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La reforma laboral de Milei: qué dice sobre vacaciones, despidos y límites sindicales

El Gobierno envió al Senado la iniciativa que modifica vacaciones, despidos, ultraactividad y prácticas sindicales. Bullrich busca media sanción exprés antes de fin de año.

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— 🎙️ Resumen de audio generado por IA.

★ El presidente Javier Milei regresó de su viaje a Oslo y firmó el proyecto de Reforma Laboral, que fue enviado al Congreso de la Nación.

La iniciativa ingresó al Senado de la Nación esta mañana y su discusión en comisión iniciaría la semana próxima, aunque la senadora y titular del bloque LLA, Patricia Bullrich, pujaba para acelerar los tiempos.

En el calendario ideal del oficialismo, la discusión del proyecto estaba prevista para este jueves o, más tardar, viernes. Sin embargo, las modificaciones al texto original contribuyeron al retraso y recién hoy pudo ser remitido al Poder Legislativo.

Aunque su paso por la Cámara de Diputados ya está descartado durante lo poco que resta del 2025, Bullrich aspira conseguir la media sanción de la Cámara alta en los próximos días con un tratamiento exprés.

Vacaciones: flexibilización y fraccionamiento

La reforma propone una reorganización del régimen de vacaciones con mayor flexibilidad para empresas y trabajadores. Establece que el período anual deberá otorgarse entre el 1° de octubre y el 30 de abril, aunque las partes podrán pactar fechas diferentes.

Se introduce la posibilidad de fraccionar las vacaciones en tramos nunca inferiores a siete días y se garantiza que cada trabajador pueda disfrutar vacaciones en verano al menos una vez cada tres años. También se regula el procedimiento en caso de interrupción por enfermedad, obligando a reprogramar los días pendientes.

Despidos: topes y fondos de cese laboral

El proyecto redefine la indemnización por despido sin justa causa: un mes de sueldo por año trabajado, calculado sobre la mejor remuneración mensual, normal y habitual, con topes basados en el convenio aplicable. Además habilita a empleadores a constituir fondos de cese laboral para solventar dicha indemnización, y reafirma que esta compensación es la única reparación posible, excluyendo reclamos civiles paralelos. Se ajusta el régimen de preaviso y se mantienen las indemnizaciones especiales para supuestos de enfermedad, accidente o muerte del trabajador.

Remuneraciones: beneficios sociales sin aportes

El texto amplía la definición de conceptos remunerativos y no remunerativos. Los llamados beneficios sociales —comedor, reintegros médicos, guardería, útiles escolares, cursos— se consolidan como no remunerativos, sin aportes ni contribuciones. Se habilita la creación de componentes remunerativos dinámicos, fijos o variables, por negociación colectiva o decisión unilateral, los cuales no generan derechos adquiridos: no aplican ultraactividad ni continuidad tácita. Además se exige que todo salario en dinero sea abonado por acreditación bancaria o medios electrónicos, y se actualiza el régimen de recibos y deducciones.

Ultraactividad y formalización laboral

La reforma impacta directamente en la ultraactividad: los nuevos componentes remunerativos variables no generan ultraactividad, aun tras largo tiempo de aplicación. En materia de formalización laboral, se introduce un registro centralizado ante ARCA como única validación necesaria, y se fortalece la presunción a favor del trabajador cuando exista omisión de registración. Se simplifica el sistema de recibos digitales y se impulsa la trazabilidad mediante herramientas tecnológicas.

Convenios colectivos: restricciones a la aplicación

El proyecto restringe la aplicación extensiva o analógica de los convenios: sólo rigen para sus partes y su ámbito directo. Se reconoce que los CCT pueden fijar topes de personal part-time, definir métodos de cálculo de jornada mediante promedios y negociar componentes salariales variables. También se les concede la facultad de reemplazar el régimen indemnizatorio tradicional por fondos de cese laboral sectoriales.

Procedimientos judiciales: límites a intereses y honorarios

El proyecto redefine el esquema de actualización de créditos laborales, vinculándolos al IPC más 3% anual, prohibiendo intereses sobre intereses salvo mora posterior a sentencia firme. En juicios en trámite se aplicará el criterio de interés moratorio del BCRA, con límites superiores e inferiores para evitar desbalances.

