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La causa por torturas en Malvinas, una investigación detalla el horror que sufrieron los jóvenes soldados

El abogado Pablo Vassel, ex subsecretario de Derechos Humanos de Corrientes, relató cómo se inició el proceso de recopilación de casos de estaqueos, enterramientos y otras vejaciones contra ex combatientes que lucharon en 1982.

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El-Argentino-Soldados en Malvinas

El abogado Pablo Vassel, ex subsecretario de Derechos Humanos de Corrientes, relató cómo se inició el proceso de recopilación de casos de estaqueos, enterramientos y otras vejaciones contra ex combatientes que lucharon en 1982.

Por Martín Piqué

El abogado Pablo Vassel, ex subsecretario de Derechos Humanos de Corrientes y denunciante en la causa judicial por torturas a soldados durante la guerra de Malvinas, relató cómo se inició el proceso de recopilación de casos de estaqueos, enterramientos y otras vejaciones contra ex combatientes de unidades militares que lucharon en el conflicto bélico de 1982.

Vassel, quien ocupó la subsecretaría de DDHH entre 2004 y 2008, comenzó a investigar esos episodios a partir de la proyección en Corrientes del film «Iluminados por el fuego», dirigido por el actual ministro de Cultura Tristán Bauer a partir del testimonio del periodista y ex combatiente en Malvinas Edgardo Esteban, en un evento que había sido organizado junto a otro veterano de la guerra, ya fallecido, el también correntino Orlando Pascua.

Aquella proyección fue realizada en agosto de 2005 en el cine Colón, un auditorio antiguo de la ciudad de Corrientes que había sido alquilado especialmente, y sentados en las butacas se encontraban muchos ex combatientes junto a sus familias.

Cuando terminó la película, el auditorio permaneció en silencio y con «un impacto muy fuerte», recordó Vassel en diálogo con esta agencia. «Nadie se podía mover del cine –revivió quince años después-, durante diez minutos todo el mundo se quedó quieto y algunos lloraban.»

Tras esa escena en el cine, donde Vassel observó «la conmoción» que sentían los veteranos que habían asistido con sus mujeres e hijos, algunos incluso con sus nietos, se organizó un asado para los ex combatientes y parte del staff.

En esa cena, realizada en la sede del gremio ATE, el entonces funcionario preguntó a los exconscriptos qué les había parecido la película, en la que se mostraban tropas con hambre y la aplicación de tormentos a un soldado.

«Y muchos me dijeron esto: ‘es muy buena pero lo que muestra se queda corto’. Ahí me empecé a preguntar: ¿qué es quedarse corto?», contó Vassel.

EN BUSCA DE TESTIMONIOS

Desde ese momento, y a lo largo de dos años, el abogado viajó por distintos puntos de la provincia para reunirse con ex combatientes, para escuchar, para grabar sus testimonios y para preguntarles si estaban dispuestos a denunciar judicialmente lo que habían vivido en las islas.

«Algunos quisieron dar sus testimonios y que fueran presentados en la Justicia, otros simplemente me informaron lo que pasó, para que yo supiera, pero prefirieron no dar sus testimonios», relató el abogado.

La recorrida para recopilar casos de tormentos aplicados por oficiales y suboficiales concluyó, contó el propio denunciante, con «23 testimonios originales, con 5 que habían sido víctimas de torturas y 15 que habían sido testigos de las torturas sufridas por camaradas suyos; otros daban cuenta de la muerte de dos soldados por hambre, y otros que referían al asesinato de un soldado correntino que había recibido un disparo en la cabeza por un cabo en una pelea casi de guapos, imposible de ser asimilada a un error bélico».

«Todos los testimonios fueron desgrabados, palabra por palabra, incluso con las expresiones correntinas que vienen del antiguo guaraní, porque me parecía fundamental que aquellos soldados de la patria que nunca habían sido escuchados fueran, por fin, extremadamente escuchados, y respetadas sus opiniones», afirmó Vassel, quien no sólo recopiló las declaraciones por escrito: las registró también en material fílmico.

PRESENTACIÓN DE LA DENUNCIA

Esta información constituyó la base documental de la denuncia que Vassel presentó en 2007 en el Juzgado Federal de Río Grande, provincia de Tierra del Fuego, donde se abrió la causa 1777/07 que ya lleva 14 años y que está a cargo de la jueza federal Mariel Borruto.

