DDHH
La Secretaría de DDHH denunció a Espert por pedir «bala» para manifestantes en Lago Escondido
La denuncia fue presentada este miércoles por el secretario Horacio Pietragalla Corti a partir de un mensaje en Twitter en el que Espert reclama «Cárcel o bala para estos delincuentes», en referencia a un tuit en el que Grabois difundió la manifestación.
La Secretaría de Derechos Humanos de la Nación denunció penalmente hoy al diputado nacional José Luis Espert por instigación a la violencia luego de que pidiera públicamente «cárcel o bala» contra el dirigente social Juan Grabois y otras personas que izaron una bandera a orillas de Lago Escondido, en la provincia de Bariloche, donde el magnate británico Joe Lewis posee tierras que se encuentran en litigio con la Justicia.
La denuncia fue presentada este miércoles por el secretario Horacio Pietragalla Corti a partir de un mensaje en Twitter en el que Espert reclama «Cárcel o bala para estos delincuentes», en referencia a un tuit en el que Grabois difundió la manifestación.
En la presentación el secretario de Derechos Humanos destacó la «peligrosidad y el carácter antidemocrático» del mensaje de Espert, «especialmente teniendo en cuenta la reiteración de estas conductas y que quien difunde estas expresiones violentas sea un diputado nacional».
Este tipo de declaraciones se encuentran prohibidas por el artículo 209 del Código Penal, que pena a quien «públicamente instigare a cometer un delito determinado contra una persona o institución», fundamenta la denuncia a la que tuvo acceso, que quedó radicada ante el Juzgado Criminal y Correccional Federal 5, a cargo de María Eugenia Capuchetti.
La Secretaría de Derechos Humanos recordó en su escrito que en septiembre ya denunció a Espert por un mensaje similar, en el que pidió «Código Penal Art 181, delito de usurpación. Cárcel (6 meses a 3 años) o bala» para miembros del Sindicato Único de Trabajadores del Neumático Argentino (Sutna), quienes reclamaban en el Ministerio de Trabajo.
Esa causa recayó en el Juzgado Federal 8 de la Ciudad de Buenos Aires, a cargo Marcelo Martínez De Giorgi, quien decidió archivarla pocos días después.
«Es evidente que la falta de respuesta judicial adecuada ante expresiones que configuran el delito de instigación pública por parte de un diputado nacional genera su repetición. En un país con alta conflictividad social y política, que se encuentra obligado a respetar el derecho humano a la protesta social, que un representante del pueblo instigue públicamente a matar a quien protesta no puede quedar sin sanción judicial», señaló la presentación.
Además -según informó un comunicado del organismo que preside Pietragalla Corti-, la Secretaría de Derechos Humanos puso en conocimiento de esta situación a la Presidencia de la Cámara de Diputados de la Nación para que se adopten «las medidas necesarias para sancionar este tipo de declaraciones y evitar su repetición».
La acción judicial había sido adelantada esta mañana por el titular de la Secretaría, Horacio Pietragalla Corti, en su cuenta de Twitter consideró: «No podemos permitir nunca más que un diputado nacional promueva la violencia política en nuestro país».
En ese marco, el funcionario añadió que «el Señor @jlespert sigue incentivando la violencia y el delito! Pedir ‘bala’ es de fascista y si no fuera por la mafia judicial de nuestro país usted ya estaría procesado!», al tiempo que advirtió en tono directo: «Es usted una persona peligrosa para nuestra democracia!».
Espert tuiteó «cárcel o bala para estos delincuentes» desde su cuenta de personal, en referencia a un posteo del dirigente social Juan Grabois, quien había subido una foto con la leyenda «Ya izamos la bandera en territorio nacional ¡Recuperemos lo nuestro!» a orillas de Lago Escondido.
Hoy, un grupo conformado por integrantes del Movimiento de Trabajadores Excluidos (MTE) que se encuentra en Lago Escondido para reclamar la recuperación de esas tierras «como parte del territorio nacional» denunció haber recibido «amenazas verbales y amedrentamiento» por parte de personas encapuchadas que trabajan para Lewis.
