Judiciales ⚖️
Piden perpetua para el exfutbolista de San Lorenzo acusado por un crimen en Ciudad Evita
El fiscal Sergio Alejandro Antin solicitó la pena máxima tanto para Carrachino como para el otro acusado, Cristian Daniel «Chucky» Cruz.
Un fiscal de homicidios de La Matanza pidió hoy la pena de prisión perpetua para el exfutbolista de San Lorenzo Lautaro «Taro» Carrachino (26), acusado junto a otro hombre de cometer un narcocrimen en enero de 2020 durante el intento de usurpación de un departamento en la localidad de Ciudad Evita para instalar un búnker de venta de drogas, y consideró que los acusados hicieron un «aporte cada uno para matar a cualquier estorbo que se interpusiera en la obtención del departamento».
En los alegatos, el fiscal Sergio Alejandro Antin solicitó la pena máxima tanto para Carrachino como para el otro acusado, Cristian Daniel «Chucky» Cruz , por considerarlos autores del delito de «homicidio agravado por el concurso premeditado de dos o más personas y por el uso de arma de fuego», en perjuicio de Rubén Oscar López (46), que prevé la pena de prisión perpetua.
El representante del Ministerio Público pidió que sea incorporada la figura de «reincidencia» en el caso de Cruz.
Tras los alegatos de las partes, el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 4 de La Matanza dispuso un cuarto intermedio hasta el próximo miércoles a las 9, cuando dará a conocer el veredicto.
«Me resulta claro considerar que hubo una coautoría funcional, una clara división de roles, ese aporte de cada uno de ellos tenía un único fin, matar a cualquier estorbo en la obtención del departamento», consideró Antin en su alegato ante los jueces Gerardo Gayol, Franco Fiumara y Matías Jorge Rouco.
El fiscal hizo hincapié en el testimonio de una de las testigos presenciales del hecho, que identificó «sin lugar a dudas» en el debate a Carrachino como la persona que irrumpió junto a otro hombre (ambos armados) durante la madrugada del 27 de enero de 2020 en una vivienda rompiendo la puerta a patadas y dijo: «Si no se van en dos o tres horas, volvemos y los matamos a todos».
Además, otra testigo reconoció al exjugador de San Lorenzo como quien, horas después del hecho antes descripto e instantes antes del crimen de López, le puso una pistola en la cabeza.
«Yo de esa cara no me voy a olvidar», recordó Antin que dijo durante su declaración la testigo, instantes antes de escuchar al menos cinco disparos, tras lo cual encontró -junto a otro testigo- a López asesinado de un disparo en la cabeza.
A su vez, Antín también hizo hincapié en que Carrachino tenía una causa por el delito de «portación ilegal de arma de fuego» de 45 días antes del hecho, el 18 de diciembre de 2019.
Sobre el otro de los acusados, Cruz, el fiscal desestimó su denuncia acerca de que le habían «plantado» un arma.
Por su parte, el abogado de Carrachino, Alberto Fornaro, rechazó las conclusiones de parte de la fiscalía y reiteró la inocencia de su defendido sobre el crimen de López, y pidió «la mínima de las condenas estipuladas» por la «portación ilegal de arma de fuego», ya que estuvo a derecho al poco tiempo de ocurrido el mismo hecho.
«Rechazo categóricamente las conclusiones acusatorias del señor fiscal» sobre el homicidio de López, señaló Fornaro ante el TOC 4, y señaló que las mismas se basan «solamente en conjeturas» y que «no reflejan acabadamente lo que se ha incorporado en la causa».
«Mi asistido nada tuvo que ver con estos hechos que se le imputan el 27 de enero del 2020, lo digo porque estoy convencido, al igual que esta familia -las personas a las que les intentaron usurpar el departamento- no mintió, y lo digo en el sentido literal de lo que entendemos por mentira; falsear la verdad a sabiendas, creo que esta gente se ha equivocado y ha acusado erróneamente a Lautaro Carrachino», continuó el letrado, quien además dio detalles sobre la coartada de su defendido, quien dijo que el día del hecho estaba de viaje por la Costa Atlántica.
Por su parte, la defensora oficial Gabriela Chaumiel, a cargo de la defensa de Cruz, cuestionó a los testigos que identificaron a su defendido.
