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Educación

Escuelas sin pantallas: Neuquén restringe el uso de celulares por ley

La nueva ley restringe el uso de dispositivos móviles en todos los niveles educativos, con excepciones específicas. La medida apunta a mejorar la concentración y prevenir situaciones de violencia o distracción en el aula.

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La Legislatura de Neuquén sancionó esta semana una ley pionera en la Argentina que prohíbe el uso de celulares en todos los niveles educativos, tanto en escuelas públicas como privadas. La norma convierte a la provincia patagónica en la primera jurisdicción del país en regular por ley este tema con alcance integral.

La medida aplica a los niveles inicial, primario y secundario, y contempla excepciones justificadas para emergencias, estudiantes con discapacidad o actividades pedagógicas previamente autorizadas por docentes.

Desde el Gobierno neuquino afirmaron que la ley busca reducir las distracciones en clase, mejorar la calidad educativa y evitar situaciones de hostigamiento o violencia digital durante la jornada escolar.

El Ministerio de Educación provincial será la autoridad de aplicación, con la responsabilidad de reglamentar los detalles: dónde se guardarán los dispositivos, si basta con mantenerlos apagados o si deberán entregarse al ingresar al aula, entre otros aspectos operativos.

Cómo se implementará la prohibición según el nivel

El texto legal distingue entre niveles educativos y establece distintos grados de restricción:

  • Nivel inicial: prohibición total del uso de celulares durante la jornada escolar.
  • Nivel primario: solo se podrá usar el dispositivo con autorización expresa de las familias y con fines pedagógicos avalados por el equipo docente.
  • Nivel secundario: el uso del celular estará permitido únicamente si el docente lo autoriza como herramienta pedagógica. En este caso, no se requerirá autorización de los padres o tutores.

Además, la normativa contempla excepciones puntuales en situaciones de emergencia y para estudiantes con discapacidad que requieran dispositivos móviles para comunicarse o acceder a recursos educativos específicos. Estas cláusulas fueron incluidas para garantizar la accesibilidad y el derecho a la comunicación en contextos justificados.

Una ley que también protege a los docentes

El proyecto aprobado también incorporó una serie de medidas complementarias de convivencia escolar. Entre ellas, se destaca una disposición que sanciona las agresiones a docentes, previendo multas, trabajos comunitarios o hasta arresto de 30 días en casos graves. La ley establece también la creación de una Comisión Preventiva del Consejo Provincial de Educación, encargada de actuar ante episodios de violencia escolar.

El debate parlamentario reflejó consenso entre las principales fuerzas políticas, aunque algunos legisladores reclamaron que se sumen campañas de sensibilización y capacitaciones docentes para evitar que la medida se convierta en una mera prohibición punitiva.

Un modelo que podría extenderse a otras provincias

La norma fue celebrada por distintos sectores educativos y por asociaciones de padres y madres que desde hace años denuncian el impacto negativo del uso desmedido de celulares en las aulas.

En diálogo con Noticia7, autoridades del Ministerio de Educación aseguraron que la implementación será gradual y adaptada al tipo de institución, con participación de directivos, supervisores y equipos técnicos pedagógicos.

“Neuquén marca un precedente a nivel nacional que seguramente será observado por otras provincias”, señalaron desde el gremio docente ATEN, que acompañó el proyecto pero pidió que se evite criminalizar el uso tecnológico y se apueste a la formación digital crítica de los estudiantes.

Educación

La justicia le dijo basta a Milei: la UBA ganó y debe liberar los fondos universitarios ya

El juez federal Martín Cormick dio lugar a una cautelar de la UBA y obligó al Ejecutivo a liberar de inmediato los fondos de la Ley 27.795. El fallo advierte que el incumplimiento genera perjuicios graves e irreparables y que el Decreto 759/2025 no tenía respaldo constitucional para suspender la aplicación de la norma.

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El Argentino Diario-UBA-Aumento Salarial-Docentes universitarios.

