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La herencia de Menem: declaran sucesores a tres hijos y una nieta

Fueron declarados con carácter de herederos universales sus tres hijos y a su nieta, en representación de su padre fallecido Carlos Saúl Menem (hijo).

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El juez nacional en lo Civil Carlos Goggi dictó la declaratoria de herederos del expresidente Carlos Saúl Menem, informaron hoy fuentes judiciales en Tribunales.

Fueron declarados con carácter de herederos universales sus hijos Zulema María Eva Menem, Carlos Nair Menem y Máximo Saúl Menem Bolocco, señalaron las fuentes.

También fue declarada heredera su nieta Antonella Carla Menem Pinetta, en representación de su padre fallecido Carlos Saúl Menem (hijo).

Según las disposiciones del Código Civil y Comercial, todos los declarados herederos en esta causa heredan en partes iguales al expresidente, fallecido en esta capital el 14 de febrero de 2021, a los 90 años de edad.

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Revés judicial para el Gobierno: la Corte Suprema rechazó una presentación por el financiamiento universitario

El máximo tribunal desestimó una presentación realizada por el Poder Ejecutivo en una causa vinculada a recursos destinados al sistema universitario. Además, rechazó un pedido de excusación y ordenó avanzar con el cumplimiento de una obligación procesal prevista por la normativa vigente.

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Puntos clave

  • La Corte Suprema rechazó una queja presentada por el Poder Ejecutivo.
  • La causa está vinculada al Decreto 759/25.
  • El expediente fue impulsado por el Consejo Interuniversitario Nacional y otras entidades.
  • El tribunal consideró que el recurso no estaba dirigido contra una sentencia definitiva.
  • También rechazó un pedido de excusación.
  • Ordenó intimar al Estado para el pago de un depósito previsto por la ley.
  • El caso se tramita en el fuero Contencioso Administrativo Federal.

La Corte Suprema desestimó una presentación del Gobierno

La Corte Suprema de Justicia resolvió rechazar una queja presentada por el Poder Ejecutivo Nacional en el marco de la causa iniciada por el Consejo Interuniversitario Nacional y otros actores contra el Estado nacional por el Decreto 759/25.

La decisión quedó plasmada en una resolución firmada este jueves por el máximo tribunal.

Según el fallo, el recurso extraordinario cuya denegación parcial originó la queja no cumplía con uno de los requisitos exigidos por la legislación para su tratamiento.

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El argumento central del máximo tribunal

Los jueces sostuvieron que la presentación impulsada por el Gobierno no estaba dirigida contra una sentencia definitiva o equiparable.

De acuerdo con la resolución, esa condición resulta indispensable conforme a lo establecido por el artículo 14 de la Ley 48 para habilitar la intervención extraordinaria de la Corte Suprema.

Por ese motivo, el tribunal resolvió desestimar la presentación.

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También fue rechazado un pedido de excusación

Además de pronunciarse sobre la queja, la Corte rechazó un pedido de excusación formulado dentro del mismo expediente.

En ese punto, remitió a lo resuelto previamente el 4 de junio de 2026 en el incidente de recusación con causa relacionado con el mismo proceso judicial.

La decisión quedó incorporada dentro de la misma resolución dictada por los magistrados.

Intimación al Estado por un depósito procesal

Como parte de la resolución, el máximo tribunal también ordenó intimar al recurrente para que efectúe el depósito previsto en el artículo 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

El pago se encontraba diferido conforme a lo establecido por la Acordada 47/91.

La intimación deberá cumplirse dentro del ejercicio financiero correspondiente, según dispuso la Corte.

Cómo se originó la causa judicial

La presentación rechazada fue impulsada por el Poder Ejecutivo Nacional a través del Ministerio de Capital Humano, mediante la Secretaría de Educación, en calidad de parte demandada.

El expediente se inició en el Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N.º 11.

Posteriormente intervino la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, instancia desde la cual continuó su recorrido judicial hasta llegar a la Corte Suprema.

El conflicto por el financiamiento universitario

La causa tiene como eje el Decreto 759/25 y los planteos realizados por el Consejo Interuniversitario Nacional junto a otros actores vinculados al sistema universitario.

El expediente forma parte de las controversias judiciales abiertas en torno al financiamiento de las universidades nacionales y las decisiones adoptadas por el Poder Ejecutivo en materia presupuestaria.

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