Economía 💲
La reforma laboral de Milei: qué dice sobre vacaciones, despidos y límites sindicales
El Gobierno envió al Senado la iniciativa que modifica vacaciones, despidos, ultraactividad y prácticas sindicales. Bullrich busca media sanción exprés antes de fin de año.
— 🎙️ Resumen de audio generado por IA.
★ El presidente Javier Milei regresó de su viaje a Oslo y firmó el proyecto de Reforma Laboral, que fue enviado al Congreso de la Nación.
La iniciativa ingresó al Senado de la Nación esta mañana y su discusión en comisión iniciaría la semana próxima, aunque la senadora y titular del bloque LLA, Patricia Bullrich, pujaba para acelerar los tiempos.
En el calendario ideal del oficialismo, la discusión del proyecto estaba prevista para este jueves o, más tardar, viernes. Sin embargo, las modificaciones al texto original contribuyeron al retraso y recién hoy pudo ser remitido al Poder Legislativo.
Aunque su paso por la Cámara de Diputados ya está descartado durante lo poco que resta del 2025, Bullrich aspira conseguir la media sanción de la Cámara alta en los próximos días con un tratamiento exprés.
Vacaciones: flexibilización y fraccionamiento
La reforma propone una reorganización del régimen de vacaciones con mayor flexibilidad para empresas y trabajadores. Establece que el período anual deberá otorgarse entre el 1° de octubre y el 30 de abril, aunque las partes podrán pactar fechas diferentes.
Se introduce la posibilidad de fraccionar las vacaciones en tramos nunca inferiores a siete días y se garantiza que cada trabajador pueda disfrutar vacaciones en verano al menos una vez cada tres años. También se regula el procedimiento en caso de interrupción por enfermedad, obligando a reprogramar los días pendientes.
Despidos: topes y fondos de cese laboral
El proyecto redefine la indemnización por despido sin justa causa: un mes de sueldo por año trabajado, calculado sobre la mejor remuneración mensual, normal y habitual, con topes basados en el convenio aplicable. Además habilita a empleadores a constituir fondos de cese laboral para solventar dicha indemnización, y reafirma que esta compensación es la única reparación posible, excluyendo reclamos civiles paralelos. Se ajusta el régimen de preaviso y se mantienen las indemnizaciones especiales para supuestos de enfermedad, accidente o muerte del trabajador.
Remuneraciones: beneficios sociales sin aportes
El texto amplía la definición de conceptos remunerativos y no remunerativos. Los llamados beneficios sociales —comedor, reintegros médicos, guardería, útiles escolares, cursos— se consolidan como no remunerativos, sin aportes ni contribuciones. Se habilita la creación de componentes remunerativos dinámicos, fijos o variables, por negociación colectiva o decisión unilateral, los cuales no generan derechos adquiridos: no aplican ultraactividad ni continuidad tácita. Además se exige que todo salario en dinero sea abonado por acreditación bancaria o medios electrónicos, y se actualiza el régimen de recibos y deducciones.
Ultraactividad y formalización laboral
La reforma impacta directamente en la ultraactividad: los nuevos componentes remunerativos variables no generan ultraactividad, aun tras largo tiempo de aplicación. En materia de formalización laboral, se introduce un registro centralizado ante ARCA como única validación necesaria, y se fortalece la presunción a favor del trabajador cuando exista omisión de registración. Se simplifica el sistema de recibos digitales y se impulsa la trazabilidad mediante herramientas tecnológicas.
Convenios colectivos: restricciones a la aplicación
El proyecto restringe la aplicación extensiva o analógica de los convenios: sólo rigen para sus partes y su ámbito directo. Se reconoce que los CCT pueden fijar topes de personal part-time, definir métodos de cálculo de jornada mediante promedios y negociar componentes salariales variables. También se les concede la facultad de reemplazar el régimen indemnizatorio tradicional por fondos de cese laboral sectoriales.
Procedimientos judiciales: límites a intereses y honorarios
El proyecto redefine el esquema de actualización de créditos laborales, vinculándolos al IPC más 3% anual, prohibiendo intereses sobre intereses salvo mora posterior a sentencia firme. En juicios en trámite se aplicará el criterio de interés moratorio del BCRA, con límites superiores e inferiores para evitar desbalances.
Se establece que los pagos deberán realizarse preferentemente en la cuenta sueldo del trabajador, se limita el pacto de cuota litis al 20% y los honorarios totales al 25% del monto de sentencia, con prorrateo si se superan esos límites. Se obliga a los jueces a remitir antecedentes a ARCA cuando se detecte empleo no registrado o incompletamente registrado.
Prácticas sindicales: restricciones y controles
El proyecto introduce regulaciones que reconfiguran el rol gremial en ciertos casos. Los trabajadores eventuales no podrán ocupar cargos sindicales que impliquen tutela. Limita deducciones automáticas a favor de sindicatos sólo cuando provengan de leyes, estatutos o convenios de empresa signatarios, requiriendo consentimiento expreso del trabajador en el resto de los casos.
Asimismo, se establece que los acuerdos transaccionales, conciliatorios o liberatorios deberán contar con intervención judicial o administrativa para ser válidos, reforzando controles sobre prácticas sindicales vinculadas a conciliaciones.
