San Luis
Histórico: vuelve el tren a San Luis después de 30 años
La denominada “marcha blanca” será encabezada por el ministro de Transporte, Alexis Guerrera, el presidente de Trenes Argentinos, Martín Marinucci y el gobernador de San Luis, Alberto Rodríguez Saá.
El tren de pasajeros volverá a llegar a la provincia de San Luis, tras la denominada “marcha blanca” que se concretará mañana y marcará el retorno del ferrocarril, luego de 30 años, a localidades como Laboulaye, General Levalle, Vicuña Mackena, en Córdoba, y Justo Daract, en territorio puntano, se informó hoy.
La “marcha blanca” será encabezada por el ministro de Transporte, Alexis Guerrera, el presidente de Trenes Argentinos, Martín Marinucci y el gobernador de San Luis, Alberto Rodríguez Saá.
Este servicio, cuyo restablecimiento se enmarca en el Plan de Modernización del Transporte, conectará más de 600 kilómetros entre Buenos Aires y Justo Daract, San Luis, con una frecuencia semanal, partiendo desde Retiro los viernes a las 20.35, y desde Justo Daract regresará los domingos a las 17.40.
A partir de los trabajos de readecuación realizados por Trenes Argentinos, entre Rufino y Justo Daract se suman paradas intermedias en las localidades cordobesas de Laboulaye, General Levalle y Vicuña Mackenna.
La «Marcha Blanca» se iniciará el lunes a las 22.50 desde Retiro, para arribar poco antes de las 10 a Laboulaye, donde será recibido por Marinucci y autoridades locales y se realizará un acto celebrando el retorno del tren después de 30 años.
A las 10.48 el tren partirá hacia Justo Daract, parando en las estaciones General Levalle y Vicuña Mackena, en Córdoba, para arribar a la localidad puntana a las 14.40.
En Justo Daract la formación será recibida por Guerrera y demás funcionarios de la cartera de Transporte para encabezar el acto con el que se dará por formalmente iniciado el servicio, estimándose que el primer tren regular podría estar circulando desde el viernes 22 de julio.
El presidente de Trenes Argentinos, Martín Marinucci, resaltó -días atrás- que la reactivación de este servicio de pasajeros forma parte de «un plan estratégico de desarrollo», y sostuvo que “lo primero que hay que tener es la responsabilidad de ver qué tenemos en la vía y a partir de ahí establecer tiempos de trabajo y determinar cuándo podrá volver el tren» a funcionar en la totalidad del recorrido.
No obstante, el funcionario afirmó a Télam Radio que «un objetivo es que antes de fin de año podamos tener el tren que una Mendoza, San Luis, Córdoba, Santa Fe, Buenos Aires y Ciudad Autónoma de Buenos Aires”.
Géneros 🟣
Violencia vicaria en San Luis: un padre manipuló a su hijo y fue condenado a pagar $10 millones
Un fallo del Juzgado de Familia N° 2 de Santa Rosa del Conlara declaró la responsabilidad de un progenitor por violencia de género y violencia vicaria contra la madre de su hijo. La sentencia, dictada el 6 de mayo de 2026, impuso una multa de diez millones de pesos, restricción de acercamiento y capacitación obligatoria en violencia de género.
El Juzgado de Familia, Niñez, Adolescencia, Violencia y Penal Juvenil N° 2 de Santa Rosa del Conlara, provincia de San Luis, emitió una sentencia (aún no firme) que representa un precedente significativo en la aplicación judicial de la figura de la violencia vicaria en el nuestro país.
El mecanismo del maltrato: fabricar un abuso que no existió
Según surge de la sentencia, el demandado no solo agredió físicamente a la madre del niño, lo que motivó las medidas de restricción de acercamiento dictadas a favor de ella y de su hijo. También desplegó una estrategia de mayor complejidad y daño: promovió denuncias falsas contra la madre, acusándola de negligencia y de permitir abusos sexuales intrafamiliares hacia el menor por parte de un primo. Para sostener esa acusación, manipuló al niño para que fabulara ese relato ante las autoridades.
