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Robledo Puch a los 71 años: no tiene a dónde ir si sale de la cárcel y va a «morir»

Dos mujeres lo visitaban y rechazó el alojamiento y también pretende revocar la defensa de su abogado.

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Por Diego Recchini

Carlos Eduardo Robledo Puch, el mayor asesino múltiple de la historia criminal argentina y quien lleva 51 años encarcelado, mantuvo con el juez que le volvió a denegar la libertad una entrevista en prisión donde le gritó, volvió a hablar de su inocencia, manifestó su desconfianza hacia su nuevo abogado y las dos mujeres que lo querían alojar en San Nicolás y aseguró que si sale de la cárcel, va a «morir».

Estos y otros detalles de la vida intramuros de «El Ángel de la Muerte» en la Unidad 26 de Olmos donde cumple su reclusión perpetua con accesoria por tiempo indeterminado, están detallados en un «acta de visita» que elaboraron el juez Oscar Quintana, de la Sala I de la Cámara de Apelaciones de San Isidro, y su secretario, Bernardo Hermida Lozano, en la entrevista que ambos mantuvieron el pasado 7 de junio con el autor de 11 homicidios.

Este encuentro cara a cara con Robledo Puch (71) fue uno de los elementos evaluados por el camarista cuando el martes pasado rechazó el pedido de libertad y de prisión domiciliaria que había reiterado a principio de año su nuevo defensor, el abogado particular Jorge Alfonso, a quien el asesino múltiple calificó como un «mediático» y anunció que quería revocarle la representación.

«Se lo ve llegar por sus propios medios caminando y moviéndose con normalidad, se expresa con buena dicción, coherente, y así comenzó explayándose sobre sus dolencias y malestares físicos», dice el acta sobre el momento del encuentro entre el recluso, el juez y su secretario.

Problemas de obstrucción intestinal, de próstata y de artrosis son algunos de los temas de salud que Robledo Puch le mencionó durante varios tramos del encuentro a los funcionarios judiciales y el juez Quintana le recordó que en un par de oportunidades le ofrecieron operarse de cataratas y de una hernia en el Hospital General de Agudos Mixto (Hogam) del Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB), ubicado en el mismo predio de Olmos donde está su unidad, y que él se opuso.

Quintana le explicó que debía participar de los «programas de pre egreso», pero Robledo Puch interrumpió al reiterar algunos de sus problemas de salud, tras lo cual, según describe el acta, «comenzó con un discurso verborrágico respecto a su inocencia, que él no cometió los delitos por los cuales fue condenado».

Luego, dijo que si no hacía las actividades de pre egreso era porque «eran una mentira» y que «si salía del Servicio Penitenciario tenía que morir porque él no tenía un domicilio para el caso de egreso», tal como había planteado su abogado.

En el tramo más tenso del encuentro, el secretario judicial dejó asentado que el interno se tornó «cada vez más violento y verborrágico, llegando a hablar solo él, gritar y no dejar finalmente que la entrevista transcurra con normalidad», por lo que decidieron interrumpirla.

El juez y el secretario se entrevistaron luego con la subdirectora del penal, Ivana Spagnolo, quien les manifestó que Robledo Puch concurre todos los días al Hogam por sus problemas intestinales, que como actividades recreativas participa de «torneos de ajedrez», hace «caminatas por el patio» junto a otro interno y que en la cocina de su pabellón colabora con la cocción de «tortas fritas».

Tras visitar el pabellón donde se aloja el recluso, se describe que está «ordenado y limpio» y que «posee un espacio común con un televisor, cocina, mesas y sillas y se comunica con el sector de las celdas donde cuentan con un patio interno propio».

El juez y el secretario retomaron el diálogo con Robledo Puch al visitar su celda y allí, según consta en el documento, «refirió frente a todos los presentes que no quería al abogado, que no quiere recibir más visitas de las señoras estas que vienen a verlo», en referencia a Gregoria Figueroa y su hija Yamila Acosta, quienes estaban propuestas como cuidadoras y tutoras de él en la ciudad de San Nicolás, en caso de que le hubiesen dado la libertad.

Dijo que tanto el abogado como estas mujeres «le mienten» y que lo van a ver «de pesuti» y «de cheto» y se quejó de que en las visitas le llevaron «harinas» y un «Mantecol» que «le hace daño», y no le dejaron comida que él pudiera ingerir el resto de los días.

«Todo lo que le dicen las mujeres es una mentira, un engaño, que al principio le dijeron que él iba a ir a vivir a una habitación al fondo de su casa y que ahora, durante la última visita, le dijeron que le iban a alquilar un departamento para que él viva ahí solo, para que esté mejor, que era toda una mentira», señala el acta.

