Actualidad
Primer efecto de la Ley de Inocencia Fiscal: la Justicia liberó a empresario que evadió $17 millones
El Tribunal Oral Federal N° 2 de Rosario sobreseyó a dos empresarios apenas dos días después de la promulgación de la nueva normativa. La defensa argumentó que los montos evadidos quedaron por debajo del nuevo umbral penal de $100 millones.
★ El Tribunal Oral Federal N° 2 de Rosario resolvió el sobreseimiento de dos empresarios acusados de evasión tributaria y ordenó la liberación inmediata de uno de ellos, que cumplía prisión domiciliaria desde abril de 2024. La decisión se produjo apenas dos días después de la entrada en vigencia de la Ley 27.799 de Inocencia Fiscal, que elevó de $1,5 millones a $100 millones el umbral para perseguir penalmente la evasión simple.
La resolución judicial, que podría sentar precedente para centenares de causas similares en todo el país, pone en evidencia el efecto inmediato de la nueva normativa sobre el sistema penal tributario argentino y genera interrogantes sobre el destino de quienes fueron condenados por evasiones millonarias que ahora quedan fuera del alcance de la justicia.
El caso: $17 millones evadidos entre 2016 y 2019
La causa se originó en 2020, cuando la entonces AFIP denunció a un padre y su hijo que dirigían una empresa familiar en el interior del país. Según el expediente judicial, el empresario principal evadió $2,8 millones del impuesto a las ganancias en el período fiscal 2016 y otros $2,8 millones en 2017. Además, omitió declarar $2,8 millones en ganancias con salidas no documentadas en 2016 y $6,5 millones en 2017, y cometió evasión simple de IVA en 2019 por $1,7 millones. El total de la defraudación alcanzó los $17,1 millones.
En abril de 2024, el empresario fue condenado a tres años y seis meses de prisión, que cumplía bajo modalidad de arresto domiciliario. Su hijo había quedado absuelto por el beneficio de la duda. Hasta el 2 de enero de 2026, fecha de entrada en vigencia de la Ley de Inocencia Fiscal, ambos permanecían bajo procesamiento con distintas medidas cautelares.
Habilitación de feria y resolución urgente
El mismo 2 de enero, primer día hábil del año y fecha de vigencia de la nueva ley, un equipo de abogados encabezado por Cristian Scoponi y secundado por Lucio Pérez Castelli y Sofía San Damaso se presentó ante el Tribunal Oral de la Justicia Federal de Rosario. Los defensores solicitaron que se habilitara la feria judicial por tratarse de una resolución urgente y pidieron el sobreseimiento de sus defendidos por aplicación de una ley penal más benigna.
La Ley 27.799 modificó sustancialmente el régimen penal tributario al elevar el umbral para la evasión simple de $1,5 millones a $100 millones por tributo y por ejercicio fiscal, mientras que la evasión agravada por monto pasó de $15 millones a $1.000 millones. Con estos nuevos parámetros, los $17,1 millones evadidos por los empresarios quedaron muy por debajo del mínimo necesario para configurar delito penal.
El fallo: aplicación retroactiva de ley más benigna
El tribunal resolvió favorablemente el pedido de la defensa fundamentándose en el artículo dos del Código Penal, que establece que «si durante la condena se dictará una ley más benigna, la pena se limitará a la establecida por la ley». En el fallo, los jueces señalaron que «la norma modificó el régimen penal tributario, elevando el piso de los montos previstos para los delitos como los que se investigan en la causa, esto es, evasión simple del impuesto al valor agregado y evasión agravada, de lo que se desprende que las conductas investigadas han quedado fuera del ámbito de las evasiones penalmente punibles».
El fiscal a cargo de la causa intentó oponerse a la solicitud de la defensa, pero el tribunal consideró que la nueva normativa resultaba «plenamente válida y aplicable al caso» dado que la sentencia no tenía carácter firme por estar recurrida ante la Corte Suprema de Justicia.
La resolución tuvo efectos inmediatos: se ordenó la libertad del empresario que cumplía prisión domiciliaria y se dispuso el levantamiento de la prohibición de salida del país que pesaba sobre su hijo.
La inflación como erosión del derecho penal
Cristian Scoponi, abogado defensor en la causa, explicó a LA NACION el contexto que llevó a esta situación. «El gran error que tuvo siempre el régimen penal tributario es establecer montos en pesos en contextos inflacionarios. Originalmente, en 1997, la evasión simple se fijó en $100.000, que eran equivalentes a US$100.000. Después se modificó en 2011 y se llevó a $400.000; y en el año 2017 se elevó a $1,5 millones, cifra que rigió hasta diciembre», señaló.
