era el dueño de la vivienda donde se hallaron los restos. Había sido imputado por encubrimiento agravado y supresión de evidencia, aunque el magistrado entendió que “no existen elementos suficientes” para sostener la acusación y, además, que si el delito de homicidio se encuentra prescripto, también lo está su eventual encubrimiento.

El hallazgo que reabrió un caso olvidado

El 20 de mayo, un grupo de obreros encontró restos humanos enterrados en el patio del chalet de la calle Congreso al 3700, lindero a una propiedad donde había vivido Gustavo Cerati. Tras el análisis del Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF), se confirmó que pertenecían a Fernández Lima, desaparecido hacía más de cuatro décadas.

El hallazgo reactivó una investigación que había quedado en el olvido durante la última dictadura y los primeros años de la democracia, cuando la familia de Diego —desoída por la policía— denunció su desaparición sin obtener respuesta. El adolescente había salido de su casa el 26 de julio de 1984, rumbo a visitar a un amigo, y nunca volvió.

Un sospechoso sin pruebas en su contra

Graf había sido compañero de Fernández Lima en la Escuela Técnica N°6 “Almirante Brown” en los años ochenta. Por ese vínculo, y porque los restos aparecieron en su propiedad, la fiscalía lo consideró responsable de haber intentado encubrir el crimen. El fiscal Martín López Perrando sostuvo que el imputado había dado explicaciones “inverosímiles” y tenido una conducta “evasiva”.

Sin embargo, el juez Litvack entendió que los indicios no alcanzan para acreditar su participación en los delitos imputados. Ordenó su sobreseimiento y levantó las restricciones sobre el inmueble, que ahora puede ser modificado o vendido.

Memoria de un caso impune

Diego Fernández Lima fue visto por última vez en la esquina de Naón y Monroe, en Coghlan. Tenía 16 años, estudiaba en una escuela técnica y jugaba al fútbol en el club Excursionistas. Su familia denunció la desaparición en la Comisaría 39, pero la policía se negó a tomar la denuncia. Durante años sostuvieron la búsqueda con sus propios medios y llegaron a sospechar que había sido secuestrado por una secta.

El hallazgo de sus restos cuatro décadas después no sólo trajo algo de verdad a la familia, sino que expuso la desidia institucional de una época en la que los desaparecidos “comunes” quedaban fuera del radar judicial y mediático.

La resolución judicial que sobresee a Graf no cierra el caso: confirma, en cambio, que la Justicia argentina sigue sin dar respuestas plenas frente a los crímenes impunes del pasado reciente.

Judiciales ⚖️

La Corte le pone un freno al Estado: declara inconstitucional el uso de datos personales

El máximo tribunal resolvió un caso que redefine los límites del manejo de información por organismos públicos. La decisión surge tras una demanda individual y cuestiona mecanismos de intercambio de información entre dependencias estatales.

Publicado hace

#

Lo que tenés que saber

  • La Corte declaró inconstitucional el uso de datos sin consentimiento
  • Anuló artículos de la Ley de Protección de Datos Personales
  • El fallo surge por una acción de habeas data
  • Cuestiona el intercambio de información entre organismos estatales
  • Señala vulneración del derecho a la privacidad
  • Hubo votos en disidencia dentro del tribunal

Fallo de la Corte sobre datos personales

La Corte Suprema resolvió que el Estado no puede utilizar datos personales sin consentimiento de sus titulares y declaró inconstitucionales artículos de la Ley de Protección de Datos Personales.

El tribunal sostuvo que estas prácticas vulneran derechos fundamentales vinculados a la privacidad y a la autodeterminación informativa.

El origen del caso

La decisión se tomó al hacer lugar a una acción de habeas data presentada por una jubilada contra el Estado Nacional. La demanda surgió luego de que información personal fuera utilizada en el marco de un convenio entre organismos públicos.

Según el caso, la ANSES había cedido datos a la Secretaría de Comunicación Pública para la difusión de contenidos oficiales.

Argumentos del tribunal

El fallo, firmado por Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Daniel Bejas, señaló que no existe un interés legítimo que justifique la utilización de datos sin conocimiento de sus titulares.

Además, se indicó que las excepciones previstas en la normativa resultaban “excesivas e injustificadas” y afectaban garantías constitucionales.

En ese sentido, el tribunal advirtió que la amplitud de la ley permitía al Estado evitar la exigencia de consentimiento, lo que debilitaba la protección de la información personal.

Artículos anulados y alcance

La Corte invalidó disposiciones de la ley 25.326 que habilitaban el intercambio de datos entre organismos estatales sin autorización previa.

El fallo pone límites al uso y circulación de información personal dentro del ámbito público.

Posturas en disidencia

La resolución no fue unánime. El ministro Carlos Rosenkrantz y la conjueza Beatriz Aranguren votaron en disidencia.

Ambos propusieron rechazar el recurso del Estado y mantener la sentencia previa sin pronunciarse sobre la constitucionalidad de la norma.

Seguir leyendo
El Argentino

El Argentino
El Argentino
El Argentino

Las más leídas

Descubre más desde El Argentino Diario

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Seguir leyendo