De su defensor, Alfonso, dijo que «quiere revocar la designación», que es «un abogado mediático», que en la última visita le sacó fotos que luego publicó «en Instagram sin su consentimiento».

El martes pasado, y luego de esta visita, el camarista Quintana rechazó la libertad y la prisión domiciliaria a Robledo Puch.

«Estimo que, de momento, ante la ausencia de un domicilio apto para el caso de egreso, la ausencia de una red social extrainstitucional que pueda brindarle contención para el caso de egreso, la ausencia de planificación alguna de una propuesta de un ambiente que le brinde contención y estructura conforme lo exigen sus patologías, no resulta factible dar acogida favorable a la pretensión liberatoria instada», fundamentó el juez.

Además, encomendó a la Dirección de Tercera Edad de la Provincia de Buenos Aires que «informe cuáles instituciones de salud o dispositivos de tercera edad se adecuarían a las necesidades del interno en función».

El «Ángel de la Muerte» fue detenido el 3 de febrero de 1972 y condenado el 27 de noviembre de 1980 a «reclusión perpetua con la accesoria de reclusión por tiempo indeterminado» por la Sala I de la Cámara de San Isidro, que lo encontró culpable de 11 homicidios, entre otros delitos.Durante sus más de cinco décadas en prisión, Robledo Puch pasó por múltiples unidades penitenciarias: la Unidad Penal 9 de La Plata -de donde escapó en 1973 pero fue recapturado en 68 horas-, la Unidad 2 de Sierra Chica -donde vivió el motín de «Los 12 Apóstoles», la Unidad 22 que es el hospital penitenciario de Lisandro Olmos, y la Unidad 26 del mismo distrito, donde permanece alojado en la actualidad.

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1 Comentario

1 Comentario

  1. Miguel

    17.06.2023 at 14:10

    Pais extraño el nuestro, en el día de ayer, se conmemoró el mayor asesinato de civiles desarmados por quienes el pueblo armó para que los defienda. Nunca fueron condenados, y cuando regresaron de su refugio fueron reconocidos como heroes y recibieron todo tipo de resarcimiento económico y sus grados correspondientes. Me costaba mucho esfuerzo, explicarles a mis hijos pequeños cuando me preguntaban porque la plaza donde los llevaba se llamaba, pedro eugenio aramburu. A Robledo le atribuyen 11 crímenes y le niegan la excarcelación. Por último, cabe destacar que, nuestras Fuerzas Armadas, fueron las únicas en la historia de la humanidad en bombardear y ametrallar a sus propios compatriotas desarmados. Solo después hubo otros…..

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La Corte reabrió la causa contra el Pata Medina, pero los que armaron la Gestapo antisindical siguen libres

El máximo tribunal revocó el sobreseimiento del ex secretario general de la UOCRA La Plata por asociación ilícita, lavado y extorsión, y forzó a Casación a dictar una nueva resolución. El fallo reactiva un expediente que quedó enterrado luego de que un juez declaró la nulidad de todo lo actuado, en el centro mismo del escándalo de la «Gestapo antisindical» del gobierno de María Eugenia Vidal.

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El-Argenitno-Gestapo bonaerense de Vidal y Macri
La Corte forzó a Casación a reabrir la causa Medina, mientras la Gestapo antisindical de Vidal sigue sin condenas.

Nueve años después de su detención y tres de haber sido sobreseído, Juan Pablo «Pata» Medina vuelve a quedar expuesto a la justicia penal. La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó este jueves el sobreseimiento del ex secretario general de la seccional La Plata de la Unión Obrera de la Construcción (UOCRA), acusado junto a su hijo Cristián y otras personas por presunta asociación ilícita, lavado de dinero y extorsión vinculada con empresarios del sector de la construcción.

La decisión, firmada por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, hizo lugar a la queja y al recurso extraordinario presentado por el fiscal general ante Casación, Raúl Pleé, y luego sostenido por el procurador general interino, Eduardo Casal. El fallo es breve y contundente: los ministros señalaron que compartían «los fundamentos y conclusiones» del procurador, dejaron sin efecto la sentencia de la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal, y ordenaron que el expediente regrese a ese tribunal para que se dicte una nueva resolución.

La historia: de la detención al sobreseimiento que cayó

Medina fue detenido en septiembre de 2017 por orden del entonces juez federal de Quilmes, Luis Armella, y procesado por asociación ilícita, lavado de dinero y extorsión. En febrero de 2020 obtuvo la prisión domiciliaria; un año después fue excarcelado por el Tribunal Oral Federal N°2 de La Plata, con la condición de no participar en actividades sindicales. Incumplió esa restricción y volvió a ser detenido. El expediente se encaminaba hacia el juicio oral cuando, en octubre de 2022, el entonces juez Alejandro Esmoris declaró la nulidad absoluta de todo lo actuado y sobreseyó a Medina y al resto de los acusados.

