Judiciales ⚖️
Rechazan recusación de dos jueces en causa por intento de magnicidio de Cristina Fernández
La definición de los jueces del Tribunal Oral 6 llega luego de que esta semana la joven detenida en la causa, Brenda Uliarte, designó defensa particular ante el Tribunal que prepara el juicio oral en su contra, luego de haber renunciado al patrocinio del abogado Carlos Telleldín.
Los jueces del Tribunal Oral Federal 6, a cargo el juicio por el intento de magnicidio contra la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner, rechazaron la recusación planteada por el abogado de uno de los imputados, Gabriel Carrizo, supuesto jefe de los vendedores de algodón de azúcar conocidos como «los copitos».
Carrizo intentó recusar a los jueces Sabrina Namer y Adrián Grünberg, a quienes calificó en forma indirecta en el escrito como «kirchneristas», según el escrito.
El intento de recusación efectuado por el representante legal de Carrizo, Gastón Marano, invocó «temor de parcialidad» en virtud de la supuesta afinidad de ambos magistrados con la exvicepresidenta, querellante en la causa por el atentado contra su vida cometido el 1 de septiembre de 2022.
Uno de los motivos que esgrime el escrito se sustenta en la supuesta pertenencia de ambos a la agrupación Justicia Legítima a lo que el Grünberg respondió que dejó de formar parte «en enero de 2019» y recordó que esa entidad tiene «como propósitos principales promover un sistema de justicia más plural e independiente, tanto de los otros poderes del Estado como de los poderes fácticos, así como fomentar la transparencia en los procesos y las decisiones de los jueces».
En el mismo sentido, agregó: «Estoy plenamente convencido que en mi actuación como juez nunca me he desviado del camino que aquellos principios señalan».
Namer, por su parte, respondió que nunca integró Justicia Legítima pero sí otras organizaciones del Poder Judicial insospechadas de kirchneristas como la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia de la Nación (AMFJN), la Asociación de Jueces Federales (AJUFE), la Asociación de Jueces de Tribunales Orales Federales (JUTOF) y la Asociación de Mujeres Juezas de Argentina (AMJA).
«Soy una jueza legítima, pero nunca integré la agrupación Justicia Legítima. Empero, si lo hubiera hecho, como tantos colegas a los que respeto, no advierto la valoración de esa circunstancia como una carga negativa en sí misma», afirmó.
Namer además fue objetada por el apartamiento de la causa por el Memorando de Entendimiento con Irán -en la que Cristina Kirchner es imputada- por haber sido fiscal en la investigación por el atentado contra la AMIA, a lo que la jueza contestó que «quien dio el pie para el inicio de ese trámite de recusación fui yo misma, al pedirle a las partes -pudiendo no haberlo hecho si respondía a algún interés ajeno al de la administración de justicia-, que se expidan sobre la atípica situación de mi intervención como jueza del encubrimiento de los hechos que se investigaban en la causa en la que fui fiscal».
Sobre el trabajo de Namer en la Oficina Anticorrupción (OA) durante la presidencia de Néstor Kirchner -otro de los argumentos de la recusación- la misma jueza dijo que «si bien la OA tiene una dependencia orgánica del Poder Ejecutivo, está en la órbita del Ministerio de Justicia de la Nación, entonces a cargo de Gustavo Béliz; asimismo en esa época estaba a cargo de la Secretaría de Justicia el ex Fiscal Pablo Lanusse (hoy abogado de Mauricio Macri) y como titular de la Oficina el actual Juez de Casación Daniel Morin».
Respecto de Grünberg, Marano lo cuestionó en virtud de una supuesta afinidad con el ex juez de la Corte Suprema, Raúl Zaffaroni, a lo que el aludido respondió que son «muchas» las «personas que valoran» al constitucionalista, lo que «no significa necesariamente identidades de pensamientos o de ideologías políticas por parte de todos sus ‘admiradores’. Y menos aún que, si las hubiera, ello pudiera torcer la rectitud en el desempeño imparcial de un juez en un caso determinado», replicó.
