Impuestos
Ganancias: cuándo devuelven lo retenido tras fijar el nuevo mínimo no imponible
La Resolución será publicada la semana próxima en el Boletín Oficial. Conocé todos los detalles.
Los fondos retenidos por el impuesto a las Ganancias deberán ser devueltos por las empresas a sus empleados junto con el salario de junio. Así, se espera una mayor circulación de efectivo a partir de julio, que podría presionar sobre el dólar blue.
La Resolución será publicada la semana próxima en el Boletín Oficial y se adoptó porque el piso salarial de $ 280.792 del impuesto a las Ganancias rige para las remuneraciones devengadas a partir de junio de 2022, mientras para el aguinaldo opera desde el 1° de enero, según el Decreto N° 298/2022.
En consecuencia, como el empleador retuvo mes a mes en forma proporcional Ganancias sobre el aguinaldo, la suba del piso salarial –para los alcanzados por ese beneficio- implica que lo retenido por Ganancias de enero a mayo correspondiente al medio aguinaldo debe ser reintegrado por los empleadores.
Ahora, la AFIP reglamentará la metodología aplicable para la devolución, aclarando que deberá concretarse en una sola cuota.
También la AFIP publicará la tabla de deducciones para los asalariados con remuneraciones brutas de $ 280.792 a $ 324.182.
Es para evitar que se produzca un salto en el pago del impuesto y los asalariados de ese segmento que ganan más terminen percibiendo un salario de bolsillo inferior a los de las escalas más bajas.
Por encima de los $ 324.182 no hay ningún beneficio y seguirán tributando como hasta ahora.
El aumento del «piso» de $ 225.937 a $ 280.792 corresponde al incremento del índice salarial RIPTE (Remuneración Imponible para Trabajadores Estables) del período octubre 2021 a marzo 2022.
A partir de julio, los números cambian porque la inflación sigue “haciendo de las suyas” y los aumentos salariales pactados en las paritarias y para los empleados fuera de convenio llevará a que el piso salarial de $ 280.792 vuelva a quedar corto y deba ser actualizado en pocos meses, mucho antes que llegue fin de año.
Por otro lado, los que ya estaban alcanzados por Ganancias por tener ingresos superiores al «piso» salarial seguirán pagando más porque el Minino No Imponible (MNI) se mantiene en el mismo valor de enero a lo largo del todo el año, según lo fija la ley de Ganancias, cuando las proyecciones de inflación superan el 70%. Subir el MNI durante el año calendario requiere entonces una ley del Parlamento.
Para este segmento de trabajadores, el MNI es de $ 112.682 promedio mensual para un soltero sin hijos y de $ 149.063 promedio mensual para un casado con cónyuge y 2 hijos.
Esto es, pagan Ganancias por la diferencia entre lo que ganan y esos valores, brecha que se agranda porque los ingresos suben y esos mínimos se mantienen sin cambios entre enero y diciembre.
Por su parte, en el caso de los Monotributistas, el Congreso debe debatir el proyecto para incrementar un 29,12% desde julio los valores máximos de cada categoría, sin alterar el valor de la cuota. Y en Autónomos se prevé incrementar el mínimo no imponible.
Distinto es el caso de los jubilados y pensionados porque disponen de un MNI equivalente a 8 haberes mínimos que, desde junio, suman $ 300.200, con lo que tienen un ajuste trimestral automático según los incrementos de la fórmula de movilidad.
Este MNI se aplica si se cumplen ciertas condiciones, como si percibe otros ingresos que no superen el MNI del impuesto a las Ganancias y no estar alcanzado por Bienes Personales.
No obstante, igualmente rige el mismo valor del “piso” salarial en caso de no corresponderles este MNI de 8 haberes mínimos.
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Inocencia Fiscal II: media sanción con votos opositores y críticas que desnudan sus contradicciones
Con 139 votos a favor, la Cámara de Diputados aprobó la expansión del régimen simplificado de Ganancias, que elimina los topes de ingresos y patrimonio para adherirse. La oposición denunció que la norma protege evasores, debilita al fisco y beneficia, entre otros, al propio Jefe de Gabinete, Manuel Adorni.
La Cámara de Diputados otorgó media sanción a la nueva versión de la Ley de Inocencia Fiscal con 139 votos afirmativos, 110 en contra y dos abstenciones. El proyecto, que modifica la ley 27.799, recibió el apoyo de La Libertad Avanza junto a sus aliados habituales: el PRO, la UCR, Argentina Federal, Elijo Catamarca, Independencia, el MID y Producción y Trabajo. Votaron en contra Unión por la Patria, la izquierda, un sector de Provincias Unidas, la Coalición Cívica y Encuentro Federal.
El debate que antecedió a la votación expuso las tensiones de fondo de una iniciativa que el oficialismo presentó como una reforma a favor del contribuyente honesto, pero que sus críticos caracterizaron como un blindaje legal para evasores y una herramienta de vaciamiento del control fiscal del Estado.
Qué cambia la nueva norma
La reforma permite que todas las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país puedan optar por el régimen simplificado del Impuesto a las Ganancias, sin límites de ingresos ni de patrimonio. Hasta ahora, el acceso estaba restringido a quienes tuvieran un ingreso anual de hasta $1.000 millones y un patrimonio de hasta $10.000 millones. La nueva norma además extiende el plazo de adhesión hasta el 31 de diciembre de 2027 y reduce en un 25% las multas por infracciones formales para las pequeñas y medianas empresas.