Se establece que los pagos deberán realizarse preferentemente en la cuenta sueldo del trabajador, se limita el pacto de cuota litis al 20% y los honorarios totales al 25% del monto de sentencia, con prorrateo si se superan esos límites. Se obliga a los jueces a remitir antecedentes a ARCA cuando se detecte empleo no registrado o incompletamente registrado.

Prácticas sindicales: restricciones y controles

El proyecto introduce regulaciones que reconfiguran el rol gremial en ciertos casos. Los trabajadores eventuales no podrán ocupar cargos sindicales que impliquen tutela. Limita deducciones automáticas a favor de sindicatos sólo cuando provengan de leyes, estatutos o convenios de empresa signatarios, requiriendo consentimiento expreso del trabajador en el resto de los casos.

Asimismo, se establece que los acuerdos transaccionales, conciliatorios o liberatorios deberán contar con intervención judicial o administrativa para ser válidos, reforzando controles sobre prácticas sindicales vinculadas a conciliaciones.

Puntos clave:

• La reforma flexibiliza vacaciones y permite fraccionamiento en tramos no menores a siete días

• Se establecen topes a las indemnizaciones por despido y se habilitan fondos de cese laboral

• Los beneficios sociales quedan consolidados como no remunerativos, sin aportes ni contribuciones

• Se elimina la ultraactividad para componentes remunerativos variables y se restringen los convenios colectivos

• Se limitan honorarios al 25% del monto de sentencia y se restringen deducciones sindicales automáticas

Consumo

Pascuas con sabor a ajuste: el pescado también se vuelve un lujo en Semana Santa

Un relevamiento de precios mostró valores elevados en productos clave. En un contexto de caída del poder adquisitivo, el consumo se adapta entre tradiciones y bolsillos ajustados.

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En la antesala de la Semana Santa, el pescado vuelve a ocupar un lugar central en la mesa de muchas familias argentinas. La tradición religiosa (que evita el consumo de carne roja, especialmente el Viernes Santo) impulsa la demanda, pero también tensiona los precios en un contexto económico adverso.

Un relevamiento de precios actuales mostró los valores actuales, que muestran una brecha importante entre productos básicos y opciones más exclusivas.

La lista de precios, producto por producto

En la pescadería Santa Bárbara, los precios exhibidos son los siguientes:

Filete de merluza: $13.900 el kilo

Filete de lisa: $13.900 el kilo

Pollo de mar: $11.800 el kilo

Pejerrey: $10.900 el kilo

Trucha: $33.900 el kilo Salmón rosado: $39.000 el kilo

Paella de mariscos: $40.000 el kilo

Media docena de empanadas de pescado (congeladas): $12.900

El abanico refleja una fuerte segmentación: mientras algunas opciones buscan sostener cierto acceso, otras quedan directamente fuera del alcance de amplios sectores.

No hay por qué aumentar”: la estrategia del comercio

Diego, dueño del local, aseguró que decidió no remarcar precios pese al pico de demanda. Según explicó, la mercadería llega de forma directa desde Mar del Plata, lo que le permite sostener costos.

“Se está vendiendo bien. Tratamos de tener precios que la gente se pueda pueda pagar. La idea es que los clientes se vayan contentos”, sostuvo.

En la misma línea, planteó una lógica que contrasta con la especulación estacional habitual:

“Hay que cuidar al cliente. Es un momento donde la gente hace lo que puede para llegar a fin de mes”.

Tradición religiosa vs. crisis económica

El consumo de pescado en estas fechas no es solo cultural, sino también litúrgico. Sin embargo, en un escenario de deterioro del ingreso, muchas familias ajustan cantidades, reemplazan especies o directamente resignan la tradición.

Se priorizan cortes más económicos Se reduce el volumen de compra Crecen alternativas como productos congelados

Lo que históricamente fue una práctica extendida hoy aparece condicionado por la capacidad de compra.

Entre la demanda estacional y la pulseada por el consumo

Aunque algunos comercios buscan sostener precios para mantener el flujo de ventas, en el sector reconocen que la Semana Santa sigue siendo un momento donde suele haber remarcaciones. La lógica es simple: mayor demanda, mayor precio.

Sin embargo, el dato que empieza a repetirse es otro: incluso en fechas clave, el consumo ya no responde como antes. La tradición persiste, pero el bolsillo manda.

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