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Paulón denunció una campaña de odio del Gobierno contra el colectivo LGTBQ+

“Nos atacan porque representamos libertad”: dijo sobre la ofensiva del oficialismo.

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El diputado nacional Esteban Paulón advirtió sobre una “campaña coordinada y global” contra el colectivo LGTBQ+, que atribuyó directamente al Gobierno de Javier Milei. En declaraciones radiales, el legislador socialista afirmó que los recientes ataques desde sectores oficialistas no son hechos aislados, sino parte de una ofensiva ideológica orientada a criminalizar a las minorías mediante discursos de odio.

“El presidente dio la bandera de largada de esta avanzada”, afirmó Paulón, al referirse a las declaraciones de Milei en el Foro de Davos y al reciente accionar mediático de Viviana Canosa. “Retoman una falsa asociación histórica entre homosexualidad y pedofilia”, denunció. Para el legislador, el hecho de que esta narrativa surja desde el Ejecutivo nacional “la vuelve aún más peligrosa y nos retrotrae a épocas de persecución y violencia”.

Acusaciones a referentes del oficialismo y vínculos internacionales

Paulón vinculó esta ofensiva discursiva con la ultraderecha internacional. Señaló especialmente al exlíder de una ONG estadounidense contra la trata de personas, Tim Ballard, denunciado por abuso sexual y promovido en Argentina como referente por Agustín Laje, intelectual cercano a Milei y director de la Fundación Faro.

“Ballard firmó convenios con dependencias estatales, y queremos saber cuántos y cuáles están vigentes”, exigió. Además, denunció que la Fundación Faro recibió fondos millonarios de empresarios, presuntamente destinados a causas solidarias, pero que —según afirmó— replican el mecanismo de desvío de fondos que se investigó en el escándalo de Libra.

El legislador anticipó que estos temas serán parte del temario en la interpelación al jefe de Gabinete, Guillermo Francos, prevista para el martes próximo. “Debe dar explicaciones concretas. El oficialismo intenta evitarlo, pero el Congreso ya votó su comparecencia”, advirtió.

Críticas por el caso del diputado libertario Barreto

Paulón también apuntó contra el silencio oficial en torno al caso del diputado misionero libertario Julio “Kiska” Barreto, recientemente condenado por posesión y distribución de pornografía infantil. “Mientras se montan shows mediáticos para ensuciar al colectivo LGTBQ+, no dicen nada sobre delitos gravísimos comprobados en la Justicia”, señaló. Y añadió: “Esto es una estrategia clásica del fascismo: construir un enemigo interno para distraer y acumular poder”.

“Nos atacan porque representamos libertad”

En tono más esperanzado, el diputado destacó la rápida respuesta del movimiento LGTBQ+ frente a la avanzada oficialista: “El colectivo está más organizado y respaldado que nunca. No hay lugar para este tipo de odio”.

Finalmente, explicó que los ataques no se deben a razones morales o religiosas, sino políticas:
“El movimiento LGTBQ+ fue uno de los más transformadores del siglo XXI. Ha cuestionado estructuras de poder, modelos familiares tradicionales, y ha reivindicado la libertad individual. Por eso nos atacan: porque representamos un peligro para el control social y político que algunos quieren restaurar”.

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Violencia vicaria en San Luis: un padre manipuló a su hijo y fue condenado a pagar $10 millones

Un fallo del Juzgado de Familia N° 2 de Santa Rosa del Conlara declaró la responsabilidad de un progenitor por violencia de género y violencia vicaria contra la madre de su hijo. La sentencia, dictada el 6 de mayo de 2026, impuso una multa de diez millones de pesos, restricción de acercamiento y capacitación obligatoria en violencia de género.

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El Juzgado de Familia, Niñez, Adolescencia, Violencia y Penal Juvenil N° 2 de Santa Rosa del Conlara, provincia de San Luis, emitió una sentencia (aún no firme) que representa un precedente significativo en la aplicación judicial de la figura de la violencia vicaria en el nuestro país.

