Judiciales ⚖️
Apelaron los sobreseimientos de Cristina y el resto de los imputados en la causa del Memorándum con Irán
Se trata de la causa originada en la denuncia del fallecido fiscal Alberto Nisman, en la cual el 7 de octubre pasado el Tribunal Oral Federal 8 sobreseyó por inexistencia de delito a todos los imputados.
Se trata de la causa originada en la denuncia del fallecido fiscal Alberto Nisman, en la cual el 7 de octubre pasado el Tribunal Oral Federal 8 sobreseyó por inexistencia de delito a todos los imputados.
Las querellas de la DAIA y Familiares de víctimas del atentado a la AMIA apelaron los sobreseimientos y el cierre de la causa por la firma del Memorándum con Irán, al pedir a la Cámara Federal de Casación Penal que revoque esa decisión, aparte al Tribunal que la tomó y continúe el camino del caso al juicio oral.
Se trata de la causa originada en la denuncia del fallecido fiscal Alberto Nisman, en la cual el 7 de octubre pasado el Tribunal Oral Federal 8 sobreseyó por inexistencia de delito a la expresidenta y actual vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner y a los restantes imputados, según informaron fuentes judiciales.
Las querellas apelaron ante el máximo tribunal penal federal del país para que «se ordene rechazar o se rechacen los planteos efectuados por las defensas», en relación a la excepción de falta de acción por inexistencia de delito y «se ordene dejar o se deje sin efecto o se revoquen los sobreseimientos dictados sobre todos los imputados», según el escrito presentado por la DAIA.
Además, pidieron a la sala I de Casación, que interviene en el caso, que prosigan las actuaciones, continúe la producción de prueba anticipada con miras a un futuro juicio oral y se avance «sin más dilaciones» a esta etapa.
«Se ha incurrido en falta de fundamentación, en fundamentación aparente y en fundamentación contradictoria a los fines de sostener el fallo en crisis», argumentó la DAIA sobre la decisión del TOF8.
El Tribunal «ha derogado implícitamente el ordenamiento procesal y ha violentado la ley sustantiva, dictando una resolución llamativamente arbitraria», agregó la querella.

En el escrito firmado por el titular de la Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas, Jorge Knoblovits, se sostuvo que «el tribunal de juicio ha decidido llevar adelante una audiencia no prevista en nuestro Código de rito para tratar planteos de nulidad»
«Dicha misma irregular audiencia, se transformó para tratar excepciones de falta de acción en contravención a lo previsto en el art. 340 del CPPN, violándose el debido proceso y el derecho de defensa en juicio», agregó.
Por su parte, la querella de Familiares integrada por Luis Czyzewski y Mario Averbuch sostuvo que «como resultado de la errónea aplicación del derecho se pretende frustrar un juicio oral», Para ello, se invocó la existencia de nueva prueba, prevista en el artículo 361 del Código Procesal Penal de la Nación «que no se dan en el caso»
«Para ello se valora arbitrariamente prueba producida durante la instrucción y un informe de Interpol que presentan como nuevas pruebas, cuando su contenido no resulta novedoso», argumentó esta querella.
El 7 de octubre último los jueces Daniel Obligado, José Michilini y María Gabriela López Iñiguez sobreseyeron por inexistencia de delito a todos los imputados por supuesto «encubrimiento agravado», a raíz de la denuncia de Nisman.
El fallo sobreseyó a la actual Vicepresidenta y a los también imputados procurador del Tesoro de la Nación, Carlos Zannini; senador Oscar Parrilli; viceministro de Justicia, Juan Martín Mena, y ministro de Desarrollo de la Comunidad bonaerense, Andrés Larroque, entre otros.
Los magistrados del Tribunal Oral Federal 8 hicieron extensiva la resolución al fallecido excanciller Héctor Timerman al concluir que «los hechos por los que fueran requeridos no constituyen delito» y dejaron sentado que «el presente proceso no afecta el buen nombre y honor» de quienes estuvieron imputados.
Educación
Multa diaria a Santilli: el Gobierno desacata la ley universitaria y ahora paga
El juez Martín Cormick fijó astreintes de $100.000 por cada día de incumplimiento contra el jefe de Gabinete, Diego Santilli, por no aplicar la cautelar que obliga a actualizar salarios docentes y becas. La sanción llega en la víspera de una nueva Marcha Federal Universitaria.
Desde este miércoles, cada día que pase sin que el Gobierno de Javier Milei cumpla con la Ley de Financiamiento Universitario le costará $100.000 al funcionario que maneja el presupuesto nacional. La Justicia dejó de advertir y pasó a sancionar: el desacato a una cautelar firme ahora tiene precio y tiene nombre propio.
La resolución lleva la firma del juez Martín Cormick, titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11, y apunta directamente al jefe de Gabinete de Ministros, Diego Santilli, en su carácter de responsable de la administración del presupuesto. La decisión responde al reclamo que el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) sostiene desde hace meses por la falta de actualización de los salarios docentes y no docentes y por la escasez de fondos para las becas estudiantiles.
De la advertencia a la sanción
El fallo es explícito en su lógica. «Atento el incumplimiento verificado, corresponde hacer efectivo el apercibimiento dispuesto en fecha 30/9/2026 y disponer la aplicación de astreintes diarias al funcionario titular de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación Argentina», escribió Cormick, quien precisó que las multas «se fijan en la suma de $ 100.000 en una primera etapa, pudiéndose modificar los funcionarios alcanzados y el monto».
El magistrado fundó la responsabilidad del jefe de Gabinete en las competencias que le atribuye el artículo 100, inciso 1, de la Constitución Nacional. La advertencia sobre el monto y los alcanzados no es menor: si el Ejecutivo persiste, la sanción puede crecer y extenderse a otros funcionarios.
