Judiciales ⚖️
Villa fue sometido a peritaje psiquiátrico en la causa de abuso sexual
el juez de Garantías 2 de Lomas de Zamora, Javier Maffucci Moore, dictó una medida cautelar que incluye una restricción perimetral e impedimento de contacto de Villa hacia la víctima, pero rechazó un pedido de prohibición de salida del país para el futbolista, ya que la misma se adoptó en la causa anterior por violencia de género sobre su expareja el año pasado y aún está vigente.
Sebastián Villa, el futbolista de Boca Juniors acusado por el abuso sexual de una joven en junio del año pasado en su casa de un country del partido bonaerense de Canning, fue sometido este jueves a un peritaje psiquiátrico en los Tribunales de Lomas de Zamora, y las fiscales aguardan ahora el resultado del estudio para determinar si lo llaman a declaración indagatoria.
Fuentes judiciales aseguraron que el peritaje se extendió por alrededor de una hora y el futbolista se retiró acompañado por su defensor sin formular declaraciones a los medios que lo aguardaban en el lugar, mientras que el abogado que representa a la víctima adelantó que «con la prueba que ya está incorporada en el expediente» el delantero colombiano está en condiciones de ser indagado por el delito de «abuso sexual agravado».
Villa llegó al edificio de Larroque al 2300, donde funcionan las oficinas del Ministerio Público Fiscal en los Tribunales de Lomas de Zamora, cerca de las 10.30 de esta mañana sentado en el asiento trasero de una camioneta importada, acompañado por su abogado, Martín Apolo.
El peritaje psiquiátrico había sido solicitado por la fiscal Vanesa González, a cargo de la Unidad Funcional de Instrucción (UFI) 3 Especializada en Violencia Familiar y de Género, Abusos Sexuales y Delitos Conexos a la Trata de Personas de Lomas de Zamora, quien tiene a su cargo la investigación del presunto abuso ocurrido el 26 de junio del año pasado en el country «Venados II» del barrio de Canning.
En el estudio estuvo presente una psiquiatra forense del Ministerio Público Fiscal y otra propuesta por la defensa del futbolista de Boca.
De acuerdo a las fuentes, el peritaje tiene la finalidad de establecer los “rasgos y/o características de la personalidad del imputado; posibles patologías o afecciones que presente; y si padece alguna enfermedad o trastorno mental que implique alguna perturbación del grado de consciencia o afectación de la autocrítica”.
Una vez que la fiscal reciba el resultado de esta pericia, ya estaría en condiciones de resolver si llama o no a indagatoria a Villa, quien si bien fue imputado en el expediente, aún no se escuchó su versión de los hechos.
«Creemos que la prueba, en base a lo que denunció la víctima, está producida y que lo que queda es la declaración indagatoria» de Villa, dijo esta mañana a la prensa el abogado Roberto Castillo, quien representa a la víctima.
El letrado agregó que «los abusos sexuales se determinan por pericias, porque hay que ver si la persona no tiene índices de mendacidad en su relato».
Los avances en la causa
En el expediente ya fue incorporado el resultado de un peritaje psicológico que se le efectuó a la víctima, en el que la perito oficial resaltó que la joven presenta “indicadores de abuso sexual” y un “trastorno de estrés post traumático”.
Un diagnóstico similar dio como resultado otro estudio victimológico realizado en el Centro de Atención a la Víctima, del cual no solo participó una psicóloga sino también estuvo presente una asistenta social.
En los últimos días, sin embargo, declararon las dos médicas que atendieron a la víctima el 27 de junio del año pasado -al día siguiente del presunto abuso- en el Hospital Penna, quienes dijeron no recordar a la joven de 26 años, aunque admitieron que sus firmas se hallaban en el certificado de atención en ese centro médico.
Lo mismo ocurrió con dos policías de la bonaerense que declararon el último lunes ante la fiscal González, quienes tampoco recordaron haber concurrido al country «Vendados II» la noche del hecho.
Respecto a las médicas del Penna, el abogado Castillo consideró que no se trata de testimonios que desacrediten la denuncia, sino que solo dijeron no recordar a la joven denunciante.
«Ellas lo que dijeron es que no se acuerdan, después dijeron que si, que efectivamente la atendieron, que ellas son las que firmaron el documento», explicó el letrado, quien agregó que «el punto es que si lo hubieran dejado por escrito, tendrían que haber tomado una medida, al menos para anoticiar a algún funcionario publico».