«Si repasamos las testimoniales hay una discordancia (en el reconocimiento de «Chucky») como uno de los autores del crimen, que no es ni más ni menos que el error, error que parte de una idea de los testigos por la situación durísima que vivieron», describió Chaumiel.
«No hay huellas digitales, ni rueda de reconocimiento, ni elementos secuestrados en la casa de Cruz», continuó la abogada oficial y pidió «la absolución» de su asistido «porque la prueba es insuficiente, por el principio de duda, no contamos con la certeza suficiente para poder afirmar en una sentencia condenatorio de que mi asistido participó de los hechos que se le imputan»
«Si desechan mi pedido de absolución voy a discutir la calificación y voy a pedir que en vez de encuadrar los hechos como premeditados sea por un delito menor que su señoría considere», concluyó la letrada.
En tanto, en sus últimas palabras antes de conocerse el veredicto, Carrachino dijo: «Todo fue un error, lo único que tengo para decir es que no soy culpable de lo que se me acusa y que confío en que se haga Justicia».
Cruz, también dijo que «es inocente» y que se «equivocaron de persona».
El hecho ventilado durante el debate ocurrió entre la 1.40 y aproximadamente las 4 de la madrugada del 27 de enero de 2020; el mismo fue investigado por el fiscal de Instrucción de Homicidios Dolosos de La Matanza, Federico Medone, quien consideró en su elevación a juicio que «Chucky» Cruz y «Taro» Carrachino, portando armas de fuego, ingresaron a la fuerza a esa vivienda con el fin de usurparla para, luego, instalar un búnker de drogas.
Tras una primera amenaza a sus ocupantes -una joven que vivía en el lugar con su pareja y su hijo de dos años-, los delincuentes sustrajeron una PlayStation 4, cuatro gorras de visera, una camiseta de fútbol de la selección colombiana de fútbol, 500 pesos y un morral con documentación a nombre del hijo de la mujer.
Los dos hombres a los que el fiscal identificó como Cruz y Carrachino regresaron casi tres horas después de cometer esa amenaza, junto a otros dos hombres que no fueron identificados, y asesinaron a López, quien también se hallaba en el departamento.
«Taro» Carrachino fue apresado el 22 de octubre de 2020 en inmediaciones de las calles Crovara y Cristianía de Ciudad Evita, tras permanecer casi diez meses prófugo.
DDHH
Traslado de 1.400 presos: la Cámara lo avaló pero le puso límites al Gobierno
La Cámara del Crimen confirmó el rechazo del hábeas corpus de la Procuración Penitenciaria, pero reconoció irregularidades en las comunicaciones del operativo y ordenó avisar con 72 horas de anticipación los próximos movimientos. Mientras el Gobierno celebra la mudanza de Devoto a Marcos Paz, la educación universitaria en contextos de encierro quedó en el centro del reclamo.
La Justicia admitió que los traslados de presos desde Devoto no se comunicaron como exige el protocolo del Servicio Penitenciario Federal (SPF), pero dejó firme lo ya ejecutado. No hubo marcha atrás para los 1.400 detenidos movidos a Marcos Paz, aunque sí una orden con plazos concretos para todo lo que viene.
La Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, integrada por los jueces Rodolfo Pociello Argerich y Hernán Martín López, confirmó el rechazo del hábeas corpus colectivo presentado por la Procuración Penitenciaria de la Nación (PPN). En paralelo con las actuaciones judiciales, el Gobierno nacional anunció este lunes, a través de la Presidencia, que completó la primera fase del traslado de personas detenidas de la cárcel de Villa Devoto al Complejo Penitenciario Federal VIII de Marcos Paz.
Lo que exigió el tribunal
El tribunal no cuestionó la decisión estatal de cerrar Devoto; analizó si la forma en que se organizaron y ejecutaron los traslados provocó, o podía provocar, un agravamiento ilegítimo de las condiciones de detención. En ese examen, los camaristas detectaron que las comunicaciones no se habrían ajustado a las pautas previstas en el protocolo del SPF, y por eso encomendaron al juez de primera instancia que ordene notificar los próximos movimientos a los órganos judiciales y a las defensas con al menos 72 horas de anticipación.
Pese a esa irregularidad, consideraron que no se acreditó un perjuicio concreto derivado de la falta de comunicación que justificara revertir lo hecho. También advirtieron que devolver a los detenidos a Devoto podía empeorar su alojamiento, porque algunos sectores del establecimiento quedaron inhabilitados por razones técnicas vinculadas con la seguridad de la infraestructura.