Voceros de los manifestantes del MTE, que lidera Grabois, aseguraron que fueron cercados por personal de Lewis que les impidieron salir del lugar cuando intentaban retirarse.
DDHH
Primero la ley, después el plan: el Gobierno recién ahora creó el programa para aplicar la baja de imputabilidad
Veinte días después de que entrara en vigencia la baja de la edad de imputabilidad a los 14 años, el Ministerio de Justicia creó por resolución el programa para implementarla. Su conducción, igual que la del nuevo plan contra la ciberdelincuencia, quedó en manos de asesores designados ad honorem.
La ley que permite juzgar penalmente a chicos y chicas de 14 años rige desde el 5 de septiembre, pero recién este viernes el Gobierno nacional creó el programa encargado de ponerla en marcha. El Estado habilitó primero el castigo y recién ahora empieza a construir la estructura que debía acompañarlo. Y lo hizo con una coordinación que no cobra por su tarea.
El ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques, firmó las Resoluciones 483/2026 y 484/2026, publicadas en el Boletín Oficial. La segunda creó el Programa de implementación del Régimen Penal Juvenil en el ámbito de la Dirección de Política Criminal en materia de Justicia y Legislación Penal, que depende de la Subsecretaría de Política Criminal de la Secretaría de Justicia. La primera creó el Programa Nacional de Política Criminal en Materia de Ciberdelincuencia y Evidencia Digital (PRONACIB). En ambos casos, la conducción quedó a cargo de asesores designados «ad honorem».
Un programa que llega cuando la ley ya se aplica
Según la Resolución 484/2026, el programa «estará a cargo de un Coordinador, a quien le corresponderá la conducción y supervisión de las acciones y líneas de trabajo ejecutadas en su marco». Esas funciones fueron asignadas, sin remuneración, a la asesora Débora Eliana Di Girolamo.
Entre sus objetivos, la norma enumera «concertar la implementación integral del Régimen Penal Juvenil en el ámbito de la competencia nacional ordinaria y federal», impulsar la «centralidad y tutela efectiva de las víctimas en el proceso», contribuir a la formación especializada de los operadores judiciales y fortalecer la articulación entre ministerios, instituciones y jurisdicciones.
El texto también fija como meta «promover el diseño y gestión de un sistema de producción, compilación y sistematización de información estadística e institucional, para la evaluación de resultados de política criminal juvenil». Dicho de otro modo, las herramientas para medir si la reforma sirve para algo todavía están por diseñarse, cuando la ley ya lleva tres semanas en vigencia.
Las líneas de acción previstas son tres: la gestión del Cuerpo de Supervisores, con la «coordinación, supervisión técnica y estandarización de los protocolos de intervención» del personal que seguirá las medidas dispuestas; la atención y protección integral de las víctimas; y la formación y capacitación especializada de quienes intervienen en el sistema penal juvenil.
Otro de los objetivos declarados es promover intervenciones «basadas en evidencia orientadas a la reducción de la reincidencia delictiva». La paradoja salta a la vista: durante el debate legislativo, especialistas y organismos internacionales advirtieron que bajar la edad de imputabilidad no reduce el delito y que puede profundizar la exclusión y la propia reincidencia. El Gobierno invoca ahora la evidencia para gestionar una ley que se sancionó a contramano de ella.
De la sanción en el Senado a los tribunales
La Ley 27.801 fue aprobada de manera definitiva por el Senado el 27 de febrero, con 44 votos afirmativos, 27 negativos y una abstención, y se publicó en el Boletín Oficial el 9 de marzo. Reemplazó al decreto ley 22.278, el Régimen Penal de la Minoridad dictado en 1980, durante la última dictadura, y bajó la edad de imputabilidad de 16 a 14 años, con penas de hasta 15 años de privación de la libertad. La propia norma fijó su entrada en vigencia a los 180 días de su publicación, plazo que se cumplió el 5 de septiembre.
