Judiciales ⚖️
Contraataque de Calu Rivero a Darthés
Continuará el proceso con pericias psicológicas.
Por Néstor Llidó
La abogada María Raquel Hermida Leyenda, quien asiste a la actriz y modelo Calu Rivero, confirmó que se realizarán pericias psicológicas como continuidad del proceso, tras el juicio que le inició el actor Juan Darthés en 2018 por daños y perjuicios, luego de que ella lo denunciara por abuso sexual.
«Hoy se digitalizó el expediente y se establecieron los puntos de pericia: daños emocionales de Darthés que declaró haber padecido y el estado de estrés postraumático que sufrió Calu”, sostuvo la letrada, quien agregó que “la pericia de parte oficial aceptó el cargo•.
Según Hermida Leyenda, “la estrategia era dejar morir al expediente, pero Calu hoy pretende cambiar la jurisprudencia y establecer que el abuso es un delito y que no genera derechos para el agresor”.
Cabe recordar que en 2018, Juan Darthés le inició a la actriz una causa por daños y perjuicios, luego de que ella lo denunciara por abuso sexual, que derivó en la salida repentina de ella de la novela Dulce Amor.
«El fin que pretende Calu es cambiar la jurisprudencia y dejar asentado que los abusadores no tienen derecho a daños y perjuicios”, sostuvo la abogada, quien afirmó que “hoy la causa está siendo movilizada por los demandados y por el mismo juzgado que advierte la inactividad de Darthés”.
La letrada indicó que Calu “quiere seguir el expediente para demostrar que no hubo daños y perjuicios”, y adelantó que solicitarán a la jueza que “garantice la asistencia a las pericias de Darthés, porque si él no concurre estaríamos ante una situación de desigualdad”.
Gremiales
La CGT recusó a los jueces que reactivaron la reforma laboral y pidió nulidad del fallo
El escrito presentado este lunes los recusó «por haber prejuzgado» sobre los derechos que constituyen la materia de fondo del litigio, al anticipar en su fallo que la nueva ley no afectaba a «sectores socialmente vulnerables» y que no encontraban «comprometida la vida digna»de los trabajadores.
La CGT acusó a los jueces de cobrar favores del Gobierno y pidió anular el fallo que rescató la reforma laboral
La Confederación General del Trabajo (CGT) recusó con causa este lunes a los dos magistrados de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que el miércoles 23 de abril revocaron la medida cautelar que suspendía 82 artículos de la reforma laboral, y solicitó la «nulidad absoluta» de ese fallo. La central obrera denunció que uno de los jueces habría actuado con un conflicto de interés flagrante: el Estado nacional, parte demandada en la causa, habría promovido simultáneamente su continuidad en el cargo más allá de los 75 años.
Los jueces recusados y los motivos
Los magistrados cuestionados por la CGT son Víctor Arturo Pesino y María Dora González, los dos integrantes de la Sala que el 23 de abril dejó sin efecto la cautelar favorable a la central sindical. El escrito presentado este lunes los recusó «por haber prejuzgado» sobre los derechos que constituyen la materia de fondo del litigio, al anticipar en su fallo que la reforma laboral no afectaba a «sectores socialmente vulnerables» y que no encontraban «comprometida la vida digna conforme la Convención Americana de Derechos Humanos».
Para la CGT, esas afirmaciones no eran parte de lo que debía resolver la Cámara en esta instancia, restringida al análisis cautelar, sino que anticiparon opinión sobre la cuestión sustancial del juicio, lo que configura la causal de prejuzgamiento prevista en la ley procesal.
El conflicto de interés de Pesino
El argumento más contundente del escrito legal apunta al juez Pesino en particular. Según la presentación, a la que tuvo acceso la Agencia NA, el Estado nacional, en su carácter de parte demandada en la causa, solicitó al Consejo de la Magistratura que Pesino continúe en funciones más allá del límite de los 75 años que establece la Constitución Nacional reformada en 1994. Esa solicitud fue publicada en el Boletín Oficial.
