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Primer efecto de la Ley de Inocencia Fiscal: la Justicia liberó a empresario que evadió $17 millones
El Tribunal Oral Federal N° 2 de Rosario sobreseyó a dos empresarios apenas dos días después de la promulgación de la nueva normativa. La defensa argumentó que los montos evadidos quedaron por debajo del nuevo umbral penal de $100 millones.
★ El Tribunal Oral Federal N° 2 de Rosario resolvió el sobreseimiento de dos empresarios acusados de evasión tributaria y ordenó la liberación inmediata de uno de ellos, que cumplía prisión domiciliaria desde abril de 2024. La decisión se produjo apenas dos días después de la entrada en vigencia de la Ley 27.799 de Inocencia Fiscal, que elevó de $1,5 millones a $100 millones el umbral para perseguir penalmente la evasión simple.
La resolución judicial, que podría sentar precedente para centenares de causas similares en todo el país, pone en evidencia el efecto inmediato de la nueva normativa sobre el sistema penal tributario argentino y genera interrogantes sobre el destino de quienes fueron condenados por evasiones millonarias que ahora quedan fuera del alcance de la justicia.
El caso: $17 millones evadidos entre 2016 y 2019
La causa se originó en 2020, cuando la entonces AFIP denunció a un padre y su hijo que dirigían una empresa familiar en el interior del país. Según el expediente judicial, el empresario principal evadió $2,8 millones del impuesto a las ganancias en el período fiscal 2016 y otros $2,8 millones en 2017. Además, omitió declarar $2,8 millones en ganancias con salidas no documentadas en 2016 y $6,5 millones en 2017, y cometió evasión simple de IVA en 2019 por $1,7 millones. El total de la defraudación alcanzó los $17,1 millones.
En abril de 2024, el empresario fue condenado a tres años y seis meses de prisión, que cumplía bajo modalidad de arresto domiciliario. Su hijo había quedado absuelto por el beneficio de la duda. Hasta el 2 de enero de 2026, fecha de entrada en vigencia de la Ley de Inocencia Fiscal, ambos permanecían bajo procesamiento con distintas medidas cautelares.
Habilitación de feria y resolución urgente
El mismo 2 de enero, primer día hábil del año y fecha de vigencia de la nueva ley, un equipo de abogados encabezado por Cristian Scoponi y secundado por Lucio Pérez Castelli y Sofía San Damaso se presentó ante el Tribunal Oral de la Justicia Federal de Rosario. Los defensores solicitaron que se habilitara la feria judicial por tratarse de una resolución urgente y pidieron el sobreseimiento de sus defendidos por aplicación de una ley penal más benigna.
La Ley 27.799 modificó sustancialmente el régimen penal tributario al elevar el umbral para la evasión simple de $1,5 millones a $100 millones por tributo y por ejercicio fiscal, mientras que la evasión agravada por monto pasó de $15 millones a $1.000 millones. Con estos nuevos parámetros, los $17,1 millones evadidos por los empresarios quedaron muy por debajo del mínimo necesario para configurar delito penal.
El fallo: aplicación retroactiva de ley más benigna
El tribunal resolvió favorablemente el pedido de la defensa fundamentándose en el artículo dos del Código Penal, que establece que «si durante la condena se dictará una ley más benigna, la pena se limitará a la establecida por la ley». En el fallo, los jueces señalaron que «la norma modificó el régimen penal tributario, elevando el piso de los montos previstos para los delitos como los que se investigan en la causa, esto es, evasión simple del impuesto al valor agregado y evasión agravada, de lo que se desprende que las conductas investigadas han quedado fuera del ámbito de las evasiones penalmente punibles».
El fiscal a cargo de la causa intentó oponerse a la solicitud de la defensa, pero el tribunal consideró que la nueva normativa resultaba «plenamente válida y aplicable al caso» dado que la sentencia no tenía carácter firme por estar recurrida ante la Corte Suprema de Justicia.
La resolución tuvo efectos inmediatos: se ordenó la libertad del empresario que cumplía prisión domiciliaria y se dispuso el levantamiento de la prohibición de salida del país que pesaba sobre su hijo.
La inflación como erosión del derecho penal
Cristian Scoponi, abogado defensor en la causa, explicó a LA NACION el contexto que llevó a esta situación. «El gran error que tuvo siempre el régimen penal tributario es establecer montos en pesos en contextos inflacionarios. Originalmente, en 1997, la evasión simple se fijó en $100.000, que eran equivalentes a US$100.000. Después se modificó en 2011 y se llevó a $400.000; y en el año 2017 se elevó a $1,5 millones, cifra que rigió hasta diciembre», señaló.
El abogado remarcó que «la pena de prisión se pensó para las grandes evasiones, porque es algo a lo que se debe recurrir como última alternativa. Nadie puede pensar seriamente que un sujeto que evada $1,5 millones por año fiscal sea un gran evasor». Scoponi destacó que la nueva ley estableció por primera vez un mecanismo de ajuste anual de los montos, algo que no existía en las normativas anteriores.
Precedente con alcance nacional
La resolución del Tribunal de Rosario podría constituir un precedente de alcance nacional para centenares de causas similares en todo el país. Según fuentes del ámbito judicial consultadas por diversos medios, existen numerosos casos de empresarios y contribuyentes condenados o procesados por evasiones que oscilan entre los $2 millones y los $99 millones, todos los cuales quedarían ahora fuera del alcance del derecho penal tributario.