«Presentar la denuncia en el juzgado de Río Grande fue un acto de reivindicación de la soberanía argentina, porque se buscaba que un juez argentino aplique la ley argentina por hechos que sucedieron en territorio argentino contra víctimas argentinas. Y lamentablemente cometidos por victimarios argentinos», remarcó Vassel.

Sobre las torturas y vejaciones que constató en la investigación y que luego volcó en la denuncia, el abogado dijo que «la más usual era el estaqueo, que consistía en atar a estacas a soldados con los tientos de las carpas para que queden inmovilizados por espacios variables de tiempo, a veces semidesnudos, otras veces vestidos, incluso algunos estaqueos se realizaban bajo cañoneo enemigo».

Otra práctica de castigo solían ser «los enterramientos», o sea «cavar pozos y enterrar a soldados hasta el cuello, casi a la usanza de Roca en la Campaña del Desierto a fines del siglo XIX», detalló el denunciante.

En la mayoría de los casos, dijo Vassel, los castigos o vejaciones eran impuestos por «motivaciones famélicas, o sea el hambre extremo», aunque también comprobó el caso de «soldados de regimientos patagónicos que fueron obligados a descalzarse a los que se les mojaba el pie y con el teléfono de campaña se accionaba una pequeña manivela para generar una picana eléctrica en el medio del campo».

También hubo torturas aplicadas por antisemitismo, «por lo menos en tres argentinos de religión judía que fueron torturados mientras se los trataba de ‘judío de mierda'», señaló Vassel, pero en estos casos las violaciones a los Derechos Humanos ocurrieron en regimientos de la provincia de Buenos Aires y no de Corrientes, y además se produjeron vejaciones a jóvenes «provenientes de pueblos qom o moqoit del Chaco y Formosa, motivadas por el analfabetismo, o por el escaso manejo del castellano».

Al referirse a la causa, Vessel cuestionó «el ritmo exasperadamente lento» en que se fueron disponiendo las distintas medidas procesales, aunque reconoció que el expediente «avanza pese a todas la dificultades», tras lo cual subrayó que entre el 13 y el 15 de abril prestarán declaración indagatoria «seis altos oficiales responsables de esos hechos».

Uno de los altos oficiales que declarará es el ex general de brigada Omar Parada, que al momento de la guerra se desempeñaba como jefe del comando de la Tercera Brigada de Infantería de Corrientes y en Malvinas estuvo afincado en Puerto Yapeyú, un pequeño puerto ubicado en la isla Gran Malvina, sobre el estrecho de San Carlos. La declaración de Parada, de 94 años, está prevista para el 13 de abril a las 11.

«Parada no sólo estuvo en Malvinas y convalidó la decisión de torturar a soldados sino que él mismo también dio órdenes efectivas de torturar a soldados», aseguró Vassel a esta agencia.

El abogado y ex subsecretario de DDHH de Corrientes, al repasar la historia del expediente, criticó la actuación de la Corte Suprema en la causa, ya que el máximo tribunal «la tuvo durante tres años, entre 2012 y 2015» para luego, puntualizó Vassel, emitir en febrero de 2015 «un fallo vergonzoso de tres renglones, literalmente, que cerró un tramo de la investigación».

Esto derivó en una presentación ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos por parte del Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas de La Plata (Cecim).

Vassel, sin embargo, mencionó logros y decisiones claves que en algún caso convalidaron la denuncia sobre torturas a soldados, y que se produjeron a partir de la denuncia en la Justicia Federal: el primero de ellos fue la desclasificación del llamado informe Rattenbach (como se conoce a las conclusiones de la Comisión de Análisis y Evaluación de las Responsabilidades Estratégico-Militares que encabezaba el general de mayor antigüedad en el último año de la dictadura, Benjamín Rattenbach).

Esa medida fue dispuesta a través del decreto 200/2012, en febrero de 2012, por la entonces presidenta Cristina Fernández, quien tres años más tarde, en septiembre de 2015, profundizó la misma línea al ordenar la desclasificación de todos los secretos militares sobre Malvinas.

