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Judiciales ⚖️

Piden tratar la falta de pago de la cuota alimentaria como «un conflicto de interés público»

«Es un conflicto de interés público, es decir, no es un conflicto personal, particular, aislado, sino que atraviesa a una proporción importante de las mujeres y también es causal de la feminización de la pobreza. Por eso el Estado tiene que tomar una posición y tener intervención», dijo la directora Carpineti, sobre la falta de pago de la cuota alimentaria.

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El 99% de las personas que consultan a la línea telefónica 137 sobre deberes de responsabilidad parental o familiar son mujeres cis, trans o travestis, según un informe de la Dirección Nacional de Promoción y Fortalecimiento para el Acceso a la Justicia que se publicó hoy, por lo que la directora de este organismo, Gabriela Carpineti, resaltó la necesidad de tomar este problema como «un conflicto de interés público».

«Es un conflicto de interés público, es decir, no es un conflicto personal, particular, aislado, sino que atraviesa a una proporción importante de las mujeres y también es causal de la feminización de la pobreza. Por eso el Estado tiene que tomar una posición y tener intervención», dijo la directora Carpineti, sobre la falta de pago de la cuota alimentaria.

El informe «Incumplimiento de la obligación alimentaria: derechos vulnerados y un desafío de primer orden en las políticas públicas para el acceso a la justicia», que lanzó hoy la Dirección dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos arroja luz sobre este problema, que afecta principalmente a las mujeres, y elaboró una serie de recomendaciones para tratarlo.

De las 91.973 personas que se atendieron a través de los Centros de Acceso a la Justicia (CAJ) entre enero de 2022 y febrero de 2023, el 7,23% consultó sobre deberes de responsabilidad parental o familiar; mientras de las 3.293 que lo hicieron por la línea 137, el 13,73% lo hizo para preguntar sobre este problema en el mismo período de tiempo.

De ese universo de personas que solicitaron atención, la gran mayoría son mujeres cis, trans o travestis.

En este sentido, del total de personas que consultaron a través de la línea 37, el 99% son mujeres, mientras el 73% de quienes lo hicieron consultando en los CAJ son mujeres, travestis o trans, según datos recopilados por el Sistema Informático de los Centros de Acceso a la Justicia (SICAJ).

En el informe también se recopilan datos recabados por otros organismos que advierten sobre esta problemática.

En este sentido, el informe «Incumplimiento de la Obligación Alimentaria en PBA. Un problema estructural que profundiza las desigualdades de género» del 2022 del Ministerio de las Mujeres, Políticas de Género y Diversidad Sexual de la Provincia de Buenos Aires, relevó que el 51,2% de las mujeres encuestadas no percibía ningún tipo de aporte por parte del progenitor de sus hijos.

En cuanto a los factores vinculados a la falta de pago de la cuota alimentaria, Carpineti resaltó que «se ha naturalizado que la responsabilidad sobre los hijos y las hijas es de las mujeres» y que es un tema tratado como «un problema particular o de pareja» cuando en realidad es «de interés público».

«Es fundamentalmente un derecho de las infancias y las adolescencias que quedan a cargo de mujeres en hogares monomarentales», destacó.

Además, explicó que muchas madres «no quieren iniciar acciones judiciales o de reclamo prejudiciales» para no «encontrarse con respuestas desfavorables o violentas y procesos desgastantes», al tiempo que «los patrocinios de abogados son costosos».

«Frente a este problema, señalado como estructural y extendido en toda la sociedad argentina, el Estado interviene de forma desarticulada, ineficaz y revictimizante», advirtió el informe del Ministerio de Justicia publicado hoy.

Para atender este problema, el documento enumeró una serie de recomendaciones como impulsar la creación de una Mesa de Trabajo Operativa por el Derecho a la Cuota Alimentaria, convocando a funcionarias y responsables de los tres poderes del Estado y una formación específica en la materia para operadores judiciales y profesionales del Derecho.

También garantizar el patrocinio jurídico gratuito a progenitoras que requieran acompañamiento para judicializar las situaciones de incumplimiento, mejorar los sistemas de registros de deudores alimentarios e impulsar la creación de una Canasta Básica del Costo del Cuidado, entre otros puntos.

«Necesitamos que el Poder Judicial comprenda que los hijos y las hijas comen todos los días. Necesitamos celeridad en los procesos de notificación y medidas provisorias activas mientras dure el proceso hasta la sentencia definitiva», agregó Carpineti.