La situación genera un escenario paradójico: personas que fueron condenadas por evasión fiscal en los últimos años podrían quedar en libertad, mientras que quienes cometan evasiones similares en el futuro ni siquiera serán denunciados penalmente. Este efecto masivo de la ley no fue mencionado por el Gobierno durante el debate parlamentario ni en las declaraciones públicas de funcionarios como el jefe de Gabinete, Manuel Adorni.
Los riesgos no discutidos de la norma
Más allá del impacto sobre causas en trámite, especialistas en derecho penal tributario advierten que la nueva normativa genera un vacío de control sobre evasiones de magnitud considerable. Una empresa o contribuyente que evada $99 millones anuales en cada tributo quedará completamente fuera del sistema penal, pudiendo enfrentar únicamente sanciones administrativas que resultan proporcionalmente insignificantes frente al monto defraudado.
Además, la combinación del nuevo umbral penal con el régimen simplificado que elimina la obligación de justificar consumos personales genera condiciones propicias para la circulación de dinero de origen ilícito. Un evasor sistemático que defraude $90 millones anuales durante varios ejercicios fiscales podrá acumular patrimonios no declarados sin riesgo de persecución penal, siempre que fragmente sus operaciones por debajo del umbral establecido.
El contexto político de la ley
La Ley de Inocencia Fiscal fue enviada por el Gobierno al Congreso el 5 de junio de 2025 y fue aprobada a finales de diciembre del mismo año. El Ejecutivo la promocionó como «un cambio de paradigma a favor del ciudadano» que buscaría restablecer un marco de «razonabilidad y previsibilidad que ponga fin a la persecución penal y administrativa injustificada».
La normativa establece además que ARCA no formulará denuncia penal si el contribuyente regulariza la deuda de capital e intereses antes de la formulación de la denuncia, beneficio que se otorgará por única vez por contribuyente. Una vez iniciada la acción penal, esta se extinguirá si se cancela el capital, los intereses y un 50% adicional en ambos conceptos en calidad de multa dentro de los 30 días de notificación.
La rapidez con que la defensa de los empresarios rosarinos se presentó ante la Justicia y obtuvo una resolución favorable demuestra que el sector jurídico especializado anticipaba estos efectos y estaba preparado para aprovechar la nueva normativa en beneficio de sus clientes.
Puntos clave
• El Tribunal Oral Federal N° 2 de Rosario sobreseyó a dos empresarios condenados por evasión de $17,1 millones entre 2016 y 2019
• La defensa solicitó la habilitación de feria judicial el mismo día que entró en vigencia la Ley de Inocencia Fiscal
• El nuevo umbral para perseguir penalmente la evasión simple pasó de $1,5 millones a $100 millones por tributo y ejercicio fiscal
• Se ordenó la libertad inmediata del empresario que cumplía prisión domiciliaria desde abril de 2024
• La resolución podría sentar precedente para centenares de causas similares en todo el país
Comunidad 👥
Desesperada búsqueda en Bariloche: mujer de 52 años desaparecida en Melipal
Una mujer de 52 años es intensamente buscada tras ser vista por última vez en un barrio de Bariloche. La Policía de Río Negro activó el operativo de localización y pidió ayuda a la comunidad para aportar datos que permitan dar con su paradero.
Lo que tenés que saber
• Buscan a Analía Corte, mujer de 52 años desaparecida en Bariloche
• Fue vista por última vez en el barrio Melipal el viernes por la mañana
• La Policía de Río Negro encabeza el operativo de búsqueda
• Se pidió colaboración a vecinos y a toda la comunidad
• No se cuenta con datos precisos sobre la vestimenta al momento de la desaparición
• No se descarta que se haya trasladado voluntariamente a otra provincia
• Se habilitaron líneas telefónicas para aportar información
Intensa búsqueda en Bariloche por una mujer desaparecida
La ciudad de Bariloche se encuentra bajo alerta tras la desaparición de Analía Corte, una mujer de 52 años vista por última vez el viernes por la mañana en el barrio Melipal.
Desde ese momento no se registraron novedades sobre su paradero, lo que activó un operativo de búsqueda en distintos puntos de la ciudad.
Operativo policial en marcha
La investigación está a cargo de la Comisaría 27° del barrio Melipal, que difundió las características físicas de la mujer para facilitar su identificación.
Según la información oficial, la mujer mide aproximadamente 1,65 metros, es de contextura delgada, tiene cabello oscuro a la altura de los hombros, ojos castaños y tez trigueña clara.
Las autoridades señalaron que no se dispone de datos precisos sobre la vestimenta que llevaba al momento de su desaparición.
Pedido de colaboración a la comunidad
La Policía de Río Negro solicitó la colaboración de vecinos de Bariloche y zonas cercanas para aportar cualquier dato que pueda contribuir a la búsqueda.
También se habilitaron canales de contacto para recibir información de manera inmediata.
Entre las vías disponibles figuran el 911, el teléfono de la Comisaría 27° y las dependencias policiales más cercanas.
Hipótesis en investigación
De acuerdo con información preliminar, no se descarta que la mujer se haya trasladado voluntariamente a otro punto de Río Negro o incluso a la provincia de Neuquén.
La búsqueda continúa activa mientras se analizan distintas líneas investigativas.
Otro caso de búsqueda en Córdoba
En paralelo, la Policía de Córdoba mantiene un operativo similar para dar con Yamila Vanesa Medero, una joven de 29 años desaparecida desde el miércoles en Carlos Paz.
La Unidad Judicial local activó el protocolo de búsqueda tras el contacto interrumpido con familiares y allegados.
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