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Julia Strada confirmó que la Comisión de $Libra citó a Karina Milei para octubre
La diputada de Unión por la Patria confirmó que la secretaria general de la Presidencia deberá presentarse el 23 o el 30 de octubre. Advirtió que, si no concurre, existen antecedentes para solicitar su comparencia “por la fuerza pública”.
⬛ La diputada nacional Julia Strada (Unión por la Patria), integrante de la Comisión Investigadora de la criptoestafa $Libra, confirmó que ese cuerpo legislativo citó a la secretaria general de la Presidencia, Karina Milei, para el 23 o el 30 de octubre. En declaraciones a Splendid AM 990, la legisladora sostuvo que hay jurisprudencia para que, en caso de inasistencia, la convocatoria se realice “por la fuerza pública”.
La ruta del dinero bajo la lupa
Strada señaló que el aspecto central de la investigación es “la ruta de los pagos previos” al lanzamiento de la criptomoneda. “Esa es la plata, esa es la ruta del dinero que hay que seguir, que para mí termina en Karina Milei. Yo estoy segura de que eso termina en Karina Milei”, afirmó.
La comisión se encuentra investigando el lanzamiento de $Libra, realizado el 14 de febrero último y promocionado por el presidente Javier Milei. Horas después de la presentación, miles de inversores quedaron damnificados en distintos países.
Críticas al fiscal Taiano
La legisladora también cuestionó el desempeño del fiscal Eduardo Taiano, a cargo de la investigación judicial. Lo acusó de haber actuado con “demora deliberada” en el allanamiento al empresario Mauricio Novelli, lo que permitió que vaciara cajas de seguridad que tenía en una entidad bancaria.
“Se termina de conocer que (Taiano) demoró deliberadamente en hacerle el allanamiento a (Mauricio) Novelli. Tardó cuatro días y Novelli ya había vaciado las cajas de seguridad”, expresó Strada.
Evidencias y transferencias
La diputada sostuvo que hay dos pruebas “insoslayables” en la causa: los bolsos con dinero que, según indicó, Novelli fue visto retirando en cámaras de seguridad y que fueron detectados por la división de Investigación de Lavado de la Policía Federal; y las transferencias realizadas por Hyden Davis hacia una billetera “multisig” manejada por Novelli junto con Manuel Terrones Godoy. “Recibieron la plata el mismo día que Hyden Davis la transfirió”, remarcó.
Reuniones y vínculos políticos
Strada recordó que durante su informe en la Cámara de Diputados, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, presentó documentación sobre visitas a la Casa Rosada y la Quinta de Olivos. Según la diputada, allí se confirmó que el 30 de enero ingresaron José Luis Espert, Hyden Davis, Novelli, Terrones Godoy y el propio presidente Milei a una reunión.
“Espert no salió en la foto pero entró a la misma hora”, subrayó. Además, mencionó que en febrero Espert presentó una criptomoneda, aunque luego argumentó que se trató de un hackeo a su cuenta en la red X. Strada puso en duda esa versión: “Cuando te hackean la cuenta de X no la recuperás a las tres horas, tardás entre 48 y 72”.
Hipótesis en la comisión
La diputada reveló que circula una hipótesis entre legisladores de la comisión según la cual Espert habría estado vinculado al armado de $Libra. “Él era el que sacaba un segundo ‘memecoin’ o una segunda estafa después y esto ya estaba programado y pagado”, sostuvo.
Puntos clave
- La Comisión Investigadora citó a Karina Milei para el 23 o 30 de octubre.
- Strada advirtió que, si no concurre, podría pedirse su comparencia “por la fuerza pública”.
- La investigación apunta a la ruta del dinero previo al lanzamiento de $Libra.
- La diputada cuestionó al fiscal Taiano por “demoras deliberadas” en los allanamientos.
- Vinculó a Novelli, Terrones Godoy, Hyden Davis y Espert con el esquema de la cripto.
Judiciales ⚖️
Fallo inédito: la ART deberá pagar $351 millones a un trabajador que sufrió un infarto en la fábrica y no fue asistido
La Justicia condenó a Federación Patronal Seguros a abonar una indemnización millonaria a César Fernández, operario de una empresa de Ringuelet que padeció un infarto mientras trabajaba, no recibió atención médica oportuna y quedó con cuadriparesia y graves secuelas neurológicas permanentes. El fallo, impulsado por el abogado platense Matías Martínez, sienta un precedente histórico en materia de responsabilidad de las ART ante emergencias laborales.
