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Denuncian a L-Gante por exponer el teléfono del abogado de su ex

El abogado de Tamara Báez denunció a L-Gante por publicar su número telefónico en redes, generando ataques y bloqueo de su línea.

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El-Argentino-Liberación de L-Gante.

Lo que tenés que saber

  • Juan Pablo Merlo denunció a L-Gante en la UFI N°3 de Mercedes por violencia digital
  • El posteo direccionaba a un enlace que terminaba difundiendo el número del abogado
  • La línea de Merlo quedó bloqueada 24 horas por miles de mensajes
  • El abogado acusa a L-Gante de aprovecharse de personas vulnerables
  • Solicitan prohibición de salida del país y revisión de cuota alimentaria

Violencia digital: la nueva denuncia contra L-Gante

Elián Valenzuela, más conocido como L-Gante, enfrenta una nueva acusación judicial. El abogado Juan Pablo Merlo, representante legal de Tamara Báez, denunció al artista por violencia digital en la Unidad Fiscal N°3 de Mercedes, dirigida por Lucas Matías Odella Sirch. La presentación se realizó el 7 de julio tras un polémico posteo en redes sociales que, según Merlo, expuso su número personal ante millones de seguidores.

Qué contenía el posteo

Según el abogado denunciante, la publicación del cantante ofrecía a los usuarios ingresar a un enlace con la promesa de entregarles entre 10 y 100 mil pesos. Al ingresar, el sitio redirigía al número personal de Merlo. “L-Gante decía que les iban a pagar ‘lo que pinte’ y todos los mensajes me llegaban a mí, por lo que me bloquearon el teléfono por 24 horas», explicó.

Repercusiones y situación judicial

El letrado agregó que muchas de las personas que lo contactaron se encontraban en situación de vulnerabilidad. «Necesitaban para pañales y gente discapacitada me enviaba el alias con los datos de Mercado Pago», aseguró. Además, acusó a Valenzuela de «aprovecharse de la necesidad de la gente» y expresó: «Se manejan tipo mafia. Es muy difícil negarlo todo. Me ponen mal los ataques virtuales. Lo difundió en una red social en la que tiene más de 6 millones de seguidores, por lo que es un delito digital».

Merlo también recordó que el cantante tiene una condena en suspenso de tres años. En caso de una nueva condena, podría corresponderle cumplir un año de prisión efectiva.

Cuestiones familiares y pedido de medidas judiciales

En cuanto a la situación familiar, Merlo sostuvo que la hija de Tamara Báez y L-Gante, Jamaica, recibe una manutención mensual de $700 mil. Sin embargo, desde el entorno legal de Báez consideran que el monto adecuado sería de 5 mil dólares mensuales, cifra superior a 6 millones de pesos. “Hasta que un juez no ordene lo contrario, -Elián- quiere mostrar una imagen errada”, declaró Merlo.

Además, el abogado indicó que solicitarán el registro moroso para restringir la salida del país del cantante y exigirán el historial completo de pago de la cuota alimentaria.

Régimen de visitas y situación de Tamara Báez

Merlo finalizó sus declaraciones asegurando que Tamara Báez “es una víctima de violencia” y que, pese a que no existe un régimen de visitas formal, “nunca le negó ver a la nena”. La causa ahora avanza en el ámbito judicial y se esperan nuevas definiciones.

Judiciales ⚖️

La Corte le pone un freno al Estado: declara inconstitucional el uso de datos personales

El máximo tribunal resolvió un caso que redefine los límites del manejo de información por organismos públicos. La decisión surge tras una demanda individual y cuestiona mecanismos de intercambio de información entre dependencias estatales.

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Lo que tenés que saber

  • La Corte declaró inconstitucional el uso de datos sin consentimiento
  • Anuló artículos de la Ley de Protección de Datos Personales
  • El fallo surge por una acción de habeas data
  • Cuestiona el intercambio de información entre organismos estatales
  • Señala vulneración del derecho a la privacidad
  • Hubo votos en disidencia dentro del tribunal

Fallo de la Corte sobre datos personales

La Corte Suprema resolvió que el Estado no puede utilizar datos personales sin consentimiento de sus titulares y declaró inconstitucionales artículos de la Ley de Protección de Datos Personales.

El tribunal sostuvo que estas prácticas vulneran derechos fundamentales vinculados a la privacidad y a la autodeterminación informativa.

El origen del caso

La decisión se tomó al hacer lugar a una acción de habeas data presentada por una jubilada contra el Estado Nacional. La demanda surgió luego de que información personal fuera utilizada en el marco de un convenio entre organismos públicos.

Según el caso, la ANSES había cedido datos a la Secretaría de Comunicación Pública para la difusión de contenidos oficiales.

Argumentos del tribunal

El fallo, firmado por Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Daniel Bejas, señaló que no existe un interés legítimo que justifique la utilización de datos sin conocimiento de sus titulares.

Además, se indicó que las excepciones previstas en la normativa resultaban “excesivas e injustificadas” y afectaban garantías constitucionales.

En ese sentido, el tribunal advirtió que la amplitud de la ley permitía al Estado evitar la exigencia de consentimiento, lo que debilitaba la protección de la información personal.

Artículos anulados y alcance

La Corte invalidó disposiciones de la ley 25.326 que habilitaban el intercambio de datos entre organismos estatales sin autorización previa.

El fallo pone límites al uso y circulación de información personal dentro del ámbito público.

Posturas en disidencia

La resolución no fue unánime. El ministro Carlos Rosenkrantz y la conjueza Beatriz Aranguren votaron en disidencia.

Ambos propusieron rechazar el recurso del Estado y mantener la sentencia previa sin pronunciarse sobre la constitucionalidad de la norma.

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