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Judiciales ⚖️

Fiscal pidió que detengan a los prefectos imputados por el crimen de Rafael Nahuel

En Río Negro, dio esta mañana inicio al juicio que se sigue a cinco integrantes del grupo Albatros de la Prefectura Naval Argentina por el asesinato del joven mapuche Rafael Nahuel.

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El Tribunal Oral Federal (TOF) de General Roca, en Río Negro, dio esta mañana inicio al juicio que se sigue a cinco integrantes del grupo Albatros de la Prefectura Naval Argentina por el asesinato del joven mapuche Rafael Nahuel, ocurrido el 25 de noviembre de 2017, en Villa Mascardi, Bariloche, y el fiscal subrogante Rafael Vehils Ruiz pidió que los imputados sean detenidos al considerar que existe «riesgo procesal» de una posible fuga.

Sin embargo, el presidente del Tribunal, Alejandro Silva, tras un cuarto intermedio para analizar los pedidos, informó que por unanimidad los magistrados resolvieron rechazarlos, al considerar que los acusados «han estado siempre a derecho”.

El planteo fue acompañado por las querellas ejercidas por los abogados de la familia de Nahuel, la APDH Bariloche y la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación.

De acuerdo con lo previsto, la audiencia de hoy, con un cuarto intermedio al mediodía, se desarrollará hasta las 15, y en el recinto se encontraban esta mañana presentes los padres de Rafael, Alejandro Nahuel y Graciela Salvo.

En tanto, los cinco imputados -Sergio Cavia, Francisco Javier Pintos, Juan Ramón Obregón, Carlos Valentín Sosa y Sergio García- participaban hoy de la audiencia en forma virtual, conectados a través de la plataforma Zoom.

La audiencia comenzó con la lectura del requerimiento de elevación a juicio por parte del secretario del Tribunal, presidido por el juez Alejandro Silva.

El abogado Rubén Marigo, representante de los padres de la víctima, planteó al Tribunal que se exija a los imputados y al abogado defensor de tres de ellos, Marcelo Hugo Rocchetti, “estar presentes en la sala de audiencia”, ya que durante toda la jornada de la mañana mantuvieron sus cámaras de Zoom apagadas.

“Debemos tener garantías que están presentes, para evitar futuras nulidades”, explicó.

Marigo reiteró el pedido para que el juicio se traslade a San Carlos de Bariloche, distante 600 kilómetros de General Roca, ciudad fijada para las audiencias por ser la sede del Tribunal Oral Federal.

“Los padres, las querellas y las víctimas se ven obligadas a viajar todas las semanas por esta disposición”, planteó.

Finalizada la primera parte de la audiencia, en la puerta del Tribunal los padres de Rafael Nahuel y sus abogados se dirigieron a las aproximadamente 150 personas presentes -pertenecientes a comunidades mapuche, organizaciones políticas, sindicales y de derechos humanos-, y ratificaron el reclamo: “Queremos verlos cara a cara. Acá estamos nosotros, viajamos desde Bariloche y estos cobardes no están”, señaló Alejandro Nahuel, padre de Rafael.

Graciela Salvo, por su parte, mamá de la víctima, dijo que “ellos tienen recursos, plata, pero no vinieron. Sí fueron a Bariloche a matar a Rafita, pero ahora no quieren dar la cara en el juicio”.

Mientras tanto, fuera de la sede tribunalicia, en una plaza céntrica de la ciudad de General Roca, un grupo de integrantes de organizaciones y comunidades mapuche se manifestaba en reclamo de justicia.

Al ingreso al Tribunal, el vocero de la Coordinadora del Parlamento Mapuche de Río Negro, Orlando Carriqueo, aseguró que «se está juzgando a un Estado racista que mató a un joven que luchaba por sus derechos y por su identidad».

El dirigente mapuche cuestionó además el tiempo transcurrido desde el asesinato hasta el desarrollo del juicio y el lugar elegido para su realización.

«Hacer el debate de esta causa a 600 kilómetros de Bariloche, implica una violación al derecho de participar de mucha gente mapuche que quería acompañar a la familia para protestar por este asesinato», apuntó Carriqueo.

El día del asesinato, miembros del grupo de élite Albatros que integraban los acusados, armados con pistolas Beretta 9 milímetros y subfusiles MP5, se topó territorio adentro con integrantes de la comunidad.

Según se desprende de la instrucción de la causa, tras dar la voz de alto y arrojar una bomba disuasoria, recibieron piedrazos como respuesta y comenzaron a disparar, primero con munición no letal, luego con balas de plomo.

Nahuel recibió por la espalda un disparo con un proyectil 9 milímetros realizado con un subfusil MP5 y el proyectil ingresó por su glúteo izquierdo y lesionó órganos a su paso por el interior del cuerpo del joven mapuche.

