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Abuelas pidió condena contra ocho imputados en megacausa Campo de Mayo

Así lo pidió la abogada Carolina Villella, representante de la querella que sigue Abuelas en el juicio oral y público que se desarrolla en los tribunales de San Martín.

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La organización Abuelas de Plaza de Mayo solicitó hoy prisión perpetua y penas de entre 20 y 25 años de prisión, según corresponda, para los ocho imputados por haber perpetrado crímenes de lesa humanidad contra 46 víctimas, entre ellas 14 embarazadas, 9 padres de niñas y niños apropiados, y otros 23 casos vinculados en la denominada megacausa Campo de Mayo.

Así lo pidió la abogada Carolina Villella, representante de la querella que sigue Abuelas en el juicio oral y público que se desarrolla en los tribunales de San Martín.

La letrada solicitó que se condene a Santiago Omar Riveros, Carlos Francisco Villanova y Carlos Javier Tamini a prisión perpetua por ser coautores de los delitos de «privación ilegal de la libertad, agravada por la existencia de violencia y amenazas reiteradas; aplicación de tormentos doblemente agravados por ser funcionario público y por el carácter de perseguidos políticos de las victimas».

También pidió 25 años de prisión para Carlos Eduardo José Somoza, Hugo Miguel Castaño Monje, Mario Rubén Domínguez y Bernardo Caballero; y 20 años de condena para Luis Saadi Pepa.

«Solicitamos también se revoque la prisión domiciliaria y se disponga el traslado inmediato de los imputados a establecimientos dependientes del servicio penitenciario federal», afirmó.

Durante el cierre de su alegato, Villella expresó: «Es difícil imaginar que se puede infligir a otros seres humanos un daño mayor que el que han causado los imputados. Ya hemos relatado el calvario al que fueron sometidas las víctimas directas de estos hechos, secuestradas, privadas arbitrariamente de su libertad, torturadas, asesinadas y desaparecidas».

Asimismo, se refirió al daño causado a sus familias, «que también fueron víctimas de estos hechos, pues contra ellas también se dirigieron las conductas de los imputados, al negarles deliberadamente información sobre el paradero de sus seres queridos».

«Las consecuencias de este accionar aun perduran en el presente, generando una carga de dolor y angustia a los familiares, que se sostienen en el tiempo, como hemos visto, oído y leído en los relatos de quienes declararon en las audiencias», añadió y destacó «la gran cantidad de víctimas que no pudieron declarar por la angustia que les producen los hechos»

Más temprano, la letrada aseguró que Abuelas de Plaza de Mayo «continuará las investigaciones hasta hallar a todos los bebés nacidos en cautiverio» durante la última dictadura cívico militar, en el extenso alegato que la organización de derechos humanos formuló en este juicio oral y público en el cual se investigan delitos cometidos en perjuicio de 323 víctimas que pasaron los centros clandestinos que funcionaron en ese predio del Ejército.

En la jornada 111 de este juicio, Villella expuso en forma cronológica sobre los secuestros de Lorena y Flavia Battistiol, quienes declararon el año pasado por las desapariciones de Juana Colayago -la madre de ambas que al momento de su captura estaba embarazada de seis meses- y de Egidio Battistiol, padre de esta hermanas.

«Continuaremos con la investigación para hallar al hijo o la hija de Juana Matilde y Egidio», aseguró la letrada.

También se refirió a testimonios de Roberto y María Esther Landaburu sobre la desaparición de su hermana, Leonor, quien cursaba la última etapa de un embarazo, y la de su cuñado. Ambos secuestros ocurrieron en agosto de 1977 y Abuelas todavía busca a esos bebés nacidos en cautiverio.

«Lo que hemos visto contiene elementos y circunstancias que permiten determinar donde estuvieron detenidos y las pruebas son concluyentes», sostuvo la abogada querellante en los fundamentos de su acusación.

Además, Villella estimó que los datos obtenidos en la investigación «coinciden con las descripciones de las prácticas que se llevaban adelante en el lugar de cautiverio y no hay dudas que las víctimas estaban allí, en El Campito, recluidas».

En este juicio, Abuelas acusa a ocho exmiembros del Ejército, la Policía Federal y la Gendarmería Nacional por los crímenes cometidos en perjuicio de 46 víctimas y entre ellas hay 14 embarazadas; nueve padres de niñas y niños apropiados, y otros 23 casos vinculados con hechos de terrorismo de Estado perpetrados en Campo de Mayo.

