Judiciales ⚖️
Chocobar libre: le dieron dos años de prisión en suspenso por «homicidio con exceso en el cumplimiento de un deber»
La decisión fue tomada por el Tribunal Oral de Menores (TOM) 2, el fallo fue en consonancia con lo que había solicitado la fiscal Susana Pernas, mientras que la familia del chico asesinado había pedido perpetua para el policía, al calificar el hecho de «gatillo fácil».
La decisión fue tomada por el Tribunal Oral de Menores (TOM) 2, el fallo fue en consonancia con lo que había solicitado la fiscal Susana Pernas, mientras que la familia del chico asesinado había pedido perpetua para el policía, al calificar el hecho de «gatillo fácil».
El policía Luis Oscar Chocobar fue condenado esta tarde a dos años de prisión en suspenso por el «homicidio con exceso en el cumplimiento de un deber» de un delincuente que había atacado a puñaladas a un turista estadounidense en 2017 en el barrio porteño de La Boca, informaron fuentes judiciales.
La decisión fue adoptada por el Tribunal Oral de Menores (TOM) 2, que también dispuso para Chocobar una inhabilitación especial por cinco años para desempeñarse en funciones operativas con la utilización de armas de fuego.
Los jueces Fernando Pisano, Jorge Apolo y Adolfo Calvete, que darán a conocer los fundamentos del fallo el 10 de agosto, lo consideraron autor del «homicidio agravado por el uso de arma de fuego cometido en exceso del cumplimiento de un deber» en perjuicio de Juan Pablo Kukoc (18), con lo que coincidieron con el delito que había solicitado la fiscal del caso, Susana Pernas.
«El corazón se me quiere salir porque la verdad es muy injusto. Estoy tranquilo porque la gente acá me apoya, la gente que me quiere y los que me conocen, saben quien soy», dijo Chocobar (34) en la puerta de los tribunales de Comodoro Py, donde recibió un abrazo por parte de la presidenta del PRO, Patricia Bullrich, que llegó hasta allí para brindarle su «apoyo».
A su lado, su abogado defensor Fernando Soto afirmó que los jueces “se han equivocado” y “fallaron en contra de las pruebas de la causa”, al tiempo que adelantó que apelará el fallo, al que calificó como “algo negativo”.
En tanto, Pablo Rovatti, representante de la familia del delincuente fallecido Juan Pablo Kukoc (18) e integrante del Programa de Asistencia y Patrocinio Jurídico de Víctimas de Delitos de la Defensoría General de la Nación, consideró en declaraciones a Télam que el tribunal «dictó una condena» y que eso «quiere decir que los jueces consideraron que lo que hizo Chocobar es un crimen, que ningún policía puede hacer lo que hizo Chocobar, que eso está prohibido y es delictivo».
Además, el letrado adelantó que recurrirá el fallo ante la Cámara de Casación porque la condena le pareció «demasiado leve para la enorme gravedad de la conducta que se probó en el juicio».
Qué dijo Chocobar en el juicio
La jornada comenzó cerca de las 10.30 de la mañana, cuando Chocobar pronunció sus «últimas palabras» antes de escuchar el veredicto, y aseguró que cumplió «con la ley» y con su «deber» al perseguir y disparar contra Kukoc.
“Gracias señores jueces por darme esta oportunidad. Quería decirles que yo cumplí con la ley. Cumplí con mi deber. Le pido a Dios que los ilumine para que tomen la mejor decisión”, le dijo el policía bonaerense a los jueces que, inmediatamente, pasaron a un cuarto intermedio hasta las 15, cuando dieron a conocer su veredicto.
En los alegatos, la fiscal Pernas había pedido que se condene a Chocobar a tres años de prisión en suspenso y seis de inhabilitación para ejercer sus funciones, por el «homicidio agravado en exceso en el cumplimiento de un deber».
El querellante Rovatti, en tanto, había solicitado prisión perpetua al considerarlo autor de un «homicidio agravado por haber sido cometido por un funcionario de policía con abuso de sus funciones». Mientras que el defensor Soto había requerido la absolución para su defendido al sostener que «cumplió con su deber y con la Ley».
Condena al cómplice de Kukoc
En el fallo, el tribunal también condenó al cómplice de Kukoc a 9 años de prisión como coautor del delito de «robo calificado por el uso de armas, en concurso real con homicidio calificado» en grado de tentativa, en perjuicio del turista Frank Wolek (57).
Ese hecho de robo y ataque a puñaladas al turista Wolek, ocurrido el 8 de diciembre de 2017 a pocos metros de Caminito, fue el que desencadenó, luego, la persecución en la que el policía disparó y mató a uno de los dos asaltantes.
Ambos ladrones salieron corriendo, pero mientras uno logró escapar, otro, luego identificado como Kukoc, fue interceptado a tres cuadras, en Irala y Suárez, por dos transeúntes que habían visto el ataque y lo retuvieron en el piso.