La resolución incluyó otra medida relevante: la Cámara ordenó garantizar de inmediato el ingreso de personal de la Procuración Penitenciaria para inspeccionar y monitorear los establecimientos, en respuesta a los planteos sobre las dificultades para acceder a los pabellones y entrevistar a las personas detenidas.
Estudios universitarios, en el centro de la disputa
El impacto sobre la educación es uno de los focos del conflicto. Organizaciones vinculadas con la educación en contextos de encierro denunciaron, al comenzar los traslados, que el operativo empezó por estudiantes universitarios alojados en Devoto, y cuestionaron la interrupción de sus trayectorias académicas. El reclamo apunta al Centro Universitario Devoto (CUD), del programa UBA XXII, que funciona desde 1985 y es una experiencia histórica de educación universitaria en las cárceles argentinas.
La abogada Claudia Cesaroni, referente del Centro de Estudios en Política Criminal y Derechos Humanos (CEPOC), cuestionó que se trasladara a detenidos con un rol importante en la organización del espacio educativo. Sostuvo que existían acuerdos previos para derivar a determinados estudiantes a Ezeiza, porque en Marcos Paz no estaban garantizadas las mismas condiciones para continuar sus actividades.
La Cámara consideró que hasta ese momento no se había acreditado que los traslados impidieran ejercer el derecho a la educación. Evaluó, entre otros elementos, las gestiones para habilitar espacios de UBA XXII en el Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza, con modalidad híbrida, y la oferta académica disponible en Marcos Paz. Los jueces dejaron abierta la posibilidad de volver a plantear la cuestión si se comprueban afectaciones concretas. Es decir, el fallo no dio por probado que el derecho a estudiar esté garantizado en todos los casos; consideró insuficientes los elementos presentados para disponer una medida general.
Salidas transitorias y casos individuales
Sobre las personas con salidas transitorias o próximas a acceder a ese régimen, la Cámara sostuvo que los efectos sobre la progresividad de la pena deben analizarse de manera individual ante el juez de ejecución o la autoridad judicial correspondiente.
El fallo examinó, entre otros planteos, el caso de Ricardo Alberto Castro Madrid, integrante de la denominada Banda del FAL, cuyo abogado objetó su alojamiento en Marcos Paz porque una resolución anterior había limitado los destinos posibles a unidades del SPF bajo un régimen abierto y de autodisciplina. Los camaristas entendieron que el pedido debía tramitar ante la autoridad competente y que no se acreditaron razones de gravedad y urgencia para resolverlo mediante un hábeas corpus.
La versión oficial y lo que queda pendiente
La administración nacional destacó el despliegue de fuerzas federales, las evaluaciones médicas, la identificación mediante códigos QR y la coordinación entre los organismos intervinientes. La ministra de Seguridad, Alejandra Monteoliva, sostuvo que el procedimiento se desarrolló sin conflictos, motines ni fugas. El traslado forma parte del acuerdo entre la Nación y la Ciudad de Buenos Aires para dejar de usar Villa Devoto como establecimiento penitenciario y poner en funcionamiento el complejo de Marcos Paz.
Mientras el Gobierno pone el acento en la desocupación del predio y en la puesta en marcha de la nueva cárcel, los reclamos se concentran en las condiciones de alojamiento, el acceso a la educación, la comunicación con las familias y la supervisión de los organismos de control. La decisión de la Cámara no frenó el operativo ni ordenó el regreso de los detenidos, pero fijó obligaciones para los próximos traslados y reforzó el rol de la Procuración Penitenciaria. El cumplimiento de esas medidas será uno de los puntos a observar en la siguiente etapa.
Lo que tenés que saber
- El Gobierno completó la primera fase del traslado de 1.400 detenidos de Villa Devoto a Marcos Paz.
- La Sala V de la Cámara del Crimen confirmó el rechazo del hábeas corpus colectivo de la Procuración Penitenciaria.
- El tribunal ordenó notificar los próximos traslados con al menos 72 horas de anticipación.
- La Cámara dispuso garantizar el ingreso inmediato de personal de la PPN a los penales.
- Los jueces dejaron abierta la discusión sobre el derecho a la educación universitaria si se comprueban afectaciones concretas.
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