«En esos secretos están todos los legajos que por normativa militar tiene que hacer cada efectivo cuando participa de una acción bélica: ahí es donde, de puño y letra, dicen ‘denuncio que Mengano hizo tal cosa con tal’, o sea eran denuncias de oficiales y suboficiales de las tres fuerzas que denunciaban a otros, a veces con eufemismos, como hablar de ‘maltrato a la tropa’ y no de torturas», apuntó Vassel.

Sobre este punto, pero también sobre las perspectivas de la causa, el denunciante concluyó: «Esta investigación, a quien más tiene que interesar, es a las propias Fuerzas Armadas, porque le va a permitir separar a aquellos que vistieron el uniforme de San Martín prestigiándolo de aquellos que lo deshonraron, porque fueron los que permitieron que casi 200 soldados estuvieran en desnutrición extrema o que hubiera soldados maltratados y vejados».

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Primero la ley, después el plan: el Gobierno recién ahora creó el programa para aplicar la baja de imputabilidad

Veinte días después de que entrara en vigencia la baja de la edad de imputabilidad a los 14 años, el Ministerio de Justicia creó por resolución el programa para implementarla. Su conducción, igual que la del nuevo plan contra la ciberdelincuencia, quedó en manos de asesores designados ad honorem.

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El Argentino Diario-Ministro de Justicia-Juan Bautista Mahiques.
Régimen Penal Juvenil: rige desde el 5 de septiembre pero recién ahora tiene programa de implementación.

La ley que permite juzgar penalmente a chicos y chicas de 14 años rige desde el 5 de septiembre, pero recién este viernes el Gobierno nacional creó el programa encargado de ponerla en marcha. El Estado habilitó primero el castigo y recién ahora empieza a construir la estructura que debía acompañarlo. Y lo hizo con una coordinación que no cobra por su tarea.

El ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques, firmó las Resoluciones 483/2026 y 484/2026, publicadas en el Boletín Oficial. La segunda creó el Programa de implementación del Régimen Penal Juvenil en el ámbito de la Dirección de Política Criminal en materia de Justicia y Legislación Penal, que depende de la Subsecretaría de Política Criminal de la Secretaría de Justicia. La primera creó el Programa Nacional de Política Criminal en Materia de Ciberdelincuencia y Evidencia Digital (PRONACIB). En ambos casos, la conducción quedó a cargo de asesores designados «ad honorem».

Un programa que llega cuando la ley ya se aplica

Según la Resolución 484/2026, el programa «estará a cargo de un Coordinador, a quien le corresponderá la conducción y supervisión de las acciones y líneas de trabajo ejecutadas en su marco». Esas funciones fueron asignadas, sin remuneración, a la asesora Débora Eliana Di Girolamo.

Entre sus objetivos, la norma enumera «concertar la implementación integral del Régimen Penal Juvenil en el ámbito de la competencia nacional ordinaria y federal», impulsar la «centralidad y tutela efectiva de las víctimas en el proceso», contribuir a la formación especializada de los operadores judiciales y fortalecer la articulación entre ministerios, instituciones y jurisdicciones.

El texto también fija como meta «promover el diseño y gestión de un sistema de producción, compilación y sistematización de información estadística e institucional, para la evaluación de resultados de política criminal juvenil». Dicho de otro modo, las herramientas para medir si la reforma sirve para algo todavía están por diseñarse, cuando la ley ya lleva tres semanas en vigencia.

Las líneas de acción previstas son tres: la gestión del Cuerpo de Supervisores, con la «coordinación, supervisión técnica y estandarización de los protocolos de intervención» del personal que seguirá las medidas dispuestas; la atención y protección integral de las víctimas; y la formación y capacitación especializada de quienes intervienen en el sistema penal juvenil.

Otro de los objetivos declarados es promover intervenciones «basadas en evidencia orientadas a la reducción de la reincidencia delictiva». La paradoja salta a la vista: durante el debate legislativo, especialistas y organismos internacionales advirtieron que bajar la edad de imputabilidad no reduce el delito y que puede profundizar la exclusión y la propia reincidencia. El Gobierno invoca ahora la evidencia para gestionar una ley que se sancionó a contramano de ella.

