Gremiales
Causa Gestapo: liberaron al «Pata» Medina
El dirigente sindical había sido detenido en septiembre de 2017. Medina, acusado de asociación ilícita y lavado de activos, es querellante en la causa que investiga el presunto accionar irregular de varios exfuncionarios de la exgobernadora María Eugenia Vidal.
El Tribunal Oral Federal (TOF) 2 de La Plata dispuso hoy la libertad del sindicalista de la Uocra platense Juan Pablo «Pata» Medina, acusado de hechos de corrupción, luego de que la Cámara Federal de Casación Penal dejó firme su excarcelación, aunque se mantiene la prohibición para que realice actividades gremiales, informaron fuentes judiciales.
La medida fue dispuesta por la Sala II del tribunal, integrada por los jueces Carlos Mahiques y Guillermo Yacobucci y la jueza Angela Ledesma, que declaró inadmisible un recurso extraordinario presentado por la Fiscalía.
De esa manera, quedó firme la libertad para el exjefe de la Unión Obrera de la Construcción de la capital bonaerense, que había sido dispuesta en marzo último por el TOF2 de La Plata.
César Albarracín, abogado de Medina, expresó a Télam que «es una decisión muy importante ya que pone fin a una ilegitimidad, a la detención como consecuencia de la ‘Gestapo'», en alusión al supuesto espionaje ilegal a dirigentes políticos, sociales y gremiales, entre otros, durante el Gobierno macrista.
El dirigente sindical había sido detenido en septiembre de 2017 por orden del juez federal de Quilmes, Luis Armella, que lo procesó con prisión preventiva por «asociación ilícita», «lavado de dinero» y «extorsión» y lo embargó por 200 millones de pesos.
En febrero de 2020 fue beneficiado con la prisión domiciliaria, que cumplió en su casa de Ensenada. En febrero de 2021 fue excarcelado por el TOF2, pero con restricciones para hacer actividades gremiales y su desplazamiento.
Pero por el incumplimiento de esas prohibiciones, en agosto de 2021 volvió a quedar bajo prisión domiciliaria.
En marzo pasado, el juez Alejandro Esmoris, del TOF2, le otorgó la libertad por el vencimiento del plazo de la prisión preventiva sin juicio, pero no se hizo efectiva porque debía definirse un recurso extraordinario presentado por la Fiscalía para que continuara detenido, lo que ahora resolvió Casación.
«Era una situación gravísima, con la cantidad de pruebas que hay sobre el armado de causas a dirigentes, que Medina continuara detenido; nos parecía algo contrario al estado de Derecho», sostuvo.
Contó que el sindicalista «está satisfecho con esta decisión y expectante por lo que viene a futuro». El letrado remarcó que la medida de excarcelación establece al mismo tiempo «la prohibición de ejercer actividades gremiales».
«Medina se dedicó toda la vida a la actividad gremial, no tiene condenas penales, fue corrido de la actividad gremial por voluntad política que se materializó en el armado de esta causa, y se mantiene esa restricción que en un Estado de derecho no corresponde», objetó.
Albarracín enfatizó que «en un estado de Derecho no corresponde que a ninguna actividad profesional, sin condena, se le impida desarrollar esa actividad, más cuando, como ocurre con la actividad sindical, goza de protección constitucional específica».
«La mesa de la ‘Gestapo’ lo quiso correr a Medina de la actividad sindical y con toda la prueba legal que hay sobre el funcionamiento de esa ‘Gestapo’ que se le mantenga esa restricción es un absurdo y no tiene ningún sentido a los fines del proceso», puntualizó.
La resolución de marzo que dispuso la excarcelación de Medina le impuso la obligación de «presentarse mensualmente en la comisaría más cercana con jurisdicción en su domicilio; la prohibición de tomar contacto, por cualquier medio, con las víctimas y/o acercarse a sus domicilios laborales o particulares; la prohibición de desplegar cualquier actividad gremial en la Uocra Seccional La Plata u otras seccionales; la prohibición de concurrir a los locales gremiales de la Uocra y mantiene la prohibición de salir del país».
Medina, acusado de asociación ilícita y lavado de activos, es querellante en la causa que investiga el presunto accionar irregular de varios exfuncionarios de la exgobernadora María Eugenia Vidal.
Entre esos funcionarios cuestionados están el exministro de Trabajo Marcelo Villegas, a quien se ve en un video que muestra una reunión de exfuncionarios bonaerenses, empresarios de la construcción y al actual intendente de La Plata, Julio Garro, en la sede porteña del Grupo Bapro, el 15 de junio de 2017. Allí Villegas dice que le habría gustado tener una «Gestapo» para controlar a los gremialistas.
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El blanqueo laboral de Milei premia a los que mantuvieron trabajadores informales con condonaciones millonarias
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) reglamentó este jueves el Programa de Promoción del Empleo Registrado, que ofrece a los empleadores privados condonaciones de deuda de hasta el 90% para regularizar trabajadores mantenidos en negro. La medida, enmarcada en la reforma laboral de Milei, llega en un contexto en que el 43% de los trabajadores argentinos opera en la informalidad y la CGT denuncia ante la OIT la “aniquilación” de los derechos laborales.
La Resolución General 5862/2026, publicada este jueves en el Boletín Oficial y firmada por el director de ARCA, Andrés Vázquez, reglamenta el capítulo laboral de la Ley 27.802 de Modernización Laboral e inaugura una ventana de regularización que se extenderá hasta el 28 de noviembre de 2026.
El programa habilita a los empleadores del sector privado a blanquear relaciones laborales no declaradas o incorrectamente registradas iniciadas hasta el 5 de marzo de 2026 y que permanezcan vigentes al momento de la adhesión. También alcanza situaciones detectadas por fiscalizaciones laborales con deuda pendiente, incluso cuando se encuentren en disputa administrativa o judicial.