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal N° 11 emitió una medida cautelar en favor de la Universidad de Buenos Aires y ordenó al Gobierno nacional dar cumplimiento inmediato a los artículos 4°, 5°, 6° y 7° de la Ley 27.795 de Financiamiento Universitario. El fallo del juez Martín Cormick representa un nuevo revés legal para la gestión de Javier Milei en su pulseada con el sistema universitario público, una disputa que ya lleva más de dos años y que tiene como trasfondo un desfinanciamiento estructural sin precedentes en décadas.

El fraude constitucional que el juez no toleró

La UBA llevó adelante una demanda contra el Decreto 759/2025, que promulgó la Ley 27.795 pero suspendió su aplicación efectiva, condicionándola a que el Congreso definiera las fuentes de financiamiento. La universidad calificó esa maniobra como un «fraude constitucional»: el Poder Ejecutivo se valió del acto de promulgación para vaciar de contenido una norma que el propio Parlamento ya había ratificado, incluso al rechazar el veto presidencial.

Para Cormick, el argumento oficial no resistió el escrutinio jurídico. Una vez que el Congreso insistió con la ley y descartó el veto, el proceso legislativo, según el magistrado, «no admitía variantes suspensivas para la aplicación de la ley». Dicho de otro modo: el Ejecutivo no tenía margen constitucional para seguir frenando el cumplimiento de una norma que el Poder Legislativo ya había sostenido en dos oportunidades.

Salarios deteriorados y derechos en riesgo

El juez Cormick no se limitó a los argumentos procesales. El fallo identificó con precisión el daño concreto que el incumplimiento produce sobre los trabajadores universitarios: perjuicios graves de imposible reparación ulterior, asociados al deterioro sostenido de los ingresos del sector. En ese contexto, el magistrado destacó que la falta de aplicación de la ley afecta directamente el derecho a enseñar y aprender establecido en la Constitución Nacional, un estándar que el propio Gobierno invoca retóricamente pero no garantiza en los hechos.

El dato que ilumina la dimensión del problema fue incluido en el propio fallo: el impacto fiscal de cumplir con la ley representa apenas el 0,23% del PBI. Cormick subrayó que esa cifra constituye «un ahorro poco significativo para el presupuesto global de gastos de la administración pública». La pregunta que queda flotando, incómoda para el Gobierno, es si el recorte tiene una lógica fiscal real o si responde a una decisión política de disciplinamiento del sector universitario.

El acuerdo de junio que el Estado firmó y no cumplió

El fallo también responde a una demanda del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), que reclamó que el Ejecutivo cumpliera el acta firmada el 10 de junio, en la que el Estado se comprometió a transferir a las universidades nacionales los fondos necesarios para aplicar un aumento salarial del 24,33%. Tras esa firma, el Gobierno intentó que se levantara la cautelar anterior, argumentando que el acuerdo dejaba sin efecto el planteo judicial. El juez rechazó esa interpretación: el Estado, a su criterio, no logró demostrar que los acuerdos alcanzados hubieran resuelto de manera efectiva y definitiva el deterioro del poder adquisitivo y la pérdida salarial del colectivo afectado. Firmar y no cumplir no equivale a resolver el conflicto. La cautelar, por lo tanto, se mantiene.

Antecedentes de una batalla judicial que el Gobierno viene perdiendo

Este fallo se inscribe en una secuencia de disputas judiciales en torno al financiamiento universitario que el Ejecutivo no logra resolver a su favor de manera definitiva. En mayo de 2026, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal había concedido un recurso extraordinario presentado por el Gobierno y suspendido transitoriamente una cautelar anterior, mientras la Corte Suprema definía su posición. La apuesta del Ejecutivo era que la Corte cerrara el capítulo. Eso no ocurrió, y el litigio continuó. Ahora el juez de primera instancia vuelve a ordenar el cumplimiento de la ley, en el marco de la demanda específica de la UBA por el Decreto 759/2025. El sistema universitario acumula una caída real del financiamiento que, según datos del propio CIN, representa un desplome de más del 45% en las transferencias estatales entre 2023 y 2026, mientras los salarios docentes perdieron más de 30 puntos porcentuales de poder adquisitivo en el mismo período.

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