La Prefectura cumplía una orden del por entonces juez subrogante del Juzgado Federal de Bariloche, Gustavo Villanueva, quien requirió que se asegure el perímetro del territorio en disputa entre la comunidad y Parques Nacionales, que había sido desalojado dos días antes, y en el que fueron detenidas cinco mujeres de la comunidad.

El magistrado había dado la orden de desalojo a partir de una denuncia por «usurpación» realizada el 17 de noviembre por parte del Parque Nacional Nahuel Huapi.

La comunidad Lafken Winkul Mapu, había anunciado a principio de ese mes la «recuperación» de unas 10 hectáreas -de las 710 mil que posee el Parque Nacional Nahuel Huapi- en esa zona de Villa Mascardi. Una semana después se produjo el desalojo y la posterior incursión de los Albatros que terminó con la muerte de Rafael Nahuel.

La causa FGR 027423/2017 caratulada «Pintos, Francisco Javier y otros sobre homicidio simple, usurpación y atentado agravado a mano armada», de la cual es querellante Alejandro Nahuel, padre de Rafael, tiene como procesados al cabo primero Cavia por el delito de «homicidio agravado cometido en exceso de legítima defensa» y a los otros cuatro integrantes del grupo Albatros como «partícipes necesarios» del hecho.

La carátula con la que la causa llegó a esta instancia de juicio oral fue criticada por las querellas que representan a la familia de Nahuel, a la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación y la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH) de Bariloche.

Los representantes legales de la Secretaría de Derechos Humanos buscarán probar durante el juicio que se trató de un homicidio calificado, dado que no hubo por parte de los prefectos una «legítima defensa», sino una actuación que desbordó «todos los límites de los cánones legales de acción ante una situación como la sucedida».

«La acusación no nos satisface. No estamos de acuerdo con esa figura. Para nosotros es homicidio calificado. La estrategia apunta a demostrar la coautoría de los cinco implicados», indicó el director de Violencia Institucional de ese organismo, Mariano Przybylski.

Investigación 🔎

Los bitcoins de Adorni, a prueba: Pollicita reconstruirá 28 años de patrimonio

El fiscal exigió que la defensa demuestre ante peritos que controla las ocho billeteras con las que el exjefe de Gabinete justifica US$ 591.544 en efectivo, y ordenó rastrear ingresos, impuestos y bienes del matrimonio con Bettina Angeletti desde fines de los 90.

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El Argentino Diario-Manuel Adorni.
Adorni dijo que los bitcoins salieron de viejos ahorros; ahora la Justicia buscará esos ahorros desde 1998.

Casi 600.000 dólares en efectivo que nunca habían sido declarados, explicados con ocho billeteras de bitcoin que hoy están vacías y con un ahorro familiar del que no hay rastro documentado. Esa es la versión que la Justicia federal decidió poner a prueba con una verificación criptográfica y con una reconstrucción patrimonial que se remonta a 1998.

El fiscal federal Gerardo Pollicita pidió este lunes al juez federal Ariel Lijo una nueva batería de medidas de prueba en la causa que investiga al exjefe de Gabinete de Javier Milei, Manuel Adorni, por presunto enriquecimiento ilícito. El pedido llega una semana después de que la defensa, encabezada por el abogado Matías Ledesma, presentara un escrito de 78 páginas para responder los 20 puntos que la fiscalía consideraba sin justificar.

La prueba de las ocho billeteras

El corazón del descargo de Adorni es una cifra: US$ 591.544,61, el dinero que, según su defensa, obtuvo al liquidar bitcoins acumulados en ocho billeteras digitales. Con ese argumento pretende explicar el efectivo que no figuraba en sus declaraciones juradas y buena parte de los gastos que quedaron bajo sospecha. Según el propio escrito, esas direcciones registraron movimientos entre octubre de 2014 y septiembre de 2018 y actualmente no conservan saldo.

Junto con su presentación, la defensa entregó un sobre cerrado y lacrado con las claves privadas de esas direcciones, «para ser abierto única y exclusivamente bajo requerimiento judicial expreso». Pollicita recogió el guante: convocó a Ledesma para que se presente junto a un perito de parte, «muñido del sobre en cuestión y de una computadora portátil propia», para que el especialista de la defensa ingrese a cada cuenta y firme, mediante la función «Sign» o «Verify Message», un mensaje que la fiscalía le entregará en el mismo acto.

Luego, personal técnico especializado de la Policía Federal Argentina realizará una «verificación criptográfica mediante una herramienta compatible», en la que se cargarán las direcciones, el mensaje y la firma obtenida, y se dejará constancia del resultado para cada una de las ocho billeteras.

La prueba tiene un límite evidente. Una firma válida demostrará que alguien del lado de la defensa controla hoy esas claves, pero no quién compró los bitcoins, cuándo ni con qué dinero. Ese es, precisamente, el punto más frágil del relato: en su escrito, Adorni sostuvo que entre 2014 y 2017 adquirió las criptomonedas en operaciones cara a cara, en espacios públicos y bajo anonimato, pagando con billetes en mano, es decir, por fuera de cualquier circuito bancario que pueda dejar huella.