El abogado remarcó que «la pena de prisión se pensó para las grandes evasiones, porque es algo a lo que se debe recurrir como última alternativa. Nadie puede pensar seriamente que un sujeto que evada $1,5 millones por año fiscal sea un gran evasor». Scoponi destacó que la nueva ley estableció por primera vez un mecanismo de ajuste anual de los montos, algo que no existía en las normativas anteriores.
Precedente con alcance nacional
La resolución del Tribunal de Rosario podría constituir un precedente de alcance nacional para centenares de causas similares en todo el país. Según fuentes del ámbito judicial consultadas por diversos medios, existen numerosos casos de empresarios y contribuyentes condenados o procesados por evasiones que oscilan entre los $2 millones y los $99 millones, todos los cuales quedarían ahora fuera del alcance del derecho penal tributario.
La situación genera un escenario paradójico: personas que fueron condenadas por evasión fiscal en los últimos años podrían quedar en libertad, mientras que quienes cometan evasiones similares en el futuro ni siquiera serán denunciados penalmente. Este efecto masivo de la ley no fue mencionado por el Gobierno durante el debate parlamentario ni en las declaraciones públicas de funcionarios como el jefe de Gabinete, Manuel Adorni.
Los riesgos no discutidos de la norma
Más allá del impacto sobre causas en trámite, especialistas en derecho penal tributario advierten que la nueva normativa genera un vacío de control sobre evasiones de magnitud considerable. Una empresa o contribuyente que evada $99 millones anuales en cada tributo quedará completamente fuera del sistema penal, pudiendo enfrentar únicamente sanciones administrativas que resultan proporcionalmente insignificantes frente al monto defraudado.
Además, la combinación del nuevo umbral penal con el régimen simplificado que elimina la obligación de justificar consumos personales genera condiciones propicias para la circulación de dinero de origen ilícito. Un evasor sistemático que defraude $90 millones anuales durante varios ejercicios fiscales podrá acumular patrimonios no declarados sin riesgo de persecución penal, siempre que fragmente sus operaciones por debajo del umbral establecido.
El contexto político de la ley
La Ley de Inocencia Fiscal fue enviada por el Gobierno al Congreso el 5 de junio de 2025 y fue aprobada a finales de diciembre del mismo año. El Ejecutivo la promocionó como «un cambio de paradigma a favor del ciudadano» que buscaría restablecer un marco de «razonabilidad y previsibilidad que ponga fin a la persecución penal y administrativa injustificada».
La normativa establece además que ARCA no formulará denuncia penal si el contribuyente regulariza la deuda de capital e intereses antes de la formulación de la denuncia, beneficio que se otorgará por única vez por contribuyente. Una vez iniciada la acción penal, esta se extinguirá si se cancela el capital, los intereses y un 50% adicional en ambos conceptos en calidad de multa dentro de los 30 días de notificación.
La rapidez con que la defensa de los empresarios rosarinos se presentó ante la Justicia y obtuvo una resolución favorable demuestra que el sector jurídico especializado anticipaba estos efectos y estaba preparado para aprovechar la nueva normativa en beneficio de sus clientes.
Puntos clave
• El Tribunal Oral Federal N° 2 de Rosario sobreseyó a dos empresarios condenados por evasión de $17,1 millones entre 2016 y 2019
• La defensa solicitó la habilitación de feria judicial el mismo día que entró en vigencia la Ley de Inocencia Fiscal
• El nuevo umbral para perseguir penalmente la evasión simple pasó de $1,5 millones a $100 millones por tributo y ejercicio fiscal
• Se ordenó la libertad inmediata del empresario que cumplía prisión domiciliaria desde abril de 2024
• La resolución podría sentar precedente para centenares de causas similares en todo el país
CABA
Baja el desempleo oficial pero crece la precariedad y la búsqueda desesperada de un segundo ingreso
El Instituto de Estadística de CABA registró una desocupación del 7,2% en el segundo trimestre de 2026, con 125.000 personas sin trabajo. Pero detrás del número oficial se esconde una realidad más preocupante: la subocupación trepó al 10,2%, más de uno de cada cuatro asalariados no tiene cobertura jubilatoria y el 51% de quienes trabajan menos de lo que quieren salió a buscar un segundo empleo, una proporción que casi duplica la de un año atrás.