La maniobra fue desarticulada por las propias herramientas del sistema. Pericias pediátricas y psicológicas descartaron la existencia del abuso denunciado y permitieron al tribunal reconstruir el mecanismo de manipulación infantil como parte de una estrategia consciente del progenitor para infligir daño a través del hijo. Eso es, precisamente, la esencia de la violencia vicaria: usar a los hijos como instrumento de castigo contra la madre.
Un fallo que condena en todas las dimensiones
El tribunal declaró la responsabilidad del demandado por la comisión de hechos de violencia de género, violencia vicaria y violencia económica. Las medidas dispuestas en la sentencia articulan varios planos de intervención.
En términos de protección inmediata, se ratificaron las medidas de restricción de acercamiento a favor de la actora y de su hijo, ante las agresiones físicas directas acreditadas en el expediente.
En cuanto al vínculo paterno-filial, el fallo condicionó el restablecimiento del régimen de contacto entre el padre y el niño a la previa presentación de informes del tratamiento psicológico del menor, reconociendo que la salud emocional del hijo debe estar garantizada antes de cualquier revinculación.
El demandado, además, deberá cumplir de manera obligatoria una capacitación en violencia de género. Y sobre él pesa una sanción conminatoria pecuniaria de diez millones de pesos a favor de la víctima, herramienta prevista en el ordenamiento civil para forzar el cumplimiento de obligaciones de conducta.
Violencia vicaria: cuando el hijo es el arma
La violencia vicaria es una forma de violencia de género que se ejerce sobre los hijos o personas del entorno afectivo de la mujer con el fin de causarle sufrimiento, controlarla o someterla. No se dirige primariamente contra el niño; se dirige contra la madre, utilizando al niño como medio. Las formas que adopta son diversas: desde la sustracción o amenaza de sustracción de los hijos, hasta el uso de los procesos judiciales de familia como escenario de hostigamiento.
En este expediente, el demandado recurrió a la fabricación de una denuncia por abuso sexual, una de las modalidades más graves de violencia vicaria porque involucra al Poder Judicial como engranaje involuntario del maltrato, somete al niño a pericias y procesos revictimizantes, y busca desplazar a la madre del rol de víctima para colocarla en el de victimaria. El sistema probatorio resistió la maniobra, pero no siempre ocurre así.
En Argentina, la violencia vicaria no cuenta aún con tipificación expresa en la Ley 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, aunque existen proyectos legislativos en debate parlamentario. La ausencia de una norma específica no impidió que la justicia sanluiseña reconociera la figura y la aplicara con contundencia en este caso.
La violencia económica como capa adicional del control
El fallo también reconoció la existencia de violencia económica en el marco de la relación, una dimensión que frecuentemente acompaña a las otras formas de violencia de género y que consiste en el control, la privación o la administración abusiva de los recursos económicos de la víctima. Su inclusión en la sentencia refuerza la visión integral del tribunal sobre el patrón de conducta del demandado, que no se limitó a episodios aislados sino que configuró un esquema sostenido de dominación.
Un precedente que llega desde el interior
La sentencia cobra relevancia adicional por su origen geográfico. Santa Rosa del Conlara no es un centro urbano de las dimensiones de Córdoba o Rosario; es una ciudad intermedia del Valle del Conlara, en la provincia de San Luis. Que un juzgado de familia del interior profundo aplique la figura de la violencia vicaria con esta extensión y con estas consecuencias jurídicas concretas habla de una penetración creciente del enfoque de géneros en la administración de justicia, más allá de los grandes centros.
La sentencia no está firme, lo que significa que puede ser apelada. Sin embargo, su existencia como acto jurisdiccional ya constituye un antecedente que los operadores judiciales de todo el país pueden invocar al momento de resolver casos similares.
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