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Apuñaló a dos bailarinas y no irá a juicio: dicen que es inimputable

Pese a que las primeras pericias del caso habían concluido al momento del hecho que Villarreal estaba ubicado en tiempo y espacio y era capaz de comprender la criminalidad de sus actos.

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Por Diego Recchini

Una nueva pericia concluyó que el hombre que debía ser juzgado por apuñalar en 2020 a una de las bailarinas del programa televisivo Showmatch con la que estaba obsesionado y a otra profesora en una escuela de danzas del barrio porteño de Palermo tiene una «discapacidad intelectual moderada» y pudo no haber comprendido la criminalidad de sus actos, informaron hoy fuentes judiciales.

A raíz de este nuevo informe, el defensor oficial de Sebastián Damián Villarreal (32) – quien se encuentra detenido en el sector psiquiátrico del penal de Ezeiza-, solicitó su sobreseimiento ante el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 11 de la Capital Federal que este año debía juzgarlo.

Pero el fiscal de juicio se opuso al planteo de la defensa y pidió que solo se suspenda el proceso y que el imputado sea evaluado cada tres meses para ver si en algún momento vuelve a recuperar su capacidad para defenderse en un juicio de la tentativa de femicidio de la que que fueron víctimas las bailarinas Julieta Antón (28) y Sofía Bovino (38).

El peritaje del Cuerpo Médico Forense (CMP), concluyó que Villarreal «presenta un cuadro psicopatológico compatible con discapacidad intelectual de grado moderado con proclividad a descompensaciones psicóticas compatible con una insuficiencia de las facultades mentales y alteración morbosa de las mismas».

«Es verosímil que no haya poseído la autonomía suficiente para comprender y dirigir su conducta al momento de los hechos investigados«, resaltaron los peritos.

A su vez, concluyeron que «se advierten indicadores de falta de aptitud psíquica para participar del proceso penal y participar en forma activa y adecuada de su defensa«.

En otro punto, sostuvieron que si bien «al momento actual no presenta indicadores de riesgo cierto e inminentes para sí o para terceros», ello se debe a que está bajo tratamiento en el Programa Integral de Salud Mental (Prisma), el área neuropsiquiátrica del penal Ezeiza, por lo que sugieren que continúe en ese dispositivo teniendo en cuenta «sus antecedentes de descontrol conductual con descompensación psicótica ante situaciones de estrés».

Por último, expresaron que «de recobrar la libertad no debe interrumpir tratamiento«.

El defensor oficial de Villarreal solicitó que sea declarado «inimputable» y «sobreseído» a partir de estas conclusiones. El fiscal general Nicolás Amelotti, quien iba a sostener la acusación en el juicio oral, se opuso a esa petición en un dictamen presentado ante el TOC 11 y donde puso en duda las conclusiones del CMF.

Al analizar el caso, Amelotti destacó que el día del hecho Villarreal viajó dos horas en transporte público para llegar a la escuela de danza una hora antes del inicio de su clase, que lo hizo llevando en su mochila dos cuchillos y que ingresó en tres oportunidades al baño de donde salió con el arma blanca con la que después atacó a sus víctimas, por lo que, según su opinión, ideó un «plan delictivo» y hubo una clara «premeditación».

«Todo ello resulta a mi juicio incompatible con la apodíctica conclusión de la junta médica, pues las circunstancias reseñadas permiten inferir algún grado de posibilidad de comprensión de la antijuridicidad y de posibilidad de dirigir sus acciones conforme a esa comprensión», señala el dictamen.

Y agrega: «No se puede descartar que, aún con una capacidad de culpabilidad disminuida, el imputado haya actuado, al momento de los hechos, con un remanente de culpabilidad que lo hace merecedor de reproche penal».

También recordó el fiscal que dos informes elaborados por peritos de la Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires – la primera que intervino en el caso-, habían concluido al momento del hecho que Villarreal estaba ubicado en tiempo y espacio y era capaz de comprender la criminalidad de sus actos.

Por ello, y tal como sucedió en otro caso resonante como fue el homicidio el 2018 de un vecino del barrio Samoré de Villa Lugano por el que debía ser juzgado el músico de rock Cristian «Pity» Álvarez, el fiscal le pidió al tribunal que Villarreal no sea sobreseído y que el proceso sea «suspendido».

Amelotti le propuso a los jueces que con intervención de la Justicia Civil se constituya una nueva Junta Médica que «se expidan concretamente sobre el diagnóstico, pronóstico y necesidad de internación» en función de lo que establece la Ley de Salud Mental y que el imputado sea «evaluado trimestralmente con miras a determinar si en algún momento posee capacidad para ser sometido a juicio».