Más de la mitad de los porteños que trabajan menos de lo que quisieran salió a buscar un segundo empleo o a sumar horas extra, una señal de que el mercado laboral de la Ciudad de Buenos Aires está lejos del cuadro de estabilidad que sugieren los números de la desocupación oficial. La tasa de subocupación llegó al 10,2% en el segundo trimestre de 2026, 1,2 puntos porcentuales por encima del mismo período del año anterior, y el 51% de ese universo buscaba activamente más trabajo, cuando un año atrás esa proporción era del 34%. El salto es tan pronunciado que desnuda una contradicción central: el empleo crece, pero la calidad de ese empleo se deteriora.
El informe del segundo trimestre de 2026 fue elaborado por el Instituto de Estadística y Censos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (IDECBA) a través de la Encuesta Trimestral de Ocupación e Ingresos (ETOI). La tasa de desocupación se ubicó en 7,2%, sin cambios respecto del mismo período de 2025, aunque con una baja de 0,7 puntos en relación al primer trimestre de este año, cuando había alcanzado el 7,9% y afectaba a 136.500 personas. En términos absolutos, los 125.000 desocupados del segundo trimestre representan 7.000 personas menos que en igual período de 2025.
Un número que oculta más de lo que muestra
La tasa de desempleo como indicador aislado resulta insuficiente para describir la situación real del mercado laboral porteño. El verdadero termómetro del malestar laboral está en la subocupación, en el trabajo precario y en la informalidad que los registros oficiales capturan apenas en parte. El 10,2% de subocupación horaria involucra a personas que trabajan menos de 35 horas semanales de manera involuntaria y desean sumar más horas. Las mujeres representaron el 61,9% de ese grupo, frente al 38,1% de los varones. El fenómeno es además alimentado, según el propio IDECBA, tanto por trabajadores con jornadas inferiores a las 35 horas como por quienes, aun cumpliendo horarios completos, presionan sobre el mercado en busca de un segundo ingreso. El organismo fue explícito: «El incremento se explica íntegramente por la mayor demanda de empleo de quienes ya están ocupados».
La distribución geográfica dentro de la propia Ciudad refuerza la lectura crítica. La Zona Sur registró la tasa de desocupación más elevada, con 9,1%, mientras que en el Centro fue del 7% y en el Norte llegó al 5,6%. La brecha entre el norte y el sur de CABA no es solo una división geográfica, es una radiografía de la desigualdad laboral que el promedio del 7,2% disuelve en un solo número.
Más de uno de cada cuatro asalariados, sin jubilación
El 74,3% de la población ocupada en la Ciudad trabaja en relación de dependencia, 1,7 puntos más que en igual período del año anterior. Sin embargo, de ese universo asalariado, el 26,5% no tiene ningún tipo de descuento jubilatorio realizado por el empleador. El desglose es elocuente: un 10,2% aporta por cuenta propia al sistema de seguridad social y un 16,3% directamente no tiene ningún tipo de registro previsional. En términos concretos, más de uno de cada cuatro asalariados porteños trabaja en condiciones que no le garantizan jubilación, obra social ni aportes, sin importar cuántos años pase en ese empleo.
La situación no es privativa de CABA. Un informe del Centro de Economía Política Argentina (CEPA), elaborado con datos del INDEC para el segundo trimestre de 2026 a nivel nacional, señaló que entre noviembre de 2023 y junio de 2026 se perdieron 245.664 puestos de trabajo asalariados privados registrados, lo que equivale a una contracción del 3,9% del empleo formal. En el mismo período, las inscripciones en el régimen de monotributo crecieron en 169.026 unidades, un alza del 8,3%. La lectura del CEPA es clara: el empleo registrado se destruye y es reemplazado por trabajo cuenta propia, en muchos casos sin derechos laborales plenos.
Las plataformas digitales y el desempleo invisible
El CEPA advirtió además sobre un fenómeno que distorsiona la lectura de la desocupación: las plataformas digitales de reparto y transporte funcionan como un «efecto amortiguador» del desempleo. Ante la pérdida de un trabajo formal, la facilidad de incorporarse a plataformas de delivery o de transporte permite que la persona no ingrese técnicamente a la categoría de desocupada, porque pasa a contabilizarse como cuentapropista. Ese trabajador queda en el universo de los ocupados, aunque con jornadas imprevisibles, sin seguro de accidentes, sin aportes jubilatorios y sin obra social. Según el informe del CEPA, el 13% de los trabajadores de plataformas desempeña jornadas de entre 0 y 24 horas semanales, lo que los ubica en la franja del subempleo extremo.
