Conectate con El Argentino

Desregulación

El Gobierno cedió: suspendió el decreto de Sturzenegger y acordó con los prácticos poner fin al paro portuario

Después de cuatro días de parálisis total en los puertos del país, el Poder Ejecutivo suspendió de manera temporal el Decreto 690/2026 que desreguló el servicio de practicaje e impulsó el conflicto. El acuerdo incluye una rebaja del 20% en las tarifas del sector y la creación de una mesa de trabajo para renegociar los puntos más controvertidos de la norma. Las pérdidas para el sector agroexportador superaron los US$ 4,5 millones diarios.

Publicado hace

#

El Argentino Diario-Federico Sturzenegger.
Decreto, crisis y marcha atrás: el patrón que se repite en la gestión libertaria volvió a quedar expuesto en los puertos.

El Gobierno nacional acordó con los representantes del sector de practicaje poner fin al conflicto que mantuvo paralizados los puertos argentinos durante cuatro días. El entendimiento incluye una reducción del 20% en las tarifas del servicio, la suspensión temporal del Decreto 690/2026 y la instalación de una mesa de trabajo conjunta para revisar los aspectos normativos y operativos de la actividad, según fuentes oficiales.

Con la firma del acta de acuerdo y el compromiso de mantener abierto el canal de negociación, los prácticos retomaron la prestación regular de sus servicios en los puertos de manera inmediata. La palabra que eligieron en el sector para describir el desenlace fue escueta pero elocuente: «alivio».

El decreto que encendió la mecha

El origen del conflicto fue la publicación del Decreto 690/2026, impulsado por el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger. La norma derogó el reglamento vigente desde 1991 e implementó una reestructuración integral del sistema marítimo y fluvial. Entre los cambios más cuestionados por el sector figuraban la eximición de contratar prácticos para capitanes extranjeros con experiencia, la ampliación de las dimensiones de los barcos para los cuales es obligatorio requerir asistencia, la eliminación del límite de cupos para que un profesional se inscriba como práctico y la habilitación a Prefectura Naval para prestar el servicio en competencia directa con los profesionales privados.

La norma también suprimió la segmentación por tramos geográficos que obligaba a rotar de práctico durante un mismo recorrido, flexibilizó los traslados del personal y amplió las exenciones de contratación para determinados buques. Sturzenegger justificó los cambios con una frase que sintetizó la lógica desreguladora del Gobierno: «La Argentina necesita que sus ríos sean una autopista para el desarrollo, no un kiosco regulatorio.»

Cuatro días de parálisis y US$ 4,5 millones de pérdidas diarias

La respuesta del sector no se hizo esperar. Prácticos, pilotos y baqueanos de todo el país iniciaron un paro total que afectó la operatoria desde Ushuaia hasta la Hidrovía Paraná-Paraguay, el corredor fluvial por donde circula aproximadamente el 80% de las exportaciones e importaciones argentinas. Las terminales del Gran Rosario, San Lorenzo y Timbúes quedaron sin actividad. El campo fue el sector que más presionó para alcanzar un acuerdo: el bloque agroexportador estimó en más de US$ 4,5 millones diarios las pérdidas derivadas de la parálisis.

Durante los días de conflicto, el Gobierno enfrentó además un obstáculo jurídico de fondo: al tratarse de profesionales independientes y no de trabajadores sindicalizados, no existía marco legal para dictar una conciliación obligatoria y forzar el retorno a las tareas. Esa limitación debilitó la posición oficial y aceleró la búsqueda de un acuerdo negociado.

La mesa de trabajo, la clave del acuerdo para el agro

El sector agroexportador había hecho especial hincapié en la necesidad de una instancia de diálogo institucional como condición para avalar el levantamiento del paro. Esa demanda quedó satisfecha con la creación de la mesa de trabajo conjunta, que estará coordinada por el Gobierno Nacional y contará con la participación de representantes de los ministerios de Seguridad y Defensa, junto a otros organismos competentes en la materia. La instancia buscará revisar los ejes contemplados en el decreto de desregulación para alcanzar un consenso definitivo que reemplace la suspensión temporal.

El episodio expone una tensión de fondo en la gestión de Javier Milei: la lógica de la desregulación por decreto, sin consulta previa a los sectores afectados, choca en forma recurrente con la realidad operativa de actividades que requieren marcos normativos estables. No es la primera vez que una medida de Sturzenegger genera un conflicto que el propio Gobierno debe contener antes de que el costo económico se vuelva políticamente insostenible. La secuencia, decreto primero, negociación después, se consolidó como un patrón reconocible de la gestión libertaria.

Puntos clave

  • El Gobierno suspendió temporalmente el Decreto 690/2026 que desreguló el practicaje e impulsó el conflicto.
  • El acuerdo incluye una rebaja del 20% en las tarifas del sector y la creación de una mesa de trabajo interministerial.
  • Los prácticos retomaron sus tareas de manera inmediata tras la firma del acta de entendimiento.
  • Las pérdidas para el sector agroexportador superaron los US$ 4,5 millones diarios durante la parálisis.
  • El Gobierno careció de herramientas legales para forzar el retorno al trabajo, al tratarse de profesionales independientes sin sindicato.

Desregulación

Qué cambios se vienen en el mercado eléctrico: más margen para generadoras y apertura a grandes usuarios

La Resolución 293/2026 amplía el margen de las generadoras para declarar sus costos, adelanta de 2030 a 2029 el fin de los topes de contratación y habilita el ingreso mensual de grandes usuarios al mercado mayorista. El texto no estima efectos sobre tarifas ni sobre los usuarios.

Publicado hace

#

El-Argentino-Electricidad energía luz
Más libertad para generadoras y grandes usuarios, ninguna estimación sobre tarifas: la nueva etapa de la desregulación eléctrica.

