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Moyano imputado por desobediencia: la fiscal cree que se vio con Arizaga pese a la perimetral

La fiscalía a cargo de la causa considera que existen elementos suficientes para sostener que el exdiputado y sindicalista Facundo Moyano se reunió con Candela Arizaga en el Aira Apart Hotel Buenos Aires, violando la restricción de acercamiento vigente. La novedad llega apenas 48 horas después de que un informe oficial no había podido confirmar ese encuentro.

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Moyano, acorralado: la fiscal que no pudo probar el encuentro ahora lo imputa por haber ocurrido.

El giro es tan abrupto como revelador: primero, un informe del propio Ministerio Público Fiscal porteño concluyó que no podía reconstruir el supuesto encuentro entre Facundo Moyano y Candela Arizaga en un hotel del centro porteño; cuarenta y ocho horas más tarde, la fiscalía consideró que sí existen elementos para imputar al exdiputado y secretario general del Sindicato Único de Trabajadores de los Peajes y Afines (SUTPA) por desobediencia a una orden judicial.

Moyano está investigado desde agosto de 2026 por presuntas lesiones leves y privación ilegítima de la libertad contra Arizaga, modelo e influencer de 23 años, en el marco de un episodio ocurrido en su departamento del barrio porteño de Belgrano. Como parte de las medidas cautelares, tiene prohibido acercarse a menos de 300 metros de la joven y mantener cualquier tipo de contacto con ella. La investigación está a cargo de la fiscal Florencia Nocerez, de la Fiscalía de Género Norte.

El hotel, las cámaras y el DVR que no alcanzó

La sospecha sobre un encuentro entre ambos surgió a partir de fotografías que Arizaga publicó en sus redes sociales, donde aparecía en distintas prendas de vestir y en diferentes momentos, desde el Aira Apart Hotel Buenos Aires, ubicado sobre la avenida Belgrano al 538, en el centro de la ciudad. Ese detalle despertó la atención de los investigadores, que comenzaron a indagar si Moyano había sido alojado allí en compañía de la joven.

El martes 15 de septiembre, personal del Ministerio Público Fiscal y de la Unidad de Apoyo Operativo de las Fuerzas de Seguridad se presentó en el hotel. Allí, una empleada entregó voluntariamente el DVR del sistema de videovigilancia del establecimiento, que fue trasladado a la sede de la calle Chacabuco al 151 para ser peritado por el Gabinete Multimedia. Las tareas de análisis permitieron determinar que Moyano había ingresado el 31 de agosto y se había retirado el 11 de septiembre, utilizando la habitación 603. Sin embargo, el informe no dejó constancia de que Arizaga hubiera estado en el establecimiento durante ese período, lo que llevó al Ministerio Público a concluir, en ese momento, que no era posible reconstruir el presunto encuentro mediante fuentes abiertas.

La vuelta de tuerca: la fiscal cambia de posición

A pesar de esa conclusión inicial, la fiscalía evaluó en las horas siguientes otros elementos incorporados a la investigación y consideró que la evidencia reunida es suficiente para sostener que el encuentro efectivamente ocurrió. La imputación por desobediencia implica que la fiscal entiende que Moyano habría violado de manera consciente y deliberada la restricción judicial vigente. Fuentes del caso informaron que la acusación se sustenta en los elementos disponibles, aunque no se precisó de manera oficial cuáles son las pruebas adicionales que modificaron el cuadro.

La situación expone una tensión dentro de la misma investigación: en un lapso de menos de dos días, el Ministerio Público pasó de no poder confirmar el contacto a imputar formalmente al sindicalista por ese mismo hecho. La defensa de Moyano, encabezada por los abogados Alfredo Gascón y Miguel Ángel Molina, ya había pedido el levantamiento de todas las restricciones, argumentando que el escenario probatorio había cambiado a favor de su cliente y que la perimetral no puede operar como una sanción anticipada.

La defensa pide que se levanten las medidas cautelares

Miguel Molina, integrante del equipo defensor, presentó este jueves ante la Justicia un planteo formal para que se revise «la subsistencia, alcance o eventual modificación» de las medidas cautelares que pesan sobre su cliente. La defensa sostuvo que las propias declaraciones de Arizaga ante la fiscal, en las que la joven negó haber sido golpeada o mantenida encerrada y manifestó su voluntad de retomar el vínculo, debilitan la hipótesis inicial y demuestran que entre ambos «no hay conflicto» ni situación de riesgo que justifique mantener la distancia impuesta. Ante cualquier resultado adverso, la defensa exigió que se garantice el derecho de Moyano a ser oído.

La nueva imputación por desobediencia complica esa estrategia defensiva de manera sustancial: si la fiscalía logra sostener que Moyano incumplió de manera activa la orden judicial, el pedido de levantamiento de medidas pierde uno de sus argumentos centrales y la situación procesal del sindicalista se agrava de manera considerable, con la posibilidad de que la Justicia evalúe medidas más restrictivas.

Lo que tenés que saber

  • Facundo Moyano fue imputado por desobediencia: la fiscalía considera que se reunió con Candela Arizaga en el Aira Apart Hotel Buenos Aires, violando la restricción de acercamiento vigente.
  • La imputación llega 48 horas después de que el Ministerio Público Fiscal no hubiera podido confirmar el encuentro a partir del análisis del DVR del hotel.
  • Moyano estuvo alojado en el establecimiento entre el 31 de agosto y el 11 de septiembre, en la habitación 603, según las tareas de análisis realizadas.
  • Su defensa, encabezada por los abogados Gascón y Molina, presentó un pedido formal de levantamiento de todas las medidas cautelares.
  • La causa principal investiga a Moyano por presuntas lesiones leves y privación ilegítima de la libertad contra Arizaga, en un episodio ocurrido en agosto en el barrio porteño de Belgrano.

