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Legislativo

Pena de prisión por desobediencia en violencia de género

Se impulsa un proyecto para penalizar con desde 15 días a un año de detención a los que incumplan con las medidas que se le impongan a quienes cometieron episodios de violencia de género, tales como la restricción de acercamiento

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Un proyecto que propone considerar como un delito al incumplimiento de medidas para prevenir y erradicar la violencia de género y penalizar a quienes incumplan la prohibición de acercamiento dictada en medio de un proceso judicial, fue presentado en el Congreso de la Nación.

La iniciativa del diputado nacional Leandro Santoro (Frente de Todos) sostiene en sus fundamentos que “pese a los esfuerzos realizados desde distintos programas a efectos de prevenir y asistir a víctimas de violencia de género, continúa registrándose un alarmante y creciente número de casos de violencias de todo tipo y, lo más grave, de femicidios”.

En tal sentido, el proyecto establece que “será reprimido con prisión de 15 días a un año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de una obligación legal”.

Además, fija que “será reprimido con prisión de 3 años y 3 meses a 5 años y multa quien resistiere o desobedeciere una orden judicial de prohibición de acercamiento o de contacto, o cualquier otra medida que tuviera por objeto salvaguardar la integridad física, psíquica o sexual de una persona, y que haya sido dictada en el marco de un proceso judicial en el que mediare violencia de género y/o violencia familiar”.

Santoro consideró que el incumplimiento por parte del agresor de las órdenes judiciales que establecen que se mantenga alejado de una persona debería ser considerado como “un delito de desobediencia judicial y su incumplimiento acarrear sanciones penales”.

La jurisprudencia existente que establece que la omisión de cumplir con la prohibición de acercamiento impuesta por un tribunal no constituye la desobediencia de una orden en los términos previstos por el artículo 239 del Código Penal, sino que tal cuestión deberá ser materia de análisis ante el mismo fuero que la dispuso.

«Es así que las posibilidades de que el agresor sea imputado por dicha figura son muy escasas, dotándolo de impunidad, y generando esto un mayor peligro para la integridad física, psíquica y sexual de la víctima”, advirtió Santoro.

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Análisis

Sin golpe de Estado ni tanques, así se destroza la democracia en el siglo XXI: decretos, lawfare y un Congreso socavado

Un análisis del New York Times advierte que la Corte Suprema de Estados Unidos le arrebata sistemáticamente poder al Congreso, el cuerpo directamente elegido por los ciudadanos. El fenómeno no es exclusivo de Estados Unidos: en Argentina, el gobierno de Javier Milei lo lleva al extremo con una fábrica de decretos que intentan legislar por las espaldas del Parlamento. El DNU 70/23, la Ley Bases, el veto a las universidades y los fallos parciales de la Corte argentina configuran un mismo patrón global: el vaciamiento del poder legislativo.

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El Argentino Diario-Donald Trump-Javier Milei.

El Congreso fue diseñado para ser el corazón de la democracia representativa: el lugar donde los ciudadanos, a través de sus representantes elegidos, deciden las leyes que organizan la vida en común. Ese principio, fundacional en cualquier república, está siendo erosionado de manera simultánea en dos de las democracias más antiguas de Ámerica, con métodos distintos pero con el mismo resultado: el vaciamiento del poder legislativo en favor del ejecutivo y del poder judicial, dos poderes que nadie vota.

Un análisis publicado esta semana por el New York Times en su sección de investigación plantea que la Corte Suprema de EEUU, liderada por John Roberts, lleva años despojando sistemáticamente de poder al Congreso norteamericano: restringe la capacidad de las agencias reguladoras de implementar leyes, exige estándares imposibles para las políticas de derechos civiles, limita la delegación de poder a los organismos estatales.

El resultado, según el análisis, es una transferencia gradual y silenciosa de poder hacia un tribunal no electo que se mueve más rápido que el Congreso y tiene menos obligaciones en la estructura constitucional.

El espejo argentino: Milei y la fábrica de Decretos

En Argentina, el fenómeno adopta otra forma pero apunta al mismo destino. Javier Milei asumió la presidencia en diciembre de 2023 y en sus primeros días de gobierno firmó el DNU 70/23, un mega decreto de necesidad y urgencia con más de 300 artículos que desreguló la economía, modificó el régimen laboral y alteró decenas de normas aprobadas por el Congreso, todo ello sin pasar por el Parlamento.

