Judiciales ⚖️
Caso Báez Sosa: Fiscalía apeló con perpetuas para todos
Mientras se espera que la querella y la defensa también interpongan sus recursos, los fiscales que actuaron en el juicio por el crimen de Fernando Báez Sosa presentaron su apelación al fallo, solicitando que los tres imputados que fueron condenados a 15 años de cárcel también sean alcanzados por la perpetua, como a los otros cinco acusados
Los fiscales Juan Manuel Dávila y Gustavo García, quienes estuvieron a cargo de la acusación por el asesinato de Fernando Báez Sosa, ya presentaron el recurso de apelación ante el Tribunal de Casación Penal bonaerense para pedir que los tres jóvenes sentenciados a 15 años de cárcel también reciban la misma pena de prisión perpetua dictada para los otros cinco condenados.
En tanto se aguarda que este lunes, la fecha del vencimiento del plazo para interponer recursos al fallo del Tribunal Oral Criminal Nro. 1 de Dolores, tanto la querella, como la defensa de los imputados, formulen sus presentaciones con distintos cuestionamientos al veredicto.
De acuerdo a lo indicado, la Fiscalía apuntó en su planteo en la misma línea de su alegato, al considerar acreditado que todos los acusados fueron coautores del delito de “homicidio agravado por alevosía y por el concurso premeditado de dos o más personas, en concurso ideal con lesiones leves”.
Según argumentaron, Blas Cinalli, Ayrton Viollaz y Lucas Pertossi tuvieron el mismo grado de responsabilidad que Máximo Thomsen, Enzo Comelli, Matías Benicelli y Luciano y Ciro Pertossi en el crimen de Fernando Báez Sosa.
Es que para los fiscales Dávila y García, “no hubo roles, sino que todos hicieron todo y se pusieron de acuerdo para matar a Fernando”, en base a la prueba incorporada durante la investigación, los 87 testimonios brindados en el juicio, las decenas de videos reproducidos y pericias detalladas en las audiencias del juicio.
Por eso motivo, rechazaron la calificación de “partícipes secundarios” impuesta en su fallo por los jueces María Claudia Castro, Emiliano Lázzari y Christian Rabaia, entendiendo que Cinalli, Viollaz y Lucas Pertossi deben recibir la misma pena de prisión perpetua, fijada para los otros cinco.
En tal sentido, presentaron su recurso el último viernes, tres días antes de que venciera el plazo para hacerlo, ante el Tribunal que llevó adelante el debate oral, que será el que resuelva si el recurso es admisible, y en ese caso será remitido a Casación.
Por su parte, los abogados querellantes Fernando Burlando y Fabián y Facundo Améndola, representantes en calidad de particular damnificado de Silvino Báez y Graciela Sosa, irán en la misma línea que la Fiscalía y ratificarán el pedido de que la prisión perpetua alcance a los ocho condenados, por entender que todos fueron coautores del crimen.
En contraposición, el letrado Hugo Tomei, defensor de todo el grupo de imputados desde el inicio del caso, buscará por su parte cuestionar tanto las conclusiones de la sentencia, como subrayar las presuntas irregularidades de procedimiento en la investigación. Al respecto, insistirá con la incongruencia que entiende que existió entre la acusación original y la sostenida durante el pedido de penas, buscando la absolución de los ocho condenados.
De manera subsidiaria, tratará de que Casación haga lugar al planteo para que el hecho sea encuadrado en una figura más leve, como un homicidio en ocasión de riña, que prevé una pena máxima de seis años de prisión.
En principio, la Sala II del Tribunal de Casación Penal bonaerense debería analizar las apelaciones de las partes, porque ya tuvo intervención en el caso en la etapa de instrucción. Cabe recordar que en julio de 2020 rechazó por inadmisible un recurso de habeas corpus de la defensa, que solicitaba la excarcelación de los acusados por entender que sufrían una arbitraria privación de la libertad.
En cuanto a los condenados, se desmintieron distintas versiones sobre presuntas peleas o enfrentamientos entre ellos, dentro de la alcaidía de la Unidad Penal de Melchor Romero, donde continúan alojados a la espera de un posible traslado a otra cárcel del Servicio Penitenciario Bonaerense.
“El pasado viernes los jóvenes jugaron al fútbol dentro de la unidad en las tres horas que pasan fuera de las celdas. El sábado, en tanto, fue el cumpleaños 24 de Lucas Pertossi, el mayor del grupo, y también de Comelli, quien cumplió 23”, trascendió.
Educación
Milei lleva la Ley de Financiamiento Universitario a la Corte para intentar frenarla
Luego de acumular dos derrotas judiciales consecutivas, el Ejecutivo presentó un recurso extraordinario ante la Cámara Federal para intentar que el máximo tribunal suspenda la norma. Si el tribunal rechaza el pedido, el Gobierno tiene previsto recurrir en queja directamente ante la Corte Suprema.
El Gobierno busca llegar a la Corte para suspender la Ley de Financiamiento Universitario
El gobierno de Javier Milei presentó un recurso extraordinario federal ante la Cámara Contencioso Administrativo Federal para que el expediente sea elevado a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con el objetivo de suspender la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario (Nº 27.795), según confirmaron fuentes oficiales.
