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Legislativo

Reglamentan la ley de respuesta integral para personas con VIH y hepatitis virales

En coincidencia con la conmemoración del Día Mundial del Sida, la reglamentación se efectivizó a través de los decretos 804 y 805 publicados hoy en el Boletín Oficial.

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El Gobierno aprobó la reglamentación de la Ley Nacional de Respuesta Integral para las personas con VIH, hepatitis virales, tuberculosis y otras infecciones de transmisión sexual y que incluye prestaciones de seguridad social para quienes se encuentren en situación de mayor vulnerabilidad con un enfoque de género y derechos humanos.

En coincidencia con la conmemoración del Día Mundial del Sida, la reglamentación se efectivizó a través de los decretos 804 y 805 publicados hoy en el Boletín Oficial con las firmas del presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete, Juan Manzur; y las ministras de Salud, Carla Vizzotti, y de Trabajo, Raquel Olmos.

La ley 27.675 fue aprobada por el Congreso a fines de junio pasado y propone un abordaje integral desde la salud colectiva para el VIH, hepatitis virales, tuberculosis (TBC) y otras infecciones de transmisión sexual (ITS) y busca brindar contención e información para derribar prejuicios y situaciones de discriminación.

“Estamos muy contentos de haber cumplido con la reglamentación de esta ley integral e intersectorial, que involucra el trabajo interdisciplinario y la intervención coordinada a nivel federal de muchos actores”, afirmó Vizzotti y destacó que “es producto de una construcción colectiva, de la que participaron siete ministerios nacionales y las carteras sanitarias de las 24 jurisdicciones a través del Consejo Federal de Salud (Cofesa), la sociedad civil y expertos en la materia”.

La ministra se refirió además al “compromiso del Presidente para que hoy, en el Día Mundial del VIH, podamos tener el decreto reglamentario”, y enfatizó que con esta norma se fortalecerá el acceso a la salud, el bienestar y la calidad de vida de las personas.

Tras poner en valor que se trata de la primera campaña con este nivel de alcance lanzada desde 2008, Vizzotti indicó que “son los ejes fundamentales que necesitamos que toda la población conozca”.

Y explicó: “El preservativo es la mejor vía para prevenir el VIH y otras infecciones de trasmisión sexual que están aumentando en el país y en el mundo, y el testeo es la herramienta más importante para saber si vivimos con VIH y, en caso de ser positivos, poder acceder a tratamientos que están cubiertos por el Estado y que hacen que podamos vivir como si no tuviéramos el virus”.

Por último, agregó que “el tercer concepto, Indetectable = Intransmisible, implica que una persona con diagnóstico de VIH y con carga viral indetectable no transmite el virus”.

La norma establece que todos los medicamentos, vacunas, procedimientos y productos médicos y no médicos para la prevención, diagnóstico, tratamiento y cura de estas infecciones son de “acceso universal, oportuno y gratuito”.

Se entiende por respuesta integral “aquella que, basada en la estrategia de la atención primaria de salud (APS), garantiza la investigación, prevención integral y combinada, diagnóstico, tratamiento, cura, asistencia interdisciplinaria (social, legal, psicológica, médica y farmacológica) y la reducción de riesgos y daños del estigma, la discriminación y la criminalización hacia las personas con VIH, hepatitis virales, TBC e ITS”.

El Ministerio de Salud es la autoridad de aplicación de la Ley y queda facultado para instar a la Agencia Nacional de Laboratorios Públicos (Anlap) a tomar acciones para cumplir con la respuesta integral, incluyendo el impulso a la producción pública de medicamentos y el desarrollo de vacunas.

La norma pone foco en lo social y establece la creación de un régimen de jubilación especial para las personas con VIH y con hepatitis B y/o C en la medida en la que ello condicione su vida o genere algún impedimento.

Tendrán derecho a la prestación básica universal, la prestación compensatoria y la prestación adicional por permanencia las personas que cumplan con los siguientes requisitos: haber cumplido cincuenta 50 años, acreditar veinte 20 años de servicios computables en uno o más regímenes del sistema de reciprocidad, y certificar diez años de transcurrido el diagnóstico al momento de solicitar el beneficio.

También la ley prevé una pensión no contributiva de carácter vitalicio para quienes se encuentren en situación de vulnerabilidad social y les otorga la cobertura de salud del Programa Federal Incluir Salud de la cartera sanitaria, según establece el anexo del decreto 804/2022.

Respecto a la erradicación de prácticas discriminatorias, se prohíbe ofrecer y realizar la prueba diagnóstica de VIH, hepatitis virales y otras ITS en los exámenes médicos preocupacionales y en el transcurso de la relación laboral.