La definición de los jueces del Tribunal Oral 6 llega luego de que esta semana la joven detenida en la causa, Brenda Uliarte, designó defensa particular ante el Tribunal que prepara el juicio oral en su contra, luego de haber renunciado al patrocinio del abogado Carlos Telleldín.
Los jueces que integran el Tribunal Oral Federal 6 se aprestaban a designar un defensor oficial para la joven procesada pero recibieron un nuevo escrito desde la cárcel de Ezeiza en el cual ella pidió nombrar a otro letrado particular, Alejandro Cipolla, informaron fuentes judiciales
En base a los manuscritos enviados por Uliarte, la jueza del Tribunal Sabrina Namer dispuso revocar la designación de Telleldín y nombrar en su reemplazo a Cipolla.
Judiciales ⚖️
Instituto Perón: la Justicia confirmó el procesamiento de Grabois y un embargo de $5 millones
La Sala I rechazó la apelación del dirigente por los hechos ocurridos en junio de 2025 en un inmueble de Austria 2593/2601. También ratificó la calificación provisoria y la medida patrimonial.
La Sala I de la Cámara Criminal y Correccional Federal confirmó el procesamiento de Juan Grabois por su ingreso al inmueble donde funcionaba el Instituto Juan Domingo Perón y ratificó un embargo de $5 millones sobre sus bienes.
Los camaristas rechazaron la apelación presentada por la defensa y mantuvieron la resolución dictada el 26 de junio, que había considerado al dirigente penalmente responsable, con el grado de probabilidad correspondiente a esta etapa del proceso, por los delitos contemplados en los artículos 150 y 239 del Código Penal.
La Cámara también confirmó el procesamiento de Valentín Peralta.
La causa se inició por los hechos ocurridos en junio de 2025
El expediente se originó por lo ocurrido el 7 de junio de 2025 en el inmueble ubicado en Austria 2593/2601, en la Ciudad de Buenos Aires.
En ese lugar había funcionado el Instituto Juan Domingo Perón hasta su cierre, dispuesto mediante el Decreto 346/25.
Según la resolución judicial, Grabois había difundido el día anterior una convocatoria a través de las redes sociales X e Instagram para concurrir al inmueble bajo la consigna “defendamos el Instituto Juan Domingo Perón y el Bar ‘Un café con Perón’”.
La Justicia mantuvo la calificación por usurpación y resistencia
La Sala I sostuvo que los testimonios de agentes policiales y las grabaciones incorporadas al expediente ubicaron a Grabois en el lugar y al frente del grupo que ingresó al inmueble estatal.
De acuerdo con la resolución, las personas que participaron provocaron daños en las instalaciones y permanecieron dentro del edificio pese a las órdenes impartidas por funcionarios públicos.
El tribunal consideró que Grabois ingresó junto con un grupo de personas convocadas por él y posteriormente se negó a abandonar el lugar ante las órdenes policiales.
A partir de esos elementos, los jueces entendieron que, en esta etapa del proceso, las figuras de usurpación y resistencia a la autoridad pueden abarcar las conductas que se le atribuyen al dirigente.
La Cámara aclaró que la calificación legal es provisoria y puede ser modificada durante el avance de la causa.
El embargo de $5 millones también quedó confirmado
Además del procesamiento, la Sala I ratificó el embargo de $5 millones dispuesto sobre los bienes de Grabois.
Los jueces consideraron que el monto se ajusta a los parámetros procesales utilizados para garantizar una eventual pena pecuniaria, las responsabilidades civiles y las costas del proceso.
El fiscal había propuesto una calificación jurídica diferente para los hechos, aunque no apeló los procesamientos.
La Cámara rechazó el pedido del CELS
La resolución confirmó la decisión apelada en todos los aspectos que habían sido objeto del recurso presentado por la defensa.
En el mismo fallo, la Sala I rechazó el pedido del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) para intervenir en la causa como amicus curiae, una figura que permite aportar argumentos o elementos jurídicos en un proceso judicial sin ser parte principal del expediente.
La causa continuará ahora con el procesamiento confirmado y con una calificación que, según aclaró la propia Cámara, mantiene carácter provisorio.
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