Represión
Nuevo protocolo represivo de Bullrich: criminalizan las protestas y priorizan a las empresas
La ministra de Seguridad refuerza su política de persecución y represión hacia los trabajadores y cercena el derecho a la protesta.
El Ministerio de Seguridad, bajo la conducción de Patricia Bullrich, reglamentó un nuevo protocolo que atenta contra el derecho constitucional a huelga y criminaliza la protesta social. A través de la resolución 901/2024, publicada en el Boletín Oficial, el Gobierno busca frenar cualquier bloqueo frente a fábricas o empresas en todo el país, restringiendo la posibilidad de manifestarse y priorizando, una vez más, los intereses empresariales por sobre los derechos de los trabajadores.
Qué es el bloqueo según el Protocolo
El documento oficial define como «bloqueo» a “cualquier maniobra, dispositivos, vallado u obstáculos de cualquier naturaleza, que impidan, dificulten o amenacen, de forma actual o inminente, el ingreso o egreso de personas, vehículos o mercaderías en un establecimiento productivo o de servicios en cualquier lugar del territorio nacional”. Esta normativa habilita el despliegue de las fuerzas de seguridad en todo el país para disolver estas manifestaciones.
Denuncias y represión: la nueva herramienta del gobierno contra la protesta
El nuevo protocolo establece que las fuerzas de seguridad podrán intervenir rápidamente en caso de que se detecten bloqueos o manifestaciones que afecten el normal funcionamiento de una empresa. Además, el Ministerio de Seguridad habilitó varios canales de denuncias para facilitar la represión de los trabajadores: WhatsApp, correo electrónico y llamadas telefónicas. Una vez recibida la denuncia, “será el Ministerio de Seguridad el encargado de evaluar la verosimilitud de la denuncia” y, si corresponde, se ordenará el despliegue de las fuerzas policiales.
Con este protocolo, Bullrich refuerza la persecución de cualquier tipo de protesta que pueda afectar a las empresas, priorizando la intervención policial en lugar de buscar soluciones a los conflictos laborales. El gobierno no solo criminaliza la protesta, sino que también habilita la rápida judicialización de los manifestantes, ya que se obliga a las fuerzas de seguridad a “recabar pruebas sobre el desarrollo del bloqueo, que incluirán la identificación de los responsables y participantes, a fin de su inmediata remisión al juzgado penal correspondiente”.
Prioridad a las empresas, represión a los trabajadores
El gobierno de Javier Milei y Bullrich sigue consolidando una política de represión y ajuste que golpea directamente a los trabajadores. Mientras se profundiza la precarización laboral y la inflación sigue erosionando los salarios, el Estado responde con protocolos que buscan acallar las demandas sociales y limitar la protesta. En lugar de atender los reclamos, se fomenta la persecución y el castigo, asegurando que las empresas mantengan su productividad a cualquier costo.
Esta normativa atenta contra el derecho fundamental a huelga, garantizado por la Constitución Nacional, y coloca en el centro del debate la confrontación entre el poder empresarial y las organizaciones gremiales. En un contexto de creciente tensión social, donde los trabajadores enfrentan condiciones laborales cada vez más precarias, el Estado optó por facilitar la represión en lugar de abrir canales de diálogo.
Las políticas de Bullrich profundizan el modelo de violencia institucional que afecta a quienes deciden luchar por mejores condiciones laborales. En lugar de buscar soluciones que mejoren las condiciones de vida de la población, el gobierno insiste en desmantelar los derechos conquistados y garantizar la tranquilidad del sector empresarial.
DDHH
Astiz, Acosta y Von Wernich: la Corte abre la puerta para que los últimos represores salgan de la cárcel
Mediante la Acordada 21/2026, los jueces Rosatti, Rosenkrantz y Lorenzetti encomendaron al Cuerpo Médico Forense elaborar un protocolo para evaluar si los detenidos por delitos de lesa humanidad pueden recibir tratamiento médico en la cárcel. La medida abre una puerta para ampliar las prisiones domiciliarias, en un universo donde ya hay 440 represores fuera de las rejas sobre un total de 519 imputados.
La Corte Suprema de Justicia dio un paso que encendió las alarmas en el campo de los derechos humanos. A través de la Acordada 21/2026, los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti encomendaron al Cuerpo Médico Forense la elaboración de un protocolo médico destinado a sistematizar los criterios de evaluación de la salud de los detenidos en establecimientos penitenciarios.
El objetivo declarado es brindar a los magistrados «mejores elementos de juicio al momento de decidir acerca de la procedencia de una prisión domiciliaria por razones de salud». Aunque la medida no se circunscribe formalmente a los casos de lesa humanidad, su impacto más inmediato recaerá sobre ese universo de imputados.
Qué establece el protocolo
Según la resolución, el protocolo deberá incluir un examen médico general de cada persona detenida y una verificación de las «condiciones concretas de detención y de las posibilidades de tratamiento dentro del establecimiento». La Corte fundamentó su decisión en el artículo 18 de la Constitución Nacional, que dispone que «las cárceles de la Nación serán sanas y limpias, para seguridad y no para castigo de los reos detenidos en ellas». La herramienta jurídica es, en apariencia, garantista.
Sin embargo, su aplicación práctica en el contexto de las causas de crímenes contra la humanidad genera un interrogante político y ético de primer orden: ¿quiénes serán los principales beneficiarios de un mecanismo diseñado para facilitar las domiciliarias?
El mapa de la impunidad: 440 sobre 519
Los datos de la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad iluminan el contexto con una precisión que no admite ambigüedades. De las 519 personas detenidas en causas por delitos de lesa humanidad, 440 ya cuentan con arresto domiciliario. Solo 18 permanecen en el sistema penitenciario federal y 61 en la Unidad Penitenciaria N° 34 de Campo de Mayo. En términos porcentuales, casi el 85% de los imputados por crímenes de la dictadura cumplen su detención fuera de la cárcel.
El nuevo protocolo de la Corte apunta precisamente al universo que permanece detenido en prisión. Entre los nombres más conocidos que aún se encuentran en establecimientos penitenciarios figuran Alfredo Astiz, el ex agente de la Armada apodado «Ángel de la Muerte», responsable de infiltrar y entregar a las Madres de Plaza de Mayo; Jorge Eduardo «El Tigre» Acosta, ex jefe de inteligencia de la ESMA y figura central del exterminio durante la última dictadura; y Christian Federico von Wernich, ex capellán policial condenado por homicidio, privación ilegal de la libertad y torturas en la provincia de Buenos Aires.
Una decisión en un clima político que no es neutro
La acordada se conoce en un contexto político cargado. El actual gobierno de Javier Milei ha mostrado gestos reiterados de acercamiento simbólico con sectores que reivindican o relativizan el terrorismo de Estado, incluyendo la imagen pública de legisladores de La Libertad Avanza en encuentros con represores condenados. En ese marco, la iniciativa de la Corte de sistematizar criterios médicos para la prisión domiciliaria no puede leerse en abstracto.
Organismos de derechos humanos y sectores de la abogacía vinculados a las causas de lesa humanidad advierten que la medida, aunque formalmente enmarcada en garantías constitucionales, puede convertirse en un instrumento para acelerar la salida del sistema carcelario de los pocos represores que aún permanecen en prisión. La brecha entre el enunciado garantista y sus efectos concretos sobre condenados por crímenes contra la humanidad es el nudo político central del debate que viene.
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