Quiénes pueden adherirse y hasta cuándo
El primer paso que deben dar los empleadores es registrar o corregir los datos de los trabajadores a través del servicio Simplificación Registral de la plataforma digital de ARCA, utilizando los códigos de modalidad de contratación 704, 705 o 706 según el tamaño de la empresa. Las herramientas para iniciar el trámite quedarán habilitadas desde el 16 de junio. Quienes tenían salarios subdeclarados deberán ingresar las diferencias en las declaraciones juradas correspondientes. La norma también aclara explícitamente que quienes hayan adherido al régimen de la Ley Bases (27.742) no podrán acogerse al PER por los mismos empleados ya regularizados en ese marco.
Las quitas: hasta el 90% para microempresas, del 70% para grandes firmas
El incentivo central del programa es la condonación parcial de los aportes y contribuciones a la seguridad social adeudados por la registración deficiente. Los porcentajes de quita varían según el tamaño de la empresa: las micro y pequeñas empresas y las organizaciones sin fines de lucro obtienen una reducción del 90%; las empresas medianas, del 80%; y las grandes firmas, del 70%. Además, la normativa condona en forma total las deudas vinculadas al Seguro de Salud, al sistema de Riesgos del Trabajo y al Seguro Colectivo de Vida Obligatorio de los trabajadores incorporados.
Para quienes opten por cancelar el saldo remanente en un único pago, la resolución agrega una reducción adicional del 50%. Para los que necesiten financiar el monto restante, ARCA habilitó planes de facilidades con una tasa del 1% mensual: las micro y pequeñas empresas y las entidades sin fines de lucro pueden extender el plan hasta 72 cuotas; las medianas, hasta 48; y las grandes, hasta 36.
El escenario: 43% de informalidad y una reforma laboral con impugnación judicial
El contexto en que se lanza este programa dista del optimismo oficial. Según el último informe del INDEC basado en la Encuesta Permanente de Hogares del cuarto trimestre de 2025, el 43% de las personas ocupadas en los 31 aglomerados urbanos relevañdos trabaja en condiciones informales, sin cobertura de seguridad social ni acceso pleno a derechos laborales. Según datos del organismo, más de 5,6 millones de personas trabajan sin registración, y desde el inicio de la gestión de Javier Milei la proporción de empleo informal creció 0,3 puntos porcentuales, impulsada principalmente por la pérdida de puestos asalariados registrados en el sector privado.
La propia Ley 27.802 de Modernización Laboral, que da sustento al PER, atraviesa una seria crisis de legitimidad. A pedido de la CGT, el Juzgado Nacional del Trabajo N°63 a cargo del juez Raúl Ojeda dictó una medida cautelar que suspendió más de 80 artículos de la norma por indicios de inconstitucionalidad. Aunque esa cautelar no alcanzó directamente los artículos del blanqueo laboral, la central obrera rechazó también el decreto reglamentario publicado la semana pasada, por considerar que el Ejecutivo “pretende avanzar sobre derechos, instituciones y garantías que forman parte del sistema de relaciones laborales”.
La CGT ante la OIT: “aniquilación” de derechos
El tenso escenario llegó a la escena internacional. El cotitular de la CGT, Jorge Sola, denunció ante la Conferencia de la OIT en Ginebra “graves violaciones a los derechos laborales” y acusó al gobierno por la “demolición” de las protecciones laborales. Por su parte, Roberto Baradel, de la CTA y CTERA, denunció el deterioro de la institucionalidad y el debilitamiento de las capacidades estatales de control. Los dirigentes sindicales incluso se negaron a asistir a la recepción protocolar que ofreció el embajador argentino ante los organismos internacionales en Ginebra, en un gesto de repudio explícito.
El debate de fondo: ¿bienestar de los trabajadores o amnistía para los patrones?
El gobierno presenta el PER como una herramienta de formalización laboral, pero la arquitectura del beneficio revela su orientación real: son los empleadores quienes acumularon la deuda al no registrar a sus trabajadores, y son ellos quienes reciben las quitas más generosas. La condonación del 90% implica que una empresa que adeuda diez años de aportes previsionales por un trabajador en negro pagará apenas el 10% de esa deuda, en hasta 72 cuotas, con una tasa mensual del 1%. El trabajador, mientras tanto, no recibió durante todo ese tiempo cobertura médica, no acumuló años para su jubilación y quedó excluido del sistema de asignaciones familiares.
El Foro Economía y Trabajo, en su reciente documento de reforma tributaria publicado el 4 de mayo de 2026, ya advirtió que el sistema impositivo y regulatorio argentino tiende sistemáticamente a trasladar las cargas sobre los sectores más vulnerables mientras protege a los sectores concentrados. El blanqueo laboral del gobierno libertario encaja con precisión en ese patrón: no es una sanción al empleador que incumplió, sino una ventaja económica para quienes ya se beneficiaron de pagar salarios sin carga social.
Lo que tienes que saber del blanqueo
- La Resolución General 5862/2026 de ARCA reglamenta el blanqueo laboral de la Ley 27.802, con plazo hasta el 28 de noviembre de 2026.
- Las condonaciones oscilan entre el 70% (grandes empresas) y el 90% (micro y pequeñas), con planes de pago a tasa del 1% mensual.
- El 43% de los trabajadores argentinos opera en la informalidad, según datos del INDEC del cuarto trimestre de 2025.
- La CGT rechazó la ley y su decreto reglamentario, y denunció al gobierno ante la OIT por “aniquilación” de derechos laborales.
- El régimen beneficia económicamente a quienes incumplieron la ley, mientras los trabajadores afectados no reciben compensación por años sin cobertura ni aportes previsionales acumulados.
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