El texto de la CGT es categórico: obtener «un beneficio a todas luces mayúsculo como lo es continuar en el ejercicio de la función judicial por 5 años, constituye no solo una conducta contraria a la ética, sino también una causa objetiva de apartamiento de acuerdo a las reglas de la ley».
El escrito calificó la conducta del Estado como «descalificable» al promover la permanencia en el cargo «de un magistrado que acaba de fallar a favor de la posición oficial». Y agregó: «Esta inconsecuencia no es un desvarío de la autoridad, ni una razón sin fundamento; es la razón desprovista de moral, es asociar beneficios mutuos, mientras la sociedad, que abrigaba expectativas de imparcialidad, asiste, sin mediaciones, a la demolición de la división de poderes y la credibilidad en el Estado de Derecho».
Para la central obrera, esa contraprestación entre un juez y el Estado «constituye un cuadro que avergüenza la tradición de la Justicia Nacional del Trabajo».
El fondo de la disputa: ¿son vulnerables los trabajadores en relación de dependencia?
Más allá del conflicto de interés, la CGT también impugnó el razonamiento jurídico del fallo. Los jueces Pesino y González sostuvieron, al restablecer la vigencia de la reforma, que no se afectaba a «sectores socialmente vulnerables». Esa afirmación disparó la recusación por prejuzgamiento.
La central obrera expresó su «desazón» ante el hecho de que «jueces con especial versación laboral» consideraran, siquiera en forma preliminar, que los trabajadores en relación de dependencia no son socialmente vulnerables, que sus derechos no son de naturaleza alimentaria y que no se encontraba comprometida la vida digna. Para la CGT, esas conclusiones no solo son jurídicamente erradas; también revelan un sesgo ideológico incompatible con la imparcialidad que exige la función judicial.
Antecedentes: una saga judicial que se intensifica
Como informó este medio el 23 de abril, la Cámara del Trabajo revocó esa jornada la cautelar que el juez de primera instancia Raúl Ojeda había dictado el 30 de marzo, que suspendía los artículos más sensibles de la Ley de Modernización Laboral (N° 27.802), aprobada por el Congreso a principios de año. La reforma incluye cambios profundos en el sistema indemnizatorio, los convenios colectivos, el derecho de huelga y el teletrabajo.
El Gobierno había apelado por dos vías simultáneas: ante la propia Cámara del Trabajo y mediante un per saltum ante la Corte Suprema, presentado el 16 de abril. Tras el fallo de la Cámara, la vía del per saltum quedó en suspenso, pero la discusión de fondo sobre la constitucionalidad de la norma continúa abierta.
La presentación de este lunes añade un nuevo escalón a esa disputa: si la recusación prospera, los magistrados deberán apartarse de la causa y será otro tribunal el que retome el expediente.
Puntos clave
- La CGT recusó «con causa» a los jueces Víctor Arturo Pesino y María Dora González y pidió la «nulidad absoluta» del fallo del 23 de abril que reactivó 82 artículos de la reforma laboral.
- El argumento central es que el juez Pesino actuó con un conflicto de interés: el Estado, parte en la causa, promovió simultáneamente su permanencia en el cargo más allá de los 75 años ante el Consejo de la Magistratura, lo que fue publicado en el Boletín Oficial.
- Ambos jueces fueron recusados además por prejuzgamiento, al sostener en el fallo cautelar que la reforma no afectaba a «sectores socialmente vulnerables», anticipando opinión sobre la cuestión de fondo.
- La CGT consideró que afirmar que los trabajadores en relación de dependencia no son socialmente vulnerables constituye un «cuadro que avergüenza la tradición de la Justicia Nacional del Trabajo».
- El juicio de fondo sobre la constitucionalidad de la Ley de Modernización Laboral (N° 27.802) continúa abierto; si la recusación prospera, deberá intervenir un tribunal diferente.
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