Sociedad
En los albergues transitorios de Guaymallén podrán ingresar hasta 4 personas por habitación
El intendente de esa localidad, Marcelino Iglesias, confirmó que «se trata de una Ordenanza del Concejo Deliberante», y que ha sido «promovida» por el cuerpo de ediles.
Una ordenanza sancionada en Guaymallén permitirá que ingresen hasta cuatro personas por habitación, sin hacer distinción por sexo, a los albergues transitorios de ese departamento lindero a la capital de Mendoza.
La ordenanza que lleva el número 9656 fue impulsada por el presidente del Concejo Deliberante, Martín Ignacio Conte, y los ediles del Bloque Frente Cambia Mendoza, María de los Ángeles Soledad Castellano, Fernanda Orellano, Franco Matías Fernández, Juana Allende, Florencia Triviño, Ángela Barreras, Jonathan Mazuela y Miqueas Burgoa.
En los considerandos de la norma, se establece que «es fundamental ordenar en forma coherente normas relacionadas entre sí, teniendo en cuenta que las mismas han sido sancionadas hace más de 20 años, por lo que diferentes normas que versan sobre la misma temática se encuentran dispersas y ocasionan dificultades para individualizarlas».
En ese sentido, se especifica que «diferentes disposiciones están desactualizadas y resultaban incompatibles con los tiempos que corren, por lo que generaban inconvenientes para su correcta aplicación».
En su Artículo 4º, la Ordenanza establece que «será de aplicación para los albergues Transitorios y/o cualquiera sea su denominación y establecimientos que esté destinado a alojar o recepcionar personas, cualquiera sean sus géneros, con una capacidad hasta cuatro huéspedes por habitación, provistos o no de equipaje, por lapsos inferiores de 12 horas y que se encuentren exceptuadas de consignar el nombre, documento de identidad y demás datos personales en el Libro de Registros de Pasajeros».
En cuanto a la higiene, además de aclarar que se deben limpiar y desinfectar después de cada turno, indican que cada hotel debe poner el siguiente cartel en un lugar visible de las habitaciones: «La Casa está obligada a la provisión de toallas, toallones, jabones, peines y dos (2) profilácticos por turno, como mínimo».
El intendente de Guaymallén, Marcelino Iglesias, confirmó que «se trata de una Ordenanza del Concejo Deliberante, y ha sido promovida por ellos».
Esta norma se dictó tras la controversia a principio del año en curso cuando el jefe comunal decidió eliminar el concurso para elegir la Reina de la Vendimia departamental a través de un decreto avalado por una Ordenanza del Concejo Deliberante.
En declaraciones periodísticas, Iglesias dijo: «La elección de Reina convertida en un concurso de belleza se venía cayendo de maduro por lo que tomamos la decisión de eliminarla y distinguir a gente trabajadora que se destaque a nivel social».
Sin embargo, el tema llegó a la Corte Suprema de Justicia provincial, y el Procurador General, Alejandro Gullé, aseguró: «La ordenanza resulta inconstitucional al disponer la prohibición prevista en el artículo 1 relativa a la elección de reinas, y la derogación prevista en el artículo 7 de la normativa que refiere a ella en cada Fiesta de la Vendimia a partir del año 2020, en cuanto elimina una de las manifestaciones de la Fiesta Nacional de la Vendimia, patrimonio cultural inmaterial de la Provincia de Mendoza, declarada por Ley».
Política 📢
Salud Mental: el Senado aprobó la reforma para internar sin consentimiento
La reforma de la Ley 26.657 obtuvo 42 votos contra 21 y pasó a Diputados. Elimina la autorización judicial previa para las internaciones involuntarias y cambia el criterio de riesgo. El peronismo votó en contra.
El Senado dio media sanción a la reforma de la Ley Nacional de Salud Mental impulsada por el Gobierno, que flexibiliza las internaciones involuntarias. El proyecto obtuvo 42 votos a favor, 21 en contra y ninguna abstención en la madrugada de este viernes, y fue girado a la Cámara de Diputados.
La reforma modifica la Ley 26.657, vigente desde 2010. El dictamen de mayoría reunió los votos de La Libertad Avanza, el PRO, la UCR y bloques provinciales; el rechazo provino del peronismo. El texto sufrió cambios hasta minutos antes del debate para conseguir los votos.
Qué cambia
La internación involuntaria ya no exigirá un “riesgo cierto e inminente”, sino un “riesgo grave de daño para la vida o la integridad física de la persona o de terceros”. La evaluación deberá considerar también los antecedentes y las posibles consecuencias de no tratar al paciente.
Se elimina la autorización judicial previa: la internación deberá notificarse al juez dentro de las 24 horas, y el magistrado podrá pedir informes o peritajes y disponer la externación. En casos de urgencia podrá disponerla un solo médico, con una revalidación interdisciplinaria posterior. Las internaciones de más de 180 días serán consideradas prolongadas y activarán de oficio al Órgano de Revisión.
El texto mantiene la prohibición de los manicomios, suma la ludopatía a las adicciones, habilita las teleconsultas con psiquiatras donde no haya especialistas y permite fijar directivas anticipadas para aceptar o rechazar tratamientos. También incorporó un esquema de financiamiento federal para las provincias a través del Consejo Federal de Salud.
El debate
En el cierre, la jefa del bloque libertario, Patricia Bullrich, defendió la reforma: “Intervenir a tiempo cuida a la sociedad y cuida también a las personas con problemas mentales. Esto salva vidas”. Desde la oposición, el catamarqueño Guillermo Andrada reclamó garantías de financiamiento y sostuvo que la falta de presupuesto fue una de las causas del fracaso de la ley vigente.
Leé también: Salud Mental: el Senado vota la reforma que facilita internar sin consentimiento
Lo que tenés que saber:
- El Senado aprobó la reforma de Salud Mental por 42 votos contra 21.
- La internación involuntaria procederá ante un “riesgo grave de daño”.
- El juez será notificado en 24 horas, pero no autorizará antes la medida.
- Se mantiene la prohibición de los manicomios y se suma la ludopatía.
- El proyecto pasa a Diputados.
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