En materia de fiscalización, el texto mantiene las facultades de ARCA sobre los contribuyentes de mayor capacidad económica o relevancia recaudatoria, pero redefine el concepto de «discrepancia significativa», que es el criterio que habilita al organismo a impugnar una declaración jurada simplificada. Esa discrepancia solo se configurará cuando la revisión arroje un incremento del impuesto determinado no inferior al 15% respecto de lo declarado por el contribuyente, un umbral que, según los críticos, eleva sustancialmente la vara para auditar.
El argumento oficialista: confianza en el contribuyente
La miembro informante del bloque oficialista, la legisladora Laura Rodríguez Machado, defendió el proyecto como una medida «sencilla pero revolucionaria» que apunta a «confiar más en el contribuyente que trabaja y paga sus impuestos». La cordobesa encuadró la norma en el contexto de décadas de inflación que obligaron a los argentinos a ahorrar en dólares fuera del sistema, y sostuvo que criminalizar esa práctica implica tratar a los ciudadanos como sospechosos.
El cierre del bloque libertario estuvo a cargo del diputado Nicolás Mayoraz, quien rechazó las críticas de la oposición y cuestionó que se equipare a las personas con ahorros fuera del sistema formal con «delincuentes». Mayoraz aseguró que la ley «va a impulsar el crédito en la Argentina» y que generará «actividad económica».
La oposición: una ley para la evasión, no para el ahorro
Las voces críticas más contundentes llegaron desde Unión por la Patria y el bloque radical. El diputado Juan Grabois rechazó la norma con una síntesis que apuntó al corazón del debate: la ley, según su lectura, «convierte en culpables a los inocentes e inocentes a los culpables», porque legaliza la evasión mientras profundiza el ajuste sobre trabajadores, jubilados y pequeños empresarios.
«Llega esta ley y son todas las leyes igual. Todas para los de arriba. Todo para el 1% más rico. Mientras al 99% restante todos los días le rompen el culo», reprochó Grabois en el recinto, señalando además la responsabilidad del presidente Milei en la habilitación de estas medidas.
La legisladora de Provincias Unidas Mariela Coletta fue todavía más directa: calificó la iniciativa de «obscenidad fiscal» y acusó al Poder Ejecutivo de negarse a informar cuántos funcionarios públicos adhirieron al régimen de Inocencia Fiscal desde su sanción original.
Lousteau: «El presidente dice que los que evaden son héroes»
La intervención del diputado nacional Martín Lousteau fue una de las más precisas en términos técnicos y políticos. El ex ministro de Economía advirtió que «detrás de la supuesta intención de simplificar la vida y la declaración jurada para los buenos contribuyentes, se esconde la degradación de la capacidad de ARCA para perseguir y detectar evasores seriales, narcos y corruptos».
Lousteau no dejó pasar la oportunidad de conectar la ley con la situación personal del Jefe de Gabinete: «Adorni, para defenderse de que no era ladrón, dijo que había evadido. De hecho, Adorni fue uno de los primeros que adhirió a esta ley. Adorni y la mujer», señaló, en referencia a las declaraciones públicas del funcionario en el marco de la causa judicial que lo investiga por enriquecimiento ilícito. El legislador radical también recordó que el propio presidente Milei llamó «héroes» a los que evaden y que el ex titular de la Comisión de Presupuesto José Luis Espert promovió una «rebelión fiscal» en la provincia de Buenos Aires.
Esa conexión entre la norma y el caso Adorni no es menor. La justicia federal investiga al Jefe de Gabinete por un patrimonio bajo sospecha que supera los 840.000 dólares, con refacciones pagadas en efectivo, viajes de lujo y triangulaciones con empresas del Estado. Que uno de los principales sospechosos de esa causa haya sido de los primeros en acogerse al régimen que ahora se amplía constituye, para los críticos, una contradicción que el oficialismo no logró responder en el debate.
El fondo del problema: quién fiscaliza a quién
El Foro Economía y Trabajo, en su documento de reforma tributaria publicado en mayo de 2026, ya había advertido sobre esta tendencia al señalar que las modificaciones incorporadas en la primera Ley de Inocencia Fiscal «vaciaron de datos al fisco» y facilitaron la evasión y la fuga de capitales. La nueva versión aprobada en Diputados profundiza esa lógica al eliminar los topes de adhesión y elevar el umbral para las auditorías de ARCA.
En ese marco, la discusión sobre la Inocencia Fiscal II no es solo tributaria: es también una disputa sobre qué tipo de Estado supervisa a qué tipo de contribuyentes y, sobre todo, si ese Estado tiene o no la voluntad de avanzar sobre los sectores de mayor concentración patrimonial. El texto aprobado en Diputados responde esa pregunta con claridad. Resta esperar qué hace el Senado con esa respuesta.
Puntos clave
- La Cámara de Diputados aprobó la Ley de Inocencia Fiscal II con 139 votos a favor y 110 en contra.
- La norma elimina los topes de ingresos y patrimonio para adherirse al régimen simplificado de Ganancias.
- ARCA solo podrá impugnar declaraciones simplificadas cuando la diferencia supere el 15% de lo declarado.
- El diputado Lousteau denunció que el Jefe de Gabinete, Manuel Adorni, fue uno de los primeros en adherirse al régimen original junto a su esposa.
- La oposición calificó la iniciativa de «obscenidad fiscal» y denunció que debilita la capacidad del Estado de perseguir la evasión.
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