En la reglamentación, se indica que todas las instituciones públicas o privadas que realicen exámenes de salud para el ámbito laboral deberán disponer en lugares visibles un letrero de un tamaño mínimo de ochenta centímetros que informe la prohibición de realizar pruebas diagnósticas de ITS y que se puede denunciar su incumplimiento llamando a la línea gratuita de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT).

Por otro lado, la ley destina un capítulo a «las mujeres y/o personas con capacidad de gestar», consagrando sus derechos en relación al acceso a la información sobre su propia salud y la del bebé, pero también sobre las opciones de parto «favoreciendo el derecho al parto por vía vaginal».

Asimismo, el Estado Nacional garantizará a las niñas y niños el acceso a fórmulas lácteas y se deberá contemplar la atención integral durante el embarazo y post-parto.

Además, la norma promueve la capacitación, investigación, difusión de campañas masivas y la conformación de una Comisión Nacional de VIH, Hepatitis Virales, otras ITS y Tuberculosis, integrada de forma interministerial e intersectorial por representantes de los organismos estatales, sociedades científicas y organizaciones de la sociedad civil para formular recomendaciones por consenso.

Cultura

Más destrucción de Milei: buscan derogar la Ley que protege a las librerías

Un anteproyecto impulsado por el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado propone eliminar la Ley 25.542 de Defensa de la Actividad Librera. Libreros, editoriales y entidades del sector alertaron que la medida favorecería la concentración del mercado, pondría en riesgo a las librerías independientes y afectaría la bibliodiversidad en la Argentina.

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El Gobierno nacional impulsa un anteproyecto para derogar la Ley 25.542 de Defensa de la Actividad Librera y la iniciativa encendió las alarmas en toda la cadena del libro. Desde editoriales, librerías independientes y cámaras del sector advirtieron que la eliminación de la norma favorecería la concentración del mercado, reduciría la oferta editorial y pondría en riesgo cientos de comercios dedicados a la venta de libros en todo el país.

La iniciativa fue elaborada por el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, a cargo de Federico Sturzenegger, y apunta a eliminar una legislación vigente desde hace más de dos décadas que establece el precio único de venta al público para los libros.

Qué establece la Ley de Defensa de la Actividad Librera

La Ley 25.542, sancionada en 2001 y vigente desde 2002, obliga a que cada libro tenga el mismo precio de venta en cualquier librería del país, independientemente del canal comercial donde se adquiera.

La norma contempla excepciones para determinadas operaciones, como descuentos de hasta el 10% durante ferias del libro o ventas a bibliotecas e instituciones culturales, y rebajas de hasta el 50% para compras destinadas a programas públicos de distribución gratuita. También excluye a libros usados, de colección, artesanales, descatalogados o importados a precio de saldo.

El objetivo de la ley fue evitar que grandes cadenas comerciales o plataformas con mayor poder económico utilicen los libros como producto de atracción mediante descuentos imposibles de igualar para las librerías independientes.

El sector advirtió por el impacto de la derogación

La posible eliminación de la norma recibió un amplio rechazo de las principales entidades vinculadas al mundo editorial.

Desde la Cámara Argentina del Libro (CAL) sostuvieron que el precio único «es la herramienta fundamental para proteger a las librerías independientes y a las editoriales pymes frente a la concentración del mercado», además de garantizar el acceso federal a la lectura y preservar la bibliodiversidad.

En la misma línea, la Cámara Argentina de Librerías Independientes (CALI) consideró que la iniciativa constituye «un ataque contra la cultura» y remarcó que cada librería representa un espacio de encuentro, promoción de nuevos autores y desarrollo de la industria editorial.

La Fundación El Libro, organizadora de la Feria Internacional del Libro de Buenos Aires, también expresó su preocupación y afirmó que la legislación permitió sostener durante más de veinte años una amplia red de librerías independientes en todo el territorio nacional, reconocida internacionalmente por su diversidad y alcance.

Advierten por el futuro de las librerías de barrio

Libreros de distintas provincias coincidieron en que la derogación pondría en desventaja a los comercios independientes frente a las grandes cadenas y plataformas de venta online.

María Eugenia Ajamil, responsable de Boutique del Libro de Ushuaia, sostuvo que la normativa permitió que libros de editoriales pequeñas llegaran a todos los rincones del país y alertó que, sin esa protección, «solo sobrevivirán los títulos más rentables».

En el mismo sentido, Giselle Ale, titular de Fray Mocho y Libros de la Arena, de Mar del Plata, recordó que la ley «no le cuesta un peso al Estado» y aseguró que garantiza condiciones equitativas de competencia entre librerías independientes, cadenas comerciales y plataformas digitales.

Desde el sector también remarcaron que la experiencia internacional muestra que, en los países donde se eliminó el precio único del libro, desaparecieron numerosas librerías independientes y el mercado quedó concentrado en pocos actores, con una oferta editorial más reducida y menos espacio para autores emergentes y editoriales de menor escala.

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