De la sanción en el Senado a los tribunales

La Ley 27.801 fue aprobada de manera definitiva por el Senado el 27 de febrero, con 44 votos afirmativos, 27 negativos y una abstención, y se publicó en el Boletín Oficial el 9 de marzo. Reemplazó al decreto ley 22.278, el Régimen Penal de la Minoridad dictado en 1980, durante la última dictadura, y bajó la edad de imputabilidad de 16 a 14 años, con penas de hasta 15 años de privación de la libertad. La propia norma fijó su entrada en vigencia a los 180 días de su publicación, plazo que se cumplió el 5 de septiembre.

Luego, el Poder Ejecutivo la reglamentó mediante el Decreto 875/2026, que designó al Ministerio de Justicia como autoridad de aplicación en el ámbito nacional y federal y lo facultó a dictar las normas complementarias para instrumentar el régimen. Las resoluciones de este viernes son la traducción administrativa de esa delegación.

El día que la ley empezó a regir, la senadora Patricia Bullrich, jefa del bloque de La Libertad Avanza en la Cámara alta, celebró en sus redes: «Desde hoy no importa la edad: si delinquís, las pagás». El eslogan llegó a tiempo; el programa para aplicar la ley, tres semanas tarde.

La implementación ya generó choques en la Justicia. En Lomas de Zamora, la jueza de Responsabilidad Juvenil Marta Pascual había hecho lugar a un habeas corpus que suspendía la aplicación del nuevo régimen en la provincia de Buenos Aires, al considerar que no estaban dadas las condiciones para ponerlo en marcha. El 15 de septiembre, la Sala I de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de ese departamento judicial revocó ese fallo tras una apelación fiscal. En la Ciudad de Buenos Aires, la jueza Laura De Marinis declaró inconstitucional el artículo 1° de la Ley 27.801 y sobreseyó a un chico de 14 años acusado de un intento de robo; la decisión fue apelada por el Ministerio Público Fiscal porteño.

Ciberdelito y evidencia digital, con puertas abiertas a privados

La Resolución 483/2026 creó el PRONACIB en la órbita de la Subsecretaría de Política Criminal. Según el texto oficial, el programa «estará a cargo de un Coordinador, quien tendrá a su cargo la coordinación y el seguimiento de las acciones desarrolladas» en su marco. Para ese rol fue designado, también «ad honorem», el asesor de la Subsecretaría Mariano Tomás Rivas.

La norma habilita al PRONACIB a «constituir mesas interinstitucionales de articulación, de carácter general o especializado, con organismos, autoridades y actores públicos o privados». En un terreno tan sensible como la evidencia digital, la participación de actores privados abre preguntas sobre límites y controles que las resoluciones no responden.

Gestión ad honorem, castigo a tiempo completo

Las dos resoluciones comparten un rasgo: programas de alcance nacional, con objetivos ambiciosos, cuya coordinación descansa en asesores que no perciben remuneración por esa función. En el caso del Régimen Penal Juvenil, esa estructura deberá supervisar al cuerpo de profesionales que seguirá a los adolescentes sometidos a proceso, capacitar a los operadores y asistir a las víctimas.

La baja de la edad de imputabilidad se vendió como una respuesta inmediata a la inseguridad, pero su puesta en marcha revela improvisación. Mientras el oficialismo celebró la vigencia de la ley con consignas, la arquitectura institucional para aplicarla se arma por resolución, con la norma ya en funcionamiento y jueces que advirtieron que las condiciones no estaban dadas. Los que quedan en el medio son chicos y chicas de 14 y 15 años.

Lo que tenés que saber:

  • El Ministerio de Justicia creó el Programa de implementación del Régimen Penal Juvenil mediante la Resolución 484/2026, veinte días después de que la Ley 27.801 entrara en vigencia.
  • La coordinación del programa quedó a cargo de la asesora Débora Eliana Di Girolamo, designada ad honorem.
  • La Resolución 483/2026 creó el PRONACIB, dedicado a ciberdelincuencia y evidencia digital, coordinado ad honorem por Mariano Tomás Rivas y habilitado a articular con actores privados.
  • La Ley 27.801 baja la edad de imputabilidad de 16 a 14 años y prevé penas de hasta 15 años de privación de la libertad.
  • La aplicación del régimen ya fue cuestionada por las juezas Marta Pascual, en Lomas de Zamora, y Laura De Marinis, en la Ciudad de Buenos Aires.
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