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Sin receta y desde ya: estos son los diez medicamentos que podés comprar libremente en la farmacia

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica formalizó mediante la Disposición 4714/2026 la comercialización sin receta de diez principios activos destinados a afecciones de baja complejidad. La medida rige desde el 29 de julio, pero tiene restricciones precisas: no alcanza a todas las presentaciones ni concentraciones de los fármacos incluidos.

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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica formalizó mediante la Disposición 4714/2026 la comercialización sin receta de diez principios activos destinados a afecciones de baja complejidad. La medida rige desde el 29 de julio, pero tiene restricciones precisas: no alcanza a todas las presentaciones ni concentraciones de los fármacos incluidos.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) amplió la lista de medicamentos que pueden adquirirse sin receta en la Argentina. La decisión quedó formalizada a través de la Disposición 4714/2026, publicada en el Boletín Oficial el 28 de julio de 2026, y entró en vigencia al día siguiente. La norma incorpora diez principios activos al régimen de venta libre, aunque con una condición central que el organismo se encargó de subrayar: la autorización se limita estrictamente a las concentraciones, formas farmacéuticas y vías de administración especificadas en la disposición, y no implica que cualquier presentación del mismo fármaco pueda comercializarse sin prescripción médica.

Cuáles son los diez medicamentos alcanzados por la medida

La Disposición 4714/2026 establece la condición de venta libre para los siguientes principios activos, con sus presentaciones autorizadas:

  • Trimebutina maleato (100 mg): comprimidos o cápsulas de administración oral. Indicado para trastornos de la motilidad digestiva.
  • Levocetirizina diclorhidrato (5 mg y 5 mg/ml): comprimidos, cápsulas o solución oral. Antihistamínico de segunda generación para alergias.
  • Fexofenadina clorhidrato (60 mg, 120 mg y 6 mg/ml): comprimidos, cápsulas o solución oral. Antihistamínico para rinitis alérgica y urticaria.
  • Dimenhidrinato (50 mg): comprimidos o cápsulas de administración oral. Utilizado para náuseas, mareos y vómitos.
  • Nafazolina clorhidrato y feniramina maleato: solución oftálmica estéril (0,025% de nafazolina y 0,3% de feniramina). Para la irritación ocular.
  • Olopatadina clorhidrato (0,1% y 0,2%): solución oftálmica estéril. Antihistamínico ocular para conjuntivitis alérgica.
  • Carboximetilcisteína (5%): jarabe o solución oral. Mucolítico para afecciones respiratorias.
  • Cloruro de aluminio hexahidratado (20%): loción de uso tópico. Para el tratamiento de la hiperhidrosis.
  • Carbonato de calcio, tintura de árnica montana y nitrato de plata: asociación en polvo para administración oral o tópica, en las concentraciones previstas por la ANMAT.
  • Ivermectina: únicamente en concentración de 0,5% en loción de uso tópico. Para el tratamiento de la pediculosis. Las presentaciones orales siguen requiriendo receta médica.

Una desregulación con matices: no todo el fármaco queda liberado

Uno de los aspectos más relevantes de la disposición es la precisión con la que la ANMAT delimitó su alcance. El caso de la ivermectina ilustra con claridad esa lógica: solo la loción tópica al 0,5% puede venderse sin receta; los comprimidos y cualquier otra forma de administración oral continúan bajo el régimen anterior. Lo mismo aplica para el resto de los principios activos: cualquier concentración o presentación que no figure expresamente en la disposición permanece sujeta a prescripción médica.

La medida tampoco modifica de manera automática los envases de los productos ya distribuidos. Los laboratorios podrán comercializar los lotes liberados antes del 29 de julio sin necesidad de modificar rótulos ni prospectos. En cambio, los nuevos lotes deberán incorporar la condición de venta libre en el envase y un código QR que permita acceder al prospecto oficial desde dispositivos electrónicos, en línea con una normativa previa de la propia ANMAT.

Antecedentes regulatorios y el contexto del «switch»

La disposición no surge en el vacío. Se encuadra en la Resolución N° 284/2024 del Ministerio de Salud, que encomendó a la ANMAT revisar la condición de expendio de una serie de especialidades medicinales con historial de uso seguro. Desde entonces, el organismo ya había habilitado la venta libre de inhibidores de la bomba de protones (los llamados «prazoles»), acetilcisteína, aciclovir, amorolfina y otras formulaciones.

Para justificar cada decisión, la ANMAT evalúa el historial de cinco años de comercialización bajo receta sin registros de efectos adversos graves, y analiza los antecedentes de agencias regulatorias internacionales de alta vigilancia sanitaria: la EMA europea, la FDA estadounidense, la ANVISA brasileña, la española AEMPS, la francesa ANSM y la colombiana INVIMA. El caso de los prazoles se presenta como referencia del impacto que puede tener la medida sobre los precios: entre mayo de 2024 y junio de 2026, esos medicamentos aumentaron entre un 30,2% y un 40,4%, mientras el IPC general acumuló un 94,7% en el mismo período, lo que equivale a una caída real de su precio.

La desregulación farmacéutica más amplia que impulsa el Gobierno

La Disposición 4714/2026 se inscribe, además, en un proyecto de desregulación económica más vasto que el Gobierno nacional impulsa en el Congreso y que propone modificar la Ley de Farmacias N° 17.565, vigente desde 1967. La iniciativa plantea que los medicamentos de venta libre puedan comercializarse también en supermercados, kioscos y otros comercios habilitados, así como por canales digitales con entrega a domicilio. Sin embargo, esa reforma todavía no está vigente: requiere aprobación legislativa y posterior reglamentación por parte del Poder Ejecutivo. Por ahora, la venta sin receta sigue restringida a las farmacias habilitadas.

