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Condena efectiva para quien atropelló y mató en estado de ebriedad

El fallo recayó sobre Iván Prein, de 30 años, quien fue hallado culpable del “homicidio culposo agravado”, del que resultó víctima Leticia Allo, a la que no asistió, tras embestirla, debido a que escapó con su auto.

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Por Néstor Llidó

El hijo de un reconocido pastor evangelista fue sentenciado a tres años y ocho meses de prisión de cumplimiento efectivo por haber atropellado, mientras conducía en estado de ebriedad, causando heridas mortales a una joven, en un trágico siniestro vial ocurrido en mayo de 2016 en el barrio porteño de Palermo.

El fallo recayó sobre Iván Prein, de 30 años, quien fue hallado culpable del “homicidio culposo agravado”, del que resultó víctima Leticia Allo, a la que no asistió, tras embestirla, debido a que escapó con su auto.

Tras conocerse la sentencia, el Tribunal Oral Criminal y Correccional Nro. 27 dispuso la inmediata detención del imputado, quien fue trasladado a una seccional policial, aunque su defensa solicitó su arresto domiciliario hasta que la condena quede firme, ya que presentará una apelación.

También a Prein se le aplicó una inhabilitación para conducir durante diez años, aunque la pena por el homicidio culposo no pude incorporar otros agravantes, pues el siniestro se produjo ante la sanción de la actual Ley de Tránsito.

Si bien calificó el fallo como “ejemplificador”, Mónica Pueblas, la madre de Leticia Allo (de entonces 29 años), pidió “concientizar sobre la necesidad de contar con la Ley de Alcohol Cero, un proyecto que sigue en análisis del Congreso”.

Análisis

Cuba: ¿en el ojo de la tormenta?

Argentina ¿se une al bloqueo contra Cuba?.

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Por Stella Calloni

En un comunicado enviado a sus operadores de turismo este 24 de abril la Empresa Cubana de Aviación, línea aérea de la República de Cuba informa a sus operadores de turismo que debió cancelar vuelos a Buenos Aires porque las empresa proveedoras de combustibles se niegan a proveerla.

“Ante la abrupta negativa de las empresas proveedoras de combustible de aviación en la República Argentina de prestar servicio a la aerolínea Cubana de Aviación, SA y a sus vuelos autorizados por la Administración Nacional de aviación Civil de Argentina (Anac) invocando disposiciones de las medidas de bloqueo de Estados Unidos contra Cuba”, señala el comunicado de esa empresa.

Por esta razón se informa que los vuelos de Cubana “que debían salir entre el 23 y 24 de abril fueron cancelados y la negativa alcanza a otras líneas aéreas contratadas por la empresa para tratar trasladar a los pasajeros afectados impidiendo con ello cumplir los compromisos asumidos por la aerolínea con éstos».

En estos momentos está tratando de lograr cupos en otras líneas aéreas que llegan a Cuba, para trasladar a los pasajeros que tenían previsto retornar a su país el 24 de abril que serán protegidos en la medida en que existan asientos disponibles en otras aerolíneas que poseen rutas aéreas desde Cuba hacia Argentina.

En otro orden se informa que los pasajeros que no hayan iniciado el viaje podrán recibir el cien por ciento del reembolso de su boleto aéreo. Finalmente señalan que las acciones de los proveedores argentinos escapan a toda decisión de Cubana de Aviación.

Resulta imposible no analizar que esto indicaría que el gobierno argentino, que suspendió los vuelos de Aerolíneas Argentinas a la Habana, no permite que Yacimientos Petrolíferos Fiscales (YPF) provea de combustible a los aviones de Cubana de aviación y toma la decisión de unirse al bloqueo de Estados Unidos de 63 años contra Cuba, un récord de un sitio medieval en la historia de la humanidad, que fue reforzado en 1996 con la Ley Helms Burton de 1996 y profundizado hasta la asfixia con nuevas más de 250 nuevas medidas que fueron decididas durante el gobierno del republicano Donald Trump y sostenidas por el actual gobierno demócrata de Joe Biden.

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