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Judiciales ⚖️

El Senado se prepara para rechazar los pliegos de Lijo y García-Mansilla

El rechazo anticipado que evidenciaron muchos senadores de la oposición a las designaciones de los jueces para la Corte Suprema pone en el centro del debate las tensiones políticas y falta de consenso. ¿El Ejecutivo está frente a un nuevo revés institucional?

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El Argentino Diario-Manuel García Mancilla y Ariel Lijo, jueces de la Corte nombrados por decreto.

Un día clave para la Justicia argentina

El Senado de la Nación define este jueves el futuro de dos magistrados propuestos para integrar la Corte Suprema de Justicia. Según confirmó el senador radical Pablo Blanco, los pliegos de Manuel García-Mansilla y Ariel Lijo serán rechazados por la Cámara alta. Este desenlace no sorprende para quienes siguen la crisis institucional que atraviesa el país: “Hoy va a haber quórum, va a haber sesión y se van a rechazar los pliegos”, afirmó Blanco, quien atribuyó al Poder Ejecutivo la totalidad de la responsabilidad por este fracaso político.

La ausencia de diálogo entre el Gobierno y los bloques opositores marcó desde el inicio el destino de estas designaciones. “No hubo voluntad del Ejecutivo ni de la Presidencia del Senado para llamar a sesionar”, sostuvo el legislador fueguino. Esta falta de consenso refuerza las críticas hacia la gestión actual, señalada por sectores políticos y académicos de priorizar intereses partidarios sobre necesidades institucionales.

¿Por qué todo apunta a un rechazo?

Las razones detrás del rechazo son múltiples y complejas. Por un lado, la designación en comisión de García-Mansilla a dos días del inicio de las sesiones ordinarias generó malestar entre los senadores. “Esa decisión terminó de inclinar a muchos que podían estar a favor, a votar en contra”, explicó Blanco.

Por otro lado, el caso de Ariel Lijo, quien enfrenta cuestionamientos éticos y jurídicos desde hace años, polarizó aún más el debate. Organizaciones de derechos humanos y especialistas en derecho constitucional han criticado duramente su trayectoria judicial, marcada por decisiones controvertidas en causas de alto impacto social.

Respecto de García-Mansilla, quien asumió como miembro provisorio de la Corte en febrero, el senador fueguino aseguró que “si el Senado rechaza el pliego, no va a seguir en el cargo”. Sin embargo, desde el Gobierno anticiparon lo contrario: el jefe de Gabinete aseguró que el magistrado permanecerá hasta noviembre, lo que podría derivar en una crisis de legitimidad dentro del máximo tribunal.

Impacto político e institucional

Este rechazo representa un nuevo golpe para el Gobierno en su intento por reformar la estructura de la Justicia. La Corte Suprema, con solo tres jueces activos desde 2018, sigue funcionando por debajo de su capacidad legal de cinco miembros. Según datos del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), esta situación ha generado demoras en causas relevantes, afectando tanto a víctimas como a imputados.

Para el analista político Martín Ferreyra, “la falta de previsión y negociación política del Ejecutivo ha profundizado la crisis institucional”. En un contexto de creciente polarización, el rechazo a los pliegos podría interpretarse como una advertencia sobre la necesidad de construir consensos mínimos antes de impulsar cambios estructurales.

Además, el episodio resalta las tensiones entre poderes del Estado. El artículo 99 de la Constitución Nacional otorga al presidente la facultad de proponer magistrados, pero su designación depende del Senado. Desde el retorno democrático en 1983, solo un 60% de los pliegos enviados por los presidentes han sido aprobados, según un informe de la Fundación Directorio Legislativo.

¿Qué viene después?

El futuro inmediato de la Corte parece incierto. Si el Senado rechaza los pliegos, el Gobierno deberá iniciar un nuevo proceso de selección. Sin embargo, la falta de diálogo político y la proximidad de las elecciones presidenciales complican cualquier intento de avanzar en este tema.