DDHH

La Corte anuló la absolución de Milani por la desaparición del soldado Ledo

El máximo tribunal revocó el fallo absolutorio del ex jefe del Ejército César Milani y ordenó revisar el caso por el encubrimiento de la desaparición forzada del conscripto Alberto Agapito Ledo durante la última dictadura.

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Fachada del Palacio de Tribunales, sede de la Corte Suprema de Justicia de la Nación

A casi cinco décadas de la desaparición del conscripto Alberto Agapito Ledo en Tucumán durante la última dictadura, la Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó la absolución del ex jefe del Ejército César Milani y ordenó que la causa sea revisada. El fallo del máximo tribunal, dictado el 29 de septiembre de 2026, reactivó un expediente que parecía cerrado y puso nuevamente en el centro del debate judicial la responsabilidad de los mandos militares en el encubrimiento de crímenes de lesa humanidad.

César Milani, ex jefe del Estado Mayor General del Ejército Argentino durante la presidencia de Cristina Fernández de Kirchner, había sido absuelto en instancias anteriores (el Tribunal Oral Federal de Tucumán en 2019 y la Cámara Federal de Casación Penal en 2021) por su supuesta participación en el encubrimiento de la desaparición forzada de Ledo, ocurrida en 1976. La Corte Suprema, por mayoría, con la integración de conjueces y la disidencia de Carlos Rosenkrantz, revocó esa absolución y devolvió el expediente a la Cámara Federal de Casación Penal, que deberá pronunciarse nuevamente sobre la responsabilidad del ex militar. El fallo lleva las firmas de Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Juan Ignacio Pérez Curci, con un voto concurrente del conjuez Luis Renato Rabbi Baldi Cabanillas.

El caso Ledo y la cadena de impunidad

Alberto Agapito Ledo era un joven conscripto que desapareció en la madrugada del 17 de junio de 1976 en Monteros, Tucumán, durante el terrorismo de Estado. La causa judicial, que tuvo décadas de tramitación, apuntó al encubrimiento por parte de mandos del Ejército y no solo a los ejecutores directos. Milani, entonces subteniente, llegó a juicio acusado de encubrimiento y falsedad ideológica por el acta que registró a Ledo como desertor. La absolución revocada por la Corte generó cuestionamientos de organismos de derechos humanos y del Ministerio Público Fiscal, que persistió en el caso y llevó el expediente al máximo tribunal.

El Ministerio Público Fiscal destacó que la Corte revisó el razonamiento de las instancias inferiores para absolver a Milani. El máximo tribunal ordenó que la Cámara Federal de Casación Penal dicte una nueva sentencia por quien corresponda. La decisión no condena a Milani ni lo declara responsable, pero obliga a revisar otra vez su responsabilidad en el encubrimiento de la desaparición de Ledo.

Un fallo en la misma semana que el de tierras

La decisión sobre Milani se conoció el 29 de septiembre de 2026, en la misma tanda de fallos en que la Corte también se pronunció sobre la Ley de Tierras y el DNU 70/2023. Esa coincidencia temporal concentró la atención sobre el tribunal en una semana de alta actividad judicial, con resoluciones de enorme impacto político e institucional.

El caso Milani llegó a la Corte Suprema por un recurso de queja del fiscal general ante la Casación, Raúl Omar Pleé, que sostuvo el procurador general interino, Eduardo Casal. La reactivación de este expediente de lesa humanidad refuerza el principio de que la responsabilidad de los mandos por crímenes de la dictadura no prescribe y que las absoluciones pueden ser revisadas cuando el razonamiento jurídico que las sustenta resulta defectuoso.

Lo que tenés que saber:

  • La Corte Suprema revocó la absolución del ex jefe del Ejército César Milani el 29 de septiembre de 2026.
  • El caso refiere al encubrimiento de la desaparición forzada del conscripto Alberto Agapito Ledo en Tucumán en 1976.
  • El máximo tribunal devolvió el expediente a la Cámara Federal de Casación Penal para que dicte una nueva sentencia.
  • El Ministerio Público Fiscal impulsó el recurso ante la Corte y destacó el fallo como un avance en la causa de lesa humanidad.
  • El fallo se conoció en la misma semana en que la Corte también se pronunció sobre la Ley de Tierras y el DNU 70/2023.

Títulos para Redes Sociales

  • Analítico: La Corte revocó la absolución de Milani y obliga a revisar el encubrimiento de la desaparición del soldado Ledo.
  • De Impacto: Se cae la absolución de Milani: la Corte reabrió la causa por el conscripto Ledo, desaparecido en 1976.
  • De Impacto Crítico: Cincuenta años después, el acta que convirtió a Ledo en desertor vuelve a complicar a Milani.
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