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El deporte argentino también es verde

Deportistas, periodistas, actores y actrices se expresaron a través de un post a favor del aborto en Argentina, que se debate este jueves en Diputados.

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Varios y varias deportistas hicieron público este jueves su apoyo al proyecto de legalización del aborto, que comenzó a ser debatido esta mañana con una sesión especial de la Cámara de Diputados.

Sebastián Domínguez, exfutbolista y actual comentarista de TV, formó parte de un spot junto a algunos actores, actrices y periodistas donde se reclama: «Legisladoras y legisladores les pedimos que hagan historia. #HagamosHistoria #AbortoLegal2020».

«Por nuestras hijas, para que puedan vivir en un país más justo», pidió Domínguez en un video con Mercedes Morán, Cecilia Roth, Juan Minujín, Griselda Siciliani, Sebastián Wanraich y Luis Novaresio, entre otros.

Ruth Bravo Sarmiento, futbolista exBoca y ahora en Rayo Vallecano de España, tuiteó decenas de corazones verdes en su cuenta de Twitter y también hizo referencia al día especial en Instagram.

Juan Pablo Sorín, exfutbolista de la Selección Argentina, posteó una foto de su cara con el pañuelo verde de la campaña por el aborto legal puesto como tapaboca con el hashtag #QueSeaLey.

Mariángeles Cossar, integrante de Las Panteras de vóleibol, consideró que «la maternidad será deseada o no será. Buen día, será ley». La voleibolista es una de las integrantes de Deportistas Argentinas, el colectivo feminista de mujeres y disidencias vinculadas al deporte que apoya la campaña del aborto legal desde 2018.

Flor Ponce de León, jugadora del seleccionado argentino de handball, publicó el flyer verde de la percha que dice «adiós aborto clandestino» y escribió: «Que hoy sea el comienzo del fin de las miles de muertes clandestinas. #AbortoLegal2020 #SeráLey».

Su compañera Victoria Crivelli, de Ferro y la ‘Garra’, retuiteó un mapa sobre cómo es el aborto legal en el mundo en apoyo a que salga la ley en la Argentina.

«Soy futbolista y apoyo la lucha de las mujeres por #AbortoLegalYa #NoVotenContraLasMujeres», puso como tuit fijado Leonardo Di Lorenzo, jugador de Temperley.

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La Corte ordena revisar si un sanatorio de Tucumán despidió a un trabajador por tener VIH

El máximo tribunal dejó sin efecto un fallo de Tucumán. El empleado había trabajado más de dos años sin registrar y denunció discriminación tras conocerse su diagnóstico.

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Fachada del Palacio de Tribunales, sede de la Corte Suprema de Justicia de la Nación

La Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenó a los tribunales de Tucumán volver a analizar si el despido de un trabajador de salud no registrado tuvo motivo discriminatorio por su condición de persona con VIH. Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti consideraron arbitrario que las instancias locales ignoraran una prueba decisiva sobre el acceso del sanatorio a los análisis médicos del empleado.

El caso involucra a A.I., quien demandó al Sanatorio Pasquini SRL. Denunció que trabajó allí más de dos años sin estar registrado (un vínculo que la firma negó y que finalmente quedó acreditado) y que la desvinculación se concretó cuando el establecimiento, antes que él, conoció que era portador de VIH.

La prueba que los tribunales locales no evaluaron

En el expediente figura el testimonio de una responsable del área preocupacional, quien afirmó: «Yo descubro que él tiene VIH porque tengo el análisis en mis manos; yo manejaba el análisis de los prelaborales». Los análisis habían sido pedidos por el propio sanatorio.

La Sala III de la Cámara del Trabajo de Tucumán admitió parcialmente la demanda: condenó a la empresa a pagar haberes adeudados y diferencias salariales, pero la absolvió de los reclamos por indemnización por antigüedad, registración irregular y daños por trato discriminatorio. La Corte de Justicia provincial rechazó el recurso del trabajador y descartó el planteo discriminatorio.

La Corte Suprema coincidió con el Procurador Fiscal en que el tribunal local «ignoró un planteo serio sobre la existencia de una conducta discriminatoria», porque la desvinculación fue contemporánea a la comunicación de los resultados de esos estudios.

Arbitrariedad y garantías constitucionales

El máximo tribunal subrayó que la empleadora negó siempre la existencia de la relación laboral, que finalmente resultó acreditada, y por eso consideró arbitrario confirmar el pronunciamiento que había dado por no configurada la injuria laboral.

Sobre la discriminación, el fallo remarcó: «El fallo recurrido no tomó en cuenta esa declaración, negando incluso su existencia». Y agregó que el tribunal «omitió evaluar prueba decisiva y brindar respuesta a ciertos agravios del actor que resultaban dirimentes para la solución del litigio». Por eso concluyó que la decisión incurrió en arbitrariedad y afectó garantías constitucionales.

De esta forma, la Corte dejó sin efecto el fallo de la Corte tucumana y ordenó que la causa vuelva al tribunal de origen para dictar un nuevo pronunciamiento que analice esas pruebas.

El caso vuelve a poner en el centro el derecho a la no discriminación laboral de las personas con VIH y la obligación de registrar las relaciones de trabajo. Según la cronología del expediente, A.I. prestaba servicios desde julio de 2010, los estudios prelaborales pedidos por la empresa se hicieron en junio de 2012 y la relación terminó en septiembre de ese año. El fallo no declara discriminatorio el despido: la definición queda en manos de la Justicia tucumana.

Lo que tenés que saber:

  • La Corte Suprema ordenó a Tucumán revisar si el despido de A.I. fue discriminatorio por su condición de VIH.
  • El trabajador laboró más de dos años sin registrar en el Sanatorio Pasquini SRL; la empresa negó el vínculo, que quedó acreditado.
  • Una testigo del área preocupacional dijo que tuvo «el análisis en mis manos» y descubrió el diagnóstico.
  • La Cámara laboral local había absuelto a la empresa del reclamo por discriminación; la Corte provincial lo confirmó.
  • Rosatti, Rosenkrantz y Lorenzetti dejaron sin efecto ese fallo por arbitrariedad y omisión de prueba decisiva.
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