La Constitución argentina establece que los DNU son una herramienta de carácter excepcional, para situaciones de urgencia que impidan el tratamiento legislativo ordinario. Milei los usó como método de gobierno: según datos de Chequeado, en 2025 el libertario dictó 11 DNU, igualando la cantidad de leyes que se promulgaron en el mismo período.

La Confederación General del Trabajo (CGT) obtuvo una medida cautelar que suspendió el capítulo laboral del DNU 70/23. La reforma laboral quedó en suspenso. Pero el resto del decreto siguió vigente, porque la Corte Suprema argentina rechazó sucesivos planteos para obligar al Congreso a tratarlo y declararlo inconstitucional en su totalidad, bajo el argumento de que no había «caso o controversia» suficiente. La Corte falló contra cuatro de los cinco DNU que analizó en los últimos años, pero el DNU de Milei sigue en un limbo jurídico que, en la práctica, lo mantiene vigente.

El veto a las universidades: cuando el ejecutivo dice no al Congreso y a la Justicia

El patrón no se agota en el DNU 70/23. El Congreso argentino aprobó en 2024 una ley de financiamiento universitario que garantizaba recursos para el funcionamiento de las universidades nacionales y disponía actualizaciones salariales para su personal. Milei la vetó. El Congreso ratificó la ley. Milei la ignoró.

En junio de 2026, la Corte Suprema dejó firme una medida cautelar que obligó al gobierno a cumplir con esa Ley, en un fallo que los rectores universitarios celebraron como el final de un proceso largo y difícil. Según representantes universitarios, las transferencias del gobierno a las universidades nacionales registraron una caída del 45,6% entre 2023 y 2026. Emiliano Yacobitti, vicerrector de la UBA, lo sintetizó en una publicación en X: «Fue un camino largo y difícil. Gracias a una sociedad que nunca renunció a la defensa de la universidad pública.»

El escenario se repite en cada conflicto entre el Ejecutivo y el Congreso: el gobierno desconoce o veta las leyes que no le gustan, impulsa reformas estructurales mediante decretos que evitan el debate parlamentario, y espera que la Corte tarde años en resolver, como ocurrió con el DNU de Macri sobre el que el máximo tribunal recién se pronunció siete años después de firmado. La lentitud judicial se convierte así en un instrumento político: el decreto funciona mientras la Corte no lo invalida.

Un fenómeno global: del Congreso de papel a la democracia de papel

El paralelo entre el análisis del NYT sobre EEUU y la Era Milei no es casual ni superficial. Responde a una tendencia global que politólogos y constitucionalistas vienen documentando desde hace años bajo el nombre de «retroceso democrático» o «erosión democrática»: la democracia no muere de un golpe, sino que se vacía lentamente, cuando las instituciones formales siguen en pie pero pierden su contenido real. El Congreso existe pero no legisla; la Corte existe pero tarda o esquiva; el presidente gobierna por decreto y el Congreso aprobado por el voto popular queda reducido a un sello.

En EEUU, la Corte Suprema de mayoría conservadora, designada en buena medida por Trump durante su primer mandato, avanzó en años recientes sobre el derecho al aborto (revertiendo Roe v. Wade), sobre la regulación ambiental (limitando la capacidad de la EPA), sobre la autonomía de las agencias independientes (restringiendo el poder de la FTC) y sobre la inmunidad presidencial (otorgándosela a Trump en un fallo sin precedentes en la historia del país). Cada uno de esos fallos recortó el poder del Congreso para regular, proteger y legislar, y lo transfirió a un tribunal no electo cuyos miembros tienen cargos vitalicios.

En Argentina, el proceso tiene su propia especificidad: aquí el vaciamiento lo lidera el Ejecutivo, que gobierna por Decreto y asfixia presupuestariamente todo aquello que el Congreso aprobó, desde las universidades hasta la Línea 144, desde los programas sociales hasta las transferencias a provincias. La Corte oscila entre frenar algunos excesos (universidades, reforma laboral) y dejar pasar otros (el DNU 70/23 en su conjunto). El resultado es una democracia que funciona en sus formas pero pierde sustancia en su contenido.

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