Gremiales
La Justicia declaró inconstitucional todo el capítulo laboral del mega DNU
Al «modificar» la sentencia de primera instancia, que solo había dispuesto aceptar «parcialmente» la acción de amparo promovida por la CGT, la Sala de Feria de la Cámara declaró la «invalidez constitucional» del Título IV de la norma presidencial.
La Cámara Nacional del Trabajo declaró este martes la inconstitucionalidad de todos los artículos del capítulo laboral contenido en el Título IV del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023 del Gobierno nacional, en el marco de una presentación realizada por la Confederación General del Trabajo (CGT).
Al «modificar» la sentencia de primera instancia, que solo había dispuesto aceptar «parcialmente» la acción de amparo promovida por la CGT, la Sala de Feria de la Cámara declaró la «invalidez constitucional» del Título IV de la norma presidencial.
La CGT apeló la decisión de primera instancia porque solo había dispuesto la invalidez de seis de los 45 artículos de ese capítulo -73, 79, 86, 87, 88 y 97-, lo que obtuvo respuesta favorable en segunda instancia.
El tribunal sostuvo que ese Título del DNU es «contrario al artículo 99 inciso 3 de la Constitución Nacional».
La norma, en su segmento pertinente, establece que el Poder Ejecutivo Nacional (PEN) «participa de la formación de las leyes con arreglo a la Constitución, las promulga y hace publicar», pero que «no podrá en ningún caso bajo pena de nulidad absoluta e insanable emitir disposiciones de carácter legislativo».
Agrega que «solamente cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos por esta Constitución para la sanción de las leyes, y no se trate de normas que regulen materia penal, tributaria, electoral o el régimen de los partidos políticos, podrá dictar decretos por razones de necesidad y urgencia, los que serán decididos en acuerdo general de ministros que deberán refrendarlos, conjuntamente con el jefe de gabinete de ministros».
En primera instancia se había considerado que la CGT no tenía «legitimación» para reclamar con relación a derechos «individuales» de los trabajadores, lo que fue dejado sin efecto por la Cámara que, citando numerosos precedentes, admitió la representación de la demandante.
La sentencia dictada por la Sala de Feria es la primera acerca de la «cuestión de fondo» sobre impugnaciones a los artículos en materia laboral, ya que durante el receso se fueron dictando medidas cautelares que suspendieron preventivamente esas disposiciones del PEN.
Al resolver, los camaristas Mario Fera, Manuel Diez Selva y Héctor Guisado advirtieron que «las circunstancias suscitadas con posterioridad a la publicación del decreto indican que, a su respecto, el proceso de intervención de los poderes políticos no habría avanzado con la premura que requería, de acuerdo con la situación que parecía indicar el contexto social, político y económico existente a la asunción del actual gobierno».
«El texto del artículo 99, inciso 3, segundo párrafo, de la Constitución Nacional es elocuente, y las palabras escogidas en su redacción no dejan lugar a dudas de que la admisión del ejercicio de facultades legislativas por parte del Poder Ejecutivo se hace en condiciones de rigurosa excepcionalidad«, expusieron los camaristas.
El Estado Nacional, que también había apelado el fallo de primera instancia, indicó que «no se encuentra en discusión que la ‘necesidad y urgencia’ constituyen una verdadera cuestión política (institucional) que debe ser considerada como no justiciable».
Pero para el tribunal de segunda instancia «no se avizora que las que se alegan constituyan razones de ‘urgencia’ para eludir la debida intervención del Poder Legislativo en lo que hace a la legislación de fondo, máxime cuando varias de las normas que el PEN pretende modificar sin darle intervención a los legisladores tienen naturaleza represiva o sancionatoria».
Destacó que como «la vulnerabilidad es una circunstancia que afecta a la persona que trabaja en relación de dependencia dada su desigualdad negocial, y que se hallan en juego derechos de naturaleza alimentaria, se encuentran configuradas las circunstancias objetivas como para considerar que los temas introducidos -por su calidad estructural y su cantidad- en el Título IV del decreto en cuestión resultan de imprescindible debate específico y decisión por el Poder Legislativo».
Gremiales
Emova despidió a una trabajadora del subte por denunciar acoso sexual
La protesta, organizada por Metrodelegados junto al Comité por la Reincorporación de Araceli Pintos, integrado por organizaciones sociales, políticas y feministas, permitió el ingreso gratuito de los pasajeros durante la mañana de este lunes.
Metrodelegados liberaron molinetes en la Línea B por el despido de una trabajadora que denunció acoso
★ Los trabajadores del subte liberaron este lunes los molinetes en la estación Federico Lacroze de la Línea B en una contundente medida de fuerza que exige la reincorporación inmediata de Araceli Pintos, empleada del área de limpieza de la concesionaria Emova S.A. que fue despedida luego de haber denunciado una situación de acoso sexual por parte de un efectivo de la Policía de la Ciudad durante su horario laboral.