Luego, el Poder Ejecutivo la reglamentó mediante el Decreto 875/2026, que designó al Ministerio de Justicia como autoridad de aplicación en el ámbito nacional y federal y lo facultó a dictar las normas complementarias para instrumentar el régimen. Las resoluciones de este viernes son la traducción administrativa de esa delegación.
El día que la ley empezó a regir, la senadora Patricia Bullrich, jefa del bloque de La Libertad Avanza en la Cámara alta, celebró en sus redes: «Desde hoy no importa la edad: si delinquís, las pagás». El eslogan llegó a tiempo; el programa para aplicar la ley, tres semanas tarde.
La implementación ya generó choques en la Justicia. En Lomas de Zamora, la jueza de Responsabilidad Juvenil Marta Pascual había hecho lugar a un habeas corpus que suspendía la aplicación del nuevo régimen en la provincia de Buenos Aires, al considerar que no estaban dadas las condiciones para ponerlo en marcha. El 15 de septiembre, la Sala I de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de ese departamento judicial revocó ese fallo tras una apelación fiscal. En la Ciudad de Buenos Aires, la jueza Laura De Marinis declaró inconstitucional el artículo 1° de la Ley 27.801 y sobreseyó a un chico de 14 años acusado de un intento de robo; la decisión fue apelada por el Ministerio Público Fiscal porteño.
Ciberdelito y evidencia digital, con puertas abiertas a privados
La Resolución 483/2026 creó el PRONACIB en la órbita de la Subsecretaría de Política Criminal. Según el texto oficial, el programa «estará a cargo de un Coordinador, quien tendrá a su cargo la coordinación y el seguimiento de las acciones desarrolladas» en su marco. Para ese rol fue designado, también «ad honorem», el asesor de la Subsecretaría Mariano Tomás Rivas.
La norma habilita al PRONACIB a «constituir mesas interinstitucionales de articulación, de carácter general o especializado, con organismos, autoridades y actores públicos o privados». En un terreno tan sensible como la evidencia digital, la participación de actores privados abre preguntas sobre límites y controles que las resoluciones no responden.
Gestión ad honorem, castigo a tiempo completo
Las dos resoluciones comparten un rasgo: programas de alcance nacional, con objetivos ambiciosos, cuya coordinación descansa en asesores que no perciben remuneración por esa función. En el caso del Régimen Penal Juvenil, esa estructura deberá supervisar al cuerpo de profesionales que seguirá a los adolescentes sometidos a proceso, capacitar a los operadores y asistir a las víctimas.
La baja de la edad de imputabilidad se vendió como una respuesta inmediata a la inseguridad, pero su puesta en marcha revela improvisación. Mientras el oficialismo celebró la vigencia de la ley con consignas, la arquitectura institucional para aplicarla se arma por resolución, con la norma ya en funcionamiento y jueces que advirtieron que las condiciones no estaban dadas. Los que quedan en el medio son chicos y chicas de 14 y 15 años.
Lo que tenés que saber:
- El Ministerio de Justicia creó el Programa de implementación del Régimen Penal Juvenil mediante la Resolución 484/2026, veinte días después de que la Ley 27.801 entrara en vigencia.
- La coordinación del programa quedó a cargo de la asesora Débora Eliana Di Girolamo, designada ad honorem.
- La Resolución 483/2026 creó el PRONACIB, dedicado a ciberdelincuencia y evidencia digital, coordinado ad honorem por Mariano Tomás Rivas y habilitado a articular con actores privados.
- La Ley 27.801 baja la edad de imputabilidad de 16 a 14 años y prevé penas de hasta 15 años de privación de la libertad.
- La aplicación del régimen ya fue cuestionada por las juezas Marta Pascual, en Lomas de Zamora, y Laura De Marinis, en la Ciudad de Buenos Aires.
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