«De los niños nacidos durante el cautiverio de sus madres o secuestrados junto a sus padres y madres -objeto de esta megacausa- ya se han restituido cinco. Sin embargo, aún buscan a diez de ellos, hoy adultos», informó Abuelas.

En tanto, Villella recordó hoy que Ema Battistiol -la hermana de Egidio y tía de Lorena y Flavia- contó en su testimonio que estaba con su hija, Sandra Missori, de 13 años cuando las secuestraron a ambas.

Ema contó detalles de lo vivido durante su cautiverio al detallar que permaneció «con los ojos vendados» pero pudo saber que había «muchas chicas embarazadas» y «una especie de enfermería» y que «una de las personas que la custodiaba le decía que su hija estaba bien».

La abogada añadió que «las condiciones de detención son consistentes con otros relatos de sobrevivientes allí alojados y coinciden con la prueba documental aportada».

También se refirió al testimonio de la hija de Ema, Sandra Missori, quien «pudo averiguar el lugar donde estuvo alojada ya que en el segundo día de cautiverio un celador se acercó a hablarle y se sorprendió por lo joven que era».

«Ese hombre le quitó la capucha y las vendas y allí pudo ver donde se encontraba. El piso era de tierra, el lugar era de chapa y había más de 20 personas. Coincidentemente con lo que describió su mamá, Sandra detalló que le servían la comida de la misma forma. Ella, que era chiquita preguntaba donde estaba su mamá y como respuesta la golpeaban y le decían, ‘olvidate, ya no existe más'», describió la abogada.

Y continuó: «Sandra escuchó que a alguien le decían doctor, tenía guardapolvo blanco y vio cómo le ponían un aparato sobre la panza embarazada de su tía (Juana Colayago). Primero pensó que era una picana, pero luego miró que le hacían observar una y otra vez cómo le ponían el aparato».

En la causa hay 22 imputados, de los cuales doce no tienen condena previa y nueve ya han sido sentenciados por otros delitos.

La denominada megacausa agrupa 175 casos, como los de Mercedes Benz, el Colegio Militar, Área 400 y los Ferroviarios, entre otros. Además, se encuentran los casos del hijo y la nuera de la abuela fundadora Raquel Radio de Marizcurrena -Andrés Marizcurrena, y su compañera Liliana Beatriz Caimi, embarazada de cinco meses- y el caso de la embarazada Myriam Coutada.

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“El hambre no es terrorismo, la protesta tampoco”: ATE Capital rechaza la guía antiterrorista de Casal

La Procuración General aprobó un protocolo para investigar «radicalización» antes de que ocurra un ataque. Sus indicadores de riesgo incluyen «sentir injusticia», «rechazar figuras de autoridad» y «criticar instituciones». ATE Capital salió al cruce con una campaña directa: «El hambre no es terrorismo. La bronca no es terrorismo. Organizarse no es terrorismo».

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“¿Estar en contra del gobierno es terrorismo?”: por qué la guía de Casal impulsada por el Gobierno de Milei alarma a sindicatos, abogados y organismos de DDHH.

El procurador general de la Nación interino, Eduardo Casal, firmó el 14 de agosto la Resolución PGN N° 56/2026, que aprueba la «Guía para la investigación de incidentes terroristas previos a un ataque». El documento, elaborado conjuntamente por la Secretaría de Análisis Integral del Terrorismo Internacional (SAIT) y la Unidad Fiscal Especializada en Criminalidad Organizada (UFECO), con aportes de la Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia (UFECI), introduce por primera vez en el país criterios comunes para que fiscales y jueces investiguen procesos de radicalización antes de que se produzca un atentado. Lo que en principio se presentó como una herramienta técnica de prevención antiterrorista desató en las últimas horas una oleada de rechazo de organizaciones sindicales y de derechos humanos que advierten que sus categorías, deliberadamente amplias, habilitan la persecución de la disidencia política.