Villa está imputado en la causa por el presunto «abuso sexual con acceso carnal» de una joven de 26 años, un delito que podría llevarlo a prisión.
La denuncia contra el futbolista fue presentada por escrito el 13 de este mes en la UFI 3 de Esteban Echeverría, y a los tres días la denunciante la ratificó de manera presencial en la fiscalía.
La víctima contó, primero por escrito y luego en sede fiscal, que el hecho ocurrió la noche del 26 de junio de 2021, en el country «Venado II» de la localidad bonaerense de Canning donde vivía el futbolista y luego de un asado del que habían participado otros jugadores del plantel xeneize.
Según la denuncia, Villa había consumido «mucho alcohol» y comenzó a reprocharle que sospechaba que le gustaban o que había estado con otros jugadores del plantel.
Tras mantener una fuerte discusión, ambos se retiraron del lugar y se dirigieron a la casa del futbolista junto a un empleado de seguridad y un amigo del jugador y allí dijo que Villa la encerró en una habitación, abusó sexualmente de ella y la intentó sofocar.
La joven presentó como prueba unos intercambios de mensajes donde Villa se disculpaba por lo sucedido y se justificaba diciendo que había «tomado mucho» y también denunció que el futbolista le envió 5.000 dólares para que no haga ninguna denuncia, suma que luego devolvió.
Por su parte, el juez de Garantías 2 de Lomas de Zamora, Javier Maffucci Moore, dictó una medida cautelar que incluye una restricción perimetral e impedimento de contacto de Villa hacia la víctima, pero rechazó un pedido de prohibición de salida del país para el futbolista, ya que la misma se adoptó en la causa anterior por violencia de género sobre su expareja el año pasado y aún está vigente.
Si vivís una situación de violencia de género o conocés a alguien que necesite ayuda llamá gratis al 144, mandá un mensaje al 11 5050 0147 o por WhatsApp al +54 911 2771 6463. También podés descargar acá una app para recibir ayuda de profesionales.
Judiciales ⚖️
La Corte le pone un freno al Estado: declara inconstitucional el uso de datos personales
El máximo tribunal resolvió un caso que redefine los límites del manejo de información por organismos públicos. La decisión surge tras una demanda individual y cuestiona mecanismos de intercambio de información entre dependencias estatales.
Lo que tenés que saber
- La Corte declaró inconstitucional el uso de datos sin consentimiento
- Anuló artículos de la Ley de Protección de Datos Personales
- El fallo surge por una acción de habeas data
- Cuestiona el intercambio de información entre organismos estatales
- Señala vulneración del derecho a la privacidad
- Hubo votos en disidencia dentro del tribunal
Fallo de la Corte sobre datos personales
La Corte Suprema resolvió que el Estado no puede utilizar datos personales sin consentimiento de sus titulares y declaró inconstitucionales artículos de la Ley de Protección de Datos Personales.
El tribunal sostuvo que estas prácticas vulneran derechos fundamentales vinculados a la privacidad y a la autodeterminación informativa.
El origen del caso
La decisión se tomó al hacer lugar a una acción de habeas data presentada por una jubilada contra el Estado Nacional. La demanda surgió luego de que información personal fuera utilizada en el marco de un convenio entre organismos públicos.
Según el caso, la ANSES había cedido datos a la Secretaría de Comunicación Pública para la difusión de contenidos oficiales.
Argumentos del tribunal
El fallo, firmado por Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Daniel Bejas, señaló que no existe un interés legítimo que justifique la utilización de datos sin conocimiento de sus titulares.
Además, se indicó que las excepciones previstas en la normativa resultaban “excesivas e injustificadas” y afectaban garantías constitucionales.
En ese sentido, el tribunal advirtió que la amplitud de la ley permitía al Estado evitar la exigencia de consentimiento, lo que debilitaba la protección de la información personal.
Artículos anulados y alcance
La Corte invalidó disposiciones de la ley 25.326 que habilitaban el intercambio de datos entre organismos estatales sin autorización previa.
El fallo pone límites al uso y circulación de información personal dentro del ámbito público.
Posturas en disidencia
La resolución no fue unánime. El ministro Carlos Rosenkrantz y la conjueza Beatriz Aranguren votaron en disidencia.
Ambos propusieron rechazar el recurso del Estado y mantener la sentencia previa sin pronunciarse sobre la constitucionalidad de la norma.
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