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La AFIP permite el reingreso al monotributo sin esperar tres años

Este beneficio estará disponible hasta el 30 de septiembre de 2024.

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) resolvió permitir el reingreso al régimen simplificado a aquellos contribuyentes que hubieran sido excluidos o renunciado al monotributo entre el 1° de enero y el 31 de julio de 2024. Este beneficio estará disponible hasta el 30 de septiembre de 2024, según la Resolución 5546/2024, publicada en el Boletín Oficial.

Flexibilización en los plazos de espera

La normativa vigente establece que quienes renuncian o son excluidos del Monotributo deben esperar tres años para poder reincorporarse. Sin embargo, la nueva disposición elimina esta espera, permitiendo que la inscripción tenga efecto a partir del primer día del mes posterior a la solicitud. De este modo, la AFIP busca facilitar la reintegración de pequeños contribuyentes al régimen simplificado en un contexto económico desafiante.

Cambios en la normativa para alquileres

Otra de las medidas introducidas por la AFIP afecta a los contribuyentes que alquilan inmuebles. A partir de ahora, la actividad de alquilar inmuebles mediante contratos debidamente registrados se considerará como una sola unidad de explotación, independientemente de la cantidad de propiedades afectadas. Esto marca una diferencia significativa con la normativa anterior, que trataba cada propiedad alquilada como una unidad de explotación independiente, limitando a tres el máximo permitido bajo el régimen simplificado.

Los contribuyentes que fueron excluidos del Monotributo bajo la vigencia de la Ley 27.737 por superar la cantidad de unidades de explotación podrán solicitar nuevamente su adhesión con efecto inmediato. Además, aquellos cuyos ingresos provengan exclusivamente del alquiler de hasta dos inmuebles estarán exentos del pago del impuesto integrado, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos.

Procedimiento para acceder a los beneficios

Para hacer uso de estos beneficios, los pequeños contribuyentes deberán seguir los siguientes pasos:

  • Ingresar con su clave fiscal al Portal de Monotributo y registrarse seleccionando la opción “Modificación locador de hasta 2 inmuebles – Beneficio Ley 27737”.
  • Declarar en el servicio con clave fiscal “Sistema Registral” la actividad “681098 – Servicios inmobiliarios realizados por cuenta propia con bienes propios o arrendados”.
  • Tener registrados los contratos de alquiler respectivos en el servicio “Registro de Locaciones de Inmuebles – RELI”.

El registro que tenga efecto retroactivo a los períodos devengados entre octubre de 2023 y julio de 2024 deberá efectuarse hasta el 30 de septiembre de 2024. En caso de cumplir con este plazo, los contribuyentes podrán reimputar el impuesto integrado abonado o solicitar su devolución a través del servicio “CCMA – Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos”.

Actualización semestral de los parámetros de categorización

Por otro lado, la AFIP determinó que las recategorizaciones semestrales deberán efectuarse hasta el día 5 de los meses de agosto y febrero respecto de los semestres concluidos en junio y diciembre. La obligación de pago resultante de estas recategorizaciones tendrá efectos desde los períodos devengados en agosto y febrero, respectivamente.

Además, a partir del 1° de enero de 2025, los valores de los parámetros que determinan la categorización de los contribuyentes y la permanencia o exclusión del régimen simplificado serán actualizados semestralmente, teniendo en cuenta el índice de variación de precios al consumidor. Estos ajustes tendrán efectos en los meses de febrero y agosto.

Puntos destacados:

  • La AFIP permite el reingreso al Monotributo sin esperar tres años.
  • Alquiler de inmuebles: ahora se considera una sola unidad de explotación.
  • Exención del impuesto integrado para quienes alquilen hasta dos inmuebles.
  • Recategorizaciones semestrales deberán efectuarse hasta el 5 de agosto y febrero.
  • Actualización semestral de parámetros de categorización a partir de 2025.

Desregulación

Sturzenegger desregula el mercado inmobiliario y enfrenta el rechazo del sector

El ministerio de Desregulación prepara un proyecto de ley que eliminaría la matrícula profesional obligatoria para ejercer el corretaje inmobiliario y habilitaría a cualquier mayor de edad con secundario completo a intermediar en operaciones de compra, venta y alquiler de inmuebles. La Cámara Inmobiliaria Argentina, el Colegio de Abogados de la Capital Federal y el de la Provincia de Buenos Aires ya advirtieron sobre los riesgos de la medida para la prevención del lavado de activos.

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El-Argentino-Federico Sturzenegger.
Sturzenegger quiere que cualquier persona con secundario pueda vender propiedades: el sector inmobiliario rechaza la reforma.

El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, prepara el envío al Congreso de un nuevo paquete de proyectos de ley con el que busca desregular diferentes sectores de la economía. Uno de los ejes centrales es una reforma integral del mercado inmobiliario que, según fuentes cercanas al Gobierno, redefiniría de raíz las reglas del corretaje, la actividad mediante la cual se intermedian operaciones de compra, venta y alquiler de inmuebles en todo el país.

