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Gremiales

Camioneros bajo tensión: OCA confirma cronograma de pagos escalonados

ARCA embargó cuentas de la empresa, complicando su operatoria

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Lo que tenés que saber

  • El sueldo de julio se abonará en tres cuotas entre el 3 y el 11 de julio
  • El aguinaldo tiene fecha confirmada para el 31 de julio
  • OCA atraviesa un concurso preventivo con una deuda de $100.000 millones
  • ARCA embargó cuentas de la empresa, complicando su operatoria
  • El sindicato desmintió rumores sobre despidos de delegados gremiales

OCA acordó pagar el sueldo de julio en cuotas y el aguinaldo a fin de mes

La empresa postal OCA confirmó, luego de una negociación con los delegados de la Rama Correo del sindicato de Camioneros, un cronograma de pagos en medio de una situación financiera compleja. El acuerdo establece fechas concretas tanto para el pago escalonado del salario de julio como para el medio aguinaldo correspondiente.

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Según informaron los delegados sindicales tras el encuentro con representantes de la empresa, el esquema de pagos se desarrollará de la siguiente forma:

Sueldo de julio

  • 30% el 3 de julio
  • 30% el 7 de julio
  • 40% el 11 de julio

Aguinaldo

  • Fecha confirmada para el 31 de julio

Concurso preventivo y presión económica por parte de ARCA

OCA, el mayor operador postal privado del país, se encuentra actualmente bajo concurso preventivo. La Justicia Comercial habilitó este proceso luego de que la firma, presidida por Claudio Altermar Jesús Espinoza, quedara en situación crítica debido a una deuda de $100.000 millones con ARCA (ex AFIP).

Los embargos masivos aplicados por el organismo recaudador durante la actual gestión libertaria afectaron directamente la liquidez de la empresa, que depende de sus cuentas operativas para cumplir con obligaciones laborales y comerciales.

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Desmienten despidos de delegados sindicales

En paralelo al acuerdo salarial, circularon versiones sobre un supuesto intento de la empresa de desvincularse del gremio de Camioneros y despedir a los delegados. No obstante, fuentes sindicales consultadas descartaron esa posibilidad y aseguraron que no existen medidas de ese tipo en curso.

Cambios internos en puerta

A pesar del hermetismo, se confirmó la próxima designación de un nuevo síndico dentro del proceso concursal. Hasta el momento, no se difundieron detalles sobre la persona que asumirá el cargo ni las posibles repercusiones que podría tener esta modificación en el proceso de reorganización empresarial.

Educación

La Justicia suspende la esencialidad docente y frena la reforma laboral del Gobierno

Un fallo con alcance nacional suspendió la aplicación del artículo 101 de la Ley 27.802, que imponía un 75% de funcionamiento en paros docentes. La medida fue impulsada por UDA y deja en pausa un punto central de la reforma laboral.

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Lo que tenés que saber

  • 75% de servicio mínimo exigía la norma durante huelgas
  • 1 artículo clave (101) fue suspendido por la Justicia
  • 1 fallo nacional frena la aplicación de la reforma docente
  • 2 actores sindicales (UDA y CGT) respaldaron la medida
  • Aplicación inmediata en todo el sistema educativo

La Justicia frena la esencialidad en educación

Un fallo de la Justicia laboral suspendió de manera provisoria la aplicación de la reforma laboral en el sector docente. La decisión deja sin efecto la declaración de esencialidad del servicio educativo contemplada en la Ley N.º 27.802.

La resolución fue firmada por el juez José Ignacio Ramonet, titular del Juzgado Nacional del Trabajo N.º 74, tras un planteo presentado por la Unión Docentes Argentinos (UDA).

El eje del conflicto: el artículo 101

El punto central del fallo es la suspensión del artículo 101, que establecía que la educación debía considerarse un servicio esencial.

La normativa obligaba a garantizar un mínimo del 75% de actividad durante huelgas, lo que fue cuestionado por los sindicatos por limitar el derecho a la protesta.

Postura sindical y declaraciones

El titular de la UDA, Sergio Romero, cuestionó la medida al afirmar: “Esencial es garantizar salarios dignos y condiciones adecuadas para el proceso educativo”.

Además, sostuvo que la reforma era “mezquina y sin consenso” y consideró que la suspensión judicial protege derechos laborales fundamentales.

Respaldo de la CGT y escenario gremial

La CGT acompañó el reclamo y celebró la decisión judicial. La central ya había logrado frenar otros aspectos de la reforma en instancias anteriores.

Este nuevo fallo profundiza el conflicto entre el Gobierno y los sindicatos, en un contexto de discusión sobre condiciones laborales y regulación del derecho a huelga.

Alcance de la medida y próximos pasos

La suspensión tiene alcance nacional y aplicación inmediata, lo que implica que el artículo no podrá implementarse mientras se resuelve el fondo de la cuestión.

Se trata de una medida provisoria que mantiene abierto el debate judicial y político sobre el futuro de la reforma laboral docente.

Conclusión

La Justicia suspendió el artículo 101 de la Ley 27.802, que exigía un 75% de actividad en huelgas. La medida tiene alcance nacional, fue impulsada por UDA y respaldada por la CGT, y deja en pausa la esencialidad del servicio educativo.

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