El camino hasta la multa fue previsible. El 22 de septiembre, en el expediente 39.475/2025, Cormick revisó la presentación del Ministerio de Capital Humano y de la Secretaría de Educación y concluyó que «no existe cumplimiento total» de la cautelar. Por eso intimó al Estado nacional a cumplir en un plazo perentorio de cinco días, bajo apercibimiento de aplicar astreintes por cada día de demora. El plazo venció el 30 de septiembre; ese mismo día el juez ratificó el apercibimiento y este miércoles, ante el «incumplimiento verificado», lo hizo efectivo.
Cuando se conoció aquella intimación, el rector de la Universidad Nacional de Rosario y presidente del CIN, Franco Bartolacci, celebró la decisión: «Es una excelente noticia. Algo que habíamos solicitado desde el CIN en el marco de la causa ante el incumplimiento de la cautelar que está firme, y estábamos esperando resolución».
Una cautelar firme que el Gobierno se niega a cumplir
La disputa gira en torno a la Ley 27.795 de Financiamiento de la Educación Universitaria y Recomposición del Salario Docente, que el Congreso sancionó en agosto de 2025 y ratificó con mayorías de dos tercios después del veto presidencial. El Ejecutivo la promulgó a través del Decreto 759/2025, pero suspendió su aplicación hasta que el Parlamento determinara las fuentes de financiamiento e incorporara las partidas al presupuesto.
En diciembre de 2025, Cormick ordenó cautelarmente aplicar los artículos 5° y 6° de la norma, que contemplan la actualización de los salarios docentes y no docentes según la inflación, la convocatoria periódica a paritarias y la recomposición de programas de becas como Progresar y Manuel Belgrano. La Sala III de la Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la medida en marzo, y el 25 de junio la Corte Suprema rechazó el recurso del Gobierno contra ella. Por eso el juez remarcó que la cautelar continúa activa, firme y de cumplimiento obligatorio, más allá de cualquier recurso pendiente.
El 6 de octubre, en la resolución de fondo, Cormick hizo lugar a los amparos del CIN y de la Universidad de Buenos Aires (UBA), declaró inconstitucional el tramo del Decreto 759/2025 que frenaba la ley y calificó de «extraconstitucional» el mecanismo utilizado por la Casa Rosada. El Gobierno apeló ese fallo y el juez concedió el recurso, pero la apelación no suspende la obligación de cumplir con la cautelar, que es precisamente lo que ahora se sanciona.
El argumento fiscal que no resiste los números
El Ejecutivo sostiene desde el inicio que no hay fondos para aplicar la ley. Sin embargo, la Oficina de Presupuesto del Congreso estimó en septiembre de 2025 que su costo para ese año representaba el 0,23% del PBI, un dato que el propio Cormick utilizó para cuestionar la proporcionalidad del argumento oficial. Las estimaciones del sistema universitario ubican la recomposición salarial necesaria cerca del 33%. Mientras el Gobierno invoca la falta de recursos, el deterioro de los salarios universitarios se acumula mes a mes sin respuesta.
El incumplimiento ya tuvo derivaciones penales. En agosto, el diputado nacional Esteban Paulón denunció a Santilli por abuso de autoridad e incumplimiento de deberes de funcionario público. En esa presentación, el legislador sostuvo que el jefe de Gabinete es el «responsable de la ejecución presupuestaria de acuerdo a nuestra Ley Suprema» y reclamó que «Santilli no ha realizado las transferencias presupuestarias a su cargo».
La calle, otra vez en movimiento
La multa se conoce en la víspera de una nueva Marcha Federal Universitaria, convocada para este jueves 15 de octubre, después de un paro de 72 horas de docentes y no docentes que coincidió con el vencimiento de la intimación judicial. La universidad pública ganó en el Congreso, ganó en la Justicia y vuelve a las calles porque el Gobierno insiste en desconocer ambas decisiones.
Lo que tenés que saber:
- El juez Martín Cormick impuso astreintes de $100.000 diarios al jefe de Gabinete, Diego Santilli, por incumplir la cautelar de la Ley de Financiamiento Universitario.
- El monto y los funcionarios alcanzados pueden ampliarse si el incumplimiento continúa.
- La sanción se aplicó tras vencer el 30 de septiembre el plazo de cinco días fijado en la intimación del 22 de septiembre.
- La cautelar, que obliga a actualizar salarios docentes y no docentes y becas, fue confirmada por la Cámara y la Corte Suprema rechazó los planteos del Gobierno.
- El Gobierno apeló el fallo de fondo que declaró inconstitucional el Decreto 759/2025, pero eso no suspende la cautelar.
-
Boxeo14 horasEl Roña Castro murió tras descompensarse en el Bingo de Morón: investigan las causas
-
Fútbol & Goles!16 horasMucha posesión, poco arco: por qué Boca no pudo con Vasco ni con un hombre de más
-
CABA22 horasMano dura como bandera: Jorge Macri suma 600 policías y se burla de sus críticos
-
Papa León XIV18 horasEl Gobierno sostiene el operativo por León XIV pese al diagnóstico del Papa
-
Papa León XIV20 horasLeón XIV despertó lúcido tras la cirugía y el Gobierno se aferra a la visita
-
Servicios5 díasEl Sarmiento vuelve recién el martes, el servicio estará suspendido tres días por obras
-
Alimentación24 horasLas canastas subieron 40% interanual y el salario mínimo no alcanza: los datos del INDEC que Milei no muestra
-
Gestión23 horasMasaragian, tercer titular de Discapacidad en tres semanas: un área a la deriva