El mecanismo del maltrato: fabricar un abuso que no existió

Según surge de la sentencia, el demandado no solo agredió físicamente a la madre del niño, lo que motivó las medidas de restricción de acercamiento dictadas a favor de ella y de su hijo. También desplegó una estrategia de mayor complejidad y daño: promovió denuncias falsas contra la madre, acusándola de negligencia y de permitir abusos sexuales intrafamiliares hacia el menor por parte de un primo. Para sostener esa acusación, manipuló al niño para que fabulara ese relato ante las autoridades.

La maniobra fue desarticulada por las propias herramientas del sistema. Pericias pediátricas y psicológicas descartaron la existencia del abuso denunciado y permitieron al tribunal reconstruir el mecanismo de manipulación infantil como parte de una estrategia consciente del progenitor para infligir daño a través del hijo. Eso es, precisamente, la esencia de la violencia vicaria: usar a los hijos como instrumento de castigo contra la madre.

Un fallo que condena en todas las dimensiones

El tribunal declaró la responsabilidad del demandado por la comisión de hechos de violencia de género, violencia vicaria y violencia económica. Las medidas dispuestas en la sentencia articulan varios planos de intervención.

En términos de protección inmediata, se ratificaron las medidas de restricción de acercamiento a favor de la actora y de su hijo, ante las agresiones físicas directas acreditadas en el expediente.

En cuanto al vínculo paterno-filial, el fallo condicionó el restablecimiento del régimen de contacto entre el padre y el niño a la previa presentación de informes del tratamiento psicológico del menor, reconociendo que la salud emocional del hijo debe estar garantizada antes de cualquier revinculación.

El demandado, además, deberá cumplir de manera obligatoria una capacitación en violencia de género. Y sobre él pesa una sanción conminatoria pecuniaria de diez millones de pesos a favor de la víctima, herramienta prevista en el ordenamiento civil para forzar el cumplimiento de obligaciones de conducta.

Violencia vicaria: cuando el hijo es el arma

La violencia vicaria es una forma de violencia de género que se ejerce sobre los hijos o personas del entorno afectivo de la mujer con el fin de causarle sufrimiento, controlarla o someterla. No se dirige primariamente contra el niño; se dirige contra la madre, utilizando al niño como medio. Las formas que adopta son diversas: desde la sustracción o amenaza de sustracción de los hijos, hasta el uso de los procesos judiciales de familia como escenario de hostigamiento.

En este expediente, el demandado recurrió a la fabricación de una denuncia por abuso sexual, una de las modalidades más graves de violencia vicaria porque involucra al Poder Judicial como engranaje involuntario del maltrato, somete al niño a pericias y procesos revictimizantes, y busca desplazar a la madre del rol de víctima para colocarla en el de victimaria. El sistema probatorio resistió la maniobra, pero no siempre ocurre así.

En Argentina, la violencia vicaria no cuenta aún con tipificación expresa en la Ley 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, aunque existen proyectos legislativos en debate parlamentario. La ausencia de una norma específica no impidió que la justicia sanluiseña reconociera la figura y la aplicara con contundencia en este caso.

La violencia económica como capa adicional del control

El fallo también reconoció la existencia de violencia económica en el marco de la relación, una dimensión que frecuentemente acompaña a las otras formas de violencia de género y que consiste en el control, la privación o la administración abusiva de los recursos económicos de la víctima. Su inclusión en la sentencia refuerza la visión integral del tribunal sobre el patrón de conducta del demandado, que no se limitó a episodios aislados sino que configuró un esquema sostenido de dominación.

Un precedente que llega desde el interior

La sentencia cobra relevancia adicional por su origen geográfico. Santa Rosa del Conlara no es un centro urbano de las dimensiones de Córdoba o Rosario; es una ciudad intermedia del Valle del Conlara, en la provincia de San Luis. Que un juzgado de familia del interior profundo aplique la figura de la violencia vicaria con esta extensión y con estas consecuencias jurídicas concretas habla de una penetración creciente del enfoque de géneros en la administración de justicia, más allá de los grandes centros.

La sentencia no está firme, lo que significa que puede ser apelada. Sin embargo, su existencia como acto jurisdiccional ya constituye un antecedente que los operadores judiciales de todo el país pueden invocar al momento de resolver casos similares.

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