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AFIP: moratoria, requisitos, alcance y planes de pago

La entidad reglamentó la moratoria incluida en el Paquete Fiscal.

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó este martes la moratoria para los deudores de contribuciones tributarias, aduaneras y de seguridad social, mediante la Resolución General 5525/2024 publicada en el Boletín Oficial.

El organismo determinó el alcance, con las disposiciones y requisitos a cumplir para adherir al Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de la Seguridad Social, entre los que están los conceptos y sujetos excluidos, las modalidades de adhesión y los planes de facilidades de pago.

La normativa establece que podrán regularizarse en el nuevo régimen las obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social vencidas al 31 de marzo de 2024, inclusive, las multas y demás sanciones firmes originadas en infracciones cometidas hasta dicha fecha, relacionadas o no con esas obligaciones, así como los intereses resarcitorios y/o punitorios.

Además, estipuló que el plan de pagos podrá confeccionarse desde la fecha de entrada en vigencia de la reglamentación y hasta transcurridos 150 días corridos desde dicha fecha, inclusive, previendo hasta 84 cuotas para monotributistas y pequeñas empresas. Mientras que dispone que las multas se condonarán al 100%.

Contribuyentes habilitados para adherir al régimen

Personas humanas y sucesiones indivisas

Pequeños contribuyentes

Micro, Pequeñas y Medianas Empresas

Entidades sin fines de lucro

Conceptos y sujetos excluidos del régimen

a) Los aportes y las contribuciones con destino al Sistema Nacional de Obras Sociales.

b) Las cuotas destinadas a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART).

c) Los aportes y las contribuciones con destino al Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico y al Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.

d) Las cotizaciones previsionales correspondientes a los sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS).

e) Las cuotas correspondientes al Seguro de Vida Obligatorio.

f) Los aportes y las contribuciones mensuales con destino al Registro Nacional de Trabajadores y Empleadores Agrarios (RENATEA) y al Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (RENATRE).

g) Los tributos y/o las multas que surjan como consecuencia de infracciones al artículo 488 del Régimen de Equipaje del Código Aduanero.

h) Las obligaciones incluidas en planes de facilidades de pago caducos presentados en el marco del régimen de regularización normado por esta resolución general.

i) Los anticipos y pagos a cuenta, excepto los mencionados en el artículo 28 de la presente.

j) Los intereses resarcitorios y/o punitorios, las multas y demás accesorios relacionados con los conceptos precedentes.

k) Los sujetos declarados en estado de quiebra, las personas físicas y jurídicas condenadas en segunda instancia por delitos tributarios o comunes que tengan vínculo con el incumplimiento de las obligaciones impositivas, y los agentes de retención y percepción que se encuentren con auto de procesamiento firme y elevada la causa a juicio oral.

Requisitos

a) Tener presentadas las declaraciones juradas o liquidaciones determinativas -originales y/o rectificativas- de las obligaciones a regularizar.

b) Declarar en el servicio “web” denominado “Declaración de CBU”, en los términos de la Resolución General N° 2.675 y sus modificatorias, la Clave Bancaria Uniforme (CBU) de la cuenta corriente o caja de ahorro de la que se debitarán los importes correspondientes para la cancelación de cada una de las cuotas, únicamente en los casos en que la adhesión al régimen de regularización excepcional se realice por medio de planes de facilidades de pago.

c) Poseer Domicilio Fiscal Electrónico constituido conforme a lo previsto en la Resolución General N° 4.280 y su modificatoria.

Los planes de facilidades de pago se encuentran agrupados de dos formas:

a) Planes de hasta tres cuotas mensuales, con la mayor condonación de intereses (desde el 70% hasta el 50% según el momento en que se soliciten) cuya tasa de interés de financiación se encontrará definida en función del carácter del contribuyente.

En este sentido, las personas que abonen su deuda al contado en los primeros 30 días o en tres cuotas tendrán una reducción del 70% de los intereses, y los que abonen entre antes de los dos meses con el mismo sistema tendrán una disminución del 60% de intereses y los que lo hagan hasta tres meses contarán con una baja del 50% de los intereses.

b) Planes de mayor plazo, cuya cantidad máxima de cuotas, tasa de interés de financiación y porcentaje de pago a cuenta se encontrarán definidos según la tipificación del contribuyente al momento del acogimiento al régimen, disponiendo de condiciones más favorables para las micro y pequeñas empresas, las entidades sin fines de lucro y monotributistas.

De esta manera, los pequeños contribuyentes podrán pagar un 20% y el resto en 60 cuotas mensuales, mientras que las entidades sin fines de lucro deberán pagar un 15% y el resto en 84 cuotas mensuales.

Las empresas medianas, en tanto deberán realizar un pago a cuenta equivalente al 20%  de la deuda y por el saldo de deuda resultante, hasta cuarenta y ocho (48) cuotas mensuales, mientras que el resto de los contribuyentes deberán pagar un 25% de la deuda y por el saldo hasta en 36 cuotas mensuales.

Los contribuyentes deberán acceder con clave fiscal al sistema “Mis Facilidades” disponible en la web del organismo, opción “Ley N° 27.743 – Regularización Excepcional”. Desde AFIP precisaron que “el importe mínimo del componente capital de cada una de las cuotas será de $2.000” y que “las cuotas vencerán el día 16 de cada mes a partir del mes inmediato siguiente a aquel en que se consolide la deuda y se cancelarán mediante el procedimiento de débito directo en cuenta bancaria”.