La protesta, organizada por la Asociación de Trabajadores del Subte y Premetro (Metrodelegados) junto al Comité por la Reincorporación de Araceli, integrado por organizaciones sociales, políticas y feministas, permitió el ingreso gratuito de los pasajeros durante la mañana de este lunes, una herramienta habitual del sindicato para visibilizar sus reclamos sin afectar el bolsillo de los usuarios.
Un despido que huele a represalia
Según el comunicado firmado por el referente gremial Claudio Dellecarbonara, Pintos fue desvinculada luego de denunciar el acoso perpetrado por un policía de la Ciudad durante su jornada laboral, hecho que derivó además en episodios de violencia laboral por parte del personal jerárquico de la empresa. El gremio calificó el despido como «persecutorio, ilegal y discriminatorio» y advirtió que continuará peleando por la reincorporación de la trabajadora, exigiendo que Emova deje de encubrir a acosadores y violentos, según palabras del propio Dellecarbonara.
De acuerdo a datos publicados por el medio feminista Feminacida, Pintos tiene 27 años, es mamá soltera de dos hijas y trabajaba en el turno nocturno, de las 23.30 a las 5.30 de la madrugada, en la estación Federico Lacroze. Cuando fue despedida llevaba cuatro de los seis meses del período de prueba que exigía la empresa para quedar efectiva, y había esperado ocho años en la bolsa de trabajo para acceder al empleo.
La abogada Andrea Forgueras, que patrocina a Pintos, señaló que Emova tomó «la salida más fácil y cruel»: en lugar de investigar y sancionar al policía acosador y al superior jerárquico que ejerció violencia laboral, optó por despedir a la víctima durante el período de prueba, sin tomar medidas contra los responsables. Forgueras remarcó además que la empresa protegió con impunidad al agente acosador, negándose incluso a brindar su nombre, y que al intentar radicar una denuncia ante la Subsecretaría de Trabajo de la Ciudad, le informaron a la trabajadora que no podían tomarla porque ya estaba despedida.
La empresa habla de «incumplimientos» y esquiva la denuncia
En un comunicado difundido este lunes, Emova rechazó cualquier vinculación del despido con la denuncia de acoso y aseguró que la medida de fuerza del gremio «responde a la decisión de no incorporar de manera efectiva a una empleada tras su período de prueba por reiterados incumplimientos en sus tareas», añadiendo que «la empresa cumplió con todas las instancias posibles para evitar dicha situación». La versión de la empresa contrasta con la del sindicato y con el contenido de las denuncias penales que ya tramitan ante la Justicia.
Proyectos legislativos y escalada del conflicto
El caso trascendió los límites del subte. Según publicó Feminacida, en la Cámara de Diputados de la Nación y en la Legislatura porteña se presentaron proyectos de repudio al accionar de Emova e impulsados por las diputadas Myriam Bregman y Andrea D’Atri, en los que se señaló el carácter ilegal y discriminatorio del despido y se exigió la reincorporación inmediata de la trabajadora.
Desde el gremio también recordaron que el caso de Pintos no es aislado: la delegada de la Línea D, Agustina Chávez, cuestionó que Emova sea la misma empresa que viene siendo denunciada por exponer a trabajadores y usuarios al asbesto, un material cancerígeno, señalando que la concesionaria antepone sus ganancias a la integridad de quienes trabajan o viajan en el subterráneo.
La medida de este lunes se suma a un historial de reclamos de los Metrodelegados por mejores condiciones de seguridad y la implementación de protocolos efectivos ante situaciones de violencia de género en la red de transporte. Los trabajadores advirtieron que, si no hay respuestas por parte de la concesionaria, el conflicto podría escalar con nuevas medidas de mayor alcance.
Puntos clave
- Araceli Pintos, empleada de limpieza de Emova en la Línea B, fue despedida durante el período de prueba luego de denunciar acoso sexual por parte de un efectivo de la Policía de la Ciudad.
- Los Metrodelegados liberaron los molinetes en Federico Lacroze este lunes 27 de abril, con apoyo de organizaciones feministas y sociales nucleadas en el Comité por la Reincorporación de Araceli.
- El gremio calificó el despido como «persecutorio, ilegal y discriminatorio«; hay denuncias penales en curso ante la Justicia.
- Emova sostiene que la desvinculación se debió a «incumplimientos» laborales y niega vinculación con la denuncia de acoso.
- Diputadas Myriam Bregman y Andrea D’Atri presentaron proyectos de repudio al accionar de la empresa en el Congreso y la Legislatura porteña.
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