La mecánica del hecho

El hecho ocurrió el 10 de noviembre de 2020, a las 16, cuando Villarreal llegó dos horas antes de lo pautado a «El Club de la Danza» ubicada en avenida Federico Lacroze 2090, en el límite de Palermo y Belgrano, para tener su clase con Antón, quien era su profesora de baile.

El acusado era un exreferí de la Asociación de Árbitros de Ensenada, pero hacía unos años se había inclinado por intentar una carrera artística y por eso estudió comedia musical en la escuela de Valeria Lynch, en 2015 había participado de un casting para el programa Bailando por un Sueño y al momento del hecho estudiaba con Antón, conocida por integrar el staff de bailarines del programa Showmatch y de figuras como Tini Stoessel.

Villarreal interceptó a la bailarina a la salida del baño y allí comenzó a perseguirla con una cuchilla de carnicero de 32,5 centímetros de largo, que había traído de su casa en la localidad bonaerense de Berisso.

Antón llegó corriendo y buscando refugio a las oficinas administrativas del lugar, y allí Villarreal comenzó a atacar a cuchillazos no solo a ella sino a Bovino, una de las dueñas de la escuela de danzas, quien trataba de proteger a la bailarina.

El hombre acusaba a Antón de haberse burlado de él cuando unos días antes de la clase, le había contado en una serie de mensajes telefónicos que en el pasado había sido víctima de abuso sexual.

«Yo le conté que fui abusado y ella se burló de mí», decía el acusado mientras lanzaba cuchillazos, según lo que declaró Bovino y otros testigos que también lo escucharon decir: «Las voy a matar a las dos».

El caso tuvo una gran repercusión porque ese día se viralizaron por redes sociales y también por varios medios los videos de cuando Villarreal, cuchillo en mano, tenía de rehenes a las dos mujeres heridas; y el desenlace que se dio cuando un efectivo de la Policía de la Ciudad lo redujo de un disparo en un glúteo, momento que quedó registrado en un video por la «bodycam» de uno de los oficiales.

La imputación contra el exárbitro es por «homicidio agravado por ser las víctimas mujeres y el hecho perpetrado por un hombre, mediando violencia de género, en grado de tentativa».

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Casación otorgó a De Vido prisión domiciliaria por riesgo cardiaco

La decisión de la Casación no implica libertad, sino el traslado del lugar de cumplimiento de la pena: De Vido continuará condenado y bajo control judicial, aunque desde su domicilio particular.

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De Vido deja Ezeiza: la Casación ordenó su prisión domiciliaria por riesgo cardíaco

La Cámara Federal de Casación Penal dispuso que el exministro de Planificación Julio De Vido abandone la cárcel de Ezeiza y cumpla su condena por la tragedia de Once en detención domiciliaria. La decisión, adoptada por los jueces Carlos Mahiques, Mariano Borinsky y Guillermo Yacobucci, revirtió el fallo previo del Tribunal Oral Federal que había rechazado idéntico pedido.

Un cuadro clínico que la justicia no pudo ignorar

El detonante del beneficio fue el infarto que De Vido sufrió el 1° de abril de 2026, oportunidad en la cual los médicos le colocaron un stent. Los informes médicos presentados ante la Casación alertaron sobre un «alto riesgo cardiovascular».

A esas afecciones se suman otras patologías preexistentes: diabetes insulinodependiente, fibrilación auricular persistente e hipertensión arterial, un cuadro que, a juicio del tribunal, hace incompatible el encierro carcelario con las condiciones de salud del exfuncionario.

De Vido tiene 76 años y cumple condena por el delito de fraude al Estado como partícipe necesario de la tragedia de Once, el accidente ferroviario ocurrido el 22 de febrero de 2012 que causó la muerte de 51 personas e hirió a casi 800.

La Casación revirtió al Tribunal Oral

El camino no fue sencillo. Antes de la resolución de Casación, el Tribunal Oral Federal había rechazado el pedido de prisión domiciliaria presentado por la defensa del exfuncionario. La Cámara de Casación, integrada para este caso por los jueces Carlos Mahiques, Mariano Borinsky y Guillermo Yacobucci, anuló ese fallo y estableció el cumplimiento de la condena en el domicilio del exministro. Al mismo tiempo, le encomendó al juez de ejecución penal que mantenga un control periódico sobre De Vido durante el resto de la pena.

La causa Once estableció responsabilidades en la gestión de los contratos ferroviarios con la empresa TBA (Trenes de Buenos Aires), cuya falta de mantenimiento fue determinante en el siniestro. Su condena como partícipe necesario lo convirtió en uno de los exfuncionarios de más alto rango en ser condenado efectivamente a prisión.

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