La maniobra llega luego de dos fallos adversos consecutivos: en primera instancia, el juez federal Enrique Cormick declaró que el Decreto 759/2025, con el cual el Ejecutivo había suspendido la ejecución de la norma, tenía rasgos de «arbitrariedad e ilegalidad manifiesta»; y el 31 de marzo de 2026, la Sala III de la Cámara Contencioso Administrativo Federal, integrada por los magistrados Sergio Fernández y Jorge Morán, confirmó la medida cautelar y rechazó la apelación del Gobierno al calificar sus argumentos de «poco serios».
Si la Cámara Federal acepta el recurso extraordinario, el expediente pasará a la Corte Suprema, que tendrá la última palabra. En caso contrario, el oficialismo no descarta presentar un recurso en queja directamente ante el máximo tribunal para forzar su intervención.
La historia de una ley vetada, insistida y aun incumplida
La Ley 27.795 fue aprobada por el Congreso el 22 de agosto de 2025 y vetada de manera total por el presidente Milei el 11 de septiembre. Sin embargo, el Senado y la Cámara de Diputados insistieron en su sanción, dejando sin efecto el veto con los dos tercios requeridos constitucionalmente. En el último día del plazo legal, en octubre de 2025, el Ejecutivo se vio obligado a promulgarla; pero en lugar de aplicarla, dictó el Decreto 759/2025, que subordinó su implementación a la previa definición de fuentes presupuestarias específicas, apoyándose en la Ley de Administración Financiera 24.629.
La norma obliga al Gobierno a actualizar retroactivamente los sueldos de docentes y no docentes universitarios desde diciembre de 2023, según la variación del IPC (Índice de Precios al Consumidor), y a recomponer los programas de becas estudiantiles. Según el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), las transferencias a universidades nacionales acumulan una caída real del 45,6% entre 2023 y 2026. Entre noviembre de 2023 y febrero de 2026, los salarios docentes crecieron un 158% mientras la inflación acumulada alcanzó el 280%, lo que implica una pérdida de poder adquisitivo del 32%, equivalente a la pérdida de más de siete salarios mensuales.
El argumento fiscal versus el mandato constitucional
La estrategia del oficialismo se asienta en un único argumento: la aplicación de la ley pondría en riesgo el equilibrio fiscal, que el Gobierno presenta como su principal logro de gestión. Estiman que el costo de cumplir la norma asciende a 2,5 billones de pesos, en línea con lo que el sindicato docente de la UBA calculó en 2,734 billones.
Sin embargo, la Justicia ya rechazó ese razonamiento en dos instancias. La Cámara subrayó que el impacto fiscal de la medida ronda apenas el 0,23% del PBI, que la ley fue ratificada por dos tercios de ambas cámaras del Congreso y que la insistencia legislativa prevista en el artículo 83 de la Constitución Nacional obliga al Ejecutivo a ejecutar la norma sin margen para suspenderla mediante un decreto. El tribunal también estableció un principio clave: una ley posterior aprobada por el Congreso puede desplazar válidamente a una anterior, lo que derrumba el escudo jurídico del Decreto 759/2025.
En este contexto, la estrategia de recurrir a la Corte por vía del recurso extraordinario es la última carta disponible. Según fuentes del ámbito constitucional citadas por La Nación, es poco probable que el tribunal acceda a conceder el recurso, ya que uno de los requisitos es que exista una sentencia definitiva o equiparable, condición que una medida cautelar no cumple. Los propios especialistas advirtieron que la Corte tiene antecedentes de no expedirse sobre cautelares por no constituir sentencias definitivas.
Una táctica judicial que se vuelve patrón
El recurso por el financiamiento universitario no es un hecho aislado en la estrategia judicial del Ejecutivo libertario. Como informó este medio el 17 de abril de 2026, el mismo día en que se conoció esta presentación, el Gobierno acudió a la Corte Suprema a través de un per saltum para intentar destrabar la Ley de Reforma Laboral (Nº 27.802), cuya aplicación también fue frenada judicialmente luego de una demanda de la Confederación General del Trabajo (CGT). En ambos casos, el patrón es idéntico: el Ejecutivo aprueba o aplica normas que generan rechazo judicial o social, y cuando la Justicia ordena su suspensión o su cumplimiento, escala el conflicto hacia la Corte en lugar de acatar los fallos de las instancias inferiores.
La diferencia es que en el caso universitario el Gobierno no quiere que se aplique una ley que le ordenan cumplir; en el laboral, quiere que se aplique una ley que le ordenaron suspender. En los dos escenarios, el Ejecutivo convierte a la Corte Suprema en la arena donde dilata el cumplimiento del ordenamiento jurídico.
Puntos clave
- El Gobierno presentó un recurso extraordinario ante la Cámara Federal para intentar que la Corte Suprema suspenda la Ley de Financiamiento Universitario (Nº 27.795).
- Dos fallos judiciales consecutivos ya ordenaron al Ejecutivo cumplir la norma; la Cámara calificó los argumentos del Estado de «poco serios».
- La ley fue aprobada por el Congreso, vetada por Milei, insistida con dos tercios y promulgada en octubre de 2025; pero nunca fue aplicada.
- El Gobierno estima el costo de cumplimiento en 2,5 billones de pesos; la Justicia lo redujo a un impacto del 0,23% del PBI.
- Si la Cámara rechaza el recurso extraordinario, el oficialismo prevé ir en queja ante la Corte Suprema para forzar su intervención.
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