En tanto, la posibilidad de que García-Mansilla continúe en funciones pese al rechazo genera preocupación entre juristas. “De continuar en el cargo, muchas veces será recurrida su participación, habrá cuestionamientos judiciales, y yo creo que él dejará el cargo”, manifestó Blanco. Este escenario podría abrir un capítulo adicional de conflictos legales e institucionales.

DDHH

Primero la ley, después el plan: el Gobierno recién ahora creó el programa para aplicar la baja de imputabilidad

Veinte días después de que entrara en vigencia la baja de la edad de imputabilidad a los 14 años, el Ministerio de Justicia creó por resolución el programa para implementarla. Su conducción, igual que la del nuevo plan contra la ciberdelincuencia, quedó en manos de asesores designados ad honorem.

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El Argentino Diario-Ministro de Justicia-Juan Bautista Mahiques.
Régimen Penal Juvenil: rige desde el 5 de septiembre pero recién ahora tiene programa de implementación.

La ley que permite juzgar penalmente a chicos y chicas de 14 años rige desde el 5 de septiembre, pero recién este viernes el Gobierno nacional creó el programa encargado de ponerla en marcha. El Estado habilitó primero el castigo y recién ahora empieza a construir la estructura que debía acompañarlo. Y lo hizo con una coordinación que no cobra por su tarea.

El ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques, firmó las Resoluciones 483/2026 y 484/2026, publicadas en el Boletín Oficial. La segunda creó el Programa de implementación del Régimen Penal Juvenil en el ámbito de la Dirección de Política Criminal en materia de Justicia y Legislación Penal, que depende de la Subsecretaría de Política Criminal de la Secretaría de Justicia. La primera creó el Programa Nacional de Política Criminal en Materia de Ciberdelincuencia y Evidencia Digital (PRONACIB). En ambos casos, la conducción quedó a cargo de asesores designados «ad honorem».

Un programa que llega cuando la ley ya se aplica

Según la Resolución 484/2026, el programa «estará a cargo de un Coordinador, a quien le corresponderá la conducción y supervisión de las acciones y líneas de trabajo ejecutadas en su marco». Esas funciones fueron asignadas, sin remuneración, a la asesora Débora Eliana Di Girolamo.

Entre sus objetivos, la norma enumera «concertar la implementación integral del Régimen Penal Juvenil en el ámbito de la competencia nacional ordinaria y federal», impulsar la «centralidad y tutela efectiva de las víctimas en el proceso», contribuir a la formación especializada de los operadores judiciales y fortalecer la articulación entre ministerios, instituciones y jurisdicciones.

El texto también fija como meta «promover el diseño y gestión de un sistema de producción, compilación y sistematización de información estadística e institucional, para la evaluación de resultados de política criminal juvenil». Dicho de otro modo, las herramientas para medir si la reforma sirve para algo todavía están por diseñarse, cuando la ley ya lleva tres semanas en vigencia.

Las líneas de acción previstas son tres: la gestión del Cuerpo de Supervisores, con la «coordinación, supervisión técnica y estandarización de los protocolos de intervención» del personal que seguirá las medidas dispuestas; la atención y protección integral de las víctimas; y la formación y capacitación especializada de quienes intervienen en el sistema penal juvenil.

Otro de los objetivos declarados es promover intervenciones «basadas en evidencia orientadas a la reducción de la reincidencia delictiva». La paradoja salta a la vista: durante el debate legislativo, especialistas y organismos internacionales advirtieron que bajar la edad de imputabilidad no reduce el delito y que puede profundizar la exclusión y la propia reincidencia. El Gobierno invoca ahora la evidencia para gestionar una ley que se sancionó a contramano de ella.

De la sanción en el Senado a los tribunales

La Ley 27.801 fue aprobada de manera definitiva por el Senado el 27 de febrero, con 44 votos afirmativos, 27 negativos y una abstención, y se publicó en el Boletín Oficial el 9 de marzo. Reemplazó al decreto ley 22.278, el Régimen Penal de la Minoridad dictado en 1980, durante la última dictadura, y bajó la edad de imputabilidad de 16 a 14 años, con penas de hasta 15 años de privación de la libertad. La propia norma fijó su entrada en vigencia a los 180 días de su publicación, plazo que se cumplió el 5 de septiembre.

