Salud 🩺
Sin receta y desde ya: estos son los diez medicamentos que podés comprar libremente en la farmacia
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica formalizó mediante la Disposición 4714/2026 la comercialización sin receta de diez principios activos destinados a afecciones de baja complejidad. La medida rige desde el 29 de julio, pero tiene restricciones precisas: no alcanza a todas las presentaciones ni concentraciones de los fármacos incluidos.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica formalizó mediante la Disposición 4714/2026 la comercialización sin receta de diez principios activos destinados a afecciones de baja complejidad. La medida rige desde el 29 de julio, pero tiene restricciones precisas: no alcanza a todas las presentaciones ni concentraciones de los fármacos incluidos.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) amplió la lista de medicamentos que pueden adquirirse sin receta en la Argentina. La decisión quedó formalizada a través de la Disposición 4714/2026, publicada en el Boletín Oficial el 28 de julio de 2026, y entró en vigencia al día siguiente. La norma incorpora diez principios activos al régimen de venta libre, aunque con una condición central que el organismo se encargó de subrayar: la autorización se limita estrictamente a las concentraciones, formas farmacéuticas y vías de administración especificadas en la disposición, y no implica que cualquier presentación del mismo fármaco pueda comercializarse sin prescripción médica.
Cuáles son los diez medicamentos alcanzados por la medida
La Disposición 4714/2026 establece la condición de venta libre para los siguientes principios activos, con sus presentaciones autorizadas:
- Trimebutina maleato (100 mg): comprimidos o cápsulas de administración oral. Indicado para trastornos de la motilidad digestiva.
- Levocetirizina diclorhidrato (5 mg y 5 mg/ml): comprimidos, cápsulas o solución oral. Antihistamínico de segunda generación para alergias.
- Fexofenadina clorhidrato (60 mg, 120 mg y 6 mg/ml): comprimidos, cápsulas o solución oral. Antihistamínico para rinitis alérgica y urticaria.
- Dimenhidrinato (50 mg): comprimidos o cápsulas de administración oral. Utilizado para náuseas, mareos y vómitos.
- Nafazolina clorhidrato y feniramina maleato: solución oftálmica estéril (0,025% de nafazolina y 0,3% de feniramina). Para la irritación ocular.
- Olopatadina clorhidrato (0,1% y 0,2%): solución oftálmica estéril. Antihistamínico ocular para conjuntivitis alérgica.
- Carboximetilcisteína (5%): jarabe o solución oral. Mucolítico para afecciones respiratorias.
- Cloruro de aluminio hexahidratado (20%): loción de uso tópico. Para el tratamiento de la hiperhidrosis.
- Carbonato de calcio, tintura de árnica montana y nitrato de plata: asociación en polvo para administración oral o tópica, en las concentraciones previstas por la ANMAT.
- Ivermectina: únicamente en concentración de 0,5% en loción de uso tópico. Para el tratamiento de la pediculosis. Las presentaciones orales siguen requiriendo receta médica.
Una desregulación con matices: no todo el fármaco queda liberado
Uno de los aspectos más relevantes de la disposición es la precisión con la que la ANMAT delimitó su alcance. El caso de la ivermectina ilustra con claridad esa lógica: solo la loción tópica al 0,5% puede venderse sin receta; los comprimidos y cualquier otra forma de administración oral continúan bajo el régimen anterior. Lo mismo aplica para el resto de los principios activos: cualquier concentración o presentación que no figure expresamente en la disposición permanece sujeta a prescripción médica.
La medida tampoco modifica de manera automática los envases de los productos ya distribuidos. Los laboratorios podrán comercializar los lotes liberados antes del 29 de julio sin necesidad de modificar rótulos ni prospectos. En cambio, los nuevos lotes deberán incorporar la condición de venta libre en el envase y un código QR que permita acceder al prospecto oficial desde dispositivos electrónicos, en línea con una normativa previa de la propia ANMAT.
Antecedentes regulatorios y el contexto del «switch»
La disposición no surge en el vacío. Se encuadra en la Resolución N° 284/2024 del Ministerio de Salud, que encomendó a la ANMAT revisar la condición de expendio de una serie de especialidades medicinales con historial de uso seguro. Desde entonces, el organismo ya había habilitado la venta libre de inhibidores de la bomba de protones (los llamados «prazoles»), acetilcisteína, aciclovir, amorolfina y otras formulaciones.
Para justificar cada decisión, la ANMAT evalúa el historial de cinco años de comercialización bajo receta sin registros de efectos adversos graves, y analiza los antecedentes de agencias regulatorias internacionales de alta vigilancia sanitaria: la EMA europea, la FDA estadounidense, la ANVISA brasileña, la española AEMPS, la francesa ANSM y la colombiana INVIMA. El caso de los prazoles se presenta como referencia del impacto que puede tener la medida sobre los precios: entre mayo de 2024 y junio de 2026, esos medicamentos aumentaron entre un 30,2% y un 40,4%, mientras el IPC general acumuló un 94,7% en el mismo período, lo que equivale a una caída real de su precio.
