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Lawfare: revocaron la condena a Boudou y fue absuelto

Por falsedad ideológica de documentos, el exvicepresidente había sido juzgado y sobreseído, pero ese juicio fue anulado y en uno nuevo resultó condenado a tres años de prisión, sentencia que fue revocada.

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El exvicepresidente había sido juzgado y sobreseído, pero ese juicio fue anulado y en uno nuevo resultó condenado a tres años de prisión, sentencia que fue revocada. También confirmaron su inocencia en la compra de vehículos para la cartera de Economía en una subasta pública.

La Cámara Federal de Casación Penal revocó el martes la condena que pesaba sobre el exvicepresidente Amado Boudou y dispuso su absolución en la causa en la que se lo investigó por presunta adulteración de la documentación utilizada para la trasferencia de un auto en 2003.

La decisión fue adoptada por la mayoría de la sala IV del máximo tribunal penal del país que, además, confirmó la absolución del también exministro de Economía en relación a la compra de automóviles de alta gama para esa cartera, informaron fuentes judiciales.

«Si bien en la sentencia se sostiene que Boudou fue quien contactó a los gestores y les requirió la realización del trámite, no surge de lo expuesto por el tribunal cuáles son los elementos de prueba en que sustentaron dicha afirmación. Las pruebas aportadas no demuestran que haya sido Boudou quien los contactó, sino únicamente que mantuvo un encuentro con el primer gestor sin que se haya podido comprobar alguna vinculación con quien realizó el trámite irregular, Andrés Alberto Soto«, sostuvo el juez Carlos Mahiques en su voto.

La mayoría estuvo integrada también por el voto de la jueza Ángela Ledesma que, en una parte de la resolución, se preguntó: «¿Cuántas veces deberá soportar un imputado, la posibilidad de que el Estado reedite su poder represivo, antes de la solución definitiva del caso, manteniendo la situación de incertidumbre que pesa sobre aquél?».

Por este hecho, Boudou había sido juzgado y sobreseído, pero ese juicio fue anulado y en uno nuevo el exvicepresidente resultó condenado por el Tribunal Oral Federal (TOF) 8 a tres años de prisión, sentencia que el martes fue revocada. El exfuncionario fue juzgado por supuesta falsedad ideológica en la confección de tres formularios para transferir en 2003 un automóvil Honda modelo 1992.

En el voto disidente, el juez Javier Carbajo sostuvo que «no se advierten fisuras ni fallas lógicas en las valoraciones y razonamientos de los magistrados (del TOF8) que conformaron el voto mayoritario en punto a la falsedad ideológica de los formularios y la documentación empleada para la realización del trámite de transferencia del automotor, como así también de la falsedad de la correspondiente documentación emitida en consecuencia -título de propiedad y cédula de identificación-«.

Luego señaló que «los informes periciales han sido ponderados en conjunto con los restantes elementos de prueba, resultando confirmatorios de los sucesos acaecidos y del interés del nombrado (en relación a Boudou) en la tramitación irregular de la transferencia del dominio del vehículo, y ese es el justo valor que debe atribuirse a estos indicios que objetivamente echan por tierra los agravios planteados y despejan cualquier estado de duda o incertidumbre a favor del imputado».

En el mismo fallo del martes, los jueces confirmaron la absolución de a Boudou en el otro hecho por el que había sido juzgado: la compra de 19 vehículos a la concesionaria «Guido Guidi» en una subasta pública que lanzó la empresa.

Judiciales ⚖️

El naufragio de los cuadernos: un video editado expone las grietas del armado judicial contra CFK

El Tribunal Oral Federal 7 aceptó un material audiovisual donde el «arrepentido» Oscar Centeno admite ante la justicia española que no conoce a los empresarios ni vio entregas de dinero; lo que debilita aún más una causa viciada por irregularidades y tachaduras.

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​★ En una jornada que dejó al desnudo la fragilidad del andamiaje probatorio construido en los tribunales de Comodoro Py; el Tribunal Oral Federal N°7 permitió la reproducción de un video editado que compromete seriamente la acusación central del juicio. El empresario Juan Carlos De Goycochea, exdirectivo de Isolux; fue quien encabezó la sesión del pasado jueves al exhibir una declaración de Oscar Centeno ante la justicia de España que contradice los pilares del expediente local.

​Una audiencia bajo control de la defensa

​La dinámica en la sala Auditorium resultó inédita. Los jueces Enrique Méndez Signori, Fernando Canero y Germán Castelli autorizaron la proyección del material a pesar de la fuerte oposición de la fiscal Fabiana León. La funcionaria judicial argumentó que el tribunal desconocía la cadena de custodia del video y que su reproducción forzaba la voluntad del exchofer; quien ya manifestó su decisión de no declarar en el debate argentino.

​A pesar de las advertencias sobre la falta de certeza sobre el origen del material; los magistrados hicieron lugar al pedido de la defensa. Este hecho se suma a la larga lista de anomalías de una causa que se sostiene sobre cuadernos que el propio Centeno dijo haber quemado; pero que luego aparecieron parcialmente en manos de un periodista; con claras evidencias de adulteraciones, sobreescrituras y tachaduras confirmadas por peritajes calificados.

​Las confesiones de Centeno en el exterior

​El contenido del video; correspondiente a una teleconferencia en un proceso vinculado a la firma Isolux Corsán en Madrid; dinamitó la narrativa de la fiscalía. Ante las preguntas de los funcionarios españoles; Centeno fue categórico al afirmar que no conocía a los directivos de la empresa ni sabía de la existencia de una matriz en España. «No conozco a nadie», sentenció el testigo clave cuando le consultaron por los interlocutores de la firma.

​El golpe de gracia a la acusación llegó cuando le preguntaron sobre las supuestas entregas de fondos entre 2011 y 2014. «Tampoco lo sé», respondió Centeno; para luego rematar asegurando que no le constaba que ningún responsable de la empresa hubiera entregado dinero a funcionarios públicos. Estas declaraciones contrastan con las anotaciones de los cuadernos; donde el propio Centeno vinculó a la compañía con licitaciones de la central termoeléctrica de Río Turbio. Al respecto; admitió en España que escribió esos datos basándose en comentarios de terceros y no en una percepción directa.

​El fantasma del Lawfare y las pruebas viciadas

​Este episodio refuerza la tesis de las defensas; especialmente la de la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner; sobre la existencia de una persecución judicial coordinada por el denominado Partido Judicial. La causa Cuadernos acumuló desde su inicio cuestionamientos por la utilización de la Ley de Arrepentidos bajo presunta coacción y la falta de grabaciones de las declaraciones testimoniales durante la instrucción del fallecido juez Claudio Bonadio.

​La justicia española ya descartó en 2022 los cargos contra directivos de Isolux al considerar que las pruebas; basadas en los mismos cuadernos y el testimonio de Centeno; eran insuficientes. Ahora; el TOF 7 enfrenta el desafío de sostener un juicio con 87 imputados mientras su prueba estrella admite bajo juramento en el extranjero que el relato incriminatorio carece de sustento fáctico.

Puntos clave:

  • ​El TOF 7 aceptó un video de Centeno declarando en España donde niega conocer a empresarios de Isolux.
  • ​La declaración desmiente las anotaciones de los cuadernos sobre presuntas coimas de esa firma.
  • ​La fiscalía se opuso a la prueba por desconocerse su cadena de custodia y ser un material editado.
  • ​El antecedente de la justicia española ya desestimó estas pruebas por considerarlas débiles.
  • ​El juicio continúa en medio de denuncias por adulteración de documentos y falta de garantías procesales. ★
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