Qué dice la guía: el «ciclo terrorista» y sus indicadores

La resolución parte de una premisa doctrinaria: el terrorismo debe entenderse como un «proceso criminal organizado, continuo y permanente», al que la literatura especializada denomina «Ciclo Terrorista». Bajo esa concepción, el atentado es apenas el eslabón final y visible de una cadena que incluye glorificación, propaganda, reclutamiento y radicalización ideológica; etapas todas ellas que, según el texto, deben ser investigadas antes de que el hecho violento se produzca. El documento se apoya en el marco teórico de investigadores de la Universidad de Maryland financiados por el Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos, además de citar estudios de Europol, el UNODC y la Red de Concienciación sobre la Radicalización (RAN) de la Comisión Europea.

Sobre esa base, la guía propone una matriz de indicadores de riesgo clasificados en cuatro niveles: medio, medio-alto, alto y crítico. Los indicadores más tempranos, de nivel medio, incluyen conductas como «sentir injusticia, traición o humillación», «búsqueda de sentido o propósito», «rechazo a figuras de autoridad», «publicación de teorías conspirativas», «usar consignas o símbolos combativos», «participar en comunidades digitales» y «desconfianza sistemática en las instituciones y liderazgos democráticos». El propio texto aclara que la crítica institucional «constituye una manifestación legítima protegida por la libertad de expresión» y que ningún indicador aislado habilita medidas coercitivas; pero fija que su relevancia investigativa «aumenta» al combinarse con otros factores, sin establecer un umbral claro ni preciso para esa combinación.

Las herramientas de investigación previstas incluyen el ciberpatrullaje, el rastreo sistemático de redes sociales, foros y plataformas de mensajería, el monitoreo de comunidades de videojuegos en línea, el análisis de fuentes abiertas (OSINT), la interceptación de comunicaciones con autorización judicial, el uso de agentes encubiertos y reveladores previstos en la Ley 27.319, y la cooperación internacional. La guía fue elaborada por los fiscales Juan Manuel Olima Espel y Armando Antao Cortez (SAIT), el fiscal Santiago Marquevich (UFECO) y el fiscal Horacio Azzolin (UFECI), y fue firmada un mes después de que el canciller Pablo Quirno participara en la «Reunión Ministerial sobre el Resurgimiento del Terrorismo Político» convocada en Washington.

ATE Capital: «El hambre no es terrorismo. Organizarse no es terrorismo»

La respuesta más contundente llegó desde ATE Capital, que lanzó una campaña en redes sociales con una pregunta que resume el rechazo del movimiento sindical: «¿Estar en contra de este gobierno es terrorismo?». El posteo, publicado en la cuenta verificada de Instagram @atecapitalok, acumula más de 240 «me gusta» y 56 compartidos, y lleva como texto: «Estar en contra de este gobierno no es terrorismo. Una nueva guía del Ministerio Público Fiscal incorpora preocupantes criterios que pueden poner bajo sospecha el ejercicio de importantes derechos democráticos de todos los argentinos y argentinas. Organizarse, reclamar y cuestionar al poder no puede ser considerado una amenaza».

La campaña gráfica del sindicato estatal enumera punto a punto las conductas que la guía incorpora como «indicadores de radicalización»: sentir injusticia o humillación, rechazar figuras de autoridad, criticar a gobiernos e instituciones, usar consignas o símbolos combativos, participar en comunidades digitales, publicar teorías conspirativas, cuestionar el orden institucional. Y frente a esa lista, la respuesta de ATE es categórica: «El hambre no es terrorismo. La bronca no es terrorismo. La organización no es terrorismo. La protesta no es terrorismo. Organizarse no es terrorismo». El comunicado también advierte que la norma «habilita herramientas que pueden intervenir a cualquier persona y cualquier tipo de espacios que atente a criticar este gobierno», refiriéndose al ciberpatrullaje, el rastreo de redes, la interceptación de comunicaciones y los agentes encubiertos. La pieza visual fue construida con el sello «A 50 años del Golpe. Ni olvido, ni perdón», una señal política que no parece casual en el contexto de un protocolo que habilita la vigilancia preventiva de la disidencia.

Desde otras organizaciones sindicales y de derechos humanos, el cuestionamiento apuntó a la misma dirección. ATE Capital advirtió que el documento «convierte el descontento social en un problema de seguridad» en un contexto de «creciente conflictividad social y ajuste sobre las condiciones de vida», y reivindicó la protesta y la organización colectiva como «ejercicios legítimos de la democracia». La pregunta que circuló en ese entorno fue la misma: «¿Puede una persona ser considerada sospechosa por criticar al gobierno? ¿Por participar de una organización? ¿Por expresar su bronca frente al hambre, la desigualdad o la pérdida de derechos?»