El ahorro familiar que ahora deberá aparecer

La defensa atribuyó el dinero invertido desde 2014 a ahorros previos de la pareja. Pollicita tomó esa explicación al pie de la letra y la convirtió en una línea de investigación: «Considerando que, entre las explicaciones brindadas por la defensa, se atribuyó el capital aplicado a partir del año 2014 a un ahorro familiar formado con anterioridad a partir de la actividad profesional de ambos cónyuges, a fin de corroborar la justificación brindada, corresponde reconstruir la situación patrimonial y los ingresos del matrimonio conformado por Manuel Adorni y Bettina Angeletti», señaló el fiscal en su escrito.

El argumento que Adorni usó para cerrar la discusión terminó abriendo una investigación sobre toda su vida económica adulta. El fiscal pidió que se analice cómo creció el patrimonio del exfuncionario y de su esposa «desde el inicio de su vida económica activa», cuando alcanzaron la mayoría de edad.

Para eso solicitó a Lijo el levantamiento del secreto fiscal de Adorni entre el 28 de febrero de 1998 y el 31 de diciembre de 2011, y el de Angeletti desde el 10 de octubre de 2000. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) deberá remitir todas las declaraciones juradas de Ganancias y Bienes Personales, los regímenes en los que estuvieron inscriptos, las actividades declaradas, la información de terceros, las compras de moneda extranjera y cualquier adhesión a blanqueos, moratorias o regímenes de exteriorización.

La ANSES, por su parte, deberá enviar la historia laboral completa de ambos, con aportes, remuneraciones, empleadores, altas y bajas, actividad autónoma o monotributista y cualquier prestación o asignación a su nombre. A eso se suman pedidos a la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor sobre los vehículos que hayan tenido en ese período, y un relevamiento de las sociedades, asociaciones o fundaciones que hayan integrado como socios, accionistas, directivos o apoderados.

Un descargo que llegó al límite y dejó cabos sueltos

El 10 de agosto, Pollicita había intimado a Adorni a justificar su patrimonio tras detectar una diferencia de unos 43 millones de pesos entre ingresos y gastos, más desembolsos por alrededor de 402.000 dólares. El plazo original vencía el 26 de agosto, pero la defensa consiguió una prórroga y presentó el escrito al filo del nuevo vencimiento, casi tres meses después de que Adorni dejara la Jefatura de Gabinete, el 27 de junio.

En ese documento, el exfuncionario sostuvo que su evolución patrimonial durante su paso por la función pública tiene «sustento razonable y verificable» y pidió que las rectificaciones de sus declaraciones juradas no sean leídas como un indicio de ocultamiento, porque a su criterio restablecen por iniciativa propia la exactitud de lo declarado. Es el mismo funcionario que en junio tuvo que incorporar unos 513.000 dólares que antes no había declarado y que se acogió al régimen de «inocencia fiscal» impulsado por su propio Gobierno.

Según el escrito, ese efectivo fue disminuyendo con el correr de los años: de unos US$ 513.000 al cierre de 2023 pasó a US$ 388.961,52 a fines de 2024 y a US$ 209.961,52 al terminar 2025. Quedan además otros flancos abiertos, como los préstamos privados de su madre, Silvia Pais, y de Norma Zuccolo, que aparecen como fuentes de financiamiento en sus declaraciones, y el origen de los fondos aplicados a la casa del country Indio Cuá, en Exaltación de la Cruz, y al departamento de la calle Miró, en Caballito.

Sobre la casa de Indio Cuá pesa la declaración testimonial del contratista Matías Tabar, quien aseguró que las refacciones costaron 245.000 dólares, pagados en efectivo y sin factura. Cada dólar que el exjefe de Gabinete no pueda rastrear hasta una fuente legítima acerca el expediente a una citación a indagatoria. Esa es la decisión que, con los resultados de estas medidas, quedará en manos de Pollicita y Lijo.

Lo que tenés que saber:

  • El fiscal Gerardo Pollicita pidió nuevas medidas de prueba en la causa por enriquecimiento ilícito contra Manuel Adorni.
  • La defensa deberá firmar un mensaje desde las ocho billeteras de bitcoin con las que Adorni justifica US$ 591.544,61, y la Policía Federal verificará las firmas.
  • Se pidió levantar el secreto fiscal de Adorni desde 1998 y de Bettina Angeletti desde 2000 para reconstruir el supuesto ahorro familiar.
  • ARCA, ANSES y el registro automotor deberán informar ingresos, impuestos, historia laboral, compras de dólares y vehículos del matrimonio.
  • Si las explicaciones no alcanzan, el expediente puede avanzar hacia una citación a indagatoria ante el juez Ariel Lijo.
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