Impuestos
Ganancias: el nuevo régimen simplificado exime de informar el patrimonio, pero genera polémica
La resolución de ARCA permite a ciertos contribuyentes evitar declarar su patrimonio si adhieren al nuevo esquema. Especialistas advierten que, lejos de simplificar, podría debilitar controles y beneficiar a sectores de mayores ingresos.
Una medida que genera interrogantes
La Agencia de Recaudación (ARCA) oficializó el 22 de mayo, a través de la Resolución General 5704/2025, el procedimiento de adhesión al nuevo régimen simplificado del Impuesto a las Ganancias. La normativa, firmada por el titular del organismo, Juan Alberto Pazo, fue publicada en el Boletín Oficial y entró en vigencia con efecto retroactivo desde el 1° de enero de este año.
Según ARCA, el nuevo esquema busca “reducir la carga administrativa sin afectar el control fiscal”. No obstante, uno de los puntos más controvertidos es la exención para quienes adhieran: no deberán informar su patrimonio, un cambio sustancial que puede tener implicancias en materia de evasión y transparencia tributaria.
La medida se inscribe dentro del paquete de desregulación impulsado por el Gobierno nacional, en línea con el Decreto 353/2025 y con el discurso oficial centrado en la simplificación del Estado y el estímulo a la inversión privada.
¿Quiénes pueden adherir al régimen?
El régimen está destinado a personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país que sean contribuyentes o responsables del impuesto a las ganancias. Solo podrán adherirse quienes perciban rentas de fuente argentina y cumplan con requisitos básicos: tener clave fiscal con nivel de seguridad 3 y no estar inhabilitados por cuestiones administrativas (como tener la CUIT limitada).
A su vez, ARCA estableció que la adhesión es completamente voluntaria y reversible. Es decir, el contribuyente puede desistir en cualquier momento, siempre que no haya presentado la declaración jurada del ejercicio fiscal 2025.
Críticas por la falta de control patrimonial
El punto que más controversia generó es la eliminación de la obligación de declarar el patrimonio, uno de los pilares en los mecanismos de control fiscal. “Con esta medida, el Estado pierde visibilidad sobre la evolución del capital de los contribuyentes, y eso puede favorecer maniobras de evasión o subdeclaración”, afirmó a Página 12 el tributarista Jorge Gaggero, exasesor del Banco Central.
Desde la Asociación Argentina de Presupuesto y Administración Financiera Pública (ASAP) también expresaron preocupación: “Es un retroceso en términos de equidad y transparencia fiscal. No todo lo que simplifica es virtuoso”.
En paralelo, sectores del oficialismo aseguran que el régimen apunta a «desburocratizar el vínculo entre el contribuyente y el Estado». Sin embargo, hasta ahora no se difundieron estimaciones oficiales del número de personas que podrían acogerse a este sistema ni el eventual impacto fiscal de su implementación.
Una reforma con efecto regresivo
El nuevo régimen se presenta como un beneficio opcional, pero está diseñado para quienes obtienen ingresos exclusivamente de fuente argentina, un universo que excluye a buena parte de quienes tienen rentas financieras o patrimoniales en el exterior.
Esto, según especialistas, refuerza el carácter regresivo del esquema. “Mientras se mantiene una presión impositiva alta sobre el consumo y el trabajo, se alivian los controles sobre el capital. Esa es una política fiscal regresiva por definición”, opinó la economista Julia Strada en declaraciones radiales.
Además, preocupa el contexto en que se toma la medida: un ajuste generalizado en el gasto público, caída en la recaudación real y creciente concentración de la riqueza.
Menos control, más dudas
El régimen simplificado puede representar un alivio para ciertos contribuyentes, pero también pone en discusión la capacidad del Estado de ejercer un control efectivo sobre los patrimonios y detectar inconsistencias en las declaraciones juradas.
En un país con altos niveles de informalidad y evasión, la eliminación de herramientas fiscales sensibles —como el seguimiento patrimonial— puede derivar en consecuencias fiscales y sociales de largo alcance.
Puntos clave:
- ARCA oficializó el nuevo procedimiento de adhesión al régimen simplificado de Ganancias mediante la Resolución 5704/2025.
- Quienes adhieran no deberán informar su patrimonio, lo que generó críticas por parte de expertos en tributación.
- La medida es voluntaria, reversible y se aplica a rentas de fuente argentina.
- Especialistas advierten sobre el carácter regresivo de la reforma y su impacto en el control fiscal.
- No se difundieron datos oficiales sobre el alcance potencial ni estimaciones de pérdida de recaudación.
Economía 💲
Ganancias simplificada: ARCA dejó entrar a funcionarios, pero sin beneficios
Una resolución de ARCA permite adherir al régimen de Inocencia Fiscal a grandes contribuyentes y funcionarios, con un código que les quita las ventajas. También habilita a rehacer la declaración a quienes usaron el régimen general.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) cambió las reglas del régimen simplificado de Ganancias de la Ley 27.799, el corazón de Inocencia Fiscal. La Resolución General 5916/2026, publicada este lunes en el Boletín Oficial, permite adherir a grandes contribuyentes y funcionarios públicos, pero bajo un código que los deja sin los beneficios del régimen.
La norma, firmada por Mariano Mengochea, modifica la Resolución General 5820. Además, abre una puerta para quienes ya presentaron su declaración por el régimen general.
Funcionarios, adentro pero sin premio
Los grandes contribuyentes nacionales y los funcionarios públicos alcanzados por el artículo 38 bis de la Ley 27.799 podrán usar la presentación y el pago simplificados, pero quedarán registrados con el código «661, Ganancias Simplificada Ley 27.799, Tratamiento sin beneficios». El resto de los contribuyentes adheridos tendrá el código 639.
Los funcionarios deberán declarar si ocupan o ocuparon un cargo alcanzado en los cinco años anteriores, y actualizar ese dato si asumen uno nuevo después de adherir.
Segunda oportunidad para los que ya presentaron
Quienes declararon el período 2025 por el régimen general y pagaron en término podrán presentar una nueva declaración por el régimen simplificado hasta la fecha de vencimiento especial prevista. Si surge una diferencia a favor del fisco, deberá pagarse hasta ese plazo especial junto con los intereses resarcitorios.
Según los considerandos de la norma, el requisito de residencia rige a partir del período fiscal 2026. Para adherir, el contribuyente tiene que estar inscripto en Ganancias y no tener la CUIT limitada. Si ARCA detecta un incumplimiento de residencia, notificará al contribuyente en su domicilio fiscal electrónico, y este tendrá 15 días hábiles administrativos para responder.
Lo que tenés que saber:
- La RG 5916/2026 de ARCA modificó el régimen simplificado de Ganancias.
- Grandes contribuyentes y funcionarios podrán adherir, pero sin los beneficios del régimen.
- Los funcionarios deberán informar si tuvieron un cargo alcanzado en los últimos cinco años.
- Quienes usaron el régimen general podrán rehacer la declaración 2025 por el simplificado.
- El requisito de residencia rige a partir del período fiscal 2026.
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