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Judiciales ⚖️

Sabag Montiel también será investigado por pedofilia

El fiscal Rívolo hizo la petición en el marco de la causa que tiene a cargo la jueza federal María Eugenia Capuchetti en la que se investiga al hombre que atentó contra la vicepresidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner.

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El fiscal federal Carlos Rívolo pidió este martes que Fernando Sabag Montiel, el acusado de atentar contra la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner, sea investigado por presunta pedofilia, luego de que en su celular se hallaron imágenes de «personas que aparentan ser menores de dieciocho años participando de actividades sexuales explícitas».

Rívolo hizo la petición en el marco de la causa que tiene a cargo la jueza federal María Eugenia Capuchetti en la que se investiga a Sabag Montiel por tentativa de homicidio.

El fiscal sostuvo que «las extracciones forenses efectuadas sobre la tarjeta SD marca «Sandisk» del teléfono celular secuestrado a Fernando André Sabag Montiel (…) dan cuenta de 126 registros (fotos y videos) que fueron relevados por la Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia (UFECI) de este Ministerio Público Fiscal -que al presente se adjunta-, en los que se observa a personas que aparentan ser menores de dieciocho años participando de actividades sexuales explícitas».

«En razón de ello, solicito (…) que se extraigan testimonios a la Justicia Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a efectos de que dé intervención a la Unidad Fiscal Especializada en Delitos y Contravenciones Informáticas», sostuvo el representante del Ministerio Público Fiscal federal.

En tanto, fuentes judiciales dijeron que el Fiscal General de la Ciudad de Buenos Aires, Juan Bautista Mahiques, «se puso a disposición de la justicia federal» y el material hallado en el teléfono de Sabag Montiel «sería peritado en la justicia porteña» para avanzar en la investigación por presunta pedofilia.

«La Unidad Fiscal Especializada en Delitos y Contravenciones Informáticas (UFEDYCI) a cargo de Daniela Dupuy será quien eventualmente analice la evidencia remitida por la justicia federal» para establecer si existe la comisión del delito de explotación sexual infantil contemplado en el artículo 128 del Código Penal.

Ese artículo dice que «será reprimido con prisión de tres (3) a seis (6) años el que produjere, financiare, ofreciere, comerciare, publicare, facilitare, divulgare o distribuyere, por cualquier medio, toda representación de un menor de dieciocho (18) años dedicado a actividades sexuales explícitas o toda representación de sus partes genitales con fines predominantemente sexuales, al igual que el que organizare espectáculos en vivo de representaciones sexuales explícitas en que participaren dichos menores».

También que «será reprimido con prisión de cuatro (4) meses a un (1) año el que a sabiendas tuviere en su poder representaciones de las descriptas en el párrafo anterior» y que se impondrá «prisión de seis (6) meses a dos (2) años el que tuviere en su poder representaciones de las descriptas en el primer párrafo con fines inequívocos de distribución o comercialización».

Asimismo, se aplicará «prisión de un (1) mes a tres (3) años el que facilitare el acceso a espectáculos pornográficos o suministrare material pornográfico a menores de catorce (14) años». Añade que «todas las escalas penales previstas en este artículo se elevarán en un tercio en su mínimo y en su máximo cuando la víctima fuere menor de trece (13) años».

El Ministerio Público Fiscal que está a cargo de Mahiques «cuenta con un gabinete informático forense de avanzada para este tipo de investigaciones», destacaron las fuentes.

Y recordaron que «casos como el del ex pediatra (Ricardo) Russo (condenado a prisión por tenencia y producción de imágenes de abuso de menores) y numerosos operativos trasnacionales, como Luz de Infancia (megacausa contra la pornografía infantil), han sido coordinados por el Cuerpo de Investigaciones Judiciales (CIJ)».

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Casación otorgó a De Vido prisión domiciliaria por riesgo cardiaco

La decisión de la Casación no implica libertad, sino el traslado del lugar de cumplimiento de la pena: De Vido continuará condenado y bajo control judicial, aunque desde su domicilio particular.

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De Vido deja Ezeiza: la Casación ordenó su prisión domiciliaria por riesgo cardíaco

La Cámara Federal de Casación Penal dispuso que el exministro de Planificación Julio De Vido abandone la cárcel de Ezeiza y cumpla su condena por la tragedia de Once en detención domiciliaria. La decisión, adoptada por los jueces Carlos Mahiques, Mariano Borinsky y Guillermo Yacobucci, revirtió el fallo previo del Tribunal Oral Federal que había rechazado idéntico pedido.

Un cuadro clínico que la justicia no pudo ignorar

El detonante del beneficio fue el infarto que De Vido sufrió el 1° de abril de 2026, oportunidad en la cual los médicos le colocaron un stent. Los informes médicos presentados ante la Casación alertaron sobre un «alto riesgo cardiovascular».

A esas afecciones se suman otras patologías preexistentes: diabetes insulinodependiente, fibrilación auricular persistente e hipertensión arterial, un cuadro que, a juicio del tribunal, hace incompatible el encierro carcelario con las condiciones de salud del exfuncionario.

De Vido tiene 76 años y cumple condena por el delito de fraude al Estado como partícipe necesario de la tragedia de Once, el accidente ferroviario ocurrido el 22 de febrero de 2012 que causó la muerte de 51 personas e hirió a casi 800.

La Casación revirtió al Tribunal Oral

El camino no fue sencillo. Antes de la resolución de Casación, el Tribunal Oral Federal había rechazado el pedido de prisión domiciliaria presentado por la defensa del exfuncionario. La Cámara de Casación, integrada para este caso por los jueces Carlos Mahiques, Mariano Borinsky y Guillermo Yacobucci, anuló ese fallo y estableció el cumplimiento de la condena en el domicilio del exministro. Al mismo tiempo, le encomendó al juez de ejecución penal que mantenga un control periódico sobre De Vido durante el resto de la pena.

La causa Once estableció responsabilidades en la gestión de los contratos ferroviarios con la empresa TBA (Trenes de Buenos Aires), cuya falta de mantenimiento fue determinante en el siniestro. Su condena como partícipe necesario lo convirtió en uno de los exfuncionarios de más alto rango en ser condenado efectivamente a prisión.

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