Esmoris fundamentó esa decisión en los videos hallados por la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) sobre una reunión realizada en la sede porteña del Banco Provincia: en ese encuentro de junio de 2017, el entonces ministro de Trabajo bonaerense, Marcelo Villegas, funcionarios de la AFI de Mauricio Macri y empresarios de la construcción habían discutido estrategias judiciales para atacar a Medina. En uno de los fragmentos más elocuentes de la causa, Villegas llegó a decir: «Créeme que si yo pudiera tener una Gestapo, una fuerza de embestida para terminar con todos los gremios, lo haría». Dos meses después de dictar los sobreseimientos, Esmoris renunció a su cargo.

En junio de 2023, la Sala II de Casación confirmó por mayoría esas nulidades y sobreseimientos, con los votos de Ángela Ledesma y Alejandro Slokar. Fue entonces que el fiscal Pleé recurrió al máximo tribunal, argumentando que el cierre de la investigación había sido «arbitrario» y «prematuro». La Procuración General cuestionó además que se hubiera declarado la nulidad de todo el proceso sin identificar de manera suficiente cuáles de las decisiones del juez Armella habían sido contrarias a derecho y sin analizar las actuaciones dentro de las facultades que tenía bajo el Código Procesal Penal vigente al momento de los hechos.

La «Gestapo antisindical»: el nudo del debate

El corazón del expediente y la razón por la que la causa acumuló capas de complejidad política y judicial es, precisamente, la llamada «Gestapo antisindical». Los videos encontrados por la AFI revelaron que la causa contra Medina no surgió de una investigación autónoma del sistema judicial, sino de una estrategia diseñada desde las más altas esferas del gobierno bonaerense de María Eugenia Vidal, con el apoyo de la inteligencia nacional macrista y la participación de empresarios interesados en disciplinar al gremio.

La causa que investiga ese armado, que tramita en paralelo, involucra al exministro Villegas, funcionarios de la AFI y al entonces intendente de La Plata, Julio Garro. La propia Vidal salió a defenderse públicamente, negó la existencia de una mesa judicial en su gobierno y calificó los videos como «una reunión de trabajo grabada ilegalmente». Sin embargo, al mismo tiempo no dudó en calificar a Medina como «un sindicalista millonario y delincuente».

Ese doble registro, la negación del armado junto al ensañamiento con el sindicalista, define la tensión central que el fallo de la Corte vuelve a poner sobre la mesa. Al revocar el sobreseimiento, el máximo tribunal dejó en claro que el cierre prematuro de una causa penal no puede ser el remedio automático ante sospechas de irregularidades en el origen de la investigación, y que le corresponde a Casación analizar esos vicios de manera precisa y acotada, sin anular todo el proceso en bloque.

Qué sigue: el expediente vuelve a Casación

La decisión de la Corte no implica una condena ni determina la responsabilidad penal de Medina ni del resto de los acusados. El fallo anuló la sentencia de Casación y ordenó que se integre una nueva sala para analizar los recursos de la fiscalía, con criterios diferentes a los aplicados hasta ahora. Los sobreseimientos perdieron vigencia y la investigación vuelve a quedar abierta, aunque todavía resta que Casación dicte una resolución determinante.

La reapertura de la causa pone nuevamente en tensión dos planos que el sistema judicial argentino raramente logra resolver con claridad: la responsabilidad penal individual de los acusados y el contexto de armado político en que se originó el expediente. Lo que el fallo no resuelve, y quizás ningún tribunal pueda resolver en soledad, es qué les ocurre a los responsables de la «Gestapo antisindical» mientras la causa contra sus presuntas víctimas vuelve a recorrer el laberinto judicial.

Puntos clave

  • La Corte Suprema revocó el sobreseimiento del Pata Medina y otros acusados por asociación ilícita, lavado y extorsión, y ordenó a Casación dictar una nueva resolución.
  • El sobreseimiento original lo dictó el juez Alejandro Esmoris en octubre de 2022, invocando las irregularidades de la «Gestapo antisindical» del gobierno de Vidal; dos meses después renunció.
  • La Sala II de Casación había confirmado esas nulidades en junio de 2023 con los votos de Ledesma y Slokar; la Corte consideró ese cierre «arbitrario» y «prematuro».
  • El fallo fue firmado por Rosatti, Rosenkrantz y Lorenzetti, y siguió las conclusiones del procurador general interino, Eduardo Casal.
  • La reapertura no implica condena: resta que una nueva composición de Casación analice los recursos de la fiscalía.
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