«Derecho penal de autor» y el riesgo de criminalizar la disidencia

El análisis crítico de El Cohete a la Luna señaló que el encuadre teórico de la guía proviene de la sociología y la psicología, no del campo jurídico, y advirtió sobre el riesgo de derivar en lo que la doctrina penal denomina «derecho penal de autor»: juzgar a sujetos por quiénes son o qué piensan, en lugar de por actos concretos y verificables. El mismo análisis planteó la necesidad de leer la resolución de Casal en diálogo con la discusión sobre la baja de la edad de imputabilidad y la Ley 26.734 antiterrorista de 2011, instrumentos que, combinados con esta guía, configuran una arquitectura legal de control social de amplio espectro. Como antecedente concreto de esa tensión, citó una causa federal abierta en La Pampa donde un adolescente de 15 años quedó involucrado en una investigación por terrorismo a partir de su vinculación por redes con un joven de 17 años detenido en Australia.

El programa antiterrorista Prevent, implementado en Gran Bretaña desde 2003, constituye el antecedente internacional más relevante para evaluar estos riesgos. Ese esquema obliga a escuelas, hospitales y otras instituciones públicas a identificar y reportar personas consideradas «vulnerables» a la radicalización, y es señalado hoy en ese país como un modelo en crisis, que terminó funcionando como herramienta de estigmatización de comunidades musulmanas y de vigilancia de la disidencia política.

El contexto político: un gobierno en conflicto con su propia sociedad

La aprobación de la guía no ocurre en el vacío. El gobierno de Javier Milei enfrenta una ola sostenida de protestas y medidas de fuerza de jubilados, personas con discapacidad, trabajadores estatales, docentes universitarios, gremios viales, prestadores de salud y deudores; un cuadro de conflictividad social en expansión que el propio protocolo de Casal podría encuadrar, según las organizaciones críticas, bajo sus categorías más amplias de «descontento», «rechazo a la autoridad» y «cuestionamiento del orden institucional». La guía fue aprobada, además, en el marco de una arquitectura institucional que desde 2018 viene ampliando de manera sostenida las capacidades del Ministerio Público Fiscal en materia de seguridad: la creación de la SAIT, la reconversión de la UFECO en 2023, y la incorporación del organismo al Centro Nacional Antiterrorismo mediante la Resolución PGN 51/2026 son los escalones previos de ese proceso.

Desde la Procuración General defienden la herramienta como un instrumento técnico de gestión de riesgo, necesario ante la expansión de la radicalización violenta en entornos digitales, y subrayan que los indicadores «no constituyen tipos penales ni supuestos de imputación» y que su valoración debe ser «contextual, proporcional y acumulativa». El Terrorism Global Index 2026, citado en el propio documento, indica que el 93% de los ataques terroristas fatales en Occidente en los últimos cinco años fueron cometidos por actores solitarios radicalizados digitalmente. La pregunta que no responde la resolución de Casal es si la herramienta diseñada para detectar ese fenómeno no termina, en la práctica, barriendo también con el ejercicio ordinario de la política, la organización sindical y la protesta social. Una pregunta que la Argentina ya supo formular en sus épocas más oscuras, y que hoy vuelve a plantearse con urgencia renovada.

Puntos clave

  • El procurador Eduardo Casal aprobó el 14 de agosto la Resolución PGN 56/2026, que habilita investigar procesos de «radicalización» antes de que ocurra un atentado.
  • Entre los indicadores de riesgo de nivel inicial figuran «sentir injusticia», «rechazar figuras de autoridad», «usar consignas combativas», «participar en comunidades digitales» y «criticar instituciones».
  • ATE Capital lanzó una campaña en redes sociales con la consigna «¿Estar en contra de este gobierno es terrorismo?» y afirmó que «el hambre, la bronca, la organización y la protesta no son terrorismo».
  • Abogados y organizaciones de DDHH alertan sobre el riesgo de «derecho penal de autor» y de criminalización de la disidencia política y sindical.
  • El antecedente internacional más directo, el programa Prevent del Reino Unido, es considerado hoy un modelo en crisis por haber derivado en vigilancia sistemática de comunidades y disidentes.

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