Trabajo

Crisis en Granja Tres Arroyos: Avex quedó en concurso y crece la incertidumbre por 350 empleos

La firma avícola arrastra un pasivo de US$350,9 millones y mantiene su fábrica cordobesa con actividad mínima. Hay haberes pendientes, producción frenada por falta de insumos y reclamos laborales mientras avanza la reestructuración judicial.

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La planta Avex de Río Cuarto quedó formalmente alcanzada por el concurso preventivo solicitado por el Grupo Granja Tres Arroyos. La empresa declaró un pasivo consolidado de US$350,9 millones y atraviesa una situación crítica, con producción paralizada por falta de insumos y trabajadores que acumulan salarios y aguinaldos pendientes.

Avex quedó incluida en el concurso preventivo de Granja Tres Arroyos

La planta Avex de Río Cuarto, una de las principales instalaciones avícolas de Córdoba, quedó incluida en la presentación judicial realizada por el Grupo Granja Tres Arroyos.

El concurso preventivo alcanza a cuatro sociedades del grupo: Granja Tres Arroyos, Wade, Avex y HAISA. El objetivo es reestructurar un pasivo consolidado de US$350,9 millones, luego de que fracasaran las negociaciones privadas con los acreedores.

Entre las alternativas analizadas antes de la presentación judicial figuraban quitas de capital de hasta el 75% y plazos de reprogramación de hasta siete años, señaló una publicación de INFOGREMIALES.

La planta de Río Cuarto está prácticamente paralizada

La situación productiva de Avex se agravó por la falta de insumos. La planta, que en su mejor momento llegó a faenar 760.000 aves por día, actualmente funciona con una capacidad mínima o permanece detenida.

Los 350 trabajadores fueron enviados a vacaciones forzadas ante la falta de actividad. La empresa abonó apenas el 10% de los haberes correspondientes a junio y también mantiene pendiente el pago del aguinaldo.

La situación salarial ya se había deteriorado en los meses anteriores. En mayo, los empleados habían percibido solamente la mitad de sus salarios y, para julio, la deuda acumulaba dos meses de sueldos atrasados.

Los trabajadores todavía esperan cobrar los salarios correspondientes a julio y agosto, además del aguinaldo. Decenas de empleados se dieron por despedidos y comenzaron reclamos judiciales para obtener las indemnizaciones correspondientes.

Avex acumula cientos de cheques rechazados y fuertes pérdidas

La situación financiera de Avex refleja el deterioro de la compañía. La empresa acumula 878 cheques rechazados por falta de fondos, por un monto total de $8.830 millones, según informó el mismo sitio.

La fecha de cesación de pagos fue fijada el 28 de enero de 2026, cuando la compañía no pudo afrontar cheques diferidos por $175,4 millones.

El balance también muestra un fuerte desequilibrio patrimonial: Avex registraba $18.011 millones en activos frente a $44.235 millones en pasivos. Al 15 de julio, las disponibilidades alcanzaban apenas $440,9 millones.

Durante 2025, las ventas netas llegaron a $117.371 millones, mientras que el resultado operativo fue negativo en $24.320 millones.

Granja Tres Arroyos vendió la planta a ACA mediante un leaseback

En un intento por conseguir liquidez, Granja Tres Arroyos vendió a comienzos de 2026 los activos de la planta Avex a la Asociación de Cooperativas Argentinas (ACA).

La operación se realizó bajo la modalidad de leaseback. Mediante este esquema, la compañía avícola continúa utilizando las instalaciones a cambio del pago de un alquiler y conserva una opción de recompra.

ACA aceptó quedarse con la infraestructura como parte de la resolución de una deuda, pero no ingresó al negocio avícola ni asumió la operación de la planta.

La crisis de Avex se profundizó tras el cierre del mercado chino

El origen de la crisis se remonta a 2023, cuando China cerró su mercado a la carne aviar argentina a raíz de un brote de gripe aviar.

El impacto fue especialmente fuerte para Avex porque aproximadamente la mitad de su producción estaba destinada a ese mercado. A ese golpe se sumaron la caída del consumo interno, el ingreso de pollo desde Brasil y las dificultades para recuperar mercados como Chile y la Unión Europea.

Desde la empresa también fueron señaladas presiones adicionales derivadas de los costos laborales, tributarios y financieros.

Los trabajadores mantienen la incertidumbre sobre el futuro

Los empleados mantienen el estado de asamblea y reclaman respuestas ante la falta de pago y la paralización de la actividad.

Claudio Moreno, secretario general del Sindicato de la Carne, cuestionó la situación de la compañía frente al desempeño general del sector avícola: “Es contradictorio porque el sector avícola tiene récord de producción. La compañía nuestra está en baja y todas las otras están en alza. Creo que Granja Tres Arroyos erró en todas las decisiones que tomó”.

Desde el sector sindical también describieron el impacto sobre las familias de los empleados: “Los empleados solo han percibido el 50% de sus haberes, situación que mantiene la preocupación e incertidumbre entre las familias afectadas”.

El abogado de los trabajadores, Juan Manuel Sanmartino, cuestionó el cumplimiento de las obligaciones laborales de la empresa y afirmó: “Avex es una metralleta de incumplimientos en el plano de la legislación laboral”.

El concurso preventivo deberá determinar cómo se reestructura la deuda del grupo y cuál será el futuro de las distintas unidades productivas, entre ellas la planta de Río Cuarto.

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