Lo que sí rige desde el 29 de julio es la posibilidad concreta de adquirir estos diez principios activos sin prescripción, siempre dentro de las condiciones precisas establecidas por la ANMAT. La clave para los pacientes es verificar que la presentación que van a comprar coincida exactamente con la autorizada, dado que otras formulaciones del mismo fármaco pueden seguir requiriendo receta.

Gestión

Di Liscia asume en Discapacidad con la mira puesta en las pensiones fraudulentas

El Gobierno oficializó este martes el reemplazo de Alejandro Vilches al frente de la Secretaría Nacional de Discapacidad. El nuevo titular, Pablo Di Liscia, ex presidente del IOMA bonaerense, asume con el mandato explícito de detectar irregularidades en el padrón de pensiones no contributivas y eliminar beneficios otorgados de manera fraudulenta.

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Di Liscia presidió el IOMA bonaerense entre 2017 y 2019, durante la gestión de María Eugenia Vidal.

La Secretaría Nacional de Discapacidad tiene nuevo conductor. El Gobierno nacional designó este martes a Pablo Di Liscia al frente del organismo con una misión declarada: profundizar la auditoría sobre las pensiones no contributivas por invalidez laboral para identificar y dar de baja aquellos beneficios que fueron otorgados sin que sus titulares cumplan con los requisitos de vulnerabilidad y estado de salud exigidos.

Di Liscia reemplaza a Alejandro Vilches en un organismo que, en los últimos meses, atravesó uno de los momentos de mayor exposición pública de su historia reciente, en el marco del escándalo en la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), donde se investigan nombramientos irregulares y presuntos desvíos de fondos. El nuevo secretario llega desde el sector privado y con antecedentes en la gestión pública bonaerense y porteña.

Un perfil técnico con paso por IOMA y el GCBA

Según informó Presidencia, Di Liscia presidió el Instituto de Obra Médico Asistencial (IOMA) de la provincia de Buenos Aires entre 2017 y 2019, organismo que gestiona la cobertura médica de más de 2,2 millones de afiliados. Antes de esa función, se desempeñó como subsecretario de Higiene Urbana y director general de Control de Gestión en el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Su trayectoria se completa con más de dos décadas en el sector privado en roles ejecutivos.

El oficialismo presentó ese perfil como una garantía de capacidad técnica para encarar la reorganización interna del organismo. Sin embargo, el recorrido de Di Liscia en el IOMA corresponde a la gestión de María Eugenia Vidal en la provincia de Buenos Aires, lo que lo ubica políticamente dentro del espacio PRO, dato que el Gobierno eligió no destacar en el comunicado oficial.

La «eficiencia» como bandera, las personas con discapacidad como variable de ajuste

El Gobierno encuadró el cambio bajo la retórica habitual de la administración Milei: «optimización de prestaciones», «fortalecimiento de mecanismos de control» y «administración eficiente de los recursos públicos». En la práctica, esa narrativa se tradujo, durante toda la gestión libertaria, en recortes sistemáticos sobre el gasto social dirigido a los sectores más vulnerables.

El organismo que Di Liscia heredará acumula una historia reciente de turbulencias. La ANDIS fue el centro de uno de los escándalos más resonantes del año: irregularidades en nombramientos, sospechas de desvíos de fondos y vínculos con el entorno de funcionarios del Ejecutivo nacional. El propio Manuel Adorni, actual Jefe de Gabinete, está siendo investigado judicialmente en una causa donde la ANDIS aparece mencionada como parte de una trama de triangulaciones.

La meta que el nuevo secretario anunció como prioritaria, depurar el padrón de pensiones no contributivas por invalidez, viene siendo ejecutada desde el inicio de la gestión Milei con una agresividad que generó una ola de reclamos judiciales y movilizaciones de organizaciones de personas con discapacidad. Decenas de miles de beneficios fueron suspendidos o dados de baja sin las debidas garantías de audiencia previa, en una práctica que la justicia federal debió frenar en varios casos mediante medidas cautelares.

El argumento oficial de que se trata de eliminar el fraude no está en disputa per se; sí lo están los métodos, la escala y la falta de resguardos para quienes son dados de baja por error, un fenómeno que las organizaciones del sector documentaron reiteradamente. La pregunta que Di Liscia deberá responder en los próximos meses es si viene a corregir esos procedimientos o a acelerarlos.

Lo que tenés que saber

  • Pablo Di Liscia fue designado este martes al frente de la Secretaría Nacional de Discapacidad, en reemplazo de Alejandro Vilches.
  • Di Liscia presidió el IOMA bonaerense entre 2017 y 2019, durante la gestión de María Eugenia Vidal.
  • El Gobierno anunció que su gestión priorizará la auditoría sobre las pensiones no contributivas por invalidez laboral para dar de baja beneficios fraudulentos.
  • La ANDIS atraviesa un escándalo judicial por irregularidades en nombramientos y presuntos desvíos de fondos, contexto en el que asume el nuevo funcionario.
  • Organizaciones de personas con discapacidad documentaron bajas masivas de beneficios sin garantías previas a lo largo de 2024 y 2025, muchas de las cuales fueron frenadas por la justicia federal.
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