Investigación 🔎

La Corte dejó firme la condena del exjuez Reynoso por servir al Patrón del Norte

El exjuez federal de Orán recibió dinero del narco Delfín Castedo para dictar fallos a su favor, incluida una indagatoria fraguada con un impostor. Ya tenía otra condena firme a 13 años y ahora la Fiscalía irá por la unificación de penas.

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Fachada del Palacio de Tribunales, sede de la Corte Suprema de Justicia de la Nación

Un narco prófugo, buscado como autor intelectual de un crimen, consiguió que un juez federal le concediera una eximición de prisión con una indagatoria en la que ni siquiera estuvo presente. La Corte Suprema de Justicia dejó firme la condena a cinco años de prisión del exjuez Raúl Reynoso por cobrar para beneficiar a Delfín Castedo, conocido como «El Patrón del Norte».

Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti rechazaron el recurso de queja de la defensa por falta de fundamentación autónoma. Con esa decisión quedó firme la sentencia del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 de Salta, que condenó al exmagistrado de Orán por cohecho pasivo en concurso ideal con falsedad ideológica de documento público y concusión, a cinco años de prisión, una multa de 90.000 pesos e inhabilitación absoluta por el término de la condena. La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal ya había confirmado el fallo en junio de 2025.

La indagatoria del impostor

Según se acreditó en la causa, Reynoso recibió dinero de Castedo y de su abogado defensor a cambio de resoluciones contrarias a derecho. El punto central de la investigación fue una declaración indagatoria atribuida al narco en diciembre de 2013, cuando estaba prófugo y tenía pedido de captura por la autoría intelectual del asesinato de Liliana Ledesma, ocurrido en 2006 en Salvador Mazza.

De acuerdo con la reconstrucción judicial que difundió la prensa salteña, Castedo no estuvo en aquella audiencia: en su lugar se presentó otra persona, que declaró y firmó con su identidad. Los peritajes caligráficos de Gendarmería Nacional determinaron que la firma no pertenecía al narcotraficante. Con esa declaración trucha, el juez le otorgó una segunda eximición de prisión y, en noviembre de 2014, lo procesó sin prisión preventiva.

La lista de favores empezó antes. En febrero de 2007, Reynoso había imputado a Castedo por asociación ilícita y lavado de activos y había ordenado su detención; en 2008, el prófugo se presentó a pedir la excarcelación y el juez se la concedió con el argumento de que estaba a derecho por haberla solicitado. Para la fiscalía, ese fue el primer acto de prevaricato, y el propio Castedo declaró que pagó por ese beneficio. La acusación vinculó los fallos con un soborno estimado en 40.000 dólares, gestionado a través del abogado Luciano Ciscato.

Cobros a un comerciante

La condena también incluye las exigencias de dinero al comerciante Pablo Elías Torres. Reynoso le habría reclamado pagos para autorizar el ingreso de mercaderías al país sorteando las restricciones vigentes; según se tuvo por probado en el juicio, el mecanismo contemplaba destinar el 5% de las utilidades del comerciante a una fundación presidida por un cuñado del entonces juez.

En el mismo expediente, Ciscato fue condenado a dos años y seis meses de prisión en suspenso y Castedo recibió tres años como coautor de cohecho activo.

Dos condenas firmes y una causa pendiente

No es la primera vez que la Justicia condena a Reynoso. En marzo de 2019, el Tribunal Oral Federal N° 1 de Salta le impuso 13 años de prisión por concusión y prevaricato, en una causa que expuso un esquema de cobros a cambio de resoluciones favorables a imputados por narcotráfico y contrabando en el Juzgado Federal de Orán. Esa sentencia quedó firme en marzo de 2024 y ese mismo año el exjuez obtuvo la libertad condicional, tras más de ocho años de detención entre el penal de Güemes y el régimen domiciliario.

Con la segunda condena firme, la Fiscalía prevé pedir la unificación de penas, una definición que determinará si el exmagistrado vuelve a prisión. Además, Reynoso sigue con un tercer frente abierto: la causa por un presunto soborno de 150.000 dólares para favorecer a René Antonio «Choco» Arancibia, que permanece pendiente de juicio oral.

El caso Reynoso es la radiografía de cómo el narcotráfico puede comprar justicia en la frontera norte, y de lo que tarda el sistema en ponerle un límite.

Lo que tenés que saber:

  • La Corte Suprema dejó firme la condena a cinco años de prisión del exjuez federal de Orán Raúl Reynoso.
  • Fue condenado por cohecho pasivo, falsedad ideológica y concusión por beneficiar al narco Delfín Castedo, «El Patrón del Norte».
  • Una de las resoluciones se basó en una indagatoria de 2013 en la que se presentó otra persona en lugar de Castedo.
  • Reynoso ya tenía una condena firme a 13 años desde marzo de 2024 y estaba en libertad condicional.
  • La Fiscalía prevé pedir la unificación de penas; resta un tercer juicio por un presunto soborno de 150.000 dólares.
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