Un tribunal de trabajo condenó a la aseguradora de riesgos del trabajo Federación Patronal Seguros a pagar una indemnización que supera los $351 millones a un obrero que sufrió un infarto mientras cumplía tareas en una fábrica de La Plata y quedó con secuelas neurológicas permanentes porque no recibió la asistencia médica adecuada en los momentos críticos de la emergencia. La sentencia reconoció además el pago de una prestación mensual vitalicia por gran invalidez, en virtud de las graves limitaciones motoras que hoy padece el trabajador y que le impiden valerse por sí mismo.
El infarto que la fábrica no atendió
César Fernández era empleado de Albano Cozzuol S.A., una reconocida empresa ubicada en la localidad de Ringuelet, cuando el 24 de noviembre de 2021 comenzó a sentir fuertes dolores en el pecho, mareos y un malestar físico agudo mientras cumplía su jornada laboral. Según quedó acreditado en el expediente judicial, Fernández intentó recibir atención en la enfermería de la planta, pero el servicio estaba cerrado. Fue entonces trasladado en un remís hacia el Sanatorio Argentino; durante el trayecto sufrió una descompensación y un paro cardíaco.
Con el correr de las horas, el cuadro derivó en un importante daño neurológico: Fernández desarrolló una cuadriparesia que redujo de manera drástica su movilidad y transformó por completo su vida cotidiana y la de toda su familia. La falta de respuesta inmediata ante los primeros síntomas resultó, según la Justicia, determinante para la gravedad de las secuelas.
La batalla judicial y la estrategia que marcó la diferencia
La causa fue impulsada por el abogado platense Matías Martínez, quien representó a Fernández y centró su estrategia en un argumento que se aparta de la discusión habitual sobre el origen del evento cardíaco. Más allá de determinar si el infarto fue o no causalmente vinculado al trabajo, Martínez demostró que las condiciones en que se desarrolló la emergencia y la ausencia de asistencia médica adecuada fueron las que agravaron las consecuencias del episodio.
«Este fallo reconoce que no solo importa qué causó el problema de salud, sino también qué pasó después. Cuando una emergencia ocurre en el trabajo, las consecuencias de una atención tardía o insuficiente también deben ser reparadas», sostuvo Martínez. El letrado destacó que la importancia de la sentencia excede el caso particular y puede funcionar como antecedente para futuros reclamos vinculados a incumplimientos en la atención de emergencias laborales.
Un fallo que expande el concepto de accidente laboral
La sentencia reviste especial relevancia porque se aparta de una tendencia históricamente restrictiva respecto de los eventos cardiovasculares en el ámbito del trabajo. Los infartos han tenido históricamente dificultades para ser reconocidos como contingencias laborales, dado que suelen asociarse a factores de riesgo personales o enfermedades preexistentes. En este caso, sin embargo, el tribunal analizó cómo las condiciones en que ocurrió el episodio agravaron sus consecuencias y concluyó que la ART incumplió obligaciones elementales ante una emergencia.
A partir de una interpretación amplia del concepto de «ocasión del trabajo», los jueces establecieron que la falta de asistencia médica adecuada fue determinante en las graves secuelas sufridas por Fernández y reafirmaron que la protección de la Ley de Riesgos del Trabajo alcanza también aquellos casos en los que el ámbito laboral agrava un riesgo común. El reconocimiento del hecho como accidente laboral por ocasión abre una puerta jurídica de enorme alcance para miles de trabajadores que se encuentran en situaciones similares.
Los números de la condena
La condena estableció que Federación Patronal Seguros deberá abonar un capital de $285.980.239,88, que con la aplicación de intereses eleva la liquidación total a $351.246.415,17. A esa suma se agrega la prestación mensual por gran invalidez prevista en el artículo 17 inciso 2 de la Ley de Riesgos del Trabajo, que la aseguradora deberá sostener mientras Fernández lo requiera. El trabajador padece severas limitaciones motoras y necesita asistencia permanente para desenvolverse en su vida diaria.
Puntos clave
- La ART Federación Patronal Seguros fue condenada a pagar más de $351 millones a César Fernández, operario de Albano Cozzuol S.A. de Ringuelet.
- El trabajador sufrió un infarto el 24 de noviembre de 2021, no fue atendido en la enfermería de la fábrica y quedó con cuadriparesia y graves secuelas neurológicas permanentes.
- El fallo reconoció el hecho como accidente laboral por ocasión, expandiendo la protección de la Ley de Riesgos del Trabajo a situaciones en que el ámbito laboral agrava un riesgo común.
- La sentencia incluye una prestación mensual vitalicia por gran invalidez a cargo de la ART.
- La causa fue impulsada por el abogado Matías Martínez y puede sentar precedente para futuros reclamos por deficiencias en la atención de emergencias laborales.
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