Judiciales ⚖️
Fascismo y persecución: denuncian a la dirigente estudiantil del «molinetazo»
La Empresa Sociedad Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado realizó una presentación contra Tatiana Fernández Martí por «instigación al delito, apología del crimen, asociación ilícita y atentado contra el orden público».
La empresa Sociedad Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado (Sofse) denunció a la dirigente estudiantil Tatiana Fernández Martí por instigación al delito, apología del crimen, asociación ilícita y atentado contra el orden público por su convocatoria para la tarde del viernes a una protesta denominada «molinetazo», que consiste en saltar molinetes en estaciones de trenes y subtes para viajar sin pagar, en rechazo a los aumentos en las tarifas del transporte.
Así lo informó el subsecretario de Prensa de la Presidencia, Javier Lanari, a través de su cuenta de la red social X (antes Twitter), donde compartió la denuncia, que acusa a la militante de izquierda por los presuntos delitos de «instigación a cometer un delito y asociación ilícita», entre otros.
«Tatiana Fernández Martí convocó a saltar molinetes en trenes y subtes. Hoy fue denunciada por instigación al delito, apología del crimen y atentado contra el orden público. El que las hace las paga», escribió Lanari en su posteo de las últimas horas.
La denuncia fue realizada por la Empresa Sociedad Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado.
El «molinetazo» fue impulsado por la comisión estudiantil del espacio Unidxs x la Cultura, centros de estudiantes, sindicatos docentes, sectores de la cultura y asambleas barriales de la Ciudad para la tarde del viernes, horas antes de que el presidente Javier Milei hable ante la Asamblea Legislativa para la apertura de sesiones ordinarias en el Congreso.
Esta medida de protesta se llevará a cabo desde las 17.30, en las estaciones de subte y de tren de Once, Retiro y Constitución para protestar contra el aumento de transporte y pedir por un boleto educativo.
A través de un video que fue difundido en redes sociales, la militante Tatiana Fernández Martí llamó a saltar el molinete para viajar sin pagar.
En la denuncia, que cuenta con 10 hojas, se anexó los videos difundidos por redes sociales y entrevistas a canales televisivos donde Fernández Martí defiende la medida.
Fernández Martí respondió que «no fue notificada formalmente» de la denuncia pública en su contra y remarcó que es una acción para «criminalizar» a quienes no se callan.
«Frente a la denuncia pública, difundida por el presidente Javier Milei hacia mi persona, de la cual aún no fui notificada formalmente, solo destaco que es una acción para criminalizar a aquellos que no nos callamos. Pero somos muchos», señaló la militante desde su cuenta personal de X.
Por último, reiteró que esta acción será llevado adelante por la organización Unidxs por la Cultura en conjunto con asambleas barriales y muchos centros de estudiantes.
«Lejos de quedarnos amordazados, la vamos a hacer igual porque es una acción pacífica y artística para que se debata sobre lo importante: el salario que no alcanza», concluyó.
Finalmente, Fernández Martí agradeció a los Centros de Estudiantes de Farmacia y Bioquímica, Ciencias Veterinarias, Filosofía y Letras, Joaquín V González, Alicia M. de Justo, Cecyt de la Unsam, ISFD 51 de Pilar por replicar un mensaje sobre la «persecución» que está sufriendo.
Judiciales ⚖️
La Corte le pone un freno al Estado: declara inconstitucional el uso de datos personales
El máximo tribunal resolvió un caso que redefine los límites del manejo de información por organismos públicos. La decisión surge tras una demanda individual y cuestiona mecanismos de intercambio de información entre dependencias estatales.
Lo que tenés que saber
- La Corte declaró inconstitucional el uso de datos sin consentimiento
- Anuló artículos de la Ley de Protección de Datos Personales
- El fallo surge por una acción de habeas data
- Cuestiona el intercambio de información entre organismos estatales
- Señala vulneración del derecho a la privacidad
- Hubo votos en disidencia dentro del tribunal
Fallo de la Corte sobre datos personales
La Corte Suprema resolvió que el Estado no puede utilizar datos personales sin consentimiento de sus titulares y declaró inconstitucionales artículos de la Ley de Protección de Datos Personales.
El tribunal sostuvo que estas prácticas vulneran derechos fundamentales vinculados a la privacidad y a la autodeterminación informativa.
El origen del caso
La decisión se tomó al hacer lugar a una acción de habeas data presentada por una jubilada contra el Estado Nacional. La demanda surgió luego de que información personal fuera utilizada en el marco de un convenio entre organismos públicos.
Según el caso, la ANSES había cedido datos a la Secretaría de Comunicación Pública para la difusión de contenidos oficiales.
Argumentos del tribunal
El fallo, firmado por Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Daniel Bejas, señaló que no existe un interés legítimo que justifique la utilización de datos sin conocimiento de sus titulares.
Además, se indicó que las excepciones previstas en la normativa resultaban “excesivas e injustificadas” y afectaban garantías constitucionales.
En ese sentido, el tribunal advirtió que la amplitud de la ley permitía al Estado evitar la exigencia de consentimiento, lo que debilitaba la protección de la información personal.
Artículos anulados y alcance
La Corte invalidó disposiciones de la ley 25.326 que habilitaban el intercambio de datos entre organismos estatales sin autorización previa.
El fallo pone límites al uso y circulación de información personal dentro del ámbito público.
Posturas en disidencia
La resolución no fue unánime. El ministro Carlos Rosenkrantz y la conjueza Beatriz Aranguren votaron en disidencia.
Ambos propusieron rechazar el recurso del Estado y mantener la sentencia previa sin pronunciarse sobre la constitucionalidad de la norma.
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