La iniciativa, que aún no ingresó formalmente al Congreso, ya desató la resistencia de los principales actores del sector: la Cámara Argentina de Inmobiliarias, el Colegio de Abogados de la Capital Federal y el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires se manifestaron en contra, alertando sobre el impacto que tendría la medida sobre la regulación profesional y los mecanismos de control vigentes.

Secundario alcanza: los nuevos requisitos para ser corredor

En su redacción actual, el proyecto establece que para ejercer el corretaje solo se requerirá ser mayor de edad y contar con un título secundario expedido o revalidado en Argentina. El texto eliminaría del Código Civil cualquier otra exigencia específica para acceder a la actividad, incluyendo la obligatoriedad de matrícula en un colegio profesional y las restricciones geográficas que hoy impiden operar en diferentes jurisdicciones sin habilitación local.

La propuesta también modificaría el artículo 1346 del Código Civil y Comercial para permitir expresamente que actúen como corredores tanto personas físicas como sociedades comerciales y otras personas jurídicas, algo que la normativa vigente no contempla de manera explícita. A esto se suma la habilitación del corretaje mediante plataformas digitales o entornos virtuales, con la posibilidad de que los corredores se organicen bajo cualquier forma societaria y presten servicios en colaboración con terceros.

El sistema antilavado, en riesgo

El punto más sensible del proyecto es su impacto sobre el sistema de prevención del lavado de activos. Desde la Cámara Inmobiliaria Argentina advirtieron que los corredores inmobiliarios matriculados son Sujetos Obligados ante la Unidad de Información Financiera (UIF), en virtud de la Ley 25.246 y las resoluciones del organismo. Esa condición los obliga a identificar clientes, verificar el origen de los fondos y reportar operaciones sospechosas, en un mercado donde históricamente circularon grandes volúmenes de dinero en efectivo y se registraron maniobras de lavado a través de operaciones inmobiliarias.

«La actividad inmobiliaria no puede transformarse en una actividad informal donde cualquier persona intermedie operaciones millonarias sin capacitación, sin matrícula y sin responsabilidad legal frente al Estado», advirtió la Cámara Inmobiliaria Argentina. La entidad remarcó que la matriculación no es una barrera burocrática sino un mecanismo de control estatal permanente sobre un sector considerado sensible por la normativa de prevención del crimen organizado. «Capacitar no es precarizar, profesionalizar no es impedir trabajar», señaló la Cámara, poniendo en cuestión el argumento libertario de que la reforma generaría empleo y facilitaría el acceso a la vivienda.

Comisiones sin solidaridad y libertad de precios

El proyecto también reformula las reglas de cobro de honorarios. Según la propuesta, cuando intervenga un único corredor, todas las partes de la operación deberán abonarle comisión, salvo pacto en contrario o manifestación expresa de alguna de ellas al inicio de la gestión. Al mismo tiempo, elimina la responsabilidad solidaria entre las partes frente al corredor, modificando sustancialmente la distribución de riesgos económicos en las transacciones. La lógica de fondo es la misma que ya se aplicó a otros sectores regulados: la desaparición de los aranceles fijos y la liberalización total de los precios de los servicios de intermediación.

Un patrón que se repite

La reforma inmobiliaria se inscribe en la política sistemática de desregulación y reducción del Estado que Sturzenegger lleva adelante desde diciembre de 2023. En mayo de 2026, el oficialismo impulsó la Ley Hojarasca, que derogó más de 70 normas calificadas como «obsoletas», con el voto de 138 diputados de La Libertad Avanza y sus aliados. En junio, la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) denunció que el mismo ministerio avanzaba con una nueva ola de despidos en Capital Humano mediante el decreto 378/2026, afectando áreas de gestión en las secretarías de Trabajo, Educación y Niñez. El proyecto que ahora apunta al mercado inmobiliario sigue el mismo patrón: desmantelar regulaciones sin evaluar los costos sociales, institucionales ni los riesgos para el sistema de prevención del crimen organizado.

El paquete de proyectos que Sturzenegger tiene previsto enviar al Congreso incluye, además de la reforma inmobiliaria, cambios al Código Civil y Comercial, al Código Aduanero y al régimen de cabotaje marítimo. Todos deberán ser debatidos y aprobados por el Poder Legislativo antes de entrar en vigencia.

Puntos clave

  • Sturzenegger prepara un proyecto que eliminaría la matrícula obligatoria para ejercer el corretaje inmobiliario, exigiendo solo mayoría de edad y título secundario.
  • La reforma habilitaría a sociedades comerciales y plataformas digitales a actuar como corredores y operar sin restricciones geográficas.
  • La Cámara Inmobiliaria Argentina advirtió que los corredores matriculados son Sujetos Obligados ante la UIF y que la desregulación pondría en riesgo el sistema antilavado.
  • El Colegio de Abogados de la Capital Federal y el de la Provincia de Buenos Aires también rechazaron la iniciativa.
  • El proyecto aún no ingresó al Congreso y deberá ser debatido por ambas cámaras antes de su eventual aprobación.
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