La Secretaría de Energía amplió el margen con el que las generadoras declaran sus costos y adelantó de 2030 a 2029 el fin de los topes para contratar energía con grandes usuarios, en una nueva etapa de la reforma del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM). Además, reemplazó las ventanas trimestrales de ingreso de grandes consumidores por un trámite mensual.

La Resolución 293/2026, firmada el 20 de octubre por la secretaria de Energía, María Carmen Tettamanti, y publicada el 21 en el Boletín Oficial, modifica las “Reglas para la Normalización del MEM y su Adaptación Progresiva”, que la Resolución 400/2025 había aprobado en octubre de 2025. Entró en vigencia el día de su publicación. Los considerandos justifican el cambio en la búsqueda de más competencia por el despacho, un mercado de contratos con mayor profundidad y menos trabas para la demanda industrial y comercial.

Costos variables: más margen hacia abajo, menos hacia arriba

Para los generadores con gestión propia de combustible, la resolución mantiene durante 2026 los límites vigentes para declarar el Costo Variable de Producción (CVP). Las nuevas bandas rigen para ese régimen y no para todos los generadores. Desde 2027, el límite inferior será el 50% del valor de referencia y desde 2028 bajará al 25%. En sentido inverso, el margen máximo por encima del valor de referencia se reducirá al 17,5% en 2027 y al 10% desde 2028.

El texto sostiene que ampliar el piso permite a las empresas expresar sus condiciones económicas y competir por el despacho, sin obligarlas a declarar costos menores. Mantiene el principio de despacho al mínimo costo de operación y falla y deja en 0% el adicional máximo para el denominado GN Acuerdo. La norma amplía el espacio para que las empresas compitan por el despacho, pero no demuestra que esa flexibilidad vaya a traducirse en tarifas más bajas. Los resultados dependerán de cómo se presenten las ofertas y de la evolución efectiva del mercado.

Contratos: de 20% a 60%, a 80% y sin tope

La resolución también acelera el cronograma del Mercado a Término para la generación térmica al Spot y la hidroeléctrica al Spot no comprendida en la Generación Asignada, con ingreso anterior al 1 de enero de 2025. El porcentaje máximo de la producción mensual que puede comprometerse con grandes usuarios del MEM se mantiene en 20% hasta el 31 de marzo de 2027, sube a 60% desde el 1 de abril de 2027 y a 80% desde el 1 de abril de 2028. Desde el 1 de enero de 2029 se eliminan esas restricciones porcentuales; las reglas originales preveían eliminarlas desde el 1 de enero de 2030.

Esas centrales conservan la posibilidad de contratar toda su producción mensual con distribuidores para la Demanda Estacionalizada No Cubierta. Las centrales hidroeléctricas alcanzadas podrán además contratar con distribuidores, para abastecer a sus Grandes Usuarios de Distribución (GUDI), sin limitación porcentual específica. La liberalización define cuánta energía pueden comprometer las centrales, no cuánta van a contratar.

Grandes usuarios: ingreso mensual desde el 1 de diciembre

El cambio más inmediato alcanza a los Grandes Usuarios Mayores y Menores (GUMA y GUME). El procedimiento simplificado reemplaza las ventanas trimestrales por una incorporación mensual y se aplicará desde el 1 de diciembre de 2026, de modo que las primeras solicitudes presentadas ese mes corresponderán al Mes de Aprobación de enero de 2027. También rige para los GUDI, es decir, las demandas de 300 kW o más por punto de suministro, que soliciten ingresar como GUMA o GUME.

Las solicitudes deberán presentarse ante CAMMESA, que cumple la función de organismo encargado del despacho, hasta el último día hábil del mes anterior al Mes de Aprobación. CAMMESA tendrá diez días hábiles para verificar los requisitos e informar a la Secretaría de Energía, que dispondrá de hasta tres días hábiles para publicar cada solicitud en el Boletín Oficial durante dos días hábiles. En ese lapso, los agentes del mercado podrán presentar objeciones fundadas.

Una objeción fundada suspende solo la solicitud cuestionada y pasa al Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad (ENReGE), que deberá resolverla en veinte días corridos; si no se expide en ese plazo, la objeción se entiende válida. La resolución dejó de exigir, para el ingreso, la copia sellada de la nota enviada a la distribuidora, y permite los cambios mensuales entre GUMA y GUME con un período mínimo de permanencia de un año en la categoría vigente. Mantuvo plenamente vigente el régimen de Grandes Demandas (XDEM) aprobado el 24 de septiembre.

Qué no dice la resolución

La apertura contractual puede reducir tiempos administrativos para industrias y grandes comercios, pero la resolución no estima su impacto en los precios, la calidad del servicio ni la distribución de costos. Esos efectos quedarán sujetos a la implementación y al control regulatorio, y CAMMESA deberá realizar las adecuaciones técnicas, comerciales e informáticas necesarias y publicar en su sitio web los requisitos, formularios y fechas límite.

Lo que tenés que saber:

  • La Resolución 293/2026 se firmó el 20 de octubre, se publicó el 21 y rige desde esa fecha.
  • Desde 2027, el piso del CVP será 50% del valor de referencia (25% desde 2028) y el techo bajará a 17,5% (10% desde 2028).
  • El tope de contratación de las centrales alcanzadas subirá de 20% a 60% en abril de 2027 y a 80% en abril de 2028, y se eliminará en enero de 2029.
  • El ingreso de GUMA y GUME pasará de ventanas trimestrales a un trámite mensual desde el 1 de diciembre de 2026.
  • La norma no estima efectos sobre tarifas, calidad del servicio ni distribución de costos.
Seguir leyendo
El Argentino

El Argentino
El Argentino

Las más leídas

Descubre más desde El Argentino Diario

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Seguir leyendo