Luego, el Poder Ejecutivo la reglamentó mediante el Decreto 875/2026, que designó al Ministerio de Justicia como autoridad de aplicación en el ámbito nacional y federal y lo facultó a dictar las normas complementarias para instrumentar el régimen. Las resoluciones de este viernes son la traducción administrativa de esa delegación.

El día que la ley empezó a regir, la senadora Patricia Bullrich, jefa del bloque de La Libertad Avanza en la Cámara alta, celebró en sus redes: «Desde hoy no importa la edad: si delinquís, las pagás». El eslogan llegó a tiempo; el programa para aplicar la ley, tres semanas tarde.

La implementación ya generó choques en la Justicia. En Lomas de Zamora, la jueza de Responsabilidad Juvenil Marta Pascual había hecho lugar a un habeas corpus que suspendía la aplicación del nuevo régimen en la provincia de Buenos Aires, al considerar que no estaban dadas las condiciones para ponerlo en marcha. El 15 de septiembre, la Sala I de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de ese departamento judicial revocó ese fallo tras una apelación fiscal. En la Ciudad de Buenos Aires, la jueza Laura De Marinis declaró inconstitucional el artículo 1° de la Ley 27.801 y sobreseyó a un chico de 14 años acusado de un intento de robo; la decisión fue apelada por el Ministerio Público Fiscal porteño.

Ciberdelito y evidencia digital, con puertas abiertas a privados

La Resolución 483/2026 creó el PRONACIB en la órbita de la Subsecretaría de Política Criminal. Según el texto oficial, el programa «estará a cargo de un Coordinador, quien tendrá a su cargo la coordinación y el seguimiento de las acciones desarrolladas» en su marco. Para ese rol fue designado, también «ad honorem», el asesor de la Subsecretaría Mariano Tomás Rivas.

La norma habilita al PRONACIB a «constituir mesas interinstitucionales de articulación, de carácter general o especializado, con organismos, autoridades y actores públicos o privados». En un terreno tan sensible como la evidencia digital, la participación de actores privados abre preguntas sobre límites y controles que las resoluciones no responden.

Gestión ad honorem, castigo a tiempo completo

Las dos resoluciones comparten un rasgo: programas de alcance nacional, con objetivos ambiciosos, cuya coordinación descansa en asesores que no perciben remuneración por esa función. En el caso del Régimen Penal Juvenil, esa estructura deberá supervisar al cuerpo de profesionales que seguirá a los adolescentes sometidos a proceso, capacitar a los operadores y asistir a las víctimas.

La baja de la edad de imputabilidad se vendió como una respuesta inmediata a la inseguridad, pero su puesta en marcha revela improvisación. Mientras el oficialismo celebró la vigencia de la ley con consignas, la arquitectura institucional para aplicarla se arma por resolución, con la norma ya en funcionamiento y jueces que advirtieron que las condiciones no estaban dadas. Los que quedan en el medio son chicos y chicas de 14 y 15 años.

Lo que tenés que saber:

  • El Ministerio de Justicia creó el Programa de implementación del Régimen Penal Juvenil mediante la Resolución 484/2026, veinte días después de que la Ley 27.801 entrara en vigencia.
  • La coordinación del programa quedó a cargo de la asesora Débora Eliana Di Girolamo, designada ad honorem.
  • La Resolución 483/2026 creó el PRONACIB, dedicado a ciberdelincuencia y evidencia digital, coordinado ad honorem por Mariano Tomás Rivas y habilitado a articular con actores privados.
  • La Ley 27.801 baja la edad de imputabilidad de 16 a 14 años y prevé penas de hasta 15 años de privación de la libertad.
  • La aplicación del régimen ya fue cuestionada por las juezas Marta Pascual, en Lomas de Zamora, y Laura De Marinis, en la Ciudad de Buenos Aires.
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