Puntos clave:
• La reforma flexibiliza vacaciones y permite fraccionamiento en tramos no menores a siete días
• Se establecen topes a las indemnizaciones por despido y se habilitan fondos de cese laboral
• Los beneficios sociales quedan consolidados como no remunerativos, sin aportes ni contribuciones
• Se elimina la ultraactividad para componentes remunerativos variables y se restringen los convenios colectivos
• Se limitan honorarios al 25% del monto de sentencia y se restringen deducciones sindicales automáticas
Legislativo
El costo de la ley de discapacidad es de solo el 0,07% del PIB
La Oficina de Presupuesto del Congreso estimó que el dictamen de mayoría sobre discapacidad insumiría hasta $1,2 billones en 2028. El oficialismo lo usa como argumento para bloquear el quórum y también hundir el debate sobre el DNU 70.
Ciento ochenta y siete millones de pesos por hora. Ese es el equivalente aproximado del costo fiscal que la Oficina de Presupuesto del Congreso (OPC) calculó para el proyecto de ley sobre discapacidad que cuenta con dictamen de mayoría: $1.209.567 millones para 2028, un 0,07% del PIB. Es el número que el Gobierno de Javier Milei agita ante sus aliados parlamentarios para persuadirlos de no aportar quórum a la sesión convocada para el 15 de octubre, donde también se buscará voltear el DNU 70.
El informe técnico de la OPC, organismo dependiente del Poder Legislativo, proyectó dos escenarios. Para 2027, el costo ascendería a $598.912 millones (0,04% del PIB), bajo un esquema de incorporación gradual de nuevos beneficiarios. Para 2028, con un año completo de aplicación, el monto trepería a $1.209.567 millones (0,07% del PIB). El documento aclara que esas cifras representan únicamente el gasto incremental y no incluyen lo que el Estado ya eroga por la Pensión No Contributiva (PNC) por invalidez laboral, que hoy tienen 1.141.486 personas.
Quiénes son los nuevos beneficiarios y cómo se determinan
El universo de potenciales incorporaciones surge de aplicar el tope de ingresos equivalente a dos Salarios Mínimos, Vitales y Móviles sobre el total de personas de entre 18 y 64 años que poseen Certificado Único de Discapacidad (CUD) vigente pero no perciben actualmente la pensión por invalidez laboral. La OPC subraya que el escenario de incorporación gradual para 2027 «representa un incremento del 6,1% respecto del gasto total en pensiones no contributivas incluido en el Proyecto de Ley de Presupuesto 2027».
En materia de cobertura médica, el informe estima que unos 76.000 nuevos titulares podrían requerir la cobertura del programa Incluir Salud, aunque no realiza una estimación monetaria dada la variabilidad en el uso de servicios y la superposición con el sistema público. La OPC advierte que su incorporación «implicaría fundamentalmente un reordenamiento de las fuentes de financiamiento, desplazando la carga erogativa desde los niveles subnacionales hacia el nivel nacional», lo que equivale a decir que el gasto ya existe; solo cambiaría quién lo paga.
La deuda con los prestadores: una obligación que ya existía
El dictamen también mantiene una manda preexistente: la compensación a prestadores de servicios de discapacidad por los desfasajes entre aranceles e inflación registrados entre diciembre de 2023 y diciembre de 2024. La OPC precisa que «el dictamen no genera un gasto adicional respecto del marco vigente, sino que mantiene una obligación ya establecida y pendiente de ejecución», estimada en $278.323 millones según el Decreto 84/2026. En otras palabras, es una deuda que el Estado ya tiene y que la ley solo ordena honrar.
El superávit como escudo político
La operación política del oficialismo es transparente: presentar el costo fiscal de ampliar derechos como una amenaza al equilibrio macroeconómico y, desde ahí, presionar a los aliados parlamentarios para que no habiliten la sesión del 15 de octubre. La fecha no es casual: en esa misma jornada se prevé tratar también la impugnación al DNU 70, la norma de desregulación masiva que concentra buena parte de las reformas estructurales del gobierno libertario.
Sin embargo, los propios números de la OPC relativizan el argumento. El Proyecto de Presupuesto 2027 contempla una reserva de $3.660.978 millones (0,26% del PIB) para atender mayores erogaciones en jubilaciones y pensiones, de la cual el escenario de incorporación gradual del dictamen de discapacidad absorbería apenas el 16,4%. Además, el presupuesto prevé una reserva de $1.324.523 millones (0,09% del PIB) para transferencias del área de salud. Los fondos están previstos; la decisión es política, no presupuestaria.
Lo que tenés que saber:
- La OPC estimó el costo del dictamen de mayoría sobre discapacidad en $598.912 millones en 2027 y $1.209.567 millones en 2028, equivalentes al 0,04% y 0,07% del PIB respectivamente.
- El costo calculado es solo el gasto incremental: no incluye la PNC por invalidez laboral que ya cobran 1.141.486 personas.
- El Presupuesto 2027 ya prevé reservas específicas que absorberían holgadamente ese costo adicional, según el mismo informe técnico.
- Unos 76.000 nuevos titulares podrían ingresar al programa Incluir Salud, pero eso significaría una reasignación de gasto entre niveles del Estado, no gasto nuevo.
- El oficialismo usa el informe para presionar a aliados y evitar el quórum del 15 de octubre, sesión donde también se debatiría el DNU 70.
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