Poco después, llegó al lugar Chocobar, se identificó y, según declaró después, le disparó al delincuente porque pensó que iba a sacar un arma. Kukoc murió por la gravedad de las heridas, en tanto que el otro asaltante y Chocobar quedaron detenidos y el policía fue excarcelado días después.
En enero de 2018, el juez en lo criminal Luis Alberto Velázquez procesó al efectivo por “homicidio agravado por uso de arma y en exceso de la legítima defensa” y le trabó un embargo de 400.000 pesos sobre sus bienes.
Cuando se conoció esa medida, el policía recibió el apoyo del expresidente Mauricio Macri, que incluso lo recibió en la Casa Rosada, y del exjefe de Gabinete, Marcos Peña; la exministra de Seguridad; el jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta; y el exministro de Seguridad bonaerense, Cristian Ritondo.
Judiciales ⚖️
Casación abre una puerta en $LIBRA y revisa la exclusión de damnificados
La Sala II hizo lugar a una queja de dos inversores bielorrusos, con la disidencia de Yacobucci, y habilitó revisar el apartamiento de otros cinco. Lo que se discute es quién podrá apelar los sobreseimientos de los 11 imputados, entre ellos Javier y Karina Milei, y evitar así el cierre de la causa.
Un recurso que parecía agotado volvió a quedar en pie. La Cámara Federal de Casación Penal abrió la instancia para revisar si dos damnificados por la criptomoneda $LIBRA pueden ser querellantes, una figura clave para impulsar la investigación y para discutir el cierre del expediente.
La decisión fue adoptada por la Sala II, integrada por los jueces Guillermo J. Yacobucci, Angela E. Ledesma y Alejandro W. Slokar, en el expediente caratulado «Milei, Javier Gerardo y otros s/recurso de queja». Por mayoría, el tribunal hizo lugar a la queja y concedió el recurso de casación contra el fallo de la Sala I de la Cámara Federal porteña, que había confirmado el rechazo del Juzgado Federal N° 8 al pedido de Lapchenko Vladislav Andreevich y Krasutskaya Sviatlana Vitalievna, dos ciudadanos bielorrusos, para ser tenidos como querellantes.
Un fallo dividido dentro de la Sala II
Slokar sostuvo que los agravios de la parte recurrente podían constituir alguna de las causales previstas en el artículo 456 del Código Procesal Penal de la Nación, por lo que correspondía hacer lugar a la queja. Ledesma adhirió al considerar que se había alegado una cuestión federal suficiente para habilitar la instancia. Yacobucci, en cambio, votó en disidencia y se pronunció por declarar inadmisible la queja, con costas.
El tribunal también ordenó recaratular el expediente como recurso de casación, emplazar a las partes y pedir el pase digital del legajo a la cámara de origen. Conceder el recurso no implica, por sí solo, que los inversores vuelvan a ser querellantes: lo que se abrió es la puerta para que Casación analice el planteo.
Los cinco inversores apartados también esperan
Además de los dos ciudadanos bielorrusos, Casación también habilitó que se revise el apartamiento de otros cinco inversores damnificados por la presunta criptoestafa: Juan Patricio Marchetto, Alan Vega, Matías Alejandro Paris, Braian Emanuel Quintero y Martín Romeo. Los cinco habían sido admitidos como querellantes, pero fueron excluidos por el juez federal Marcelo Martínez de Giorgi, que hizo lugar a un planteo de Mauricio Novelli, el lobbista que fue una de las piezas claves del lanzamiento de la criptomoneda.
En septiembre, los jueces Pablo Bertuzzi y Mariano Llorens, de la Sala I de la Cámara Federal, dejaron firme esa exclusión. En su fallo sostuvieron que los inversores «asumieron voluntariamente los riesgos» de comprar el memecoin y que la hipótesis de una presunta estafa se encontraba «diluida». Las defensas de los damnificados calificaron ese argumento como un prejuzgamiento.
Qué hay en juego: apelar los sobreseimientos
De ser incorporados nuevamente, los damnificados buscarán apelar los sobreseimientos de los 11 imputados, entre ellos el presidente Javier Milei y la secretaria general de la Presidencia, Karina Milei, para evitar el cierre de la causa. Sin querellantes, la investigación depende de la voluntad del fiscal Eduardo Taiano, a quien los afectados cuestionaron en septiembre por la demora en el avance del expediente.
La discusión de fondo excede lo procesal: quiénes pueden acusar y quiénes quedan afuera define si la causa $LIBRA se investiga o se archiva. El voto dividido de la Sala II muestra que ese punto sigue abierto.
Lo que tenés que saber
- La Sala II de Casación hizo lugar a una queja y concedió el recurso de dos inversores bielorrusos que buscan ser querellantes en la causa $LIBRA.
- Slokar y Ledesma votaron a favor; Yacobucci votó en disidencia y propuso declarar inadmisible la queja.
- Casación también habilitó la revisión del apartamiento de Marchetto, Vega, Paris, Quintero y Romeo.
- Los damnificados buscarán apelar los sobreseimientos de los 11 imputados, entre ellos Javier y Karina Milei.
- Conceder el recurso no los reincorpora de manera automática a la causa.
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