La desregulación farmacéutica más amplia que impulsa el Gobierno
La Disposición 4714/2026 se inscribe, además, en un proyecto de desregulación económica más vasto que el Gobierno nacional impulsa en el Congreso y que propone modificar la Ley de Farmacias N° 17.565, vigente desde 1967. La iniciativa plantea que los medicamentos de venta libre puedan comercializarse también en supermercados, kioscos y otros comercios habilitados, así como por canales digitales con entrega a domicilio. Sin embargo, esa reforma todavía no está vigente: requiere aprobación legislativa y posterior reglamentación por parte del Poder Ejecutivo. Por ahora, la venta sin receta sigue restringida a las farmacias habilitadas.
Lo que sí rige desde el 29 de julio es la posibilidad concreta de adquirir estos diez principios activos sin prescripción, siempre dentro de las condiciones precisas establecidas por la ANMAT. La clave para los pacientes es verificar que la presentación que van a comprar coincida exactamente con la autorizada, dado que otras formulaciones del mismo fármaco pueden seguir requiriendo receta.
Política 📢
De 128 a 6 medicamentos: Milei y Lugones liquidaron el Remediar
La provincia de Buenos Aires respondió con el programa Medicamentos Bonaerenses, que distribuye fármacos a centros de salud y hospitales de los 135 municipios.
Seis medicamentos. Eso es lo que quedó del Remediar, el programa que durante 24 años llevó remedios gratuitos a los centros de atención primaria de todo el país. Con una resolución publicada en el Boletín Oficial, el Gobierno de Javier Milei borró de un plumazo el listado de 128 medicamentos esenciales que garantizaba el Estado nacional.
La medida, firmada por el ministro de Salud de la Nación, Mario Lugones, y publicada el jueves 15 de octubre, deroga la Resolución 3424/2021, que establecía el vademécum del programa y era la base legal de sus compras centralizadas. En su lugar, aprueba una nómina de apenas seis principios activos destinados a la prevención y el tratamiento de enfermedades cardiovasculares: ácido acetilsalicílico (aspirina), atorvastatina, candesartán, hidroclorotiazida, ramipril y rosuvastatina.
«Un brutal y asesino ajuste»
El ministro de Salud de la provincia de Buenos Aires, Nicolás Kreplak, fue uno de los primeros en reaccionar. «Hoy se oficializó el cierre del Remediar. Un brutal y asesino ajuste, que impacta directamente en la salud de la gente», escribió en sus redes sociales.
El funcionario de Axel Kicillof recordó que se trataba de «un programa de 24 años de historia, que abastecía a 8000 centros de salud y que cubría el 85% de las enfermedades más frecuentes», y que fue reemplazado por un «plan» que solo incluye seis medicamentos. «Lo venimos diciendo. Intentaron ocultarlo, y negarlo, porque además de ajustadores seriales son mentirosos», disparó, y cerró: «Tenían más dignidad cuando al ajuste le decían ajuste y se lo bancaban».
El diputado nacional de Unión por la Patria y ex ministro de Salud de Tucumán, Pablo Yedlin, coincidió en el diagnóstico: «Hoy el boletín oficial nos despierta con la muerte del programa Remediar, es verdad que ‘mezclado’ en un programa ‘innovador’ de prevención cardiovascular». El legislador advirtió que los medicamentos para niños, adolescentes, mujeres embarazadas y adultos sin enfermedad cardiovascular quedan fuera de la responsabilidad del Estado nacional, y sentenció: «A partir de hoy es oficial: los medicamentos esenciales serán responsabilidad exclusiva de las provincias«.
Un vaciamiento anunciado
La resolución no llega de la nada. Es el certificado de defunción de un programa que el Gobierno nacional venía desfinanciando desde el inicio de la gestión libertaria. En abril, Kicillof ya había denunciado que el vademécum del Remediar se había reducido a un esquema con proyección de apenas tres insumos y que las unidades distribuidas habían caído un 55% respecto de 2023. En aquella oportunidad, el gobernador calificó de «criminal» la decisión y advirtió que el ajuste dejaba «sin asistencia a más de 20 millones de personas».
En mayo, Kicillof y Kreplak reunieron a más de 60 intendentes de distintas fuerzas políticas para exponer el impacto de los recortes nacionales en el sistema sanitario bonaerense. Allí, Kreplak afirmó que Milei «recortó el presupuesto en Salud un 40%, paralizó la entrega de medicamentos, redujo la distribución de vacunas y aplicó la motosierra sobre el PAMI».
El Remediar sobrevivió a gobiernos de distinto signo político, incluido el de Mauricio Macri, y es la gestión de Milei la que finalmente lo desmantela. El texto oficial justifica el cambio en una supuesta modificación del escenario sanitario y en la necesidad de reforzar la atención de las enfermedades vasculares. Pero el nuevo listado tiene además carácter orientativo, como referencia para compras, logística y distribución.
Las provincias, otra vez a pagar la cuenta
En los hechos, la medida traslada a las provincias la obligación de cubrir los tratamientos que hasta ahora garantizaba la Nación, en un contexto en el que los sistemas sanitarios provinciales ya enfrentan restricciones presupuestarias, recortes en las transferencias y una demanda creciente en los hospitales públicos, producto de la pérdida de cobertura de obras sociales y prepagas.
La provincia de Buenos Aires respondió con el programa Medicamentos Bonaerenses, que distribuye fármacos a centros de salud y hospitales de los 135 municipios. Pero no todas las provincias tienen la capacidad de reemplazar lo que el Estado nacional decidió abandonar, y el costo de esa retirada lo pagarán los sectores que dependen de la salud pública para acceder a un antibiótico, un antihipertensivo o un tratamiento básico.
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