El propio informe del IDECBA para CABA refleja ese fenómeno. El 21,2% de la población ocupada trabaja como cuentapropista, y de ese conjunto el 34,4% no está registrado ni paga con regularidad las obligaciones que un registro impone. Dicho de otro modo, más de uno de cada tres cuentapropistas porteños trabaja en la informalidad plena, sin protección alguna del sistema de seguridad social. El 43% de la población ocupada trabaja entre 35 y 45 horas semanales, mientras que el 30,7% trabaja menos de 35 horas. La franja inferior a 16 horas semanales, que corresponde a las changas, concentra un segmento significativo de ese último grupo.
Las mujeres, las más golpeadas
La dimensión de género atraviesa todos los indicadores. El 60,7% de los 125.000 desocupados porteños son mujeres. En la subocupación, la proporción asciende al 61,9%. El crecimiento de la tasa de actividad, que pasó del 63,4% al 64,5% interanual, se explica principalmente por una mayor incorporación de mujeres al mercado laboral: su tasa de actividad subió de 58,8% a 60,1%. Pero que más mujeres salgan a buscar trabajo no indica una mejora en sus condiciones laborales, sino la necesidad de sumar ingresos en hogares donde el salario de un integrante ya no alcanza.
El contexto nacional agrava el cuadro
Los datos de CABA deben leerse en el marco de una tendencia nacional preocupante. El INDEC publicó que la tasa de desocupación a nivel país trepó al 7,9% en el segundo trimestre de 2026, lo que representa 1,73 millones de personas sin trabajo. Dentro del Gran Buenos Aires, los Partidos del Conurbano registraron un desempleo del 8,8%, muy por encima del 7,2% de la Ciudad. Gran Rosario lideró las cifras más alarmantes con 11,5%, seguida por Gran Córdoba con 10,5% y Mar del Plata con 9,9%. La fotografía nacional es la de un mercado laboral que crece en actividad pero que genera empleo de menor calidad, más informal, más fragmentado y con menor cobertura de derechos.
El CEPA calculó que la presión global sobre el mercado de trabajo alcanzó al 30,7% de la población, sumando desocupados, subocupados y ocupados que buscan más empleo. Una cifra que, leída junto al 7,2% de desocupación oficial de CABA, revela la magnitud de lo que los indicadores de superficie no logran mostrar.
Lo que tenés que saber
- La desocupación en CABA fue del 7,2% en el segundo trimestre de 2026, con 125.000 personas sin trabajo, según el IDECBA.
- La subocupación trepó al 10,2%, y el 51% de los subocupados buscaba activamente más trabajo, casi el doble que un año atrás.
- El 26,5% de los asalariados porteños no tiene descuentos jubilatorios realizados por sus empleadores, y el 16,3% no tiene ningún tipo de registro previsional.
- El CEPA documentó que desde noviembre de 2023 se perdieron casi 246.000 puestos de trabajo asalariados privados registrados a nivel nacional, reemplazados en parte por monotributo e informalidad.
- Las mujeres representaron el 60,7% de los desocupados y el 61,9% de los subocupados porteños en el período relevado.
-
Defensa5 díasPresupuesto 2027: base naval y misiles en lugar de aulas, sillas de ruedas y hospitales
-
Buenos Aires5 díasChapadmalal vuelve a la Provincia: el Senado bonaerense le pone freno al negocio de Milei
-
Movimientos Sociales4 díasLa Marcha de la Bronca toma las calles contra el ajuste de Milei
-
Elecciones6 días¿Empate técnico en el balotaje? Kicillof y Milei, cabeza a cabeza rumbo al 2027
-
Judiciales ⚖️3 díasMorena Rial va a audiencia en Córdoba: sin juicio pero sí otra instancia judicial
-
Defensa5 díasFraude en la Armada: nueve militares apartados por una estafa millonaria en sueldos
-
Campeones ⭐️⭐️⭐️4 díasConfirmado: cuánto salen las entradas para la despedida de Messi en el Monumental
-
Campeones ⭐️⭐️⭐️4 díasLa lista de Scaloni y el cierre de un ciclo: todo lo que confirmó la AFA para la despedida de Messi
